examenes derecho romano 1
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Título del Test:![]() examenes derecho romano 1 Descripción: examenes |




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Una persona moral o ficticia integrada por varias personas individuales se llama: Persona jurídica. Persona plural. Durante la Monarquía apareció el Senado, el mismo que fue: Un órgano consultivo del monarca. Un cuerpo colegiado formado por senadores encargados de hacer las leyes. Un órgano encargado de la administración de justicia. El trabajo de los pretores peregrinos dio lugar al: Derecho Civil. Derecho de Gentes. Derecho Honorario. Los senatus consulta son: Resoluciones del Consulado. Resoluciones de la Pretura. Resoluciones del Senado. Se llamaba Caput a: La capacidad. La sensatez. La cordura. Uno de los efectos del matrimonio que recaía en los hijos, era: Eran herederos legítimos. No deben alimentos a sus padres. Podía demandar a sus padres cuando la consecuencia de la acción judicial fuera una pena infamante. El parentesco basado en los vínculos de la sangre se llamaba: Parentesco cognaticio. Parentesco agnaticio. Parentesco por afinidad. Personas jurídicas de derecho privado son: Los municipios. Las gobernaciones. Las fundaciones. En los principios de la historia romana, quienes tenía conocimiento exacto del derecho: Los glosadores. Los pretores. Los pontífices y sacerdotes. La mención y promesa de matrimonio futuro constituía los: Esponsales. Responsables. Cónyuges. El parentesco en línea recta: Está basado en la ley. Se eleva hasta el tronco y baja hasta el pariente que corresponda. Va de ascendientes a descendientes. La vertiente del derecho que señala y limita el campo de nuestros derechos se llama: Derecho negativo. Derecho sustantivo. Derecho adjetivo. Una constante en la Historia Romana es: El expresionismo. El expansionismo. El cubismo. Al Digesto se le conoce también con el nombre griego de: Genos. Pneuma. Pandectas. El derecho que inicia con la fundación de Roma en 753 A.C., es: El derecho de los quirites. El derecho pretorio. El derecho honorario. Los hijos nacidos como fruto de una unión amorosa no permanente se llamaban: Hijos adulterinos. Hijos liberii naturales. Hijos espurios o vulgo concepti. El Código Napoleónico tiene: Trescientos catorce libros. Tres libros. Nueve libros. El derecho de gentes o ius gentium tuvo relación con la aplicación de: El jus. El fas. La equidad. La Corte Suprema de Justicia del Ecuador, en 1857 adoptó: El Código Civil Venezolano. El Código Civil Chileno. El Código Civil Colombiano. Una de las funciones principales del tutor, era: Satisdatio. Gestio. Dativa. Uno de los efectos del matrimonio que recaía en los cónyuges, era: Se prohibían las donaciones entre cónyuges. La esposa quedaba sometida a la patria potestad del marido. Se aceptaban las donaciones entre cónyuges. Las asambleas de los plebeyos se llamaban: Cabildos. Plebisicitos. Cuando el curador administra los bienes de su pupilo pero no da la auctoritas estamos frente a la: Curatela. Tutela. Los primeros gobernantes de Roma fueron: El Senado. Emperadores. Monarcas con carácter religioso y sacerdotal. La obra de compilación del Alfonso X se llama: Los Veinte Preceptos. Las Siete Partidas. Las Doce Tablas. La cultura romana se afincó en dos pilares: El teatro y la literatura. La escultura y la pintura. La lengua y el derecho. El Código de Alarico se considera como influencia romanística del: Derecho Francés. Derecho Romano. Derecho Español. La ley que consagra el valor legislativo a los plebiscitos fue: Lex Hortensia. Lex Valeria Horatia. Leges Rogatae. La declaración que manifestaba la voluntad de terminar el matrimonio se llamaba: Nuntium. Affectio maritalis. Repudium. El Derecho Romano facilita: El estudio de la arquitectura antigua. El estudio del Derecho Comparado. El estudio de la antropología. La familia romana estaba dominada por el: Cónsul. Pretor. Pater. En las familias romanas quien podía hacer uso del dominium, era: El filius. El pater familias. El monarca. La constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde se llama: Equidad. Justicia. Jurisprudencia. Una serie de pasos lógicos que conducen un fin determinado se denomina: Audiencia. Proceso. Código. Uno de los derechos civiles de los patricios era: El derecho a la resistencia. El derecho a contraer matrimonio. derecho de prima noctis. Las gens son: Agrupaciones de tribus con nexos políticos. Sociedades de individuos vinculados esencialmente por la sangre. Asambleas de clanes primitivos. El poder que se otorga a alguien para que cuide de una persona que, aún siendo libre, no puede cuidarse por sí misma, generalmente en razón de su edad se llama: Curatela. Guarda. Tutela. Para los romanos el fas era: Elaboración del hombre más importante como el Emperador. Elaboración divina. Elaboración del hombre. Una Persona jurídica de derecho público es: Las corporaciones. Los municipios. Las fundaciones. A los furiosi es decir enfermos mentales con o sin intervalos de lucidez se les otorga: Tutela. Curatela. Guarda. La adopción que se realiza sobre un ciudadano que no es alieni juris sino sui juris se llama: drogación. Absorción. La definición: “el conocimiento de las cosas divinas y humanas. La ciencia de lo justo y de lo injusto” corresponde a: Jurisprudencia. Justicia. Las formas de gobierno en la historia romana, fueron: Monarquía e imperio solamente. República e imperio solamente. Monarquía, república, e imperio. Un patrimonio que había sido destinado a un fin determinado se llamaba: Fundación. Sociedad. Las disposiciones normativas expedidas por los Decenviros se llamaban: Las Nueve Amonestaciones. Las Doce Tablas. Durante la República, el senado estaba formado por trescientos miembros: Todos patricios. Patricios y plebeyos. Todos plebeyos. La vertiente del derecho que señala y limita el campo de nuestros derechos se llama: Derecho sustantivo. Derecho adjetivo. Personas jurídicas de derecho privado son: Las fundaciones. Las gobernaciones. Los municipios. Podemos afirmar con seguridad que existe una línea de continuidad que une: A las leyes romanas con la legislación actual del Ecuador. A las leyes etruscas con las leyes romanas. La vertiente del derecho que señala y limita el campo de nuestros derechos se llama: Derecho sustantivo. Derecho adjetivo. Derecho negativo. El poder que se otorga a alguien para que cuide de una persona que, aún siendo libre, no puede cuidarse por sí misma, generalmente en razón de su edad se llama: Tutela. Curatela. Guarda. Al conjunto de normas que son de cumplimiento obligatorio y que regulan la vida en la sociedad se llamaba: Fas. Mus. Jus. La Escuela de Bolonia se llama también: Escuela de los Oradores. Escuela de los Glosadores. El trabajo de los pretores peregrinos dio lugar al: Derecho de Gentes. Derecho Honorario. Derecho Civil. La familia romana estaba dominada por el: Pater. Pretor. Cónsul. En la familia romana el pater familias era: Sui juris. Iuris consulto. Las Siete Partidas constituyeron parte fundamental del: Derecho Español. Derecho Romano. Derecho Francés. El consentimiento tácito del pueblo inveterado por un largo uso se llama: Justicia. urisprudencia. Costumbre. Uno de los efectos del matrimonio que recaía en los cónyuges, era: La esposa quedaba sometida a la patria potestad del marido. Se aceptaban las donaciones entre cónyuges. Se prohibían las donaciones entre cónyuges. La parte del Corpus Juris Civilis que constituye un manual para la enseñanza del derecho se llama: Institutas. Codex. Digesto. Al Digesto se le conoce también con el nombre griego de: Pandectas. Pneuma. Genos. Cuál de los siguientes es un impedimento relativo para el matrimonio: El adulterio. La esclavitud de uno de los cónyuges. Los votos de castidad. El Emperador que aceptó la práctica de la religión cristiana en el año 313, fue: Justiniano. Constantino. Diocleciano. La ley que consagra el valor legislativo a los plebiscitos fue: Lex Hortensia. Leges Rogatae. Lex Valeria Horatia. Una serie de pasos lógicos que conducen un fin determinado se denomina: Código. Proceso. A los furiosi es decir enfermos mentales con o sin intervalos de lucidez se les otorga: Curatela. Guarda. Una persona moral o ficticia integrada por varias personas individuales se llama: Persona jurídica. Persona plural. Persona física. Uno de los derechos civiles de los patricios era: derecho de prima noctis. El derecho a contraer matrimonio. El derecho a la resistencia. Los tres estados que constituían a las personas en Roma se llamaban: Estado de libertad, Estado de ciudadanía y Estado de familia. Estado de paz, Estado de guerra y Estado fallido. Para los romanos el fas era: Elaboración del hombre. Elaboración divina. Las asambleas de los plebeyos se llamaban: Plebisicitos. Movimientos populares. El parentesco basado en los vínculos de la sangre se llamaba: Parentesco agnaticio. Parentesco cognaticio. Parentesco por afinidad. Uno de los efectos del matrimonio que recaía en los hijos, era: No deben alimentos a sus padres. Podía demandar a sus padres cuando la consecuencia de la acción judicial fuera una pena infamante. Eran herederos legítimos. En los principios de la historia romana, quienes tenía conocimiento exacto del derecho: Los pretores. Los glosadores. Los pontífices y sacerdotes. Cuando el curador administra los bienes de su pupilo pero no da la auctoritas estamos frente a la: Tutela. Curatela. Guarda. El elemento subjetivo del matrimonio se llamaba: Affectio maritalis. Horresco referens. Honor matrimonii. Dos hechos definitorios en la Historia Romana son: El rescate de los gemelos Rómulo y Remo y la muerte de Remo. La fundación de Roma y la caída de Bizancio. La erupción del Vesubio y el hundimiento del foro. La declaración que manifestaba la voluntad de terminar el matrimonio se llamaba: Repudium. Affectio maritalis. Nuntium. El Derecho Romano debe ser estudiado: Porque nos permite conocer ideas que ahora ya son caducas. Por el sólo hecho de pertenecer al legado jurídico de la humanidad. |