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Examen

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Título del Test:
Examen

Descripción:
Litigación oral

Fecha de Creación: 2022/08/06

Categoría: Otros

Número Preguntas: 83

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En nuestro país la oralidad se puso en vigencia en la constitución de 2008. falso. verdadero.

Del concepto que cito a continuación"los procesos que se sustanciaran con la intervención directa de las juezas y los jueces que conozcan de la causa. se propenderá a reunir la actividad procesal en la menor cantidad posible de actos, para lograr la concentración que contribuya a la celeridad del proceso". es de aquellos que se refieran al principio de Inmediación. Falso. Verdadero.

El principio de celeridad se relaciona a que todos los procesos deben ser públicos. Falso. Verdadero.

El principio por medio del cual la iniciativa del impulso procesal está a cargo de las partes, se conoce como el principio dispositivo. Verdadero. Falso.

La acusación particular al proponerla se la debe hacer de manera oral, ante la autoridad competente. Falso. Verdadero.

El principio de favorabilidad es uno de aquellos principios rector del proceso Penal. Verdadero. Falso.

El reformatio in peius, es el principio por medio del cual de manera general el superior puede agravar la situación jurídica del procesado. Falso. Verdadero.

El término latín "no bis in ídem", se refiere a la prohibición de doble juzgamiento. Verdadero. Falso.

El sistema adversaria! se caracteriza la etapas del proceso se entiende como espacios de enfrentamientos entre las partes con pretensiones divergentes, cuyo vencedor será determinado por un imparcial. Verdadero. Falso.

Se conoce que el 10 de enero de 2022, a las 23h30, en la Calle N y O, Barrio Norte, de la ciudad de Aparecida, fue aprehendido Sancho Pansas, en circunstancias en que la Policía, encontrándose de servicio de patrullaje, se acercó la señora Cuetito, la misma que les manifestó que en las calles N y O se estaba suscitando un escándalo en la via, al trasladarse al lugar se encuentran con un grupo de personas en un número aproximado de siete, las mismas que se insultaban mutuamente, al intentar calmar los ánimos, lo cual fue imposible, lanzaron una botella de cerveza impactando en la ventolera posterior izquierda del patrullero Ki3 Sportage-222, cuyo avaluó ascendió a la cantidad de$ 500, identificando plenamente al individuo que realizó dicho acto; por lo que se procedió a su aprehensión. Del caso antes expuesto. usted como Abogado defensor del procesado le aconsejaría que se someta a la conciliación. Verdadero. Falso.

La oratoria forense es un género de la oratoria practicada en los actos judiciales. Verdadero. Falso.

Una de las ventajas de la oralidad reside en que hace que los abogados sean más ingeniosos. Falso. Verdadero.

Que el juez dispone de una valiosa información a través del lenguaje verbal y no verbal de los sujetos del proceso, es una de las ventajas de la oralidad. Falso. Verdadero.

De entre otros principios de la oratoria se destacan los siguientes: la dialéctica, el modo. y el conocimiento. Verdadero. Falso.

La demostrativa es empleada para acusar, defender o discutir las causas y litigios ante los juzgadores. Falso. verdadero.

De entre los caracteres especiales de la oratoria forense tenemos que es una profunda formación ética y moral: que hagan buscar siempre la verdad para lograr una justicia igualitaria en la sociedad. Verdadero. Falso.

Un buen orador es aquel que dispone de una buena memoria para improvisar dependiendo de las circunstancias en las cuales se le impide hacer uso de material de apoyo. Verdadero. Falso.

Un buen orador forense, debe dirigir la palabra hacia el público. Falso. Verdadero.

El auditorio forense esta constituido por el Juzgador, los sujetos procesales, y el público. Verdadero. Falso.

Una de las cualidades del orador forense está relacionada con su presencia, ya que con ello se proyecta una imagen de seriedad, responsabilidad y confianza. Verdadero. Falso.

La teoría fundamental en donde descansa el juicio oral en sistema acusatorio adversaria! se denomina como thery of the case. Verdadero. Falso.

Podemos decir que la idea que se trasforma en un relato que pretender dar cuenta de los hechos, de modo comprensivo, autosuficiente y verosímil se denomina teoría del caso. Verdadero. Falso.

La verdad que se obtiene en un proceso penal es una verdad real y construida. Falso. Verdadero.

La verdad forense contiene dos juicios el fáctico y otro jurídico. Verdadero. falso.

Nuestra Teoría del Caso deberá una aproximación a los hechos. Verdadero. Falso.

La adecuación típica a la norma penal, es conocida como el componente fáctico en nuestra Teoría del caso. Falso. Verdadero.

Los cimientos de una buena preparación consiste en una buena defensa. Falso. Verdadero.

La conclusión del debate oral es el alegato final. Verdadero. Falso.

La teoría del caso nos permite decidir que pruebas son convenientes presentar de acuerdo a nuestra estrategia. Verdadero. Falso.

La Teoría del caso es algo que se planifica a última hora. Falso. Verdadero.

Para que nuestro efectivo examen directo sea efectivo debemos protagonizar, probar todo con un solo testigo, usar un lenguaje hostil. Falso. Verdadero.

El objetivo del interrogatorio está dado por la generación de información. Verdadero. Falso.

El mecanismo para que la prueba material o documental deje de ser abstracta para convertirse en los objetos y documentos de caso es a través del testimonio del testigo. Verdadero. Falso.

Lo que se persigue con el interrogatorio es de una manera sencilla la credibilidad del testigo. Falso. verdadero.

En el interrogatorio la estrella es el abogado. Falso. Verdadero.

¿Qué paso el día 10 de marzo del 2021 aproximadamente a las 11h00? Es una pregunta de tipo cerrada. Falso. Verdadero.

La pregunta que permite al testigo escoger de entre una y otra respuesta es la pregunta de tipo abierta. Falso. Verdadero.

La pregunta de seguimiento es aquella por medio de la cual se sigue preguntando al testigo para obtener información as exacta de lo que ha expresado. Verdadero. Falso.

Lo primero que tenemos que hacer al poner un testigo ante el juzgador es acreditarlo. Verdadero. Falso.

El interrogatorio re-directo, es aquel que se lo realiza antes del contra examen. Falso. Verdadero.

¿El vehículo era de color rojo? Es una pregunta de tipo cerrada no sugestiva. Verdadero. Falso.

Considera usted que una de las funciones de las preguntas de tipo cerradas es la de refrescar la memoria del testigo. Verdadero. Falso.

¿Qué se decían Pedro y Luís el día que se gritaban frente a la puerta de su casa?, esta es una pregunta de tipo interlocutoria. Falso. Verdadero.

Durante el contrainterrogatorio se pueden aplicarse técnicas como. el uso de preguntas sugestivas, un solo hecho por pregunta y abordar de lo general a específico. Verdadero. Falso.

Es necesario confrontar con el testigo de la contra parte cuando está respondiendo el contra examen. Falso. Verdadero.

En el contra examen se debe limitarse al objeto del examen directo. Verdadero. Falso.

El re contra interrogatorio que queda limitado únicamente a impugnar o refutar la prueba de rehabilitación producida en el interrogatorio re directo. Verdadero. Falso.

El en contra examen, se debe planificar preguntas cuyas respuestas no conozcas. Falso. Verdadero.

En el contra examen se es conveniente ser persistente enérgico y violento. Falso. Verdadero.

El contra examen es la herramienta más efectiva para efectuar test de veracidad de la información que aportan los testigos y peritos. Verdadero. Falso.

El derecho a la contradicción se plasma con el recontra interrogatorio. Falso. Verdadero.

Es una buena práctica que el Abogado solo alce la mano para objetar una pregunta. Falso. Verdadero.

Cuando mucho se objeta se pierde credibilidad. Verdadero. Falso.

La herramienta de la objeción sirve para distraer o cortar el ritmo del opositor. Falso. Verdadero.

Para objetar no es requisito estar atento al interrogatorio previo. Falso. Verdadero.

El momento oportuno para objetar es luego que el testigo ha contestado su pregunta. Falso. Verdadero.

Al objetar se debe hacer un argumento extremadamente jurídico. Falso. Verdadero.

Se puede objetar el tipo de respuestas. Verdadero. Falso.

Está prohibido objetar el comportamiento de los sujetos procesales. Falso. Verdadero.

La pregunta irrelevante. es de aquellas que no se pueden objetar, por estar permitidas en la norma legal. Falso. Verdadero.

La última persona en intervenir en el Alegato final es el Abogado de la víctima. Falso. Verdadero.

Dentro de nuestro ordenamiento legal está permitido efectuar la réplica en el alegato final. Verdadero. Falso.

El único ejercicio argumentativo que tenemos es el alegato inicial. Falso. Verdadero.

El alegato de clausura, se lo inicia a construir desde el momento que conocemos el caso. Verdadero. falso.

El orden cronológico en el alegato final se refiere a como se aborda los temas de conclusión. Falso. Verdadero.

Es poco aconsejable estructurar el alegato final en relación a la lista de testigos. Verdadero. Falso.

El alegato de clausura puede estar limitado por el juzgador. Verdadero. Falso.

Es importante sacar a relucir en el alegato final los hechos que no han sido controvertidos, ya que son puntos a nuestro favor. Verdadero. Falso.

En el alegato final es importante explicar ciertas debilidades de nuestra teoría del caso. Verdadero. Falso.

En el alegato de clausura está vedado apoyarse en el conocimiento cotidiano y en la experiencia diaria, para fortalecer o atacar la conducta o los hechos planteados. Falso. Verdadero.

El interrogatorio y contra interrogatorio. - Luego de haber sido presentados ante el Juez, por parte de los sujetos procesales las alegaciones de apertura, corresponde ahora el desahogo de los medios probatorios, a fin de poder justificar las proposiciones fácticas de cada una de las partes. Siendo éste el momento de evacuar los elementos probatorios previamente ofrecidos para establecer los hechos que los litigantes desean que prevalezcan, que se llevarán a efecto por medio de los interrogatorios. Debiendo los oferentes de la prueba, recabar la información necesaria para confeccionar su teoría del caso, es decir su percepción de los hechos. En esta etapa es de gran utilidad resaltar que el abogado que se ha comunicado con los testigos potenciales en juicio debe asimismo corroborar la veracidad de lo que han dicho respecto de los hechos. El litigante tiene la obligación de indagar y confirmar que los testigos hayan presenciado los hechos y no dar por cierto lo que nos manifiesta. De la misma manera, el abogado defensor tiene que ser un investigador y no dar por cierto lo que hay en la carpeta de investigación, hay que corroborar e ir al lugar de los hechos si es necesario. En cambio, la oportunidad que tiene un abogado de hacer preguntas a un deponente que ha declarado en un juicio a favor del adversario se lleva a cabo a través de un contra interrogatorio. En otras palabras, es el examen de los testigos ofrecidos por la contraparte sin audiencia de juicio oral. Este es un hecho que le asiste al abogado derivado del principio de contradicción y como tal no es una obligación ni siempre es necesario hacerlo. Fuente: El Existo en el Juicio Oral. Paola Iliana de la Rosa Rodríguez Con base en el fragmento anterior, de lo estudiando en las unidades 4 y 5, responda las preguntas 1 a 5. A continuación le expongo algunas máximas que debe contener un interrogatorio directo respecto al testigo: Es imparcial, creíble, es siempre idóneo, proporciona conclusiones. El fiscal es la estrella, siempre es confiado, está abierto a responder. Es la estrella, se debe mostrar confiado, ser atrayente, deber ser fluido. Se ataca su credibilidad, debe apoyar nuestras proposiciones fácticas, debe crear cuadros narrativos.

Si la historia presentada es narrada desde un prisma lógico, me estoy refiero a una estructura: Cronológica. Escena del crimen. Del hecho. Temática.

Las preguntas por medio de las cuales permiten que el testigo ratifique hechos plasmados por el interrogador, se la conoce como preguntas: Abiertas. Guiadas. Descriptibles. Seguimiento.

Al contra examen se lo conoce también como interrogatorio: Redirecto. Directo. Cruzado. Interrogatorio.

Entre los temas que deben abordar el contra examen efectuado a un testigo tenemos: La imparcial, credibilidad, idoneidad y/o que emita conclusiones. Hecho desfavorables que deviene del examen directo y/o lo que el testigo no admite. Hechos corroborativos, declaraciones previas consistentes y/o creíbles. El proporcionar hechos para nuestro caso, atacar tanto al testigo y/o su testimonio.

Como Abogado defensor del procesado deberá desacreditar de manera inequívoca, a lo menos uno de los elementos de la teoría jurídica del delito imputado. Intentando instalar una duda razonable en el juzgador o plantear una teoría distinta a la de la Fiscalía: Elemento 2: Dolo. 1.- Proposición Fáctica. - El Cazador sabía que al dispararle al Lobo a la distancia que lo hizo, le provocaría un grave daño, no menor que la muerte. 2.- Proposición Fáctica. - El Cazador nunca quiso matar al Lobo. Fue hasta la cabaña a prestar auxilio a la menor. 3.- Proposición Fáctica. - La única forma de poder salvar la vida de Caperucita era disparando al Lobo. 4.- Proposición Fáctica. - El Cazador acechó al Lobo y le disparó a una distancia de poco más de un metro, desde la ventana del dormitorio que se encontraba abierta. 5.- Proposición Fáctica. - Las dos Ardillas, que eran las mascotas de la Abuelita, corrieron hacia el bosque en busca de ayuda cuando el Lobo atacó a la anciana y la encerró en el baúl. 6.- Proposición Fáctica. - El Cazador tenía rencillas desde hacía tiempo con el Lobo, ya que éste siempre le espantaba los animales de cazería. Hace unos meses atrás el Lobo atacó al Cazador, le mordió una pierna. Desde ese instante que el Cazador lo buscaba para matarlo. 2,3 y 5. 2,4 y 1. 2,3 y 4. 2,4 y 6.

Como Abogado defensor del procesado deberá desacreditar de manera inequívoca, a lo menos uno de los elementos de la teoría jurídica del delito imputado. Intentando instalar una duda razonable en el juzgador o plantear una teoría distinta a la de la Fiscalía: Elemento 2: Dolo. 1.- Proposición Fáctica. - El Cazador sabía que al dispararle al Lobo a la distancia que lo hizo, le provocaría un grave daño, no menor que la muerte. 2.- Proposición Fáctica. - El Cazador nunca quiso matar al Lobo. Fue hasta la cabaña a prestar auxilio a la menor. 3.- Proposición Fáctica. - La única forma de poder salvar la vida de Caperucita era disparando al Lobo. 4.- Proposición Fáctica. - El Cazador acechó al Lobo y le disparó a una distancia de poco más de un metro, desde la ventana del dormitorio que se encontraba abierta. 5.- Proposición Fáctica. - Las dos Ardillas, que eran las mascotas de la Abuelita, corrieron hacia el bosque en busca de ayuda cuando el Lobo atacó a la anciana y la encerró en el baúl. 6.- Proposición Fáctica. - El Cazador tenía rencillas desde hacía tiempo con el Lobo, ya que éste siempre le espantaba los animales de cazería. Hace unos meses atrás el Lobo atacó al Cazador, le mordió una pierna. Desde ese instante que el Cazador lo buscaba para matarlo. Como Abogado defensor del procesado deberá desacreditar de manera inequívoca, a lo menos uno de los elementos de la teoría jurídica del delito imputado. Intentando instalar una duda razonable en el juzgador o plantear una teoría distinta a la de la Fiscalía: Elemento 2: Dolo. 1.- Proposición Fáctica. - El Cazador sabía que al dispararle al Lobo a la distancia que lo hizo, le provocaría un grave daño, no menor que la muerte. 2.- Proposición Fáctica. - El Cazador nunca quiso matar al Lobo. Fue hasta la cabaña a prestar auxilio a la menor. 3.- Proposición Fáctica. - La única forma de poder salvar la vida de Caperucita era disparando al Lobo. 4.- Proposición Fáctica. - El Cazador acechó al Lobo y le disparó a una distancia de poco más de un metro, desde la ventana del dormitorio que se encontraba abierta. 5.- Proposición Fáctica. - Las dos Ardillas, que eran las mascotas de la Abuelita, corrieron hacia el bosque en busca de ayuda cuando el Lobo atacó a la anciana y la encerró en el baúl. 6.- Proposición Fáctica. - El Cazador tenía rencillas desde hacía tiempo con el Lobo, ya que éste siempre le espantaba los animales de cazería. Hace unos meses atrás el Lobo atacó al Cazador, le mordió una pierna. Desde ese instante que el Cazador lo buscaba para matarlo. 1,3 y 5. 1,4 y 5. 1,2 y 5.

Como Abogado defensor del procesado deberá desacreditar de manera inequívoca, a lo menos uno de los elementos de la teoría jurídica del delito imputado. Intentando instalar una duda razonable en el juzgador o plantear una teoría distinta a la de la Fiscalía: Elemento 2: Dolo. 1.- Proposición Fáctica. - El Cazador sabía que al dispararle al Lobo a la distancia que lo hizo, le provocaría un grave daño, no menor que la muerte. 2.- Proposición Fáctica. - El Cazador nunca quiso matar al Lobo. Fue hasta la cabaña a prestar auxilio a la menor. 3.- Proposición Fáctica. - La única forma de poder salvar la vida de Caperucita era disparando al Lobo. 4.- Proposición Fáctica. - El Cazador acechó al Lobo y le disparó a una distancia de poco más de un metro, desde la ventana del dormitorio que se encontraba abierta. 5.- Proposición Fáctica. - Las dos Ardillas, que eran las mascotas de la Abuelita, corrieron hacia el bosque en busca de ayuda cuando el Lobo atacó a la anciana y la encerró en el baúl. 6.- Proposición Fáctica. - El Cazador tenía rencillas desde hacía tiempo con el Lobo, ya que éste siempre le espantaba los animales de cazería. Hace unos meses atrás el Lobo atacó al Cazador, le mordió una pierna. Desde ese instante que el Cazador lo buscaba para matarlo. 1 y 2. 1 y 3. 2 y 4. 2 y 5.

¿Entonces usted cree que los más importante es que él tuvo la intención de hacerlo? Es una interrogante que es formulada en el examen directo, la misma que puede ser objetable, por tratarse de una pregunta: Argumentativa. Impertinente. Asume hechos. Capciosa.

¿Señora Matilde, digamos que le dijo a su vecino que vio…? Es una interrogante que es formulada en el contra examen, la misma que puede ser objetable, por tratarse de una pregunta a un testigo de: Irrelevante. Hechos. Impropio. Oídas.

¿Puede ser posible que el procesado haya sacado la pistola tan solo para amedrentar a la víctima? Es una interrogante que es formulada en el contra examen, la misma que puede ser objetable, por tratarse de una pregunta a un testigo de: Especulativa. Conclusiva. Insidiosa. Coactiva.

A continuación de forma numérica encontrará algunas objeciones marque o señale únicamente las que son propias del alegato de clausura: 1.- referirse a hechos no comprobados; 2.- argumentación legal; 3.- distorsionar la ley; y, 4.- argumentar hechos. 1 y 2. 2 y 3. 1 y 3. 3 y 4.

A continuación de forma numérica encontrará algunas situaciones que no se deben hacer en el alegato final, para ello deberá marcar o señalar únicamente las que corresponden: 1.- referirse a hechos comprobados; 2.- dar una clase magistral; 3.- pretender que el tribunal asuma mi versión sin dar elementos para aquello; y, 4.- referirse únicamente a mi fortalezas. 2 y 3. 1 y 2. 2 y 4. 1 y 3.

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