option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

examen8

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
examen8

Descripción:
destornillador0

Fecha de Creación: 2021/10/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 34

Valoración:(2)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

En qué caso puede haber más de un Director Médico en un Hospital? Seleccione una: a. En ninguno. b. En cualquiera. c. En los Hospitales Generales de Especialidades constituidos por más de un Centro. d. En las Ciudades Sanitarias.

No es competencia de la Consejería de Salud: a. La aprobación del anteproyecto de presupuesto del Servicio Andaluz de Salud. b. La óptima distribución de los medios económicos afectos a la financiación de los servicios y prestaciones que configuran el Sistema Sanitario Público y de cobertura pública. c. La prestación de asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. d. La coordinación de todo el dispositivo sanitario público y de cobertura pública y la mejor utilización de los recursos disponibles.

La Comisión de Dirección del Hospital se reunirá en sesión ordinaria: a. Al menos una vez al mes. b. El primer jueves de cada mes. c. Diariamente. d. Una vez a la semana.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección de Gestión Económica y Desarrollo profesional del Distrito de atención primaria: a. La superior dirección y gestión de personal y de los recursos económico-financieros asignados al distrito de atención primaria. b. La coordinación general y evaluación de los objetivos anuales de cada una de las unidades de gestión clínica. c. La gestión de las adquisiciones de bienes y servicios y de la logística del distrito de atención primaria. d. Convocar y presidir las reuniones de la Comisión de Dirección.

La organización de los servicios de atención primaria en Andalucía se regula en: a. El Decreto 77/2008, de 4 de marzo. b. El Decreto 195/1985,de 28 de agosto. c. La Ley 14/1986, de 25 de abril. d. El Decreto 197/2007, de 3 de julio.

Es función de la Comisión de Continuidad Asistencial la coordinación y puesta en marcha de las Comisiones mixtas interniveles de atención primaria y especializada ya existentes y de las que se creen. Deberá existir al menos, la siguiente: a. Comisión de Docencia. b. Comisión de Trasplantes de Órganos y Tejidos. c. Comité de Mejora de Derivaciones. d. Comisión de Ordenación Asistencial.

Las competencias de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía se recogen en: a. La Ley General de Sanidad. b. La Ley de Salud de Andalucía. c. El Decreto 208/2015, de 14 de julio. d. El Decreto 241/2004, de 18 de mayo.

Es competencia de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del SAS: a. La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial del Servicio Andaluz de Salud. b. La ordenación y gestión de los puestos de trabajo del Servicio Andaluz de Salud. c. La propuesta, implantación, seguimiento y evaluación de los criterios de distribución de la financiación en los centros del Servicio Andaluz de Salud. d. La consolidación de la gestión clínica como modelo de organización para la práctica asistencial.

Es un órgano directivo del Distrito de atención primaria: a. Dirección Económica administrativa y de Servicios Generales. b. Dirección de Gestión Económica y de Desarrollo Profesional. c. Dirección Económica administrativa. d. Dirección de Servicios Generales.

Es competencia de la Consejería de Salud: a. La fijación de los criterios, directrices y prioridades de la política de protección de la salud y de asistencia sanitaria. b. La aprobación de la organización, composición y funciones del Consejo Andaluz de Salud. c. La creación de las áreas de salud, así como la aprobación y modificación de sus límites territoriales. d. La coordinación general de la prestación farmacéutica.

La Ley 8/1986, de 6 de mayo, contempla entre los ingresos del Servicio Andaluz de Salud (señale la incorrecta): a. Las aportaciones voluntarias de particulares. b. Las aportaciones del personal estatutario de la Seguridad Social. c. Los asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. d. Las consignaciones que deban realizar las Corporaciones locales.

La estructura orgánica básica de la Consejería de Salud del Servicio Andaluz de Salud viene establecida actualmente (año 2018) en: a. La Ley 8/1986, de 6 de mayo. b. El Decreto 241/2004, de 18 de mayo. c. El Decreto 140/2017, de 1 de octubre. d. El Decreto 208/2015,de 14 de julio.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección Gerencia del Distrito de atención primaria: a. Elaborar la propuesta de presupuesto anual del distrito de atención primaria. b. Promover y coordinar la investigación en los centros del distrito de atención primaria. c. Garantizar el cumplimiento de los objetivos considerados anualmente en el contrato programa. d. Establecer los mecanismos necesarios para asegurar la continuidad de la atención en cuidados de enfermería.

La jefatura superior del personal adscrito al Servicio Andaluz de Salud la desempeña: a. La persona titular de la Consejería de Salud. b. La persona titular de la Dirección Gerencia del S.A.S. c. El Director General de Profesionales del S.A.S. d. El Secretario General del S.A.S.

Según el Decreto 105/1986,de 11 de junio, quién asume la representación oficial del Hospital?. a. El Director Gerente. b. El Director Gerente del SAS. c. Los Letrados del SAS. d. El Director Médico.

Es un órgano de asesoramiento del Director del Distrito de Atención Primaria: a. El Consejo de Salud del Distrito. b. La Junta de Administración. c. La Comisión de Coordinadores de Programas Específicos. d. La Comisión de Dirección.

Según el Decreto 105/1986, de 11 de junio, el Hospital General que preste asistencia especializada que requiera abarcar más de un Área hospitalaria se denomina: a. Básico. b. De Especialidades. c. Comarcal. d. Residencia Sanitaria.

El Dispositivo de apoyo: a. Es la división territorial del Distrito Sanitario de Atención Primaria. b. Son los profesionales, con dotación de medios materiales, que desarrollan las actividades asignadas en las Zonas básica de salud y Distritos de atención primaria. c. Es el conjunto de profesionales que trabaja exclusivamente en la Zona Básica de Salud. d. Es el conjunto de profesionales que presta servicios en el Área Hospitalaria.

Es función de la Comisión de Continuidad Asistencial: a. Desarrollar actividades de formación continuada en salud mental comunitaria. b. Gestionar y mantener la calidad de los sistemas de información sanitaria relativos al medicamento. c. Desarrollar los métodos preventivos de investigaciones epidemiológicas. d. Monitorizar los pacientes con múltiples ingresos, facilitando su control desde Atención Primaria.

Un Distrito Sanitario es: a. Una Zona Básica de Salud. b. Un Área Hospitalaria. c. Un Distrito de Atención Primaria. d. Un Equipo Básico de Atención Primaria.

Es competencia de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios del SAS: a. El análisis, seguimiento, evaluación y control de las diferentes líneas de gastos del personal adscrito al Servicio Andaluz de Salud. b. La gestión y evaluación de los riesgos sanitarios derivados de la responsabilidad patrimonial y su impacto en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, así como la ejecución y seguimiento de la gestión de la responsabilidad patrimonial en el ámbito de la prestación asistencial sanitaria y la correspondiente gerencia de riesgos. c. La coordinación general, planificación, gestión, seguimiento y evaluación de la contratación administrativa realizada en el Servicio Andaluz de Salud. d. La definición de la actividad sanitaria concertada del Sistema Sanitario Público de Andalucía y la planificación, gestión y evaluación de los conciertos que se tengan encomendados.

Las Juntas de Enfermería de los Hospitales y Centros Periféricos de Especialidades del Servicio Andaluz de Salud se renovarán con carácter general: a. Cada cuatro años. b. Cada cinco años. c. Cada dos años. d. Cada tres años por mitad de sus miembros.

La presentación del proyecto de presupuesto económico del Hospital es función del: a. Director Económico Administrativo. b. Subdirector Económico Administrativo. c. Director de Servicios Generales. d. Director Gerente.

Según determina el Decreto 197/2007,es competencia de la Dirección de Cuidados de Enfermería del Distrito de atención primaria: a. La gestión de los planes de prevención de riesgos laborales en el ámbito del distrito de atención primaria. b. Establecer los mecanismos necesarios para asegurar la continuidad de la atención en cuidados de enfermería. c. Sustituir a la persona titular de la Dirección Gerencia del distrito de atención primaria, en caso de vacante,ausencia o enfermedad. d. La implantación de la gestión de los procesos asistenciales.

Es competencia de la Enfermera comunitaria de enlace: a. La coordinación de las Comisiones mixtas interniveles existentes. b. Mantener y mejorar la calidad de vida relacionada con la salud de las/os cuidadoras/es principales de las personas incluidas en la Atención Domiciliaria. c. Promover la donación de sangre en su propio ámbito, atendiendo especialmente a la donación de familiares, a los cuales remitirá al Centro de Transfusión más próximo. d. Elaborar el programa de formación continuada para el personal de enfermería del Hospital y del Distrito, así como proponer la distribución de los fondos destinados a tal efecto para la ejecución de las actividades formativas.

Mediante la continuidad asistencial entre los niveles de atención primaria y atención especializada (señale la incorrecta): a. Se favorece la comunicación entre los profesionales de ambos niveles asistenciales. b. Se monitorizan los pacientes con múltiples ingresos. c. Se establecen mecanismos de coordinación que permite la planificación ordenada de ingresos y altas hospitalarias. d. Se promueve la utilización de los recursos de la atención especializada.

Es competencia de la Dirección Gerencia del SAS: a. La dirección y fijación de los criterios administrativos, económicos y financieros, designación de centros de gastos, autorización de gastos y ordenación de pagos. b. La dirección operativa de los planes integrales y procesos asistenciales en el ámbito de los centros dependientes del Servicio Andaluz de Salud y de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias que le están adscritas. c. La consolidación de criterios de utilización eficiente y eficaz de la prestación farmacéutica con criterios de calidad, así como de la política de uso racional del medicamento. d. La evaluación y control del gasto farmacéutico del Servicio Andaluz de Salud y de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias que le están adscritas.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección de Salud del Distrito de atención primaria: a. Planificar, organizar, dirigir, evaluar y velar por la gestión de los servicios y prestaciones asistenciales, y de los servicios de salud pública en su ámbito territorial. b. Garantizar, en su ámbito territorial de actuación, la atención sanitaria a la población que tenga reconocido este derecho. c. La coordinación general de los planes y actuaciones del distrito de atención primaria. d. Evaluar, desde el punto de vista de la calidad, efectividad y eficiencia, los procesos, servicios, prestaciones y actividades asistenciales, así como garantizar la accesibilidad y la continuidad asistencial.

En Andalucía, la demarcación geográfica para la gestión y administración de la asistencia especializada es: a. El Área de Salud. b. El Área hospitalaria. c. El Área sanitaria. d. El Área extrahospitalaria.

No es competencia de la Consejería de Salud: a. El establecimiento de normas y criterios de actuación en cuanto a la acreditación de centros y servicios sanitarios. b. La autorización de instalación, modificación, traslado y cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, si procede, y el cuidado de su registro, catalogación y acreditación, en su caso. c. La aprobación de la estructura del Servicio Andaluz de Salud. d. La supervisión, control, inspección y evaluación de los servicios, centros y establecimientos sanitarios.

El órgano de participación en las áreas de gestión sanitaria es: a. El Consejo de Salud. b. El Consejo Asesor. c. La Comisión Consultiva. d. La Comisión de dirección.

La Comisión de Dirección del Distrito de atención primaria se reunirá con carácter ordinario, al menos, con una periodicidad: a. Bimensual. b. Mensual. c. Semanal. d. Quincenal.

Entre los requisitos tenidos en cuenta por la Consejería de Salud para la delimitación de los Distritos de Atención Primaria se encuentran criterios: a. Demográficos. b. Culturales. c. Epidemiológicos. d. Todos los anteriores.

Las Instituciones sanitarias que prestan asistencia especializada en régimen de internamiento son: a. Las Ciudades Sanitarias. b. Los Complejos médico-quirúrgicos. c. Los Hospitales. d. Los Ambulatorios.

Denunciar Test