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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEexam 2

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Título del test:
exam 2

Descripción:
3029282726252417

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
19/09/2020

Categoría:
Otros

Número preguntas: 100
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Temario:
Resolución 01785 02 de 05 del 2019 --por el cual se expide el manual de gestión de la doctrina policial un ciclo doctrinal es difusión generación aplicación evaluación generación difusión aplicación evaluación difusión evaluación generación aplicación generación aplicación evaluación difusión .
el manual de gestión de la doctrina policial un documento doctrinal ES es el Es un modelo estructurado y reconocido que adopta un documento en el desarrollo de una competencia concreta, con base a una regulación y cuyo formato, contenido informativo o soporte son homogéneos Es un modelo estructurado y reconocido que adopta un documento en el desarrollo de una competencia concreta, con base a una regulación y cuyo formato, contenido informativo o soporte son homogéneos Tipo documental. Es un modelo estructurado y reconocido que adopta un documento en el desarrollo de una competencia concreta, con base a una regulación y cuyo formato, contenido informativo o soporte son homogéneos. Es un modelo estructurado y reconocido que adopta un documento en el desarrollo de una competencia concreta, con base a una regulación y cuyo formato, contenido informativo o soporte son homogéneos y resolutivos.
cual es el documento con mas alto grado jerárquico Resolución. Circular. Directiva instructivo.
nombra los documentos jerárquicos 1. Resolución. 2. Circular. 3.Directiva 4. Instructivo 5. Orden de servicio. 6. Misión de trabajo. 7. Orden de marcha. 8. Orden de operaciones. 9. Orden de vuelo. 10. Orden administrativa de personal. 11. Orden administrativa de vacaciones. 12. Orden interna de personal. 13. Orden del dia 14. Comunicación oficial. 15. Polígrama.. 1. Resolución. 2. Circular. 3.Directiva 4. Instructivo 5. Orden de servicio. 6. Misión de trabajo. 7. Orden de marcha. 8. Orden de operaciones. 9. Orden de vuelo. 10. Orden administrativa de personal. 11. Orden administrativa de vacaciones. 12. Orden interna de personal. 13. Orden del dia 14. Comunicación oficial. 15. Polígrama. 16. Memorando. 1. Resolución. 2. Circular. 3.Directiva 4. Instructivo 5. Orden de servicio. 6. Misión de trabajo. 7. Orden de marcha. 8. Orden de operaciones. 9. Orden de vuelo. 10. Orden administrativa de personal. 11. Orden administrativa de vacaciones. 12. Orden interna de personal. 13. Orden de relevo Orden del dia 14. Comunicación oficial. 15. Polígrama. 16. Memorando. 1. Resolución. 2. Circular. 3.Directiva 4. Instructivo 5. Orden de servicio. 6. Misión de trabajo. 7. Orden de marcha. 8. Orden de operaciones. 9. Orden de vuelo. 10. Orden administrativa de personal. 11. Orden administrativa de vacaciones. 12. Orden interna de personal. 13. Orden del dia 14. Comunicación oficial. 15. Polígrama. 16. comunicacion ofical .
La doctrina policial se genera a través de los documentos que por su naturaleza, finalidad, estructura y contexto se denominan _____________________, y se norma a través del tipo documental resolución, expedido única y exclusivamente por el Director General tomo **reglamento **manual** modelo tomo** reglamento **manual **Instructivo Resolución **Circular. **.Directiva** Instructivo modelo **Directiva** Instructivo** reglamento.
la resolucion es expedidad director general o subdirector general delegado) subdirector (delegado) director general director general (delegado).
la circular es expedida director general o suddirector delegado) suddirector (delegado) director general director general (delegado).
la directiva es expedida director general o suddirector delegado) subdirector (delegado) director general subdirector general director general (delegado).
el carácter de la directiva es operativo administrativo operativo** administrativo ** permanente (bimensual semestral) ** transitorio maximo 12 meses excepcional 18 meses operativo ** administrativo .
articulo 29 la clasificación de la directiva operativo (bimensual semestral) **transitoria (máximo 12 meses excepcional 18 meses ) administrativo **(bimensual semestral) **permanente (máximo 12 meses excepcional 18 meses ) permanente (bimensual semestral) ** transitoria (máximo 12 meses excepcional 18 meses ) operativo ** administrativo .
el instructivo es expedido director general (alcance nacional) insge directores jefes de oficinas asesoras y ARCOI alcance especicifico director general director SUDIR insge directores jefes de oficinas asesoras y ARCOI alcance especicifico.
la misión de trabajo director general (alcance nacional) insge directores jefes de oficinas asesoras y ARCOI alcance especicifico director subdirector de inteligencia , jefe regional o de seccional de inteligencia o jefe de areas o grupos que determine el director de inteligencia policial subdirector de inteligencia , jefe regional o de seccional de inteligencia o jefe de areas o grupos que determine el director de inteligencia policial director de inteligencia.
quien expide la orden administrativa personal director general (alcance nacional) insge directores jefes de oficinas asesoras director subdirector , jefe regional o de seccional de inteligencia o jefe de areas o grupos que determine el director de inteligencia policial subdirector de inteligencia , jefe regional o de seccional de inteligencia o jefe de areas o grupos que determine el director de inteligencia policial director general o subdirector general.
tipos de documentales a través se difunde la doctrina analecta* libro *cartilla tomo analecta *libro* cartilla analecta *libro *cartilla tomo libro* cartilla* tomo manual.
la identificación tipo documentales Cada año calendario iniciará una nueva numeración, asignando seis (6) dígitos para comunicaciones oficiales partiendo de 000001, para resoluciones cuatro (4) dígitos partiendo de 0001 y para demás tipos documentales tres (3) dígitos partiendo 001, por lo tanto, este número identificará el tipo documental. Cada año calendario iniciará una nueva numeración, asignando seis (6) dígitos para comunicaciones oficiales partiendo de 000002, para resoluciones cuatro (4) dígitos partiendo de 0001 y para demás tipos documentales tres (3) dígitos partiendo 001, por lo tanto, este número identificará el tipo documental. Cada año calendario iniciará una nueva numeración, asignando seis (6) dígitos para comunicaciones oficiales partiendo de 000001, para resoluciones cuatro (4) dígitos partiendo de 0001 y para demás tipos documentales cuatro (4) dígitos partiendo 0001, por lo tanto, este número identificará el tipo documental. Cada año calendario iniciará una nueva numeración, asignando seis (6) dígitos para comunicaciones oficiales partiendo de 000001, para resoluciones cuatro (4) dígitos partiendo de 0001 y para demás tipos documentales cuatro (4) dígitos partiendo 0001, por lo tanto, este número identificará el tipo documental. .
RESOLUCIÓN NÚMERO 03948 DEL 17 SEP 2019 “Por la cual se expide el Manual del Sistema de Gestión Integral de la Policía Nacional y se deroga una resolución” (SGSST). sisginficca Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo sistema de gestion salud y seguridad y trabajao Sistema de Gestión de Salud en el Trabajo Sistema de Gestión de la Seguridad en el Trabajo.
RESOLUCIÓN NÚMERO ___________________“Por la cual se expide el Manual del Sistema de Gestión Integral de la Policía Nacional y se deroga una resolución” 03848 DEL 18 SEP 2019 03948 DEL 17 SEP 2019 03948 DEL 15 SEP 20198 03948 DEL 16 SEP 2018.
ARTÍCULO 6. ORIGEN Y DESARROLLO. El Sistema de Gestión Integral (SGI) de la Policía Nacional, tiene su origen en el proceso de transformación cultural que inició la Institución desde , orientado a lograr mayor efectividad, incrementar la confianza de la comunidad en el servicio que presta y fortalecer su liderazgo en el desarrollo del país. El proceso de transformación cultural en sus comienzos, centró sus objetivos en cuatro pilares fundamentales: el año de 1995 el año de 1989 el año de 1985 el año de 1993.
RESOLUCIÓN NÚMERO 03948 DEL 17 SEP 2019 “Por la cual se expide el Manual del Sistema de Gestión Integral de la Policía Nacional y se deroga una resolución” (SGSST) ARTICULO 10. DEFINICIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE LA POLICÍA NACIONAL. Se define como el modelo gerencial que orienta la gestión del servicio policial hacia la creación de valor a los clientes y partes interesadas, con el soporte de los sistemas normalizados de gestión, mediante un desarrollo integral y armónico de sus tres componentes Estrategia y Gestión Estratégica, Gestión y Estructura de Procesos y Talento Humano y Gestión de la Cultura Institucional, dentro de los lineamientos institucionales para la gestión. Se define como el modelo gerencial que orienta la gestión del servicio policial hacia la creación de valor a los clientes y partes interesadas, con el soporte de los sistemas normalizados de gestión, mediante un desarrollo integral y armónico de sus tres componentes Estrategia y Gestión Estratégica, Gestión y Estructura de Procesos y Talento Humano y Gestión de la Cultura Institucional, dentro de los lineamientos institucionales Se define como el modelo gerencial que orienta la gestión del servicio policial hacia la creación de valor a los clientes y partes interesadas, con el soporte de los sistemas normalizados de gestión, mediante un desarrollo integral y armónico de sus tres componentes Estrategia y Gestión Estratégica, Gestión y Estructura de Procesos y Talento Humano y Gestión Se define como el modelo gerencial que orienta la gestión del servicio policial hacia el valor a los clientes y partes interesadas, con el soporte de los sistemas normalizados de gestión, mediante un desarrollo integral y armónico de sus tres componentes Estrategia y Gestión Estratégica, Gestión y Estructura de Procesos y Talento Humano y Gestión de la Cultura Institucional, dentro de los lineamientos institucionales para la gestión. .
el Manual del Sistema de Gestión Integral de la Policía Nacional y se deroga una resolución” El MIPG opera a través de la puesta en marcha de siete (7) dimensiones; así: 1. Talento Humano. 2. Direccionamiento Estratégico y Planeación. 3. Gestión con Valores para el Resultado. 4. Evaluación para el Resultado.5. Control Interno. Dimensiones transversales: 6. Información y Comunicación. 7. Gestión del Conocimiento y la Innovación. su significado es Modernización Integrado de Planeación y Gestión Modelo Integrado de Planeación y Gestión Modernización integral de Planeación y Gestión Modelo integral de Planeación y Gestión.
el Manual del Sistema de Gestión Integral de la Policía Nacional y se deroga una resolución” (SGSI). SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LA INTEGRAL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SALUD DE LA INFORMACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN Y DE LA INFORMACIÓN.
las vigencias futuras ____________Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones. ley 819 de 8 de julio de 2003 ley 819 de 9 de julio de 2003 ley 819 de 9 de julio de 2004 ley 819 de 9 de junio de 2003.
Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (_____) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas; 25% 15% 45% 20%.
segun la ley de vigencias futuras, Confis Consejo Superior de Fiscal consejo fiscal y superior consejo de la política fiscal Consejo Superior de Política Fiscal.
La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras _________ el respectivo período de gobierno si podra superar no podrá superar no podrá ser inferior a peticion del confis.
Artículo 13. Prohíbase tramitar actos ___________ que afecten el presupuesto de gastos cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos. El representante legal y ordenador del gasto o en quienes estos hayan delegado, responderán disciplinaria, fiscal y penalmente por incumplir lo establecido en esta norma. resolutivos administrativos u obligaciones administrativos obligaciones.
Artículo 15. La solicitud de modificación a las plantas de personal requerirá para su consideración y trámite, por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional El __________________________________aprobará las propuestas de modificaciones a las plantas de personal, cuando hayan obtenido concepto o viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional. Departamento Administrativo de la Función Pública alcalde gobernadores asambleas departamentales ministerio de hacienda .
en las vigencias futuras (SIIF) - Nación Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) - Nación Sistema de Información Financiera (SIIF) - Nación Sistema Integral de Información Financiera (SIIF) - Nación Sistema Integrado de Información Fiacal (SIIF) - Nación .
POLÍTICAS INSTITUCIONALES. Las Políticas Institucionales son directrices que una Institución se compromete a cumplir y que orientan sus esfuerzos y recursos hacia el futuro. Son formuladas por el Alto Mando Institucional, de forma tal que buscan alcanzar a toda la Policía Nacional, deben ser conocidas, apropiadas y servir de gula a todos sus integrantes. Las Políticas Institucionales de la Policía Nacional de Colombia son las siguientes: • Política de unidad institucional • Política misional del servicio de la policía • Política integral de transparencia policial • Política de gestión del talento humano y cultura institucional • Política del buen uso de los recursos • Política de educación e innovación policial • Política de comunicaciones estratégicas • Política de unidad institucional • Política misional del servicio de la policía • Política de gestión del talento humano y cultura institucional • Política del buen uso de los recursos • Política de educación e innovación policial • Política de comunicaciones estratégicas • Política de unidad institucional • Política integral de transparencia policial • Política de gestión del talento humano y cultura institucional • Política del buen uso de los recursos • Política de educación e innovación policial • Política de comunicaciones estratégicas • Política de unidad institucional • Política misional del servicio de la policía • Política integral de transparencia policial • Política de gestión del talento humano y cultura institucional • Política del buen uso de los recursos • Política de educación e innovación policial • Política de comunicaciones estratégicas • Política integral de transparencia policial.
Resolución______________________definiciones estratégicas y marco estratégico. Definiciones estratégicas y marco estratégico institucional 2019-2022 00003 del 08 de enero 2019 00003 del 01 de enero 2019 00003 del 01 de febrero 2019 00008 del 01 de enero 2019 .
ARTÍCULO 3. DEFINICIONES ESTRATÉGICAS. son proposiciones que precisan el marco filosófico de la Institución, que inspira y moviliza el accionar Institucional, a través de la definición de la Misión, Visión, MEGA, Principios y Valores Institucionales. La MISIÓN ES El fin primordial de la Policía Nacional es el mantenimiento de la convivencia como condición necesaria, para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y para asegurar que los habitantes de Colombia vivan en paz fundamentada en el código de ética policial. El fin primordial de la Policía Nacional es el mantenimiento de la convivencia como condición necesaria, para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y para asegurar que los habitantes de Colombia vivan en paz fundamentada en el código de convivencia ética policial. El fin primordial de la Policía Nacional es el mantenimiento de la convivencia y seguridad ciudadana como condición necesaria, para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y para asegurar que los habitantes de Colombia vivan en paz fundamentada en el código de ética policial. El fin primordial de la Policía Nacional es el mantenimiento de la convivencia y seguridad ciudadana como condición necesaria, para el ejercicio de los derechos y libertades públicas constitucionales y para asegurar que los habitantes de Colombia vivan en paz fundamentada en el código de ética policial.
ARTÍCULO 3. DEFINICIONES ESTRATÉGICAS. son proposiciones que precisan el marco filosófico de la Institución, que inspira y moviliza el accionar Institucional, a través de la definición de la Misión, Visión, MEGA, Principios y Valores Institucionales. VISIÓN es Al 2030 seremos una organización preparada para responder ante el cambio social a nivel local nacional y global, como resultado de las modernizacion transformaciones residuales que generen cultura y conciencia de futuro responsable en la ciudadanía Al 2030 tendremos una organización mas preparada para responder ante el cambio social a nivel local y global, como resultado de las transformaciones estructurales que generen cultura y conciencia de futuro responsable en la ciudadanía Al 2030 seremos una organización preparada para responder ante el cambio social a nivel local nacional y global, como resultado de las modernizacion transformaciones estructurales que generen cultura y conciencia de futuro responsable en la ciudadanía Al 2030 seremos una organización preparada para responder ante el cambio social a nivel local y global, como resultado de las transformaciones estructurales que generen cultura y conciencia de futuro responsable en la ciudadanía.
ARTÍCULO 3. DEFINICIONES ESTRATÉGICAS. son proposiciones que precisan el marco filosófico de la Institución, que inspira y moviliza el accionar Institucional, a través de la definición de la Misión, Visión, MEGA, Principios y Valores Institucionales. MEGA • La Policía acoge como Meta Grande y Audaz lo siguiente: “Durante los primeros cuatro años, cumpliremos con el servicio de policía a través de la unidad interistitucional para responder a los diversos comportamientos generacionales y regionales que impacten en la convivencia y seguridad ciudadana, mediante la innovación, el uso de herramientas tecnológicas y la optimización de los recursos” “Durante los primeros cuatro años, cumpliremos con el servicio de policía a través de la unidad institucional para responder a los diferentes comportamientos generacionales y regionales que impacten en la convivencia, mediante la innovación, el uso de herramientas tecnológicas y la optimización de los recursos” “Durante los primeros cuatro años, cumpliremos con el servicio de policía a través de la unidad institucional para responder a los diversos comportamientos generacionales y regionales que impacten en la convivencia, mediante la innovación policial, el uso de herramientas tecnológicas y la optimización de los recursos” Durante los primeros cuatro años, cumpliremos con el servicio de policía a través de la unidad institucional para responder a los diversos comportamientos generacionales y regionales que impacten en la convivencia, mediante la innovación, el uso de herramientas tecnológicas y la optimización de los recursos .
RESOLUCIÓN 00003 DE 2019 Por la cual se adoptan las definiciones estrategias y el marco estratégico institucional 2019 - 2022 los principios son: 1. Vida 2. Dignidad 3. Equidad y Coherencia 4. Excelencia 5 Transparencia 1. Vida 2. Dignidad 3. Equidad y Coherencia 4. Excelencia 1. Vida 2. Dignidad 3. Equidad 4. Excelencia 5 Transparencia 1. Vida 2. Dignidad 3. Coherencia 4. Excelencia.
RESOLUCIÓN 00003 DE 2019 Por la cual se adoptan las definiciones estrategias y el marco estratégico institucional 2019 - 2022 los VALORES son Vocación policial **Honestidad Compromiso **Honor policial Disciplina **Solidaridad Vocación policial **Honestidad transparencia **Honor policial Disciplina **Solidaridad Vocación policial **Honestidad transparencia **Honor policial dignida **Solidaridad Vocación policial **integridad Compromiso **Honor policial Disciplina **Solidaridad.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE 29-febrero-2019 28- febrero-2018 28- febrero-2017 28- febrero-2019.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE esta metodologia es dirigida director general de la policía nacional en coordinacion con la mesa tenica subdirector general de la policía nacional en coordinacion con la mesa tenica en coordinacion con la mesa tenica direcciones seccionales en coordinacion con la mesa tenica .
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE concepto y clasificacion de las operaciones mored A GAOML GAOR GAO /B GDO / C GDCO A GAO /B GDO / C GDCO A GAOML GAO /B GDO / C GDCO A GAOR GAO /B GDO / C GDCO.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE GAOML ES GRUPO AL MARGEN DE LA LEY GRUPO DE ALTO VALOR AL MARGEN DE LA LEY GRUPO ARMADO AL MARGEN NACIONAL GRUPO ARMADO AL MARGEN DE LA LEY.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE GAO ES GRUPO AL MARGEN DE LA LEY ORGANIZADO GRUPO DE ALTO VALOR ORGANIZADO GRUPO ARMADO ORGANIZADO GRUPO ARMADO ORGANIZADO AL MARGEN DE LA LEY.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE GAO,r ES GRUPO AL MARGEN DE LA LEY ORGANIZADO GRUPO DE ALTO VALOR ORGANIZADO RESIDUAL GRUPO ARMADO ORGANIZADO RESIDUAL GRUPO ARMADO ORGANIZADO RESIDUAL AL MARGEN DE LA LEY.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE GDO ES GRUPO DELINCUENCIAL ORGANIZACIONAL GRUPO DELICTIVO ORGANIZADO GRUPO DELINCUENCIA ORGANIZADO GRUPO ARMADO DELINCUENCIA ORGANIZADO.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE GDCO ES GRUPO DELINCUENCIAL COMÚN ORGANIZADA GRUPO DELICTIVO CRIMINAL ORGANIZADO GRUPO DE DELINCUENCIA COMÚN ORGANIZADA GRUPO ARMADO DELINCUENCIA ORGANIZADO.
ponderación de las calificaciones MORED EXELENTE SATISFACTORIO INSUFICIENTE SOBRESALIENTE SATISFACTORIO INSUFICIENTE EXCELENTE SOBRESALIENTE INSUFICIENTE SOBRESALIENTE SATISFACTORIO DEFICIENTE.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE OPCOR OPERACIONES CONTRA LA CRIMINALIDAD OPERACIONES CONTRA LA CORRUPCIÓN OPERACIONES CONTRA LA CRIMEN ORGANIZADO OPERACIONES DE CRIMEN ORGANIZADO RESIDUAL.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE OPNOR OPERACIONES REPORTADAS CON PROCESO INVESTIGATIVO OPERACIONES NO REPORTADAS CON PROCESO INVESTIGATIVO OPERACIONES NACIONALES DE CARACTER CRIMINAL OPERACIONES REPORTADAS SIN PROCESO INVESTIGATIVO.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE BOPOR NO SERAN INCLUIDOS EN LA MORED BLANCOS DE UNICA OPORTUNIDAD BLANCOS DE OPORTUNIDAD BLANCOS DE OPORTUNIDAD RESIDUAL BLANCOS DE CON OPORTUNIDAD DIRECTA.
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE las notificaciones rojas se utilizan para solicitar la detención preventiva con miras a la extradicion de personas que han cometido un delito en Colombia y que se encuentra o se presume están en el extranjero se utilizan para solicitar la detención privativa de la libertad con miras a la extradicion de personas que han cometido un delito en Colombia y que se encuentra o se presume están en el extranjero se utilizan para s la detención preventiva o privativa de la libertad con miras a la extradicion de personas que han cometido un delito en Colombia y que se encuentra o se presume están en el extranjero se utilizan para solicitar la detención transitoria preventiva con miras a la extradicion de personas que han cometido un delito en Colombia y que se encuentra o se presume están en el extranjero .
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE las notificaciones azules se utilizan únicamente para localizar (no quiere decir con ello retener o capturar ) a una persona que se presume que ha salido del pais con el fin de evadir la acción penal se utilizan únicamente para solicitar (no quiere decir con ello detener o retener ) a una persona que se presume que ha salido del pais con el fin de evadir la acción penal se utilizan únicamente para solicitar (no quiere decir con ello retener o capturar ) a una persona que se presume que ha salido del pais con el fin de evadir la acción penal se utilizan para solicitar la detención preventiva con miras a la extradicion de personas que han cometido un delito en Colombia y que se encuentra o se presume están en el extranjero .
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE las notificaciones azules sus requisitos son: 1.Solicitar y/o informar al despacho judicial la notificación azul. 2.En funcionario de policía judicial que adelanta el proceso investigativo diligencia el formato. 3. El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá, para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5. El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. 1.Solicitar y/o informar al fiscal judicial la notificación azul. 2.En funcionario de policía judicial que adelanta el proceso investigativo diligencia el formato. 3. El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá, para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5. El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. 1.Solicitar y/o informar al despacho judicial la notificación azul. 2.En funcionario de policía judicial y FGN que adelanta el proceso investigativo diligencia el formato. 3. El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá, para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5. El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. 1.Solicitar y/o informar al despacho judicial la notificación azul. 2.En funcionario de policía judicial que adelanta el proceso investigativo diligencia el formato. 3. El enlace de AMERIPOL INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá, para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5. El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. .
INSTRUCTIVO No. 005 DIPON-OFPLA 70 DEL ________PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA MATRIZ OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO (MORED) EN EL MARCO DEL DIORE las notificaciones ROJAS sus requisitos son: 1.Solicitar y/o informar al despacho judicial la notificación azul. 2.En funcionario de policía judicial que adelanta el proceso investigativo diligencia el formato. 3. El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá, para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5. El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. 1.Solicitud al despacho judicial. 2. El despacho judicial con asesoría del enlace de INTERPOL diligencia el formato. 3.El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL O AMERIPOL. 5.El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. 1.Solicitar y/o informar al despacho judicial la notificación azul. 2.En funcionario de policía judicial y FGN que adelanta el proceso investigativo diligencia el formato. 3. El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá, para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5. El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. 1.Solicitud al despacho judicial. 2. El despacho judicial con asesoría del enlace de INTERPOL diligencia el formato. 3.El enlace de INTERPOL envía formulario diligenciado a la OCN INTERPOL Bogotá para su revisión. 4. Verificar la divulgación de la notificación por parte de INTERPOL. 5.El enlace de INTERPOL informa al despacho judicial y policía judicial de la divulgación. .
resolución 00281 del 23-01-2018 modelo de planeación y gestión operacional del servicio de policía la comisión asesora para la gestión operacional esta integrada: 1 sub director general 2 directores operativos 3 director administrativo y financiero 4 director de talento humano 5 jefe oficina de planeacion 1 director general 2 directores operativos 3 director administrativo y financiero 4 director de talento humano 5 jefe oficina de planeacion 1 director general 2 sub directores operativos 3 director administrativo y financiero 4 director de talento humano 5 jefe oficina de planeacion 1 sub director general 2 directores oficinas asesoras 3 director administrativo y financiero 4 sub director de talento humano 5 jefe oficina de planeacion.
resolución 00281 del 23-01-2018 modelo de planeación y gestión operacional del servicio de policía la comisión asesora para la gestión operacional esta integrada:1 sub director general 2 directores operativos 3 director administrativo y financiero 4 director de talento humano 5 jefe oficina de planeacion ******su secretaria técnica asesora SUDIR OFPLA DISEC DICAR DIJIN DIPON SUDIR OFPLA DISEC DICAR DIPON OFITE DISEC DICAR INSGE DIPON SUDIR OFITE DISEC DICAR .
resolución 00281 del 23-01-2018 modelo de planeación y gestión operacional del servicio de policía Cuales son sus componentes Sistema de Seguridad y Convivencia Ciudadana (SPSC2) . Sistema de Seguridad Rural (SISER) Sistema Nacional Contra el Crimen Organizado (SINCO) Sistema de Prevención, Convivencia Seguridad y Ciudadana (SPSC2) . Sistema integrado de Seguridad Rural (SISER). Sistema Nacional de Crimen Organizado (SINCO) Sistema de Seguridad y Convivencia Ciudadana (SPSC2) . Sistema de operacional Seguridad Rural (SISER). Sistema Nacional Contra el Crimen Organizado (SINCO) Sistema de Prevención, Seguridad y Convivencia Ciudadana (SPSC2) . Sistema de Seguridad Rural (SISER). Sistema Nacional Contra el Crimen Organizado (SINCO).
DIORE SUS SIGLAS SIGNIFICAN DIRECCIONAMIENTO DE REDUCCIÓN DEL DELITO DIRECCIONAMIENTO INTEGRAL DE REDUCCIÓN DEL DELITO DIRECCIONAMIENTO INTEGRAL OPERACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL DELITO DIRECCIONAMIENTO INTEGRADO DE REDUCCIÓN DEL DELITO.
AISEC SUS SIGLAS SIGNIFICAN ANÁLISIS INTEGRALES DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA ANÁLISIS INTEGRAL DE Y CONVIVENCIA SEGURIDAD CIUDADANA ANÁLISIS INTEGRALES DE Y CONVIVENCIA SEGURIDAD CIUDADANA ANÁLISIS INTEGRADOS DE Y CONVIVENCIA SEGURIDAD CIUDADANA .
La Estrategia de Intervención Integral contra el Narcotráfico de la Institución (EICON) En lo que respecta al control de Sustancias Químicas Esenciales (SQE), se aumentará el control administrativo y operativo, dándoles sostenibilidad y permanencia en los territorios a las 34 Sustancias Químicas Esenciales para el procesamiento de estupefacientes, priorizando 4 de ellas ácido sulfúrico, **ácido clorhídrico,** permanganato de potasio ** anhídrido acético ácido sulfúrico, * ácido clorhídrico, * permanganato de potasio * *uranio ácido de nitritio, *ácido de amoniaco,* permanganato de sodio *anhídrido acético * ácido sulfúrico, * ácido cloro, * permanganato de potasio * anhídrido acétinico.
Los resultados del (CREIP IV) Comité de Revisión Estratégica e Innovación Policial Comité de Supervision Estratégica e Innovación Policial Comité de Revisión Estratégico e Integral Policial Comité de Revisión Estratégica e integrado Policial .
numero de formula en el mti 7+9+2+1 7+8+2+1 8+9+2+1 1+2+9+7.
en el MTI CETIN ES Círculos Estratégicos de Modernizacion Institucional Círculos Estratégicos de Transformación Institucional Círculos de Estrategias de Transformación Institucional: Círculo Estratégico de Transformación Insteristitucional.
son tres (3) frases de transición (linea de tiempo y etapas de 2030) 1. Estabilización (2018-2022): 2. Consolidación (2022-2026): 3. Normalización (2026-2030): 1. Consolidación (2018-2022): 2. Normalización (2022-2026): 3. Estabilización (2026-2030): 1. Normalización (2018-2022): 2. Consolidación (2022-2026): 3. Estabilización (2026-2030): 1. Consolidación (2018-2022): 2. Estabilización (2022-2026): 3. Normalización (2026-2030): .
PLANES DE DESARROLLO EN EL MTI : DITHA DIPRO DIRAF OFITE DINCO DISAN UNIPEP ARCOP COEST DITHA DIBIE DIRAF DISEC DINCO DISAN ARCOP UNIPEP COEST DITHA DIPRO DIRAF OFITE INSGE DISAN DIBIE UNIPEP COEST DITHA DIBIEDIRAF DINCO DISAN DIBIE ARCOP UNIPEP COEST.
LOS CIRCULOS ESTRATEGICOS DE TRANSFORMACION INSTITUCIONAL EN EL MTI : DITHA DIPRO DIRAF OFITE DISEC INSGE DIJIN DISEC DICAR DIJIN INSGE DIBIEDIBIE OFPLA DIJIN INSGE DINAE DIBIE DINCO DISAN DIBIE DISEC DICAR DIJIN INSGE DINAE DIBIE OFPLA .
Gerente: _________supervisa y responde por la ejecución y cumplimiento del plan de movilización para la gestión del cambio MTI El Subdirector General El Director General EL Inspector General Jefe de planeacion.
Comités técnicos especializados: para contribuir a formular el documento CONPES de fortalecimiento y proyección de la Policía y para la búsqueda de fórmulas de cofinanciamiento de la seguridad y la convivencia SON Comité para la Construcion del Documento CONPES (OFPLA) /// Comite para el Estudio de Formulas de Confinanciamiento de la Seguirdad y Convivencia Ciudadana (OFPLA) Comité para la Construcion del Documento CONPES (OFPLA) /// Comite para el Estudio de Formulas de Confinanciamiento de la Seguirdad y Convivencia Ciudadana CONPES(OFPLA) Comité para la Construcción del Documento CONPES (OFPLA) /// Comite para el Estudio de Formulas de Confinanciamiento de la Convivencia y Seguridad y Ciudadana (OFPLA) Comité para la Construcion del Documento CONPES (OFPLA) /// Comite para el Estudio de Formulas de financiamiento de la Seguirdad y Convivencia Ciudadana (OFPLA).
Secretaría Ejecutiva Ampliada (SEA - MTI): que participó en la formulación y diseño de todo este gran proceso innovador en la Policía Nacional y que ha venido articulando metodológicamente el proceso movilizador de la modernización y transformación de la Policía, mediante reuniones operativas, ejercicios de inmersión y y transformación de la Policía, mediante reuniones operativas, ejercicios de inmersión y jornadas de seguimiento estratégico. Esta secretaría tiene asiento en la Jefe de Planeación Director general Subdirector general Subdirector de la unidad .
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional Uso de la fuerza: Es el medio inmaterial, legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad de conformidad con la ley y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza. Es el medio material, legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad de conformidad con la ley y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza. Es el medio material, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo y escrito, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad pública, de conformidad con la ley. Es el medio inmaterial, legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad de conformidad con la ley y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza. .
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales: Son medios de apoyo de sin carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están cedidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales, conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia, con el objetivo de hacer un uso piramidal de la fuerza, neutralizando o disuadiendo la amenaza, y de esta manera evitando desplegar fuerza letal. El alcance y características técnicas de los dispositivos a emplear obedecen a las particularidades del fenómeno que se pretende controlar Son medios de apoyo de carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales, conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia, con el objetivo de hacer un uso diferenciado de la fuerza, neutralizando o disuadiendo la amenaza, y de esta manera evitando desplegar fuerza letal. El alcance y características técnicas de los dispositivos a emplear obedecen a las particularidades del fenómeno que se pretende controlar Son medios materiales de apoyo de carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales, conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia, con el objetivo de hacer un uso diferenciado de la fuerza, neutralizando o disuadiendo la amenaza, y de esta manera evitando desplegar fuerza letal. El alcance y características técnicas de los dispositivos a emplear obedecen a las particularidades del fenómeno que se pretende controlar Son medios de apoyo de carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales, conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia, con el objetivo de hacer un uso diferenciado de la fuerza, neutralizando o disuadiendo la amenaza, y de esta manera evitando desplegar fuerza letal. El alcance y características técnicas de los dispositivos a emplear obedecen a las particularidades del fenómeno que se pretende controlar.
son dos instrumentos internacionales para el uso de la fuerza 1Código de funcion para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Resolución 34/169 del 17 de diciembre de 1979. Organización de las Naciones Unidas. //////2 Principios básicos sobre el uso de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Octavo Congreso de las Naciones Unidas,del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990 1Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Resolución 34/169 del 17 de diciembre de 1979. Organización de las Naciones Unidas. //////2 Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Octavo Congreso de las Naciones Unidas,del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990 1Código de conducta para funcionarios publicos encargados de hacer cumplir la ley. Resolución 34/169 del 17 de diciembre de 1979. Organización de las Naciones Unidas. //////2 Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Octavo Congreso de las Naciones Unidas,del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990 1Código de conducta para funcionarios encargados de cumplir la ley. Resolución 34/169 del 17 de diciembre de 1979. Organización de las Naciones Unidas. //////2 Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Octavo Congreso de las Naciones Unidas,del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional Principio de Necesidad: El personal uniformado de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. El personal uniformado de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. El personal uniformado de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego. Si Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. El personal uniformado de la Policía Nacional al hacer uso de la fuerza, armas, municiones, elementos, dispositivos menos letales y armas de fuego, debe hacerlo de manera moderada y actuar en proporción a la gravedad de la amenaza y el objetivo.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional Principio de Legalidad: Al hacer uso de la fuerza debe guiarse con las leyes y normas adoptadas por el estado colombiano y la reglamentación y disposiciones institucionales. Al hacer uso de la fuerza debe cumplirse con las leyes y normas por el estado colombiano y la reglamentación y disposiciones institucionales. Al hacer uso de la fuerza debe cumplirse con a reglamentación y normas adoptadas por el estado colombiano y la reglamentación y disposiciones misionales Al hacer uso de la fuerza debe cumplirse con las leyes y normas adoptadas por el estado colombiano y la reglamentación y disposiciones institucionales. .
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional Principio de Proporcionalidad: El personal uniformado de la Policía Nacional al hacer uso de la fuerza, armas, municiones, elementos, dispositivos menos letales y armas de fuego, debe hacerlo de manera moderada y actuar en proporción a la amenaza y el objetivo legítimo que se quiere lograr, escogiendo entre los medios eficaces, aquellos que causen menor daño a la integridad de las personas y sus bienes. El personal uniformado de la Policía Nacional al hacer uso de la fuerza, armas, municiones, elementos, dispositivos menos letales y armas de fuego, debe hacerlo de manera moderada y actuar en igualdad a la gravedad de la amenaza y el objetivo legítimo que se quiere lograr, escogiendo entre los medios eficaces, aquellos que causen menor daño a la integridad de las personas y sus bienes. El personal uniformado de la Policía Nacional al hacer uso de la fuerza, armas, municiones, elementos, dispositivos menos letales y armas de fuego, debe hacerlo de manera moderada y actuar en proporción a la gravedad de la amenaza y el objetivo legítimo que se quiere lograr, escogiendo entre los medios eficaces, aquellos que causen menor daño a la integridad de las personas y sus bienes. El personal uniformado de la Policía Nacional al hacer uso de la fuerza, armas, municiones, elementos, dispositivos menos letales y armas de fuego, debe hacerlo de manera moderada y actuar en proporción a la gravedad de la amenaza y el objetivo legítimo que se quiere lograr, escogiendo entre los medios mas eficaces, aquellos que causen menor daño a la vida de las personas y sus bienes.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional Principio de Racionalidad : Es la capacidad de decidir cuál la fuerza que se debe aplicar según el escenario al que se enfrenta, de acuerdo con las leyes y normas vigentes. : Es la capacidad de decidir cuál es el nivel de fuerza que se debe aplicar según el escenario al que se enfrenta, de acuerdo con las normas vigentes. :Es la capacidad de decidir cuál es el nivel de fuerza que se debe aplicar según el escenario al que se enfrenta, de acuerdo con las leyes y normas vigentes. : Es la capacidad de decidir cuál es el punto de fuerza que se debe aplicar según el escenario al que se enfrenta, de acuerdo con las leyes y normas vigentes.
Artículo 11. Modelo para el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza. El uso de la fuerza, responde al nivel de resistencia del individuo, variando de acuerdo con las características de cada procedimiento, siendo necesario mantener la autoridad y el dinamismo en su acción por parte del funcionario de policía. El modelo contempla el uso de la fuerza preventiva (presencia policial, comunicación y disuasión) al uso de la fuerza reactiva (fuerza física-armas naturales, armas menos letales, armas de fuego). El uso de la fuerza, responde a la resistencia del individuo, variando de acuerdo con las características de cada procedimiento, siendo necesario mantener la autoridad y el dinamismo en su acción por parte del funcionario de policía. El modelo contempla el uso de la fuerza preventiva (presencia policial, comunicación y disuasión) al uso de la fuerza reactiva (fuerza física-armas naturales, armas menos letales, armas de fuego). El uso de la fuerza, responde al nivel de resistencia del individuo, variando de acuerdo con las características de cada procedimiento, siendo necesario mantener la autoridad y el dinamismo en su acción por parte del funcionario de policía. El del uso de la fuerza preventiva (presencia policial, comunicación y disuasión) al uso de la fuerza reactiva (fuerza física-armas naturales, armas menos letales, armas de fuego). El uso de la fuerza, responde al nivel de resistencia del individuo, variando de acuerdo con las características de cada procedimiento, siendo necesario mantener la autoridad y el dinamismo en su acción por parte del funcionario de policía. El modelo contempla el uso de la fuerza preventiva (presencia policial, yugo verbal comunicación y disuasión) al uso de la fuerza reactiva (fuerza física-armas naturales, armas menos letales, armas de fuego).
Artículo 18. Clasificación de las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional. Las que se emplearán en el servicio de policía son aquellas clasificadas de manera técnica las mecánicas-cinéticas son a. Fusiles lanza gases y lanzadores múltiples. b. Escopeta calibre 12. c. Lanzadores de red de nylon o materiales. d. Lanzador de munición esférica. e. Munición de goma. f. Cartuchos de impacto dirigido. g. Cartuchos impulsores. h. Munición cinética. a. Fusiles lanza gases y lanzadores múltiples. b. Escopeta calibre 12. c. Lanzadores de red de nylon . d. Lanzador de munición esférica. e. Munición de goma. f. Cartuchos de impacto dirigido. g. Cartuchos impulsores. h. Munición cinética. a. Fusiles lanza gases y lanzadores . b. Escopeta calibre 12. c. Lanzadores de red de nylon o materiales. d.Cartuchos Fumígenos. esférica. e. Munición de goma. f. Cartuchos de impacto . g. Cartuchos impulsores. h. Munición cinética. a. Fusiles lanza gases y lanzadores múltiples. b. Escopeta calibre 12. c. Lanzadores de red de nylon o materiales. d.Cartuchos Fumígenos. esférica. e. Munición . f. Cartuchos de impacto dirigido. g. Cartuchos impulsores. h. Munición cinética.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional los Agentes químicos son a. Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido. b. Granadas con carga química CS, OC. c. Granadas fumígenas. d. Cartuchos con carga química CS, OC. e. Cartuchos Fumígenos. a. Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.b. Granadas con carga química CS, c. Granadas fumígenas. d. Cartuchos con carga química CS, OC. e. Cartuchos Fumígenos. a. Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.b. Granadas con carga química CS, c. Granadas fumígenas. d. Cartuchos con carga química , OC. e. Cartuchos Fumígenos. a. Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido. b. Granadas con carga química CS, OC. c. Granadas de aturdimiento. d. Cartuchos con carga química CS, OC. e. Cartuchos Fumígenos.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional las Dispositivos de control eléctrico y auxiliares son a. Lanzadores múltiples eléctricos b. Pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control eléctrico. c. Bastón Policial d. Dispositivo de Shock eléctrico e. Lanzador flash f. Bengalas g. Animales entrenados h. Vehículos antimotines antidisturbios. i. Dispositivo lanza agua. a. Lanzadores múltiples eléctricos b. Pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control eléctrico. c. Bastón Policial d. Dispositivo de Shock eléctrico e. Lanzador flash f. Bengalas g. Animales entrenados h. Vehículos antimotines antidisturbios. i. Dispositivo red nilon a. Lanzadores múltiples eléctricos b. Pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control eléctrico. c. Bastón Policial d. Dispositivo de Shock eléctrico e. Lanzador fumigeno f. Bengalas g. Animales entrenados h. Vehículos antimotines antidisturbios. i. Dispositivo red nilon a. Lanzadores múltiples eléctricos b. Pistolas eléctricas o dispositivos de control eléctrico. c. Tambo Policial d. Dispositivo de Shock eléctrico e. Lanzador flash f. Bengalas g. Animales entrenados h. Vehículos antimotines antidisturbios. i. Dispositivo lanza agua.
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones es , sirve como el instrumento del servicio de acompañamiento. prevención e intervención de reuniones y/o manifestaciones públicas, así como también de procedimientos donde las aglomeraciones que puedan generar disturbios. plasmándose en el mismo los principales fundamentos y parámetros de actuación que deben ser asimilados de forma permanente. buscando optimizar los recursos, tiempo y capacidad de institucional. sirve como el instrumento del servicio de acompañamiento. prevención e intervención de reuniones y/o manifestaciones públicas, así como también de procedimientos donde surjan aglomeraciones que puedan generar disturbios. plasmándose en el mismo los principales fundamentos de actuación que deben ser asimilados de forma permanente. buscando optimizar los recursos, tiempo y capacidad de respuesta institucional. ", sirve como el instrumento del servicio de acompañamiento. prevención e intervención de reuniones y/o manifestaciones públicas, así como también de procedimientos donde las aglomeraciones que puedan generar disturbios. plasmándose en el mismo los principales fundamentos y parámetros de actuación que deben ser asimilados de forma permanente. buscando optimizar los recursos, tiempo y capacidad de respuesta institucional. se concibe como el instrumento del servicio de acompañamiento. prevención e intervención de reuniones y/o manifestaciones públicas, así como también de procedimientos donde surjan aglomeraciones que puedan generar disturbios, plasmándose en el mismo los principales fundamentos y parámetros de actuación que deben ser asimilados de forma permanente, buscando optimizar tos recursos, tiempo y capacidad de respuesta institucional. .
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones Articulo 12. Medios materiales mínimos. Son aquellos elementos mínimos. requeridos para intervenir en una reunión y/o manifestación. cuando producto de una aglomeración de personas pueda alterar la seguridad y convivencia; garantizando de esta manera la integridad física del personal policial y permitiendo el logro del objetivo. aquellos elementos requeridos para intervenir en una reunión y/o manifestación. cuando la aglomeración de mas personas pueda alterar la seguridad y convivencia; garantizando de esta manera la integridad física del personal policial y permitiendo el logro del objetivo. aquellos elementos requeridos para intervenir en una reunión y/o manifestación. cuando producto de un disturbio aglomeración de mas personas pueda alterar la convivencia y seguridad garantizando de esta manera la integridad física del personal policial y permitiendo el logro del objetivo. aquellos elementos requeridos para intervenir en una reunión y/o manifestación. cuando producto de una aglomeración de personas pueda alterar la seguridad y convivencia; garantizando de esta manera la integridad física del personal policial y permitiendo el logro del objetivo. .
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones Equipo básico de seguridad personal. Los funcionarios de policía independiente de su grado y cargo que intervengan en el acompañamiento y prevención en manifestaciones y control de disturbios, deberá tener los siguientes elementos para el servicio: a) Casco anti motín b) Escudo anti motín c) Canillera ) Chaleco antibalas e) Guantes anti trauma y/o cortef) Bastón policial a) Casco anti motín b) Escudo anti motín c) Canillera anti motín d) Chaleco antibalas e) Guantes anti trauma y/o anti cortef) Bastón policial a) Casco anti motín b) Escudo c) Canillera anti motín d) Chaleco antibalas e) Guantes anti incendio y/o anti cortef) Bastón policial a) Casco anti motín b) Escudo anti motín c) Canillera anti motín d) Chaleco negro e) Guantes anti trauma f) tonfa policial .
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones El personal que conforma los dispositivos mínimos de intervención básicos, debe contar con las siguientes armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales para la prestación del servicio en manifestaciones y control de disturbios: a) Fusil lanza gas b) cartuchos con carga química CS OS c) granadas con carga química Cs d) granadas con carga fumígenas e) granadas de aturdimiento a)Fusil lanza gas b) cartuchos con carga química CS c) granadas con carga química Cs d) granadas fumígenas e) granadas de aturdimiento a) Fusil lanza gas b) cartuchos con carga química CS OS c) granadas con carga química Cs d) granadas fumígenas e) granadas de aturdimiento a) Fusil lanza gas b) cartuchos con carga química CS OS c) granadas con carga química Cs d) granadas con carga fumígenas e) granadas de humo.
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestacionesArtículo 17°. Acciones frente al servicio de policía en el control de manifestaciones y disturbios. Los señores comandantes de región, metropolitana y/o departamento de Policía, deberán impartir las siguientes instrucciones, una vez se tenga conocimiento del desarrollo manifestaciones públicas, del mismo modo, cuando producto de una aglomeración de personas, se altere la seguridad y convivencia ciudadana, así: ANTES (Planeación) . DURANTE (Ejecución) DESPUÉS (Evaluación) ANTES (Ejecución) . DURANTE (Planeación) DESPUÉS (Evaluación) ANTES (Evaluación) . DURANTE (Ejecución) DESPUÉS (Evaluación) ANTES (Planeación) . DURANTE (Evaluación) DESPUÉS (Ejecución) .
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones . Incluirán dentro de la planeación del servicio unidades del grupo especializado antidisturbios de la Policía Nacional, previa consulta de disponibilidad ante la oficina de planeacion cdt de metropolitana o departamento director de region Disec.
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones dispositivo mínimo básico un 1 comandante un 1 operador de armas menos letales dos 2 uniformados de seguridad y protección-spi seis escuderos un 1 comandante dos 2 operador de armas menos letales dos 2 uniformados de seguridad y protección-spi seis escuderos un 1 comandante un 1 operador de armas menos letales tres 3 uniformados de seguridad y protección-spi seis escuderos un 1 comandante dos 2 operador de armas menos letales dos 2 uniformados de seguridad y protección-spi seis escuderos.
Resolución 03002 del 29 de junio 2017 manual para el servicio de las manifestaciones Artículo 19. Dispositivo mínimo de intervención. Son aquellos grupos conformados con el fin de acompañar, garantizar, prevenir en el servicio de policía con ocasión de reuniones, manifestaciones y en general aglomeraciones de público. o cuando en el desarrollo de estas. sea necesario el restablecimiento de as condiciones de convivencia y seguridad aquellos grupos conformados con el fin de acompañar, garantizar, prevenir e intervenir en el servicio de policía con ocasión de reuniones, manifestaciones y en general aglomeraciones de público. o cuando en el desarrollo de estas. sea necesario el restablecimiento de las condiciones de convivencia y seguridad aquellos grupos conformados con el fin de acompañar, , e intervenir en el servicio de policía con ocasión de reuniones, manifestaciones y en general aglomeraciones de público. o cuando en el desarrollo de estas. sea necesario el restablecimiento de las condiciones de convivencia y seguridad aquellos grupos conformados con el fin de acompañar, , e intervenir en el servicio de policía con ocasión de reuniones, manifestaciones y en general aglomeraciones de público. o cuando en el desarrollo de estas. sea necesario el restablecimiento de las condiciones de convivencia y seguridad.
Articulo 21. Escuadrones Móviles Anti disturbios de la policía Nacional. Es el grupo operativo especializado. encargado de intervenciones especiales que se presenten en zona urbana y rural del territorio nacional por causa de aglomeraciones de público, cuando estas deriven en disturbios. motines y demás situaciones de violencia, que alteren gravemente la convivencia y seguridad ciudadana: para el restablecimiento del ejercicio de los derechos y libertades públicas Parágrafo. Para el desarrollo de su servicio el grupo especializado anti disturbios estará organizado en escuadrones, y estos a su vez conformados por mínimo tres secciones. integradas cada una por: ________________________________________________ un 1 oficial. Cinco 5 mandos ejecutivos y cuarenta y cinco 45 patrulleros un 1 oficial. Cinco 5 mandos ejecutivos y cuarenta y cuatro 44 patrulleros un 2 oficial.. Cuatro 4 mandos ejecutivos y cuarenta y cuatro 44 patrulleros un 2 oficial. Cinco 5 mandos ejecutivos y cuarenta y cuatro 44 patrulleros.
Articulo 22. Dispositivo mínimo de intervención especializado. Es el grupo policial conformado por personal adscrito al grupo operativo especializado anti disturbios. dividido para su operación en grupos y equipos de trabajo, Para su intervención contará como mínimo, con el siguiente personal: , Un (1) Comandante de sección .* Un (1) Reemplazante de sección .* Cuatro (4) lideres de equipo * Treinta y seis (36) Integrantes de sección Un (1) Comandante de sección * Un (1) Reemplazante de sección *. Cuatro (4) lideres de equipo Treinta y ocho (38) Integrantes de sección dos (2) Comandante de sección *Un (1) Reemplazante de sección .* Dos (2) lideres de equipo * Treinta y seis (36) Integrantes de sección Un (1) Comandante de sección .* Un (1) Reemplazante de sección .* Dos (2) lideres de equipo* Treinta y ocho (38) Integrantes de sección .
Artículo 23 Equipo de seguridad personal para el grupo especializado. El personal adscrito al grupo especializado antidisturbios de la Policía Nacional deberá contar con los siguientes elementos para el servicio: 1 protector corporal 2 escudo antimotines 3escudo blindado 4 mascara antigás 5 Uniforme con características retarDantés al fuego y anti corte 6 guantes anti trauma y anti corte 7 braga anti corte 8 protección auditiva 9 Pasamontañas ignifugo 10 casco antimotines 11 chaleco antibalas interna (opcional de cuerdo al servicio) 12 esposas metálicas o plásticas 13 extintor 14 morral de enfermería 1 protector corporal 2 escudo antimotines 3escudo blindado 4 mascara antigás 5 Uniforme con características retar Dantés al fuego y anti corte 6 guantes anti trauma y anti corte 7 braga anti corte 8 protección auditiva 9 Pasamontañas 10 casco antimotines 11 chaleco antibalas interna (opcional de cuerdo al servicio) 12 esposas metálicas o plásticas 13 extintor 14 morral de enfermería 1 protector corporal 2 escudo antimotines 3escudo blindado 4 mascara antigás 5 Uniforme con características retarDantés al fuego y anti corte 6 guantes anti trauma y anti corte 7 braga anti corte 8 protección auditiva 9 Pasamontañas ignifugo 10 casco antimotines 11 chaleco antibalas interna (opcional de cuerdo al servicio) 12 esposas plásticas 13 extintor 14 morral de enfermería 1 protector corporal 2 escudo antimotines 3escudo blindado 4 mascara antigás 5 Uniforme con características retarDantes al fuego y anti corte 6 guantes anti trauma 7 braga anti corte 8 protección auditiva 9 Pasamontañas ignifugo 10 casco antimotines 11 chaleco antibalas interna (opcional de cuerdo al servicio) 12 esposas metálicas o plásticas 13 extintor 14 morral de municiones .
El personal del grupo especializado debe contar con las Siguientes armas. municiones. elementos y dispositivos menos letales para la prestación del servicio en manifestaciones y control de disturbios. 1. Mecánica Cinéticas 2. Agentes Químicos 3 Acústicas y lumínicas 4 Dispositivos de control eléctrico y auxiliares Parágrafo 1. La intervención del grupo especializado antidisturbios de la Policía Nacional, será ordenada exclusivamente por los comandantes de En los casos en que el grupo especializado antidisturbios se encuentre a órdenes del Jefe del servicio. éste solicitará al Comandante de Unidad la autorización para su intervención estacion o sus delegado región. metropolitana y departamento de Policía . metropolitana y departamento de Policía disec.
Comandante del dispositivo mínimo de intervención• SPI. el rol asignado al mando líder del dispositivo animo de Intervención, el cual mantiene la unidad de grupo, quien además imparte consignas e instrucciones al personal bajo su mando. a fin de efectuar un servicio de policía eficaz. eficiente y efectivo. Puede ser oficial. suboficial o mando del nivel ejecutivo el rol asignado de un líder del dispositivo animo de Intervención, el cual mantiene la unidad de grupo, quien además imparte consignas e instrucciones al personal balo su mando. a fin de efectuar un servicio de policía eficaz. eficiente y efectivo. Puede ser oficial. suboficial o mando del nivel ejecutivo Es el rol asignado a hombres y mujeres que llevan casco y bastón de mando. no portan escudo. quienes reúnen cualidades físicas como velocidad y fuerza. y son los encargados de realizar las capturas, evacuar heridos y retirar barricadas cuando estas se presenten Deben portar esposas, extintor pequeño, botiquín. armas no letales y demás elementos asignados el rol asignado al mando líder del dispositivo animo de Intervención, el cual mantiene la unidad de grupo, quien imparte consignas e instrucciones al personal bajo su mando. a fin de efectuar un servicio de policía eficaz. eficiente y efectivo. Puede ser oficial. suboficial o mando del nivel ejecutivo .
Uniformados de Seguridad, Protección, Intervención — SPI son Es el rol asignado a hombres y mujeres que llevan casco y bastón de mando. no portan escudo. quienes reúnen cualidades físicas como velocidad y fuerza. y son los encargados de realizar las capturas, evacuar heridos y retirar barricadas cuando estas se presenten Deben portar esposas, extintor pequeño, botiquín. armas no letales y demás elementos asignados el rol asignado al mando líder del dispositivo animo de Intervención, el cual mantiene la unidad de grupo, quien además imparte consignas e instrucciones al personal balo su mando. a fin de efectuar un servicio de policía eficaz. eficiente y efectivo. Puede ser oficial. suboficial o mando del nivel ejecutivo Es el rol asignado a hombres y mujeres que llevan y bastón de mando. no portan escudo. quienes reúnen cualidades físicas como velocidad y fuerza. y son los encargados de realizar las capturas, evacuar heridos y retirar barricadas cuando estas se presenten Deben portar esposas, extintor pequeño, botiquín. armas no letales y demás elementos asignados Es el rol asignado a hombres y mujeres que llevan y bastón de mando. portan escudo. quienes reúnen cualidades físicas como velocidad y fuerza. y son los encargados de realizar las capturas, evacuar heridos y retirar barricadas cuando estas se presenten Deben portar esposas, extintor pequeño, botiquín. armas no letales y demás elementos asignados .
resolución 00281 del 23-01-2018 (mogep) es modelo de planeación y gestión operacional del servicio de policía modelo de planeación operacional del servicio de policía modelo de gestión operacional del servicio de policía modelo de planeación y gestión operacional de policía.
modelo de planeación y gestión operacional del servicio de policía (mogep) (SISER). es SISTEMA INTEGRADO DE SEGURIDAD RURAL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD RURAL SISTEMA DE SEGURIDAD RURAL SISTEMAS INTEGRADOS DE SEGURIDAD RURAL.
OPERACIONES ORIENTADAS A LA AFECTACIÓN FINANCIERA DE LAS ESTRUCTURAS DELINCUENCIALES LEY 1849 19 julio DE 2017 (PROCESO ESPEJO) Proceso investigativo que se realiza de forma simultánea e independiente del proceso penal; su finalidad es recolectar la mayor cantidad de elementos probatorios que permitan afectar financieramente la estructura delincuencial, facilitando así su desarticulación. Estas operaciones pueden ser de extinción del derecho de dominio o lavado de activos. lavado de activos. ES Procesos investigativos paralelos con Io cual se busca no solo atacar el componente criminal de una organización sino todo su aparato financiero, es decir, bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, inversiones y toda clase de bien que pueda ser susceptible de valoración económica, éstas investigaciones se llevarán a cabo a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio y Dirección Especializada Contra el Lavado de Activos de la Fiscal General de la Nación. Procesos investigativos con Io cual se busca no solo atacar el componente criminal de una organización sino todo su aparato financiero, es decir, bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, inversiones y toda clase de bien que pueda ser susceptible de valoración económica, éstas investigaciones se llevarán a cabo a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio y Dirección Especializada Contra el Lavado de Activos de la Fiscal General de la Nación. Es aquella investigación aperturada a partir de un proceso principal contra una organización criminal o persona indiciada de cometer delitos, que busca realizar una afectación a la estructura en sus finanzas y rentas ilícitas dando aplicabilidad a la Ley 1.849 de 2017 de extinción de dominio, afectando bienes y personas desde una óptica financiera. Es aquella investigación a partir de un proceso principal contra una organización criminal o persona indiciada de cometer delitos, que busca realizar una afectación a la estructura en sus finanzas y rentas ilícitas dando aplicabilidad a la Ley 1.849 de 2017 de extinción de dominio, afectando bienes y personas desde una óptica financiera. .
OPERACIONES ORIENTADAS A LA AFECTACIÓN FINANCIERA DE LAS ESTRUCTURAS DELINCUENCIALES LEY 1849 19 julio DE 2017 (PROCESO ESPEJO) Proceso investigativo que se realiza de forma simultánea e independiente del proceso penal; su finalidad es recolectar la mayor cantidad de elementos probatorios que permitan afectar financieramente la estructura delincuencial, facilitando así su desarticulación. Estas operaciones pueden ser de extinción del derecho de dominio o lavado de activos. extinción del derecho de dominio. ES Procesos investigativos paralelos con Io cual se busca no solo atacar el componente criminal de una organización sino todo su aparato financiero, es decir, bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, inversiones y toda clase de bien que pueda ser susceptible de valoración económica, éstas investigaciones se llevarán a cabo a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio y Dirección Especializada Contra el Lavado de Activos de la Fiscal General de la Nación. Procesos investigativos con Io cual se busca no solo atacar el componente criminal de una organización sino todo su aparato financiero, es decir, bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, inversiones y toda clase de bien que pueda ser susceptible de valoración económica, éstas investigaciones se llevarán a cabo a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio y Dirección Especializada Contra el Lavado de Activos de la Fiscal General de la Nación. Es aquella investigación aperturada a partir de un proceso principal contra una organización criminal o persona indiciada de cometer delitos, que busca realizar una afectación a la estructura en sus finanzas y rentas ilícitas dando aplicabilidad a la Ley 1.849 de 2017 de extinción de dominio, afectando bienes y personas desde una óptica financiera. Es aquella investigación a partir de un proceso principal contra una organización criminal o persona indiciada de cometer delitos, que busca realizar una afectación a la estructura en sus finanzas y rentas ilícitas dando aplicabilidad a la Ley 1.849 de 2017 de extinción de dominio, afectando bienes y personas desde una óptica financiera. .
RESOLUCIÓN NÚMERO 03948 DEL 17 SEP 2019 “Por la cual se expide el Manual del Sistema de Gestión Integral de la Policía Nacional y se deroga una resolución” ARTICULO 10. DEFINICIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE LA POLICÍA NACIONAL. Se define como el modelo gerencial que orienta la gestión del servicio policial hacia la creación de valor a los clientes y partes interesadas, con el soporte de los sistemas normalizados de gestión, mediante un desarrollo integral y armónico de sus tres componentes _________________________________dentro de los lineamientos institucionales para la gestión. Estrategia y Gestión Estratégica,, ***Gestión y Estructura de Procesos,/// Talento Humano y Gestión de la Cultura Institucional, Estrategia y Gestión ***Gestión y Estructura de Procesos,/// Talento Humano y Gestión de la Cultura Institucional, Estrategia y Gestión Estratégica,, *** Estructura de Procesos,/// Talento Humano y Gestión de la Cultura Institucional, Estrategia y Gestión Estratégica,, ***Gestión y Estructura de Procesos,/// Talento Humano y Gestión Institucional, .
resolución 00281 del 23-01-2018 modelo de planeación y gestión operacional del servicio de policía MOGEP ARTÍCULO 20. DEFINICIÓN DEL MODELO. Representación funcional en el que se identifican elementos claves de la planeación y gestión del servicio de policia, los cuales, al interactuar bajo un mismo fin, unidad de criterio, identidad institucional, articulación y sinergia, incrementan la efectividad operacional de la Policía Nacional y su trabajo mancomunado con las autoridades y demás entidades comprometidas en contrarrestar los fenómenos criminales y problemáticas que afectan la seguridad y convivencia ciudadana en todo el país. Representación funcional en el que se identifican elementos claves de la planeación y gestión del servicio de policia, los cuales, al interactuar bajo un mismo fin, unidad de criterio, identidad institucional, articulación y sinergia, incrementan la efectividad operacional de la Policía Nacional y su trabajo mancomunado con las autoridades y demás entidades comprometidas en contrarrestar los fenómenos criminales y problemáticas que afectan la seguridad y convivencia ciudadana . Representación funcional en el que se identifican la planeación y gestión del servicio de policia, los cuales, al interactuar bajo un mismo fin, unidad de criterio, identidad institucional, articulación y sinergia, incrementan la efectividad operacional de la Policía Nacional y su trabajo mancomunado con las autoridades y demás entidades comprometidas en contrarrestar los fenómenos criminales y problemáticas que afectan la seguridad y convivencia ciudadana en todo el país. Representación funcional en el que se identifican elementos claves de la planeación y gestión del servicio de policia, los cuales, al interactuar bajo un fin, unidad de criterio, identidad institucional, articulación y sinergia, incrementan la efectividad operacional de la Policía Nacional y su trabajo mancomunado con las autoridades y demás entidades comprometidas en contrarrestar los fenómenos criminales y problemáticas que afectan la seguridad y convivencia ciudadana en todo el país. .
Artículo 10. Niveles de resistencia. Las conductas y comportamientos asumidos por los ciudadanos que determinan el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza son resistencia pasiva 1. Resistencia Pasiva Riesgo latente: Es la amenaza permanente no visible presente en todo procedimiento policial. Cooperador: Persona que acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención. No cooperador: No acata las indicaciones. No reacciona ni agrede. 1. Resistencia Pasiva Se opone a su reducción, inmovilización y/o conducción, llegando a un nivel de desafío físico contra el personal policial. - Agresión no letal. Agresión física al personal policial o personas involucradas en el procedimiento, pudiendo utilizar objetos que atentan contra la integridad física. - Agresión letal. Acción que pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves al funcionario policial o a terceras personas involucradas en el procedimiento. 1. Resistencia Pasiva Riesgo latente: Es la amenaza permanente visible presente en todo procedimiento policial. Cooperador: Persona que acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención. No cooperador: No acata las indicaciones. No reacciona ni agrede. 1. Resistencia Pasiva Riesgo latente: Es la amenaza permanente no visible presente en todo procedimiento policial. Cooperador: Persona que acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención. No cooperador: acata las indicaciones. No reacciona ni agrede.
Artículo 10. Niveles de resistencia. Las conductas y comportamientos asumidos por los ciudadanos que determinan el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza son resistencia activa 1. Resistencia Activa Se opone a su reducción, inmovilización y/o conducción, llegando a un grado de desafío físico contra el personal policial. - Agresión no letal. Agresión física al personal policial o personas involucradas en el procedimiento, pudiendo utilizar objetos que atentan contra la integridad física. - Agresión letal. Acción que pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves al funcionario policial o a terceras personas involucradas en el procedimiento. 1. Resistencia Activa Se opone a su reducción, inmovilización y/o conducción, llegando a un nivel de desafío físico contra el personal policial. - Agresión no letal. Agresión física al personal policial o personas involucradas en el procedimiento, pudiendo utilizar objetos que atentan contra la integridad física. - Agresión letal. Acción que pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves al funcionario policial o a terceras personas involucradas en el procedimiento. 1. Resistencia Pasiva Riesgo latente: Es la amenaza permanente visible presente en todo procedimiento policial. Cooperador: Persona que acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención. No cooperador: No acata las indicaciones. No reacciona ni agrede. 1. Resistencia Activa Riesgo latente: Es la amenaza permanente no visible presente en todo procedimiento policial. Cooperador: Persona que acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención. No cooperador: acata las indicaciones. No reacciona ni agrede.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Por la cual se expide el Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional acústicas y lumínicas son a. Granadas de aturdimiento. b. Granadas de luz y sonido. c. Granadas de Múltiple Impacto. d. Cartuchos de aturdimiento. e. Dispositivo acústico largo alcance y nominal a. Granadas de gas b. Granadas de luz y sonido. c. Granadas de Múltiple Impacto. d. Cartuchos de aturdimiento. e. Dispositivo acústico largo alcance y nominal a. Granadas de aturdimiento. b. Granadas de luz . c. Granadas de Múltiple Impacto. d. Cartuchos de aturdimiento. e. Dispositivo acústico largo alcance y nominal a. Granadas de aturdimiento. b. Granadas de luz y sonido. c. Granadas de Múltiple Impacto. d. Cartuchos e. Dispositivo acústico largo alcance y nominal.
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