examen oficial 2026 ==> 58/2003
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Título del Test:
![]() examen oficial 2026 ==> 58/2003 Descripción: ahp examen oficial |



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04.-De acuerdo con el artículo 56 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, señale la respuesta CORRECTA sobre la cuota tributaria: La cuota íntegra se determinará aplicando el tipo de gravamen a la base imponible. La cuota íntegra deberá aumentarse de oficio cuando de la aplicación de los tipos de gravamen resulte que a una disminución de la base corresponde una porción de cuota inferior a dicha disminución. El aumento deberá comprender al menos dicha diferencia, sin que sea aplicable al pago mediante efectos timbrados. La cuota íntegra, es el resultado de aplicar sobre la cuota líquida las deducciones, bonificaciones, adiciones o coeficientes previstos, en su caso, en la ley de cada tributo. El importe de la cuota íntegra podrá modificarse mediante la aplicación de las reducciones o límites que la ley de cada tributo establezca en cada caso. 10.-En un procedimiento sancionador, la inspección de los tributos concluye que se ha cometido una infracción tributaria leve por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación de las previstas en el artículo 191 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La sanción será: Multa pecuniaria proporcional del 50 por ciento y se graduará incrementando el porcentaje mínimo conforme a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda Pública, con el incremento porcentual previsto en el párrafo b) del apartado 1 del artículo 187 de esta ley. Multa pecuniaria proporcional del 50 por ciento y se graduará incrementando el porcentaje mínimo conforme a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda Pública, con el incremento porcentual previsto en el párrafo a) del apartado 1 del artículo 187 de esta ley. Multa pecuniaria proporcional del 50 por ciento. Multa pecuniaria proporcional del 50 por ciento y se graduará incrementando el porcentaje mínimo conforme a los criterios de comisión repetida de infracciones tributarias y de perjuicio económico para la Hacienda Pública, con los incrementos porcentuales previstos para cada caso en los párrafos a) y b) del apartado 1 del artículo 187 de esta ley. 13.-Indique la respuesta CORRECTA, en base a lo establecido el artículo 119.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sobre el momento de rectificación de una declaración tributaria. Las opciones que según la normativa tributaria se deban ejercitar, solicitar o renunciar con la presentación de una declaración podrán rectificarse en cualquier momento dentro de los cuatro años posteriores a la presentación. Las opciones que según la normativa tributaria se deban ejercitar, solicitar o renunciar con la presentación de una declaración podrán rectificarse una vez finalizado el plazo de declaración. Las opciones que según la normativa tributaria se deban ejercitar, solicitar o renunciar con la presentación de una declaración podrán rectificarse en cualquier momento, salvo que la rectificación se presente en el periodo reglamentario de declaración. Las opciones que según la normativa tributaria se deban ejercitar, solicitar o renunciar con la presentación de una declaración no podrán rectificarse con posterioridad a ese momento, salvo que la rectificación se presente en el periodo reglamentario de declaración. 14.-La inspección de los tributos, tras un procedimiento inspector, concluye que se debe devolver 2.000 euros a un obligado tributario, cuando éste había solicitado 7.000 euros en su autoliquidación y entiende que existen indicios de la comisión de una infracción tributaria porque se han incluido datos falsos en la misma, ¿cuál será la sanción a imponer en este caso según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria?. 5.000 euros, al tratarse de una infracción por obtención indebida de devoluciones prevista en el artículo 193 de la LGT y ser grave porque la base de la sanción es superior a 3.000 €. Sobre este importe se practicarán las reducciones previstas en el artículo 188 de la LGT siempre que se den las circunstancias previstas. 2.500 euros, al tratarse de una infracción por obtención indebida de devoluciones prevista en el artículo 193 de la LGT y ser leve por la no existencia de ocultación. Sobre este importe se practicarán las reducciones previstas en el artículo 188 de la LGT siempre que se den las circunstancias previstas. 750 euros, al tratarse de una infracción por solicitar indebidamente devoluciones derivadas de la normativa del tributo conforme al artículo 194 de la LGT, sin que puedan practicarse las reducciones previstas en el artículo 188 de la LGT. 750 euros, al tratarse de una infracción por solicitar indebidamente devoluciones derivadas de la normativa del tributo conforme al artículo 194 de la LGT. Sobre este importe se practicarán las reducciones previstas en el artículo 188 de la LGT siempre que se den las circunstancias previstas. 20.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 58/2003, General Tributaria, ¿cuál es el plazo máximo general para notificar la resolución de los procedimientos tributarios iniciados de oficio, excluido el procedimiento de apremio, cuando la normativa tributaria no establezca un plazo específico y la normativa europea o una norma con rango de ley establezca otro diferente?. Tres meses, contados desde la fecha de notificación del acuerdo de inicio del procedimiento. Tres meses, desde la fecha de adopción del acuerdo de inicio del procedimiento. Doce meses, contados desde la fecha de adopción del acuerdo de inicio del procedimiento. Seis meses, contados desde la fecha de notificación del acuerdo de inicio del procedimiento. 23.-De acuerdo con el artículo 222 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, cuando en el plazo establecido para recurrir se hubieran interpuesto recurso de reposición y reclamación económico-administrativa que tuvieran como objeto el mismo acto se procederá de la siguiente forma: Se tramitará en primer lugar el recurso de reposición, remitiéndose la reclamación económico administrativa al Tribunal para su tramitación una vez resuelto el recurso de reposición. Se tramitará el presentado en primer lugar, recurso o reclamación, declarándose inadmisible el segundo. Se tramitará el presentado en segundo lugar, recurso o reclamación, declarando el desistimiento del presentado en primer lugar. Siempre es preferente la reclamación económico administrativa al ser el recurso de reposición potestativo. 25.-Conforme al artículo 155 de la Ley, 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para la suscripción de actas con acuerdo: El único requisito imprescindible es la autorización del órgano competente para instruir, que podrá ser previa o simultánea a la suscripción del acta con acuerdo. El único requisito imprescindible es la autorización del órgano competente para liquidar, que deberá obligatoriamente ser previa a la suscripción del acta. Uno de los requisitos imprescindibles es la constitución de un depósito, aval de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, de cuantía suficiente para garantizar el cobro de la cuota del acta. Uno de los requisitos imprescindibles es la constitución de un depósito, aval de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, de cuantía suficiente para garantizar el cobro de las cantidades que puedan derivarse del acta. 26.-El artículo 54 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, regula la base liquidable configurándola como una magnitud distinta de la base imponible. Con relación a ello señale la afirmación CORRECTA: La base liquidable se obtiene tras aplicar un tipo de gravamen a la base imponible. La base liquidable se obtiene tras aplicar reducciones a la base imponible. La base liquidable se obtiene tras aplicar deducciones a la base imponible. La base liquidable se obtiene tras aplicar recargos a la base imponible. 29.-De acuerdo con el artículo 140 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuáles son los efectos de la regularización practicada en un procedimiento de comprobación limitada?. La Administración tributaria no podrá efectuar una nueva regularización que afecte al impuesto y ejercicio que ha sido objeto de la comprobación limitada. La regularización practicada no impide que se pueda comprobar posteriormente el mismo objeto mediante un procedimiento inspector. La Administración tributaria solo podrá efectuar una nueva regularización en relación con el objeto de la comprobación limitada si posteriormente, en un procedimiento de comprobación limitada o inspección se descubren hechos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas a las realizadas y especificadas en la resolución. La Administración tributaria solo podrá efectuar una nueva comprobación en relación con el mismo objeto si la resolución hubiera recogido expresamente que no procede regularizar la situación tributaria. 30.-Conforme al artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, prescribirá a los cuatro años: El derecho de la Administración para determinar la deuda aduanera mediante la oportuna liquidación. El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias pendientes de liquidación. El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías. El derecho a obtener las devoluciones no previstas expresamente en la normativa tributaria. 34.-Según el artículo 184 de la Ley, 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se consideran anomalías sustanciales de la contabilidad: El empleo de facturas, justificantes u otros documentos falsos o falseados, siempre que la incidencia de los documentos o soportes falsos o falseados represente un porcentaje superior al 10 por ciento de la base de la sanción. La utilización de personas o entidades interpuestas cuando el sujeto infractor, con la finalidad de ocultar su identidad, haya hecho figurar a nombre de un tercero, con o sin su consentimiento, la titularidad de los bienes o derechos, la obtención de las rentas o ganancias patrimoniales o la realización de las operaciones con trascendencia tributaria de las que se deriva la obligación tributaria cuyo incumplimiento constituye la infracción que se sanciona. La llevanza incorrecta de los libros de contabilidad o de los libros o registros establecidos por la normativa tributaria, mediante la falsedad de asientos, registros o importes, la omisión de operaciones realizadas o la contabilización en cuentas incorrectas de forma que se altere su consideración fiscal. La apreciación de esta circunstancia requerirá que la incidencia de la llevanza incorrecta de los libros o registros represente un porcentaje superior al 25 por ciento del importe de la base de la sanción. La llevanza de contabilidades distintas que, referidas a una misma actividad y ejercicio económico, no permitan conocer la verdadera situación de la empresa. 36.-Según el artículo 67 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables subsidiarios comenzará a contarse desde: La notificación de la providencia de apremio al obligado principal. El día siguiente a la finalización del plazo de pago en periodo voluntario del deudor principal. La notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal o cualquiera de los responsables solidarios. La declaración de fallido del obligado principal. 39.-Conforme a los artículos 155 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, indique cuál de las siguientes afirmaciones es CORRECTA respecto a los informes que debe emitir la Inspección de los tributos acompañando a las actas de inspección: Cuando se incoen actas de disconformidad, la inspección de los tributos acompañará en todo caso un informe para completar lo descrito en el acta. Cuando resulte aplicable el método de estimación objetiva, la inspección de los tributos acompañará a las actas incoadas para regularizar la situación tributaria de los obligados tributarios un informe razonado. Cuando se incoen actas con acuerdo, la inspección de los tributos acompañará un informe para completar lo descrito en el acta. Cuando resulte aplicable el método de estimación indirecta, la inspección de los tributos acompañará a las actas incoadas para regularizar la situación tributaria de los obligados tributarios un informe razonado. 41.-De acuerdo a lo establecido en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuándo debería efectuarse el pago de la deuda tributaria si la notificación de la providencia se produce el 3 de abril de 2026?. Desde el 3 de abril de 2026 hasta el 5 de mayo de 2026 o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Desde el 3 de abril de 2026 hasta el 20 de abril de 2026 o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Desde el 3 de abril de 2026 hasta el 20 de mayo de 2026 o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Desde el 3 de abril de 2026 hasta el 5 de abril de 2026 o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. 43.-Doña María presentó su autoliquidación del IRPF 2024 el 1 de junio de 2025 con resultado a devolver por importe de 500 euros. Llegado el día 1 de octubre de 2025, sin haber percibido su devolución, se le notifica el inicio de un procedimiento de comprobación limitada por el IRPF 2024, que finaliza con liquidación provisional notificada el día 2 de marzo de 2026, por la que resulta un importe a devolver de 200 euros, ordenándose su pago ese mismo día. Indique, la opción CORRECTA para el cálculo de los intereses demora, de acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. No procede el abono de ningún importe por intereses de demora. Procede el cálculo de los intereses de demora sobre el importe de 200 euros devengados desde el 31 de diciembre de 2025 hasta el 2 de marzo de 2026. Procede el cálculo de los intereses de demora sobre el importe de 500 euros devengados desde el 31 de diciembre de 2025 hasta el 2 de marzo de 2026. Procede el cálculo de los intereses de demora sobre el importe de 200 euros devengados desde el 1 de julio de 2025 hasta el 2 de marzo de 2026. 44.-Conforme al artículo 65.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la presentación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento en período voluntario: No impedirá que se inicie el periodo ejecutivo. Impedirá el inicio del periodo ejecutivo y se suspenderá el devengo del interés de demora. Impedirá el inicio del período ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora. Se iniciará el periodo ejecutivo, aunque no se exigirán los recargos del periodo ejecutivo. 45.-Identifique cuáles de los que se detallan a continuación, son criterios para la graduación de las sanciones tributarias según el artículo 187 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: Perjuicio económico para la Hacienda Pública, ocultación e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación. Comisión repetida de infracciones tributarias, utilización de medios fraudulentos e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación. Comisión repetida de infracciones tributarias, perjuicio económico para la Hacienda Pública e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación. Ocultación, utilización de medios fraudulentos e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación. 47.-De acuerdo con el artículo 217 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el plazo máximo para notificar la resolución expresa en el procedimiento de nulidad de pleno derecho es de: Seis meses desde que se presente la solicitud por el interesado o desde que se acuerde de oficio el inicio del procedimiento. Un año desde que se presente la solicitud por el interesado o desde que se le notifique el acuerdo de iniciación de oficio. Tres meses desde que se presente la solicitud por el interesado o desde que se dicta el acuerdo de inicio de oficio. La resolución no está sujeta a plazo legal. 48.-Conforme al artículo 65.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, cuando la totalidad de la deuda aplazada o fraccionada se garantice con aval solidario de entidad de crédito: El interés de demora exigible será el interés legal incrementado en un 1,5%. El interés de demora exigible será el interés legal que corresponda hasta la fecha de su ingreso. Se exigirá el interés de demora, no el interés legal, al ser más favorable para el obligado al pago. No se exigirán intereses, al estar la deuda garantizada con aval solidario de entidad de crédito. 51.-Conforme al artículo 173 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, cuando se haya declarado el crédito incobrable, el procedimiento de apremio: Quedará definitivamente extinguido, sin posibilidad de reanudación, aunque se tenga conocimiento de la solvencia de algún obligado al pago. Se reanudará, dentro del plazo de prescripción, cuando se tenga conocimiento de la solvencia de algún obligado al pago. Se reanudará automáticamente al finalizar el plazo de prescripción, cuando se tenga conocimiento de la solvencia de algún obligado al pago. Se reanudará exclusivamente previa solicitud expresa del obligado tributario, cuando se tenga conocimiento de la solvencia de algún obligado al pago. 52.-En relación con las normas generales aplicables al procedimiento general económico-administrativo, establecidas en el artículo 234 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, indique de las opciones siguientes la que es CORRECTA: El procedimiento se impulsará de oficio y a instancia de parte, con sujeción a los plazos establecidos, que no serán susceptibles de prórroga ni precisarán que se declare su finalización. El procedimiento económico-administrativo será siempre gratuito. La notificación se hará de forma electrónica siempre y obligatoriamente para todos los interesados. La notificación deberá expresar si el acto o resolución es o no definitivo en vía económico-administrativa y, en su caso, los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. 54.-El artículo 110 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tribuaria regula el lugar de práctica de las notificaciones. En base a lo establecido en este precepto indique la respuesta CORRECTA: En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la notificación se podrá practicar en el domicilio del centro del trabajo del interesado. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la notificación se podrá practicar en el lugar donde desarrolle la actividad económica, siempre que dicho lugar figure de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la notificación se practicará en el lugar señalado a tal efecto por el obligado tributario o su representante o, en su defecto, en el domicilio fiscal de uno u otro. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la notificación se practicará en cualquier lugar adecuado a tal fin conocido por la Administración Tributaria y comunicado por el interesado a otra Administración Pública. 57.-Con arreglo a lo señalado en el artículo 65.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, respecto al aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas tributarias, señale cuál de las siguientes respuestas es CORRECTA: Únicamente pueden aplazarse las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario de pago. El aplazamiento de las deudas tributarias puede realizarse de oficio o previa solicitud del obligado tributario. Pueden aplazarse las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario o ejecutivo, previa solicitud del obligado tributario. La situación económico-financiera del obligado tributario debe impedirle de manera permanente efectuar el pago en los plazos establecidos. 59.-Según los artículos 143 y 144 de la Ley, 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuál de las siguientes afirmaciones respecto a las actas de inspección es cierta?. Las actuaciones de la inspección de los tributos se documentarán en comunicaciones, diligencias, informes y actas. Las actas son los documentos públicos que extiende la inspección de los tributos con el fin de recoger el resultado de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación, proponiendo la regularización que el obligado ha estimado procedente. Las actas extendidas por la inspección de los tributos tienen naturaleza de documentos públicos y hacen prueba de los hechos que motiven su formalización, sin posibilidad de acreditación en contrario. Los hechos aceptados por los obligados tributarios en las actas de inspección se presumen ciertos y sólo podrán rectificarse mediante manifestación del obligado de haber incurrido en error de derecho. 63.-¿Qué sucede con la prescripción ganada según el artículo 69 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria?. Aprovecha únicamente al obligado principal, no a los responsables. No extingue la deuda tributaria, pero impide su cobro. Extingue la deuda tributaria de oficio, incluso si ya se ha pagado. Solo se aplica si el obligado tributario la solicita previamente. 68.-Conforme al artículo 104 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, respecto al momento de inicio del plazo de resolución, indique cuál es la respuesta CORRECTA: En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, desde la fecha en que el documento haya tenido entrada en un registro público. En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, desde la fecha en que el documento haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. En los procedimientos iniciados de oficio y tramitados por medios electrónicos, desde la fecha de iniciación del expediente electrónico. En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, desde la fecha de asignación del expediente al órgano competente para su tramitación. 70.-De acuerdo con el artículo 216 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuál de los siguientes es un procedimiento especial de revisión?. El procedimiento de rectificación de autoliquidaciones. El procedimiento amistoso. La rectificación de errores. El recurso de alzada. 72.-En el caso de que se haya realizado un acta con acuerdo y proceda la imposición de una sanción, de acuerdo con el artículo 188 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿qué reducción cabría realizar sobre el importe de la sanción?. Reducción por conformidad prevista en el apartado 1 del artículo 188 del 30% y reducción por pronto pago prevista en el apartado 3 del artículo 188 del 40%. Reducción por conformidad prevista en el apartado 1 del Artículo 188 del 65% y reducción por pronto pago prevista en el apartado 3 del artículo 188 del 40%. Reducción por conformidad prevista en el apartado 1 del artículo 188 del 30%. Reducción por conformidad prevista en el apartado 1 del artículo 188 del 65%. |





