Examen VG
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Se entiende por relación desigual de poder: la que se configura por practicas socioculturales históricas basadas en la idea de inferioridad de las mujeres o la superioridad de los varones, o en conductas estereotipadas de varones y mujeres, que limitan total o parcialmente el reconocimiento o goce de derechos de éstas en cualquier ámbito en que desarrollen sus relaciones interpersonales. V. F. La prostitución forzada no se encuentra establecida en ningún tipo o modalidad de violencia de género que enuncian tanto la Ley Nac. 26485 y Ley Pcial 13348. V. F. Dentro de la violencia simbólica, se deberá considerar incluida toda acción que tienda a la invisibilización o negación de la realidad de las lesbianas, bisexules y transexules, y cualquier práctica que vulnere sus derechos. V. F. La Violencia Laboral discrimina a las mujeres en el ámbito de trabajo privado de aquellas. V. F. Se entiende por medidas integrales de asistencia, protección, y seguridad, los derechos y ayudas previstas en la Ley que se reglamenta, así como aquellas medidas referentes al lugar de prestación de servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación. V. F. En la ruta crítica de la denuncia, la víctima encuentra factores impulsores de ruta ( que pueden ser internos o externos) y factores inhibidores de ruta ( internos-externos) donde el personal policial no se involucra en ninguno de ellos y no tiene participación alguna. V. F. La Violencia Institucional se puede cometer por acción u omisión. V. F. La violencia hacia las mujeres es una violación a los Derechos Humanos, por ende la violencia doméstica es reconocida como una forma de tortura. V. F. La violencia de género no es delito. Dicha denominación no figura en el Código Penal Argentino. V. F. La violencia de género es toda conducta que afecta a las mujeres en el ámbito: Público y Privado. Ámbito doméstico. Indique cuál de los siguientes términos no es un tipo de violencia de género: Laboral. Simbólica. Económinca/Patrimonial. Sexual. Se entiende por relaciones interpersonales que se desarrollan en el ámbito público, a las que tienen lugar en : En la comunidad. La vida intrafamiliar. Las que surgen de las uniones de hecho. El ciclo de la violencia comprende las siguientes fases: Acumulación de tensión- agresión- reconciliación o luna de miel. Luna de miel-agresión-acumulación de tensión- reconciliación. Acumulación de tensión- reconciliación o luna de miel- tensión. Cuales son los plexos normativos que encuadran la Ley de Violencia de Género: Ley Nacional 26.485- Ley Provincial 13.348. Ley nacional 26.061- Ley Pcial 11.529. Ley Nac. 26.743- Ley Pcial 12.734. Ley Nac 26.485- Ley Pcial 11.529. Cual de las siguientes opciones es una modalidad de violencia de género. Insitucional. Simbólica. Física. Sexual. Psicologica. La violencia de género no es exclusivo de un determinado grupo social, sino que se presenta en todos los estados socio-económicos. V. F. Quienes pueden cometer violencia sobre la libertad reproductiva son: personal de instituciones públicas o privadas de atención de la salud, o de cualquier particular, ya sea pariente por consanguinidad o por afinidad en cualquier línea o grado, conviviente o ex conviviente y sus familiares. V. F. Se define como trato deshumanizado a: todo trato amenazante, humillante, descalificante, deshonroso, cruel, llevado a cabo por personal de salud en oportunidad de atención solamente del parto. V. F. La violencia de género es un tipo de delito contra la mujer, que se da en una situación de desigualdad, en el marco de relaciones de poder del hombre contra la mujer. V. F. Se entiende por relaciones interpersonales aquellas generadas en un vínculo de pareja, sean o no convivientes. V. F. Las personas mayores de edad que quieran realizar su cambio registral de su D.N.I en el registro civil, deben contar con autorización judicial. V. F. Las mujeres trans deben ser siempre requisadas por personal policial femenino. V. F. La violencia de género es un agravante a los delitos penales tipificados en el código Penal. V. F. Según la Ley de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes Nro 26.061, los niños tienen derecho a opinar y ser oídos. V. F. Cuando una víctima ingres a una dependencia policial con deseos de radicar denuncia por violencia , puede estar acompañada por algún amigo, familiar, abogado, grupo de autoayuda; para ofrecerle contención, sin interferir al momento que la misma se encuentre realizando la exposición. V. F. Cuando se realiza una consulta con el fiscal ante un hecho de violencia de género, el mismo puede tomar como medida preventiva urgente, una prohibición de acercamiento del agresor a la víctima. V. F. Según la Ley 26.485 la Violencia Simbólica: la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, iconos signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. V. F. La violencia de género: es cualquier acción que ocasiona un daño no accidental, utilizando la fuerza física o alguna clase de armamento u objeto que pueda causar o no lesiones, ya sean internas, externas o ambas. V. F. |