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examenes de deontologia 2026

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Título del Test:
examenes de deontologia 2026

Descripción:
deontologia unir

Fecha de Creación: 2026/08/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

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1. La potestad disciplinaria sobre los profesionales de la Abogacía: A. Corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales. B. Corresponde exclusivamente a los Colegios de Abogados. C. Corresponde exclusivamente al Consejo General de la Abogacía Española. D. Corresponde tanto a los órganos jurisdiccionales como a los Colegios de Abogados.

2. Las reuniones entre quienes ejercen la Abogacía se celebrarán: A. En lugar que no suponga situación privilegiada para ninguno de ellos. B. En el despacho profesional del abogado que tuviere mayor antigüedad en el ejercicio profesional, en todo caso. C. En el despacho profesional del abogado que tuviere mayor antigüedad en el ejercicio profesional, en todo caso, salvo que se trate del actual o de un anterior Decano o Decana, en cuyo caso será en el de éstos, a no ser que se decline expresamente el ofrecimiento. D. En caso de discrepancia, será obligatoria la celebración en las dependencias de los Colegios.

3. En materia de compatibilidad para el ejercicio profesional de la abogacía: A. Es compatible con un cargo en el poder judicial. B. Es incompatible con la auditoría de cuentas. C. Es siempre incompatible con cualquier cargo de la administración autonómica. D. Es compatible, al mismo tiempo, con el ejercicio profesional de la procuraduría.

4. La sustitución en la defensa debe ser comunicada al abogado al sustituido: A. Solo en asuntos judiciales. B. En cualquier clase de asunto. C. Solo si el cliente no le ha comunicado la resolución del encargo profesional. D. No es necesario, con la nueva normativa, comunicar la sustitución en la defensa.

5. Además de la responsabilidad civil ¿A qué tipo de responsabilidad está sujeto el abogado?. A. Como profesional, el abogado sólo tiene responsabilidad civil contractual. B. Responsabilidad civil subsidiaria. C. Responsabilidad disciplinaria e incluso penal. D. El abogado no está sujeto a responsabilidad ninguna.

6. La infracción de la buena fe procesal: A. Puede dar lugar, incluso, a la imposición de una multa por parte del Juzgado ante el que se haya cometido la misma. B. No puede ser objeto de multa pero si de reproche por el Colegio de Abogados del lugar en que se haya incurrido en ese comportamiento. C. Se debe poner en conocimiento del Ministerio Fiscal para que ejercite las acciones pertinentes. D. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

7. El pacto de 'cuota litis': A. No perjudica en ningún caso la independencia del abogado. B. No está expresamente prohibido por las normas deontológicas, aunque sí lo está por la normas civiles (arts. 1255, 1275 y 6.3 CC). C. Hace depender la remuneración del abogado del éxito de la causa. D. Su prohibición está recogida en el actual artículo 16 del Código Deontológico.

8. Desde una perspectiva abierta a la justicia, ¿debe subordinarse la moral al derecho o más bien debe subordinarse el derecho a la moral?. A. La moral debe subordinarse al derecho. B. El derecho debe subordinarse a la moral. C. Deben estar en pleno y absoluto equilibrio. D. Son realidades no asociables.

9. La deontología de la decisión judicial radica en: A. En la congruencia. B. En la buena fe. C. En la motivación. D. En el sentido común.

10. ¿Está justificada jurídicamente la objeción de conciencia?. A. Exclusivamente la secundum legem. B. Exclusivamente la contra legem. C. Exclusivamente en materia penal. D. Exclusivamente en materia de derechos humanos.

1. Colegiado no ejerciente: 1. Puede ejercer la abogacía pero, exclusivamente, en materias específicas. 2. Persona adscrita a un colegio profesional que no puede ejercer la profesión correspondiente. 3. Es una figura colegial reservada para los estudiantes del Grado en Derecho. 4. Es una figura colegial transitoria. Todo colegiado comienza como no ejerciente y, en un plazo no superior a dos años, su situación cambia, de oficio, a ejerciente.

2. ¿Cuál de los siguientes elementos NO es determinante en la apreciación de responsabilidad moral?. 1. La libertad. 2. La voluntad. 3. El entendimiento. 4. La empatía.

3. La actuación de intrusismo profesional en el ejercicio de la abogacía: 1. No da lugar a responsabilidad alguna salvo que el abogado incurriere en responsabilidad civil por negligencia profesional. 2. Puede dar lugar a responsabilidad disciplinaria exclusivamente. 3. Puede dar lugar a responsabilidad disciplinaria y responsabilidad penal. 4. Es un acto moralmente deplorable pero no se recoge en nuestro ordenamiento sanción alguna frente al mismo.

4. ¿Cuál de los siguientes NO es un principio ético de la abogacía?. 1. La dependencia a la autoridad decanal. 2. La integridad en la relación con el cliente. 3. La diligencia en el asesoramiento de sus clientes. 4. La honradez profesional.

5. ¿Qué implica la independencia profesional de los abogados?. 1. El deber de colaborar con la policía y la autoridad pública aun en perjuicio de sus clientes. 2. El deber de acatar las peticiones de colaboración de la fiscalía. 3. Recibir solo instrucciones de su cliente y no de terceros. 4. No ejercer profesiones incompatibles con la abogacía.

6. En un caso de asesinato, ¿está justificado que el abogado de oficio formule excusa basada en motivos de conciencia?. 1. Sí, siempre y cuando la formule en plazo por motivo personal y justo. 2. Siempre puede formular excusa atendiendo a la cláusula de conciencia en cualquier momento del proceso. 3. Siempre puede formular excusa por motivo de conciencia en el plazo establecido. 4. No cabe formular excusa atendiendo a motivos de conciencia.

7. El término "deontología profesional" hace referencia a: 1. Un conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. 2. Una disciplina que estudia los contenidos normativos relacionados con varios trabajos de distintos ámbitos. 3. Todas aquellas normas de conducta que son impuestas por la sociedad. 4. Una ciencia relacionada con el derecho (deontología) y la economía (profesional). Los profesionales de dichas áreas deberán cumplir el Código Deontológico de la AEC.

8. La diferenciación clásica entre el orden moral y el orden jurídico: 1. Es el carácter interno del orden jurídico y el carácter externo el orden moral. 2. Es la alteridad del orden jurídico y la individualidad del orden moral. 3. Es la forma concreta del orden jurídico y la estrictamente abstracta del orden moral. 4. Es la mayor rigidez en la creación de fuentes del orden moral.

9. Señala la respuesta correcta: 1. No vulnera el secreto profesional revelar datos a otros compañeros. 2. No vulnera el secreto profesional revelar datos en caso de flagrante injusticia, aunque no exista petición de consejo del decano. 3. El secreto profesional es un deber que permanece hasta que el abogado se jubila. 4. Todas son falsas.

10. ¿Un abogado puede negarse a otorgar la venia a un compañero?. 1. Si quiere, sí. 2. Sólo en ocasiones. 3. No puede negarse. 4. Siempre que le paguen los honorarios.

1. En estado de grave exaltación debido a que su última cliente va a cambiar de abogado, el letrado IASC le dirige, por cuarta vez, un email. para exigirle el pago de sus honorarios. Y le advierte: «Su documentación quedará retenida; y la venia que eventualmente pudiera solicitarme un compañero bloqueada». a. Puede hacerlo, porque es la cuarta vez que reclama. b. Puede, pero debe recabar el consentimiento del Colegio, y aportarlo a lo actuado. c. Puede, pero debe presentar demanda en el plazo de diez días (juiicio monitorio por razón de la materia). d. No puede: lo prohiben todas las normas que regulan la profesión del abogado. Sin perjuicio de reclamar en otra vía, no se puede retener documentación.

2. ¿Un fiscal puede aceptar regalos?. a. Sí, dado que sólo está prohibida su aceptación a cargos públicos de designación política. b. Sí, pero sólo los que sean de pura cortesía y no impliquen trato preferencial. c. Deben rechazar regalos porque los regalos siempre mueven a realizar favores, estando prohibidos en todos los casos. d. No pueden aceptar ni siquiera regalos de escasa cuantía: incurren en cohecho.

3. El profesional de la abogacía a quien se encargue la dirección profesional de un asunto encomendado a otro compañero deberá…. a. …comunicárselo a este de forma que permita la constancia de la recepción, y acreditar que ha recibido el encargo del cliente. b. …comuniocárselo obligatoriamente por burofax con certificado de texto y acuse de recibo. c. Es como dice la primera respuesta, pero sobra lo de «acreditar el encargo», ya que de eso se encargará el juez en el bastanteo preceptivo. d. …hacer efectivas las cantidades que se le deban al anterior o anteriores defensores, y cargarlas en la minuta como suplidos.

4. «No me digas que aún existe esa antigualla de la provisión de fondos» -exclama Paloma, joven estudiante de derecho-. «¿No se habían declarado ilegales, porque infringían las leyes fiscales?». a. «Eso creía yo» -dice Augusto, un compañero-. «Por el Tribunal Supremo. Veamos las Ideas Clave». b. «Se pueden pedir, pero siempre en función del asunto» -apunta Julio César, el líder del grupo de amigos. c. «Te equivocas, Julio. Puedes solicitarlas por el importa que quieras» -afirma Craso, siempre preocupado por las minutas-. d. «Podemos pedirlas tanto con carácter previo como durante la tramitación del asunto, siempre que no supere el importe de las costas prudentemente calculados» -tercia Marco Antonio-.

5. La doctrina de los actos propios implica que: a. Los actos jurídicos pueden modificarse libremente. b. Nadie puede actuar contradiciendo su conducta previa cuando generó confianza en otro. c. Los actos procesales no tienen efectos sustantivos distintos a la acción ejercitada. d. Los actos jurídicos son irreversibles.

6. ¿Qué debemos hacer si un cliente pretende obligarnos a trabajar según SU criterio?. a. El cliente siempre tiene razón: permitirlo. b. Solo podremos permitirlo si nos firma un documento de exoneración de responsabilidad, conforma a lo establecido en el artículo 337.bis de la LEC. c. Debemos renunciar al asunto: se vulnera nuestro derecho a la independencia. d. Lo más acertado es ponerlo en comunicación de la junta disciplinaria correspondiente del Colegio, que nombrará a un letrado supervisor para garantizar nuestro derecho de defensa.

7. Un cliente de Bieito, abogado de Orense, no está satisfecho con los honorarios y servicio recibido por el abogado, y así se lo hace saber. Además, solicita una factura detallada de los servicios profesionales reflejados en la hoja de encargo ¿Tiene la obligación Bieito de emitirla?. a. Sí. La emisión de factura detallada es un derecho del cliente y un deber del abogado, en caso de ser requerida por el cliente. b. No en este caso, porque no puede obligarse a Bieito a declarar contra sí mismo. c. El trámite correcto es acudir al Colegio, y entregar una factura detallada tras someterla a su comisión disciplinaria. d. No. Una factura detallada podría violar el secreto profesional, por lo que solo están obligados a emitir una factura pro forma con el IVA correspondiente, y el IAJD.

8. Informar al cliente sobre los honorarios de su defensa ¿es una obligación del abogado?. a. Es un acto puramente voluntario: depende de la política del despacho en esta materia. b. Es obligatorio, y además preferiblemente dejando constancia (por ejemplo en una hoja de encargo). c. Es obligatorio, salvo en la jurisdicción penal, por su específica naturaleza. d. Es obligatorio en tanto lo es formar hoja de encargo, y en ésta figuran los honorarios.

9. La provisión de fondos y la rendición de cuentas se relacionan con: a. La transparencia y corrección en la gestión económica de la relación profesional. b. El secreto profesional. c. La venia o consentimiento del abogado sustituido. d. La recusación judicial.

10. Dos abogados que representan cada uno a una parte, intercambian correos electrónicos confidenciales al respecto de una posible transacción. Al fracasar la negociación, uno de ellos incorpora esos mensajes al procedimiento sin autorización del otro, para intentar demostrar mala fe negociadora. ¿Qué valoración deontológica es la más correcta?. a. Es admisible porque trata de combatir la mala fe de la parte adversam por lo que se observa como excepción al secreto profesional. b. Vulnera el carácter confidencial y reservado de las comunicaciones entre letrados, salvo autorización o causa grave apreciada conforme a las reglas colegiales. c. Es obligatorio aportarlos para que el juez valore la buena fe da cada cual. d. Pueden aportarse previa autorización judicial, en virtud de lo dispuesto en la LOPJ.

11. El pacto de quota litis: a. Ya está prohibido, por fin. b. Se permite si se ajusta al dictamen previo del Colegio de Abogados. c. Siempre que se ajuste a las normas recomendadas por cada Colegio, aumentadas en un seis por ciento. d. Se permite si se pacta entre abogado y cliente, por lo que conviene reflejarlo por escrito.

12. El secreto profesional abarca: a. Las propuestas y confidencias del cliente. b. Las de la parte contraria y de su Letrado. c. Los hechos y documentos conocidos por la actuación profesional. d. Todas las respuestas aquí recogidas están cubiertas por el secreto profesional.

13. Elisa, abogada, trabaja exclusivamente online, razón por la que no dispone de despacho profesional abierto. ¿Es correcta dicha actuación?. a. Sí, si ofrece a sus clientes ya su Colegio profesional un teléfono en el que se encuentre disponible para posibles llamadas. b. Sí, si dispone de teléfono y un correo electrónico en el que esté localizable. c. No, dado que, como letrada debe tener un despacho profesional abierto. d. No es correcta, salvo que acredite que sólo trabaja online.

14. La doctrina de los actos propios implica que: a. Los actos jurídicos pueden modificarse libremente. b. Nadie puede actuar contradiciendo su conducta previa cuando generó confianza en otro. c. Los actos procesales no tienen efectos sustantivos distintos a la acción ejercitada. d. Los actos jurídicos son irreversibles.

15. La elaboración de hoja de encargo: a. Es preceptiva en todo caso. b. No es recomendable, en ningún caso. c. Es necesaria porque caso contrario será imposible exigir un abono del trabajo realizado. d. Aun cuando su realización no es obligatoria, es recomendable su realización y entrega al cliente.

16. Relaciona el enunciado «imparcialidad judicial» con la respuesta que se refiera a ella: a. La relación del juez con el poder ejecutivo. b. La ausencia de prejuicio o toma de partido respecto de los justiciables del caso concreto. c. La posibilidad de elegir libremente qué ley aplicar. d. La inmunidad frente a sanciones.

17. La libertad de elección del abogado respecto de los asuntos que se le plantean implica que: a. Está obligado a aceptar todo encargo. b. Puede aceptar, rechazar o renunciar, respetando los límites deontológicos y evitando indefensión. c. Solo puede rechazar asuntos penales. d. Solo puede renunciar con autorización judicial previa.

18. José Luis acaba de obtener una sentencia estimatoria, no susceptibe de recurso, que termina ganando firmeza. Es solo el primer episodio de una serie de pleitos cuya segunda oleada está preparando con su compañero Alfonso. Acuerdan, entonces, predisponer prueba, y envían a la parte adversaria un burofax, advirtiéndole de que se abstenga de una serie de acciones. Tres días después, la letrada de la parte vencida llama a José Luis, y le dice que no puede ponerse en contacto con sus clientes directamente, como establece el Código deontológico. Y que, siguiendo instrucciones de aquéllos, presentará una queja en el Colegio. a. En efecto, el Código prohibe ponerse en contacto con la parte adversa «puenteando» a su abogado. b. En este caso no cabe la queja, porque el pleito ya había ganado firmeza. José Luis no puede saber si se ha extinguido o no el mandato profesional. Y tampoco los vencidos son ya la parte adversa. c. José Luis debería de haberse puesto en contacto con la parte adversa en tanto el pleito estaba vivo. d. Son válidas las respuestas 1 y 2.

19. Si un letrado designado por el Turno de Oficio considera que un asunto que le acaban de designar es absolutamente inviable, deberá: a. Comunicárselo al cliente y con ello es suficiente para no tener que realizar dicho encargo. b. Presentar informe de insostenibilidad a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. c. Desentenderse del asunto dado que no es viable. d. Renunciar a la llevanza del asunto.

20. Una abogada, recién incorporada al colegio, abre perfiles en redes sociales ofreciendo “sentencias ganadas garantizadas” y “absoluta seguridad de éxito”, además de compararse despectivamente con otros despachos a los que tacha de incompetentes. Sostiene que solo está haciendo marketing agresivo. Desde la deontología profesional, la objeción más sólida sería: a. No existe objeción alguna: la libre competencia lo ampara. b. La publicidad profesional no puede ser engañosa, denigratoria ni contraria a la dignidad de la profesión. c. Solo hay problema si lo denuncia un juez o lo pone en su conocimiento el Ministerio Fiscal o su propio Colegio de Abogados. d. La colegiación ampara la libre competencia de los abogados, solo sería incorrecto si no estuviera colegiada.

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