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Examen Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de

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Título del Test:
Examen Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de

Descripción:
Examen Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, el

Fecha de Creación: 2018/08/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 26

Valoración:(73)
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Es el medio material, legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad de conformidad con la ley y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza. Uso de dispositivos menos letales. Uso de la fuerza. uso de Armas, municiones, elementos menos letales y letales.

Para el uso de la fuerza y el empleo armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional se debe considerar la normatividad internacional: Convencional y no convencional:. Básica y secundaria. uso de Armas internacional y Nacional.

Dentro de la normatividad internacional Convencional para el uso de la fuerza y el empleo armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional se debe considerar: Convención contra la Tortura,. Código de conducta. Convención uso de Armas internacional y Nacional.

Dentro de la normatividad internacional NO Convencional para el uso de la fuerza y el empleo armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional se debe considerar: Convención contra la Tortura,. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Convención uso de Armas internacional y Nacional.

Cuantos son los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley: 4. 7. 26.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en el desempeño de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. la anterior definición hace parte de: Principios para el uso de la fuerza. Deberes del uso de la fuerza y medios no violentos. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no emplearán armas de fuego contra las personas salvo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida, o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad, o para impedir su fuga, y sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos. En cualquier caso, sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida. la anterior definición hace parte de: Principios para el uso de la fuerza. Deberes del uso de la fuerza y medios no violentos. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley ocasionen lesiones o muerte, deberán: Tener en cuenta los principios para el uso de la fuerza. Comunicarán el hecho inmediatamente a sus superiores. Recopilara todo el material probatorio para su defensa.

Los medios de policía son los instrumentos jurídicos con que cuentan las autoridades competentes para el cumplimiento efectivo de la función y actividad de policía, así como para la imposición de las medidas correctivas contempladas en el Código. Los medios de Policía se clasifican en: inmateriales y materiales. Básicos y primarios. Principales y secundarios.

Los medios inmateriales son aquellas manifestaciones verbales o escritas que transmiten decisiones de las autoridades de policía y los medios materiales son el conjunto de instrumentos utilizados para el desarrollo de la función y actividad de policía, son medios Materiales: Orden de policía. Mediación policial. Uso de la fuerza.

El personal uniformado de la Policía Nacional podrá utilizar medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza, que estén a su alcance, para prevenir y superar comportamientos o hechos contrarios a la convivencia y la seguridad pública. De tratarse de medios de apoyo que puedan afectar físicamente a la persona, deberán ser usados bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su empleo se hará de manera temporal y sólo para controlar a la persona. Cuando el personal uniformado de la policía haga uso de medios de apoyo deberá informarse por escrito al superior jerárquico, por lo anterior podríamos determinar que los medios de apoyo son: Medio inmaterial de policía. Medio material de policía. Uso de la fuerza estandarizado.

Teniendo en cuenta la misión institucional, cuantos son los principios para el uso de la fuerza: 4. 26. 27.

El personal uniformado de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto, la anterior definición corresponde a: Principio de Proporcionalidad. Principio de Legalidad. Principio de Necesidad.

Al hacer uso de la fuerza debe cumplirse con las leyes y normas adoptadas por el estado colombiano y la reglamentación y disposiciones institucionales, la anterior definición corresponde a: Principio de Proporcionalidad. Principio de Legalidad. Principio de Necesidad.

El personal uniformado de la Policía Nacional al hacer uso de la fuerza, armas, municiones, elementos, dispositivos menos letales y armas de fuego, debe hacerlo de manera moderada y actuar en proporción a la gravedad de la amenaza y el objetivo legítimo que se quiere lograr, escogiendo entre los medios eficaces, aquellos que causen menor daño a la integridad de las personas y sus bienes, la anterior definición corresponde a: Principio de Proporcionalidad. Principio de Legalidad. Principio de Necesidad.

Es la capacidad de decidir cuál es el nivel de fuerza que se debe aplicar según el escenario al que se enfrenta, de acuerdo con las leyes y normas vigentes, la anterior definición corresponde a: Principio de Proporcionalidad. Principio de Racionalidad. Principio de Razonabilidad.

El funcionario de policía, al intervenir en el cumplimiento de su actividad podrá encontrar como respuesta una serie de conductas clasificadas en niveles de resistencia, que van desde el riesgo latente hasta la agresión letal, definiendo entre los medios disponibles aquellos que sean proporcionales para controlar la situación, ante lo cual el policía deberá. Hacer uso diferenciado y proporcionado de la fuerza. Informar a su superior jerárquico y ministerio publico. Informar solo a su superior jerárquico.

Las conductas y comportamientos asumidos por los ciudadanos que determinan el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza son: Riesgo Pasivo, Riesgo Activo. Amenaza Pasiva, Amenaza Activa. Resistencia Pasiva, Resistencia Activa.

Es la amenaza permanente no visible presente en todo procedimiento policial. Riesgo latente. Amenaza Pasiva. Resistencia Activa.

Se opone a su reducción, inmovilización y/o conducción, llegando a un nivel dedesafío físico contra el personal policial. Riesgo latente. Amenaza Pasiva. Resistencia física.

Agresión física al personal policial o personas involucradas en el procedimiento, pudiendo utilizar objetos que atentan contra la integridad física. Riesgo latente. Agresión no letal. Resistencia física.

Hace referencia a la presencia policial ante un motivo de policía o comportamiento contrario a la convivencia, está acompañada por un proceso de comunicación y disuasión. Uso de la fuerza preventiva. Uso de la fuerza coercitiva. Uso de la fuerza disuasiva.

Clasificación de las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional. Las que se emplearán en el servicio de policía son aquellas clasificadas de manera técnica como: mecánicas-cinéticas, agentes químicos, acústicas y lumínicas, dispositivos de control eléctrico, y auxiliares, las siguientes están en la clasificación de Mecánicas Cinéticas: Munición de goma, Cartuchos de impacto dirigido, Cartuchos impulsores. Granadas fumígenas, Cartuchos con carga química CS, OC. Granadas de Múltiple Impacto, Cartuchos de aturdimiento, Dispositivo acústico largo alcance y nomina.

Clasificación de las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional. Las que se emplearán en el servicio de policía son aquellas clasificadas de manera técnica como: mecánicas-cinéticas, agentes químicos, acústicas y lumínicas, dispositivos de control eléctrico, y auxiliares, las siguientes están en la clasificación de Agentes químicos: Munición de goma, Cartuchos de impacto dirigido, Cartuchos impulsores. Granadas fumígenas, Cartuchos con carga química CS, OC. Granadas de Múltiple Impacto, Cartuchos de aturdimiento, Dispositivo acústico largo alcance y nomina.

Clasificación de las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional. Las que se emplearán en el servicio de policía son aquellas clasificadas de manera técnica como: mecánicas-cinéticas, agentes químicos, acústicas y lumínicas, dispositivos de control eléctrico, y auxiliares, las siguientes están en la clasificación de Acústicas y lumínicas: Munición de goma, Cartuchos de impacto dirigido, Cartuchos impulsores. Granadas fumígenas, Cartuchos con carga química CS, OC. Granadas de Múltiple Impacto, Cartuchos de aturdimiento, Dispositivo acústico largo alcance y nomina.

Será responsable de la formación, actualización, capacitación, entrenamiento, reentrenamiento y especialización en el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales de todo el personal uniformado de la Policía Nacional, en corresponsabilidad con las demás Direcciones de la Institución, de tal manera que conduzcan al policía a un actuar profesional soportado en la legislación nacional y las normas internacionales vigentes. Dirección Nacional de Escuelas. Jefatura de entrenamiento del escuadrón móvil antidisturbios. Cada unidad Policial.

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