option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Examen 2017 ECS JA

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Examen 2017 ECS JA

Descripción:
Examen 2017 ECS JA

Fecha de Creación: 2022/03/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 103

Valoración:(1)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Envirtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la enseñanza básica. Comprende doce años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciocho años de edad. Comprende doce años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los cinco y los diecisiete años de edad. Comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad. Comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los cinco y los dieciséis años de edad.

En virtud de lo establecido en el artículo 141 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la evaluación se extenderá a todos los ámbitos educativos regulados en esta Ley y se aplicará: sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado y los procesos educativos. sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado y los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la inspencción y las propias Administraciones educativas. sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado y los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes y las propieas Administraciones educativas. sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado y los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes y la inspección.

El artículo 128 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece que el Claustro de profesores será presidido por el director y estará integrado por: la totalidad de profesores que presten servicio en el centro. la totalidad de profesores que presten servicio en el centro y el representante de los padres en el Consejo Escolar. la totalidad de profesores que presten servicio en el centro y un representante del personal de administración y servicios del centro. ninguna respuesta es correcta.

De las siguientes actuaciones, señale cuál NO corresponde al Programa de Refuerzo , Orientación y Apoyo en los centros docentes públicos de Andalucía (PROA). Plan de Apoyo y Refuerzo en centros de educación primaria. Plan de Apoyo y Refuerzo en centros educativos de zonas rurales. Acompañamiento escolar. Acompañamiento lingüístico para alumnado inmigrante.

Dentro del PROA en los centros docentes públicos de Andalucía, indica cuál de los siguientes objetivos corresponde al Acompañamiento Escolar Domiciliario: Favorecer la inclusión educativa y social del alumnado que requiera de esta medida, facilitándoles técnicas y herramientas necesarias para un desenvolvimiento autónomo. Reducir las tasas de absentismo escolar del centro, así como prevenir el abandono escolar temprano. Contribuir a la consecución de los objetivos establecidos en el currículum de la etapa de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria dentro del Proyecto Educativo de Centro. Garantizar el derecho a la educación al alumnado destinatario de esta actuación.

La evaluación psicopedagógica, definida como el conjunto de acauaciones encaminadas a recoger, analizar y valorar la información sobre las condiciones personales del alumno o alumna, su interacción con el contexto escolar y familiar y su competencia curricular, se realizará: Al comienzo de cada curso escolar para prevenir y detectar, en su caso, necesidades educativas especiales y plantear, si fuera necesaria, medidas psicopedagógicas de apoyo y acompañamiento al alumno o alumna. Al inicio de cada ciclo educativo con el objeto de detectar necesidades educativas especiales, delimitarlas y tomar las decisiones educativas oportunas al respecto. En cualquier momento de la escolarización y especialmente al inicio de la misma, cuando se detecten necesidades educativas especiales. En todo momento de la vida escolar del alumnado, de forma trasversal y continua, con el objetivo de prevenir, detectar e intervenir en los casos que se determinen que existen necesidades educativas especiales.

Según la orden de 25 de julio de 2008 que regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa educación básica en centros docentes públicos de Andalucía, se requerirá una evaluación psicopedagógica previa en los siguientes tipos de programas de adaptación curricular: En las adaptaciones curriculares significativas y en las adaptaciones curriculares no significativas. Únicamente en las adaptaciones curriculares significativas. En las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales y en las adaptaciones curriculares significativas. En las adaptaciones curriculares significativas, en las adaptaciones curriculares no significativas y en las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

Según la orden de 25 de julio de 2008 que regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa educación básica en centros docentes públicos de Andalucía, el alumnado que no promocione de curso seguirá un plan específico personalizado, que podrá incluir: La incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello. El apoyo educativo de u tutor de refuerzo en las áreas o materias en las que lo precise, así como una programación pedagógica individualizada, tanto en actividades y contenidos, como en horarios y tiempos, respetando así los diferentes ritmos de aprendizaje de cada alumno/a. La tutorización individual, o en grupos muy reducidos del alumnado que no ha promocionado de curso y que presenta necesidades educativas similares, en las áreas o materias en que se precisen. Ninguna de las anteriores es correcta.

En el caso del alumnado que por razones judiciales no puede asistir al centro educativo, el artículo 33 del decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, dispone que cuando el régimen de internamiento del alumno o alumna no permita su asistencia a un centro docente del entorno del Centro de Reforma, se inscribirá en el instituto Provincial de Adultos de la provincia donde se ubique el mismo: Aun cuando no haya cumplido los dieciséis años, en la modalidad de educacióna distancia, y será atendido en las aulas específicas del propio Centro de reforma donde esté internado. Aun cuando no haya cumplido los dieciséis años, en la modalidad de educacióna distancia o semipresencial, y será atendido en las aulas específicas del propio Centro de reforma donde esté internado. Siempre y cuando haya cumplido los dieciséis años, en la modalidad de educacióna distancia, y será atendido en las aulas específicas del propio Centro de reforma donde esté internado cuando haya un número suficiente de alumnos y alumnas en edad de escolaridad obligatoria. Siempre y cuando haya cumplido los dieciséis años, en la modalidad de educacióna distancia o semipresencial, y será atendido en las aulas específicas del propio Centro de reforma donde esté internado.

Señala los principios por los que se rige el Plan Integrak de Prevención, Control y Seguimiento del Absentismo Escolar de Andalucía: Prevención, intervención globalizada, implicación familiar, coordinación entre las distintas administraciones y socialización. Focalización, integración, socialización, coordinación interadministrativa e implicación familiar. Integralidad, coordinación administrativa, focalización, prevención e implicación de las familias. Implicación familiar, coordinación interadministrativa, integración y socialización.

Según el Manual de atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad intelectual, los modelos metodológicos para la atención a la discapacidad intelectual son: "Modelo ecológico y funcional con una programación por entornos", "Modelo de estimulación multisensorial", "La enseñanza de habilidades comunicativas y sociales" y "El tratamiento de las conductas problemáticas como conductas desafiantes". "Modelo ecológico y funcional con una programación por entornos", "Modelo funcional o comunicativo de las conductas", "Modelo de estimulación multisensorial" y "La enseñanza de habilidades comunicativas y sociales". "Modelo ecológico y funcional con una programación por entornos" y "El tratamiento de las conductas problemáticas como conductas desafiantes". "La enseñanza de habilidades comunicativas y sociales", "El tratamiento de las conductas problemáticas como conductas desafiantes" y "Modelo de estructuración ambiental".

Según la orden de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula el periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral, destinado a jóvenes con necesidades educativas especiales, la finalidad de los programas de formación para la transición a la vida adulta y laboral es: Ofrecer una oferta formativa que promueva el desarrollo de las actitudes laborales. Desarrollar los conocimientos instrumentales, adquiridos en el periodo de formación básica, afianzando las destrezas lingüísticas, así como el desarrollo de la creatividad del alumnado. facilitar el desarrollo de la autonomía personal y la integración social y laboral del alumnado. Afianzar y desarrollar las capacidades físicas, afectivas, cognitivas, comunicativas y de inserción social del alumnado, promoviendo el mayor grado porsible de autonomía personal y de integración social.

El currículo de los programas de formación para la transición de la vida adulta se estructura en tres ámbitos: integración social, capacitación laboral y autonomía del hogar. Autonomía personal de la vida diaria, orientación y formación laboral y capacitación social. Habilidades y destrezas laborales, integración social y comunitaria y autonomía personal en la vida diaria. Autonomía en el hogar y movilidad, orientación y formación laboral e integración social.

El Manual de Atención al Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de Trastornos graves de conducta distingue entre varias formas de acoso escolar: "acoso físico", "acoso no físico" y "daños materiales". "acoso físico", "acoso psicológico" y "daños materiales". "acoso físico", "acoso psicológico" y "acoso sexual". "acoso físico", "acoso psicológico", "acoso sexual" y "daños materiales".

De acuerdo con Moreno I. (2008), reseñado el Manual de Atención al Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de Trastornos graves de conducta, cuál de las siguientes características podrían conformar el perfil del alumnado con trastornos graves de conducta: Existencia de un patrín de conducta anómalo, persistente y reiterado. Mayor prevalencia en el género masculino. Deterioro significativo del nivel académico, además de más alta conflictividad familiar y social. Todo lo anterior es correcto.

El proyecto curricular de los centros específicos de educación especial contendrá, entre otros, el siguiente apartado: Los objetivos específicos del periodo de formación básica de carácter obligatorio y de cada uno de los programas correspondientes al periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral que se impartan en el centro. La distribución de los cursos por objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las áreas o de los ámbitos de experiencia correspondientes a los programas del periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral que se impartan en el centro. Los criterios, estrategias y procedimientos de evaluación de los aprendizajes y de promoción de los profesores y profesoras. El criterio básico para el agrupamiento del alumnado.

Indique la opción correcta respecto a la escolarización combinada: En la escolarización combinada, el centro de referencia será el centro específico de educación especial. La escolariazación combinada se extiende desde el primer ciclo de educación infantil hasta la educación secundaria obligatoria. El centro asociado siempre es el centro de educación especial. Es una experiencia excepcional de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales que se caracteriza por el desarrollo compartido del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado enre dos centros, siendo uno de ellos un centro específico de educaión especial.

El Revisor de Pantalla Jaws es un recurso material de apoyo a la tecnología de la información y comunicación para las personas con discapacidad: Visual. Motora. Intelectual. Problemas de habla y/o de la comunicación.

Cuál de las siguientes ayudas para el teclado del ordenador NO responde a las necesidades de las personas con discapacidad visual. Teclado Ampliado BigKeys. Teclado Ampliado Life Teach. Teclado Braille Blue Type. Teclado Virtual Click n Type.

Los Equipos Técnicos Provinciales estarán compuestos, según el artículo 5 del decreto 29/2003, de 18 de febrero, por el que se regula la provisión de los puestos de trabajo de los Equipos de orientación Educativa adscritos al personal docente y se establecen las funciones de los coordinadores de Área de los Equipos Técnicos Provinciales, por un coordinador provincial y coordinadores de las áreas de: Orientación vocacional y profesional, atención a las necesidades educativas especiales, compensación educativa, apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre convivencia escolar, y recursos técnicos. Orientación vocacional y profesional, planificación docente, atención a las necesidades educativas especiales, compensación educativa, apoyo a la función tutorial de profesorado y de asesoramiento sobre convivencia escolar, y recursos técnicos. Orientación vocacional y profesional, atención a las necesidades educativas especiales,apoyo a la función tutorial de profesorado y de asesoramiento sobre convivencia escolar, y recursos técnicos. Orientación vocacional y profesional, planificación docente, atención a las necesidades educativas especiales, apoyo a la función tutorial de profesorado y de asesoramiento sobre convivencia escolar, y recursos técnicos.

En relación a las empresas de inserción en Andalucía, las personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al 33%. Forman parte de colectivos empleables en las empresas de inserción. Formn parte del colectivo de personas en situación de exclusión scial, pero no son un colectivo empleable en las empresas de inserción. Solo son empleables en Centros Especiales de Empleo. No se consideran personas en situación de exclusión social.

La plantilla de los Centros Especiales de Empleo debe estar conformada, al menos en un: 65% de personas con discapacidad con un grado igual o superor al 33%. 75% de personas con discapacidad con un grado igual o superor al 65%. 70% de personas con discapacidad con un grado igual o superor al 33%. 60% de personas con discapacidad con un grado igual o superor al 65%.

De acuerdo con el artículo 10 del Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial, las familias tienen derecho a: Participar en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas. Ser oídas en la determinación de los criterios de evaluación que será aplicados a sus hijos. Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto. Recibir notificación puntual de la evolución escolar de sus hijos.

Señale la opción correcta sobre el periodo de Formación Básica de carácter obligatorio de las enseñanzas que se imparten en aulas o en centros específicos de educación especial. Tiene una duración mínima de 10 años, comienza a los 6 años de edad y puede extenderse hasta los 20 años de edad cuando a juicio del equipo educativo esta medida permita la consecución de los objetivos previstos en la adaptación curricular individualizada. Su currículo se podrá organizar en torno a tres ámbitos de experiencia y desarrollo: el conocimiento corporal y la construcción de la identidad; el conocimiento y la participación en el medio físico y social; y la comunicaciñon y el lenguaje. Toma como referente los currículos correspondientes a la educaciñon primaria y el primer ciclo de educaciñon secundaria, en sus diferentes ámbitos y áreas. Ninguna de las anteriores es correcta.

De acuerdo con el Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, por el que se regulan la organizaciñon y funciones de los Centros de Valoración y Orientación de personas con discapacidad de Andalucía, NO es una de sus funciones: Valorar la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria y la determinaciñon de la existencia de graves dificultades para utilizar transportes colectivos conforme a las disposiciones vigentes. Emitir el dictamen vinculante, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 1/1999, sobre la aptitud para el ejercicio de las funciones, tareas y actividades correspondientes a los cuerpor de funcionarios, y en las categorías de personal laboral y estatuario al servicio de la Sdministración de la Junta de Andalucía y de las entidades locales radicadas en el territorio andaluz. Valorar la discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los factores sociales complementarios que dificulten su integración social, con la finalidad de determinar el tipo y grado de minusvalía de conformidad con el procedimiento y baremos establecidos en la normativa aplicable. Instruir y tramitar los procedimientos de adecuaciñon y adaptación de puestos de trabajo a las personas con discapacidad que se establecen en el ordenamiento jurídico vigente.

En la valoración de la discapacidad, la puntuación obtenida en el baremo de factores sociales complementarios no podrá sobrepasar los: 12 puntos. 13 puntos. 15 puntos. 16 puntos.

El Consejo Andaluz y los Consejos Provinciales de Atención a las Personas con Discapacidad tienen, en sus respectivos ámbitos territoriales, entre otras, la siguiente función: Emitir informes de asesoramiento a todas las Administraciones Públicas con competencias en el sector para la elaboración de proyecyos o iniciativas normativas que afecten específicacmente a la poblaciñon andaluza con discapacidad. Tramitar la inscripción en el registro de asociaciones de atención a las personas con discapacidad. Determinar los planes y programas de actuación. Definir los principios y líneas básicas de política integral para las personas con discapacidad en Andalucía.

El Día Internacional de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas es el: 13 de diciembre. 3 de octubre. 13 de noviembre. 3 de diciembre.

Según la orden de 19 de septiembre de 2002 por la que se regula la elaboración del proyecto curricular de los centros específicos de la educación especial y de la programación de las aulas específicas de educación especial en los centros ordinarios, ¿cuál de los siguientes NO es un apartado del Proyecto Curricular de Centro?. Los criterios, estrategias y procedimientos de evaluación de los aprendizajes y de promoción de los alumnos y alumnas. Las decisiones de carácter específico sobre metodología didáctica. Las orientaciones para integrar los contenidos de carácter transversal en el currículo. Los materiales y recursos didácticos que se van a utilizar, incluyendo los sistemas aumentativos o alternativos para la comunicaciñon y los medios tecnolígicos para el aprendizaje y la comunicación.

¿Cuál es el alumnado destinatario del programa "Andalucía Profundiza"?. Alumnado escolarizado en los cursos comprendidos entre 3º de Educación Primaria y 4º de Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos. Alumnado escolarizado en los cursos comprendidos entre 1º de Educación Primaria y 4º de Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos. Alumnado escolarizado en los cursos comprendidos entre 6º de Educación Primaria y 4º de Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos. Alumnado escolarizado en los cursos comprendidos entre 1º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos.

Indica cuál de las siguientes afirmaciones sobre las Aulas Temporales de Adapción Ligüística (ATAL) es correcta: Son programas de enseñanza y aprendizaje del español como lengua vehicular, llevados a cabo por el profesorado ordinario de aula. Podrán realizarse tanto en el aulo ordinaria como en las aulas de apoyo específico atendiando a los niveles de comprensión - expresión de la lengua española del alumnado. La eventual asistencia del alumnado a los grupos de apoyo se organizará de forma que permita su reincorporación al aula ordinaria cuando se impartan asignaturas en las que no resulte absolutamente determinante el dominio del idioma para el acceso al currículo ordinario. Todas las anteriores son correctas.

De acuerdo con el Programa de Salud Infantil y Adolescente de Andalucía, es una habilidad motora propia de un bebé entre 7 y 12 meses: Coger la comida de la cuchara con los labios, morder y masticar. La aprición del primer reflejo de masticar. Masticación con movimientos rotatorios y estabilidad de la madíbula. Todo lo anterior es correcto.

De acuerdo al Manual de Atención al Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad auditiva, señale lo correcto sobre las implicaciones de la discapacidad auditiva leve (20-40 dB). Puede existir un lenguaje empobrecido con problemas de articulaciñon y de movilidad del paladar. El lenguaje no se verá afectado y solo aparecerán pequeñas alteraciones fonéticas. Se presentarán problemas para percibir una conversación normal en un entorno silencioso. Su detección no es importante antes de la edad escolar.

El síndrome de Rett. De acuerdo con el CIE-10 es un subtipo de autismo infantil. Es más frecuente en niños que en niñas. Es observable desde el periodo perinatal. Supone una alteración grave del lenguaje expresivo y receptivo.

Desde la perspectiva ecológica (Bronfenbrenner, 1979), la relación entre familia y escuale o la relaciñon entre amigos y familia, son ejemplos de: Microsistema. Mesosistema. Exosistema. macrosistema.

El pesamiento operatorio formal del adolescente: No facilita la comprensión de las ideas sociales y políticas debido al egocentrismo propio de la etapa. Es un pensamiento de tipo inductivo. Permite utilizar un razonamiento de carácter hipotético-deductivo. Da inicio al uso de la lógica y las operaciones mentales para resolver problemas.

Señales cuál de los siguientes enunciados es correcto respecto a la tipología de estilos educativos (Maccoby y Martín, 1983) incluida en el documento "Programa de apoyo a madres y padres de adolescentes" de la Consejería de Salud. El estilo "Permisivo" se caracteriza por bajo "afecto/comunicación" y bajo "supervisión/establecimiento de límites". El estilo "Democrático" se caracteriza por alto "afecto/comunicación" y bajo "supervisión/establecimiento de límites". El estilo "Indiferente" se caracteriza por medio "afecto/comunicación" y medio "supervisión/establecimiento de límites". El estilo "Autoritario" se caracteriza por bajo "afecto/comunicación" y alto "supervisión/establecimiento de límites".

La labilidad afectiva. Se refiere a frecuentes pérdidas súbitas y breves de autocontrol. Se manifiesta en oscilaciones desde el humos normal a la depresión, o hacia la excitación y una ligera euforia. Se caracteriza por la dificultad de organizarse en el trabajo, ordenar el hogar, o realizar tareas escolares. Suele ocurrir con alteraciones vegetativas características de los trastornos afectivos.

La Red Andaluza de centros interesados en compartir iniciativas, recursos y experiencias para la mejora de la convivencia escolar y la difución de la Cultura de Paz se conoce como: "Escuela: Espacio de Paz". "Red Andaluza de Escuelas de paz". "Red Culura de Paz". "Escuelas de Paz".

El "tiempo fuera" es un ejemplo de técnica de modificación conductual que usa el: Castigo positivo. Castigo negativo. Refuerzo negativo. Contrato conductual.

En la clasificaciñón internacional de enfermedades de la OMS, (CIE -10), el Trastorno disocial desafiante y oposicionista: Es un diagnóstico que puede aplicarse a un comportamiento malicioso o travieso aislado siempre que sea grave. Se caracteriza por la asocicación de comportamientos negativistas y la violación de leyes y derechos de los demás. Se diagnostica en ausencia de violación de leyes y derechos fundamentales de los demás. El comportamiento desafiante y oposicionista es más evidente y se pone de manifiesto preferentemente con adultos o compañeros que el niño no conoce o con los que tiene poca confianza.

La terapia racional emotiva de Ellis. Se sustenta en la idea de que la perturbación emocional no está directamente provocada por la situación, sino por la interpretación que los sujetos hacen de ella. Supone la instauraciñon de verbalizaciones internas adecuadas que permitan la realización o el afrontamiento de una determinada tarea, situación o acontecimiento, estando indicado en niños en los que resulta importante el aumento de atención, la reducción de la conducta impulsiva y la regulación de la actividad. Tiene como fin último que la persona aprenda a ser su propio terapeuta, asumiendo progresiva y gradualmente su responsabilidad en el proceso de cambio, incorporando su repertorio a todo lo aprendido. Todas las respuestas anteriores son correctas.

La terapia familiar funcional: Es una técnica de orientación psicodinámica, que considera los problemas desde el punto de vista de la función que desempeña la familia. Es un modelo de larga duración que una vez alcanzado el objetivo terapéutico garantiza la no reincidencia de las conductas resultas. Integra enfoques psicodinámicos, conductuales y cognitivos. Su objetivo es cambiar los patrones de interacción y comunización de modo que se aliente un funcionamiento más adaptativo. Se centra en lo que ocurre en la sesión donde el terapeuta señala las interdependencias y contingencias entre los miembros de la familia.

La Convención de las Naciones Unidas de 20 de noviembre de 1989, en su artículo primero define al niño, para efectos de la apilicación de la Convención, como. "Todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que, en virtud de la ley que sea aplicable, haya alcanzado antes de la mayoría de edad". "Toda persona humana, desde su nacimiento hasta los 18 años de edad". "Toda persona humana, desde su concepción hasta los 18 años de edad". "Toda persona humana, desde su nacimiento hasta los 16 años de edad, salvo para la aplicación de la pena de muerte y de penas de prisión vitalicias que estiende hasta los 18 años".

La acción protectora de la Administración andaluza en la atención a la infancia y la adolescencia estará siempre presidida por el interés superior del menor y se ajustará a una serie de principios. De entre los siguientes, indique el que NO sea cierto: Fomento de las actuaciones preventivas a fin de evitar situaciones de riesgo y desprotección de menores. Permanencia del menor en su propio entorno familiar, siempre que ello no sea contrario a su interés. Búsqueda de alternativas familiares en los casos que la situación requiera separación del grupo familiar. Promoción de alternativas residenciales como garantes de una actuación profesionalizada.

La Ley 21/1987, de 11 de noviembre, introduce en el Código Civil una serie de mecanismos que van a permitir a la Junta de Andalucía, como Entidad Pública responsable de le protección de menores en nuestra Comunidad, intervenir de forma estructurada ante aquellas situaciones de riesgo en las que puede verse implicada la infancia en Andalucía. Señale la opción correcta. El desamparo, la tutela y la guarda administrativa. El acogimiento familiar, la adopción y el acogimiento residencial. El desamparo, la tutela, la guarda el acogimiento y la adopción. El desamparo, la tutela, la guarda, el acogimiento familiar y el acogimiento residencial.

Las Ayudas Económicas Familiares son prestaciones complementarias de los Servicios Sociales Comunitarios, debiendo cumplir unos requisitos entre los que NO se encuentran: Insuficiencia de recursos económicos en el hogar donde el o la menor resida o se reintegre. Que no existan disfunciones educativas y psico-sociales que puedan suponer un riesgo para el desarrollo integral de los y las menores. Residencia en el término municipal. La valoración de un pronóstico positivo sobre la resolución de la problemática detectada, entendiendo como tal, la existencia de presispoción o voluntad para la atención adecuada a las necesidades de los y las menores, salvo otras circunstancias debidamente motivadas en el informe social.

Una de las finalidades del "Programa para la Atención, Orientación e Intervención a familias con menores en situación de conflicto o dificultad social" es: Prevenir conductas delictivas en la población menor, que redunde en una disminución del número de menores que pasan por el sistema de reforma. Promover en el/la menor conductas positivas que faciliten una relación y comunicación familiar normalizada, afianzando los vínculos afectivos. Desarrollar en el/la menor conductas y habilidades de comunicación y relación asertivas que faciliten comportamientos solidarios y respetuosos con su entorno permitiendo su integración. Promover en las familias la parentalidad positiva y estilos educativos parentales adecuados.

Arruabarrena y De Paul ("Maltrato a los niños en la familia" 1994) sitúan el abuso sexual como: Maltrato emocional activo. Maltrato físico activo. Maltrato físico activo o pasivo. A y B son correctas.

Arruabarrena y De Paul ("Maltrato a los niños en la familia" 1994) situan el abuso sexual como maltrato: De gravedad máxima independientemente de otro factor. De gravedad máxima en los casos de daño físico en el menor y de gravedad moderada en los demás supuestos. El nivel de gravedad se establece en función de parámetros tales como la insistencia y la frecuencia. De gravedad máxima cuando se detecte daño físico o psicológico en el menor.

Según el Manual del Sistema de Información sobre Maltrato Infantil (SIMIA) los indicadores y niveles de gravedad del maltrato institucional: Se refieren a cualquier comportamiento individual de un profesional que conlleve abuso, negligencia, detrimento de l salud, del desarrollo y de la seguridad o que viole los derechos básicos de los menores ya que no es exigible responsabilidad a las organizaciones o instituciones públicas en esta materia. Los indicadores específicos son abuso, negligencia, detrimento de la salud, del desarrollo y de la seguridad o violación de los derechos básicos de los menores. Las manifestaciones pueden ser muy diversas y afectar a un amplio conjunto de necesidades infantiles. Por ello los indicadores que se detecten pueden coincidir con los expuestos para los distintos tipos de maltrato, permitiendo seleccionar cualquiera de los indicadores catalogados en los diferentes grupos. El maltrato institucional siempre se considera grave.

De acuerdo con el SIMIA se adoptará una medida protectora por parte de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales: En cualquier caso de maltrato, independientemente del grado. En todos los casos de maltrato, pero si el maltrato es leve, únicamente cuando se trata de maltrato físico. Tanto en los casos de maltrato de carácter grave como moderado. Únicamente en los casos de maltrato de carácter grave.

Entre las situaciones de desamparo que apreciará la autoridad administrativa competente, la Ley 1/1998 de 20 de abril, de los derechos y atención al menor, en su artículo 23, establece las siguientes: La falta de medios económicos de la unidad familiar. La ausencia de escolarización habitual del menor. la drogadicción habitual en las personas que integren la unidad familiar y, en especial, de los padres, tutores o guardadores del menor, aunque no incida gravemente en el desarrollo y bienestar del menor. Ninguna de las anteriores.

El artículo 36 de la Ley 1/1998 de 20 de abril, de los derechos y atención al menor, establece que los cambios de centro de protección: Deberán acordarse por resolución motivada, previa audiencia del menor si hubiere cumplido los 12 años. Serán autorizados por el Ministerio Fiscal y notificados a los padres o tutores. Deberán acordarse por resolución motivada y serán autorizados por el Ministerio Fiscal. Deberán acordarse por resolución motivada y serán autorizados por los padres o tutores.

Según la revisión de Olivia Delgado (2004), Ainsworth describe tres tipos de apego, entre los cuales se encuentra el apego: Seguro educativo. Inseguro ambivalente. Inseguro ansioso. inseguro desorientado.

Bowlby y colaboradores describen las siguientes fases en las separaciones tempranas en la infancia: Fase de protesta, fase de desesperación y fase de desapego. Fase de protesta, fase de negación y fase de desapego. Fase de aturdimiento, fase de negación y fase de desapego. Fase de aturdimiento, fase de desesperación y fase de reorganización.

Indique lo correcto respecto a los programas específicos de atención a la diversidad de los Centros de protección de menores: Tienen por objeto la atención a menores cuyas necesidades específicas exigen un abordaje diferenciado, de manera particular los menores extranjeros no acompañados. Se desarrollan en centros que reunen las condiciones adecuadas para un acogimiento temprano, ya sea de forma temporal para después retornar a los residenciales básicos o permanentemente si lo exigiera la situación de la persona menor de edad. Las situaciones o perfiles que se incluyen en estos programas son: el abordaje de graves trastornos del comportamiento, relacionados con patologías psicosociales y educativas; el tratamiento de graves trastornos de conducta, asociados con patología psiquiátricas y la atención a menores con grave discapacidad. Se desarrolla en todos los centros de protección de menores de Andalucía, centrándose en la atención a las características personales de los menores que lo requieren.

El artículo 4 del Decreto 355/2003, de 16 de diciembre, del acogimiento residencial de menores, establece que: El acogimiento residencial de un menor solo podrá ser acordado por la autoridad judicial. El acogimiento residencial de un menor solo podrá ser acordado por la comisión provincial de medidas de protección, en virtus de los dispuesto en el artículo 5.3. d) del decreto 42/2002, de 12 de febrero, desamparo, tutela y guarda administrativa. El acogimiento residencial de un menor solo podrá ser acordado por la autoridad judicial o por el órgano administrativo competente, de conformidad con los que dispone el artículo 172 del Código Civil. Ninguna de las anteriores es correcta.

En los centros de protección de menores de Andalucía el proyecto Educativo Individualizado. Será elaborado por el Servicio especializado de protección de menores durante el primer mes de estancia del menor en el centro. Será elaborado por el Servicio especializado de protección de menores en al plazo de un mes desde que se hubiera acordado el acogimiento mresidencial del menor. será elaborado por el tutor o tutora durante el primer mes de estancia del menor en el centro. Será elaborado principalmente por el tutor o tutora en el primer cuatrimestre de estancia del menor en el centro.

El eje sobre el que pivota el conjunto de actuaciones y apoyos de los recursos destinados a la mayoría de edad de jóvenes que han sido tutelados y tuteladas por la Junta de Andalucía (Plan + 18), se denomina: Informe Propuesta + 18. Programa Personal de Vida. Proyecto personal de Vida. Proyecto de Vida Individualizado.

Los Proyectos educativos, en los centros de protección de menores, son documentos dinámicos que habrá que revisar: Cada 4 años o cuando se modifiquen los circunstancias y condiciones bajo las que fueron redactados. Cada 5 años, no obstante, a iniciativa del Servicio especializado de protección de menores o a petición del centro, mediante razones justificadas, y una vez pasados dos años desde su aprobación, podrá interesarse su revisión. cada 5 años o cuando la Dirección del centro quiera constatar si la práctica en la atención social y educativa con los menores se ajusta a los planteamientos que inspiraron su elaboración. Cada 4 años, a fin de evaluar su validez, no obstante, mediando razones justificadas pordrá interesarse su revisión a iniciativa del Servicio especializado de protección de menores o el propio centro.

El proceso de intervención con menores no acompañados en los centros de acogida de Andalucía seguirá, entre otros, el siguiente criterio: Considerando la brevedad de su estancia, se evitará el establecimiento de fuertes lazos afectivos para promover su independencia y autonomía. El educador, junto con el joven, diseñaran su itinerario personalizado de inserción donde se revisarán conjuntamente las dificultades y logros alcanzados. Se priorizará, sobre todas las demás, la atención a las necesidades laborales. Los centros contarán con un plan de inserción laboral al que serán adscritos los menores en el momento de su llegada.

La entidad pública de Protección de menores, una vez constatada la situación de desamparo del MENA, emitirá la resolución administrativa en tal sentido, asumiendo la tutela del mismo. En el plazo máximo de tres meses. En el plazo máximo de seis meses. En el plazo máximo de nueve meses. En el plazo máximo de un año.

La fuga o banadono del menor del centro de protección de menores que tuviera asignado para residir: Se considerará causa de extinción de la tutela, si bien se reactivará en el caso que apareciere. No será considerada causa de extinción de la tutela, que deberá seguir ejerciéndose para la localización del menor o para el caso que apareciese durante el plazo máximo de seis meses. Podrá ser considerada causa de extinción de la tutela mediante resolución debidamente motivada. No será considerada causa de resolución de la tutela, que deberá seguir ejerciéndose para la localización del menor o para el caso que apareciese.

En el caso de los menores extranjeros no acompañados, se procurará la búsqueda de su familia y el restablecimiento de la convivencia familiar, iniciando el procedimiento correspondiente: En todo caso, en plazo de tres meses desde que el menor es puesto a disposición de la entidad pública. Siempre que se estime que dicha medida responde a su interés superior y no coloque al menor o a su familia en una situación que ponga en riesgo su seguridad. Siempre que se estime que dicha medida responde a su interés superior, no coloque al menor en una situación que ponga en riesgo su seguridad y se haya comprobado una evolución positiva de su familia. En el plazo de tres meses desde que el menor es puesto a disposición de la entidad pública, siempre que haya una previsión de reintegración familiar positiva.

La orden de 13 de julio de 2005, por la que se aprueba el Proyecto Educativo Marco para los Centros de protección de Menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía determina a quien conrresponde la titularidad de los centros. Señale la opción correcta: La titularidad de los centros de protección de menores siempre será pública, de acuerdo a los convenios de colaboración para su gestión. Se denomina "centros propios" a aquellos en que la consejería competente es tanto titular del edificio como la que gestiona y desarrolla la atención prestada en los mismos. Los centros gestionados por "Entidades colaboradoras" son de titularidad del ámbito privado. Se denomina "Centros propios" a todos aquellos en que la consejería es titular del edificio.

De acuerdo al Proyecto Educativo Marco, los principios metodológicos que debe desarrollar el Proyecto Educativo de Centro son: La acción tutorial, la pedagogía de la vida cotidiana, pedagogía del afecto y unidad y diversidad metodológica e instrumental. Personalización, participación y responsabilidad y articulación social. Normalizaciñon e integración, individualización, atención integral y coordinación. Interés superior del menor, participación y responsabilidad, acción tutorial y articulación social.

Señale cuál de las siguientes NO es una de las características que definen a un buen educador o educadora, según el Currículum educativo Marco: Integridad, necesidad de un comportamiento honrado, salvaguardando un código deontológico desarrollado y clarificado. Valores apropiados que encajen con los objetivos y propósitos que tiene que desarrollar. Transmisión de valores adecuados a la integración social, buena imagen, siendo un referente para el alejamiento de los menores de la imagen de marginalidad. Fiermeza y afectividad, combinando la transmisión de afecto y empatía con cada menor con la suficiente firmeza para establecer límites y controles.

Según el Currículum Educativo Marco, la intervención en el ámbito familiar: Debe mantenerse desde el momento de ingreso del menor para evitar el duelo debido a la pérdida de los principales vínculos afectivos. Se abordará una vez superada la fase previa de adaptación del menor al centro. No se iniciará hasta que el menor no haya eliminado sus sentimientos de culpabilidad, de abandono o de maltrato. Se iniciará cuando el menor sea capaz de expresar de manera razonada su voluntad de reclacionarse con su familia.

La habilitación como entidad colaboradora en el acogimiento residencial de menores se rige por las condiciones siguientes. La habilitación se entiende con respecto a la entidad com tal, independientemente del número y tipo de centros que gestione o que dependan de la misma. Las entidades deberán habilitarse como tales para la gestión de cada uno de los centros que dependerán de la misma, con independencia de su tipología. Solamente estarán exentos de habilitación para el desarrollo de programas y recursos complementarios (no residenciales). Con carácter general, las corporaciones locales estarán exentas de la obligación de cumplir previamente con los requisitos establecidos en la normativa que regula la acreditación de entidades ante la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.

En los Centros de protección de menores, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el protocolo de bienvenida y despedida: responderá a un único modelo válido para todos los tipos y formas de ingresos que puedan atenderse. indicará quien recibe al menor, los criterios de acomodación, asignación de habitación, módulo y tutor, reflejará los útiles personales de primera necesidad que le serán entregados. No se le dará información precisa ya que el menor no podrá retenerla en ese momento y tendrá ocasión en los días siguientes. incluirá la organización de una actividad de bienvenida en la que participarán todos los compañeros del módulo de convivencia y el personal adscrito.

Cuando una persona en acogimiento residencial se ausente o no regrese de un permiso, el personal del centro deberá: Señale la opción que NO es correcta: ponerlo en conocimiento inmediato de las fuerzas de seguridad y del Servicio de Protección de Menores. Intentar localizarla y retornarla al Centro siempre que esto sea posible y no conlleve riesgo ni para los miembros del equipo de profesionales ni para la persona ausente. Ir a recogerla si es localizada por las fuerzas de seguridad y poner el ingreso en conocimiento del Servicio especializado de protección de menores. Solicitar el acompañamiento de las fuerzas de seguridad para ir a recogerla si está en un contexto socia¡o-familiar y existe constancia de que se pueden producir reacciones agresivas.

De acuerdo al artículo 10 del Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en la medida de libertad vigilada y en las medidas de internamiento, el profesional o el centro designado elaborará en programa individualizado de ejecución: En el plazo de 20 días desde el inicio de aquellas, prorrogable previa autorización judicial. En el plazo de 30 días desde el inicio de aquellas, prorrogable previa autorización judicial. En el plazo de 20 días desde el inicio de aquellas, prorrogable previa autorización judicial o del Ministerio Fiscal. En el plazo de 10 días desde el inicio de aquellas, prorrogable previa autorización judicial o del Ministerio Fiscal.

De acuerdo al artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, "llevarán a acbo todas las actividades del proyecto educativo en los servicios normalizados del entorno, residiendo en el centro como domicilio habitual, con sujeción al programa y régimen interno del mismo", las personas sometidas a medida de: Internamiento en régimen cerrado. Internamiento en régimen semiabierto. Internamiento en régimen abierto. Convivencia con grupo educativo.

¿Cuál de las siguientes medidas contempladas en la Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, no podrá interponerse sin consentimiento del menor?. Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo. Livertad vigilada. Internamiento en régimen abierto. prestaciones en beneficio de la comunidad.

Es requisito para que las menores internadas puedan tener en su compañía, dentro del centro a sus hijos que: Sean menores de tres años. Que no existan conflictos entre los derechos del hijo y los de la madre originados por el internamiento en el centro. Que lo apruebe el Ministerio Fiscal. Que la menor no esté cumpliendo una medida de internamiento en régimen cerrado.

De acuerdo al artículo 8 del decreto 98/2005 de 3 de marzo, el personal de aención educativa directa de los CIMI: Está formado por los profesores y profesoras, los educadores y las educadoras, los monitores y las monitoras educativos, los auxiliares de control educativo y los formadores o formadoras de talleres. está formado por profesionales de la psicología, trabajo social y el derecho, por personal sanitario del centro, el personal de coordinación, los profesores o profesoras, los educadores o educadoras, los monitores o monitoras educativos y los formadores o formadoras de talleres. está formado por los profesores o profesoras, los educadores o educadoras, los monitores o monitoras educativos y los formadores o formadoras de talleres. Coordina las intervenciones socioeducativas con los menores infractores y realiza el seguimiento de las actividades de la vida cotidiana.

Señale lo correcto respecto a los desnudos integrales en los centros de internamiento de menores infractores: están expresamente prohibidos por la LORPM. Requieren autorización del director del centro. Requieren autorización del juez de menores. Solamente prodrán realizarse por razones generales o cuando exista alguna sospecha que haga pensar que el menor oculta en su cuerpo algo peligroso.

De acuerdo al régimen disciplinario que se aplica a los menores que cumplen medidas de internamiento, es una falta disciplinaria grave: Instigar a participar en motines, planes o desórdenes colectivos. Sustraer materiales o efectos del centro o pertenencias de otra persona. Agredir, amenazar o coaacionar de manera leve, fuera del centro, a otro menor internado, o al personal del centro o Autoridad o agente de la autoridad, cuando el menor hubiese salido duarnte el internamiento. Alterar el orden promoviendo altercados o riñas con compañeros de internamiento.

En los centros de internamiento de menores infractores, los permisos de salida ordinarios de los menores: Serán de un ,áximo de 60 días por año para los internados en régimen abierto y de un máximo de 40 días por año para los internados en régimen semiabierto. La duración máxima de cada permiso no excederá de 7 días. La duración máxima de cada permiso no escederá de 30 días. Será de un máximo de 90 días por años para los internados en rágimen abierto y de un máximo de 60 días por año para los internados en régimen semiabierto.

El Proyecto educativo del centro de internamiento de menores infractores es aprobado por: La dirección del centro. Comisión Andaluza de Centros de Internamiento de Menores Infractores. La comisión técnica del centro. La Dirección General con competencia en materia de justicia juvenil.

El Plan Anual de Actividades de un Centro de internamiento de menores infractores: Contendrá el conjunto de actaciones a desarrollar durante un año. incluirá las normas de régimen interno por las que se regulará la convivencia de los menores infractores en el centro durante un año. Es un documento de caracter fundamentalmente evaluador de la actividad del centro. Todo lo anterior es correcto.

De acuerdo al decreto 98/2015, de 3 de marzo, la intervención con menores infractores se regirá, entre otros, por el principio de: Sancionador, primando en la intervención el espíritu punitivo de acuerdo con los principios inspiradores de la LORPM. Intervención máxima, asegurando que la restricción de la libertad y la intervención educativa abarque todos los aspectos de la vida del menor para alcanzar los objetivos socioeducativos de la medida. Equidad, garantizando que la intervención con los menores se realiza de manera uniforme para todos por igual, con objeto de favorecer una intervención estandarizada y unificada. Individualización, adecuando los procesos educativos a las características y necesidades de los menores infractores.

De acuerdo al Decreto 98/2015 de 3 de marzo, el educador o educadora responsable del menor infractor: Coordina la intervención socioeducativa con el menor infractor. Realiza la propuesta de evolución o retroceso de los menores infractores en las distintas fases educativas d ela intervención. Resuelve los procedimientos disciplinarios abreviados. Es miembro integrante de la comisión socioeducativa, previa designación de la presidencia.

Señala los bloques temáticos que pertenecen a la línea de intervención "Estilos de vida saludable" dentro del programa de promoción de hábitos de vida saludable. Actividad física, alimentación equilibrada y educación vial. Actividad física, higiene corporal, salud bucodental y alimentación equilibrada. Actividad física, alimentación equilibrada y estilos de vida saludable en una sociedad digital. Actividad física, hábitos que contribuyen a una vida sana y alimentación equilibrada.

Una de las líneas básicas de intervención del Programa ALDEA, de educación ambiental para la comunidad educativa es: educación para el sostenimiento de nuestro entorno. Educación ambiental e investigación participativa. Educación para la conservación de los espacios naturales. Educación ambiental sobre sostenibilidad y cambio climático.

Indique cuál es una línea de intervención del programa Forma Jóven en el ámbito educativo: Educación sexual: Prácticas sexuales responsables, y prevención de riesgos derivados. Prevención de drogodependencias: Alcohol, tabaco, cannabis y otras drogas. Prevención de violencia de género. Educación medioambiental.

Según el psicólogo y pedagogo Rafael Bisquerra, el concepto de regulación emocional, recogido en el Programa Forma Joven en el ámbito educativo, responde a: La capacidad para tomar conciencia del nivel de intensidad de nuestras propias emociones. La capacidad para manejar las emociones de forma apropiada. La capacidad de sentir, pensar y tomar decisiones por uno mismo. La capacidad de mantener relaciones adecuadas con otras personas decidiendo el nivel de intensidad de las mismas.

La Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Drogodependencias de Andalucía, determina que la educación para la salud, especialmente en sus aspectos relacionados con la prevención del consumo de drogas, formará parte de: El currículo educativo de los centros doccentes de enseñanza obligatoria, tanto públicos como privados de Andalucía. Los contenidos de la enseñanza en los centros docentes de educación secuandaria no obligatoria de la Comunidad Autónoma Andaluza. El currículo educativo de los centros docentes de enseñanza secundaria, tento en centros públicos como en centros privados de Andalucía. Los contenidos de la enseñanza en los centros docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma Andaluza.

En el artículo 3 de la Leuy 12/2007, de 26 de nobiembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece que se entiende por discriminaxión directa por razón de sexo: La situación en la que se produce cualquier comportamiento verbal, no berval o físico de índole sexual, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. La situación en que se produce un comportamiento relacionado con el sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona y crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. La situación en que se encuantra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación equiparable. La situación en que la aplicación de una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a las personas de un sexo en desventaja particular con respecto a las personas de otro.

El artículo 51 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece que: En proyectos desarrollados en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación, financiados total o parcialmente por la Administración de la Junta de Andalucía, se garantizará que su lenguaje y contenidos no sean sexistas. En proyectos desarrollados en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación, financiados totalmente por la Administración de la Junta de Andalucía, se garantizará que su lenguaje y contenidos no sean sexistas. En proyectos desarrollados en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación, hayan sido financiados o no por la Administración de la Junta de Andalucía, se garantizará que su lenguaje y contenidos no sean sexistas. En proyectos desarrollados en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación, no se aplica los dispuesto en la normativa sobre lenguaje y contenidos no sexistas.

¿Qué artículo de la Constitución Española de 1978 dice textualmente "Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra ondición o circunstancia personal o social"?. Artículo 14. Artículo 16. Artículo 24. Artículo 29.

En el artículo 16 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece que las muejeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá: Medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas. Medidas preventivas y medidas asistenciales, además de ayudas públicas si son menores. Medidas preventivas y medidas asistenciales. Medidas preventivas, medidas asistenciales y protección policial.

En virtud de los dispuesto en el artículo 73 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía: La competencia exclusiva en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración Central. La competencia ejecutiva en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración Central. La competencia compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración Central. La Comunidad Autónoma de Andalucía no tiene competencias en materia de lucha contra la violencia de género.

La Comisión de Impacto de Género en los presupuesto públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía se creó en: La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. La Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. El Decreto 20/2010, de 2 de febrero, por el que se regula la comisión de Impacto de Género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de ndalucía. La Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

El artículo 3 del Decreto 275/2010 de 27 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de Género en la Administración de la Junta de Andalucía, las personas titulares de las Consejerías podrán: Crear Unidades de Igualdad de Género en sus agendas administrativas. Crear Unidades de Igualdad de Género en sus agendas administrativas, agencias de régimen especial y agencias públicas empresariales. crear Unidades de Igualdad de Género en sus agencias administrativas y agencias de régimen especial. ninguna respuesta es correcta.

Según lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, se creará el Observatorio de la Igualdad de Género como órgano asesor, adscrito a: La Consejería competente en materia de asistos sociales. El Instituto Andaluz de la Mujer. La Consejería competente en materia de igualdad. El Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.

El artículo 8 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra violencia de género, establece que: El Consejo de Gobierno aprobará cada 5 años un Plan Integral de sensibilizaciñon y prevención contra la violencia de género en Andalucía. La Consejería competente en materia de igualdad aprobará cada 5 años un Plan integral de sensibilización y prevención contra la violencia de género en Andalucía. El Parlamento de Andalucía aprobará cada 4 años un Plan integral de sensibilización y prevención contra la violencia de género en Andalucía. El Instituto Andaluz de la Mujer aprobará cada 4 años un Plan integral de sensibilización y prevención contra la violencia de género en Andalucía.

Según dispone el artículo 37 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, la unidad de valoración integral de violencia de género está integrada por personal de. La medicina forense, psicología y trabajo social. La psicología, la pedagogía y el trabajo social. La pedagogía y el trabajo social. La psicología y el trabajo social.

Según el decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa de los alumnos/as con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, dentro de las actuaciones específicas que se pueden llevar a cabo con el alumnado perteneciente a la comunidad gitana en situación de desventaja socioculturla, encontramos: Planes de lucha contra el absentismo escolar de este el colectivo de alumnado específico. Programas de acogida de tránsito desde la Educación primaria a la Educación Secundaria Obligatoria, en colaboración con los Equipos de orientación Educativa de una misma zona. Medidas de carácter curricular, pedagógico o organizativo que faciliten el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema educativo de este alumnado. Acciones específicas que favorezcan el reconocimiento y respeto de las distintas identidades culturales presentes en el aula por parte de todo el alumnado.

La Orden de 15 de enero de 2007, por la que se regulan las medidas y actuaciones a desarrollar para la atención al alumnado inmigrante y, especialmente, las Aulas Temporales de adaptación Lingüística, establece que estas aulas son programas que: Permiten la integración del alumnado inmigrante en el centro y su incorporaciñon a los ritmos y actividades de aprendizaje propios del nivel en que se encuentren escolarizados, atendiendo a su edad y su competencia curricular. No utilizan el aprendizaje del español como lengua vehicular, sino que favorcen el aprendizaje en la lengua nativa del alumnado. Favorecen la integración del alumnado en la cultura española, sustituyendo su cultura de origen. No están vinculados a profesorado específico.

De acuerdo al artículo 29 del Real Decreto 1774/2004 de 30 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, el modelo individualizado de interveción: No requiere la aprobación del juez de menores. Sustituye al programa individualizado de ejecución de medida en el caso de medidas de internamiento cautelar. Tiene como finalidad la convivencia ordenada en el centro. Contiene una planificación genérica de las actividades independientemente del régimen de internamiento en el centro.

El artículo 1 bis de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, establece que a efectos de la presente Ley, se considerarán víctimas de violencia de género y tendrán reconocidos los derechos de esta norma sin necesidad de interposición de denuncia, tanto si se trata de violencia física, violencia psicológica, violencia sexual y violencia económica: Las hijas e hijos que sufran la violencia a la que está sometida su madre. Las madres cuyos hijos a hijas hayan sido asesinados. Las personas menores de edad, las personas mayores, las personas con discapacidad o en situación de dependencia, que están sujetas a la tutela o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género y que cnvivan en el entorno violento. Todas las respuestas son correctas.

Denunciar Test