Excedencia Forzosa y Suspensión de Funciones
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Título del Test:
![]() Excedencia Forzosa y Suspensión de Funciones Descripción: suspension de funciones |



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¿Qué debe hacer el personal funcionario de carrera en situación de excedencia forzosa respecto a los concursos de provisión de puestos de trabajo?. Debe participar en todos los concursos que se convoquen para puestos de su cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional. Solo debe participar si el puesto es de su misma especialidad. No está obligado a participar en ningún concurso. ¿En qué otra actividad puede ser obligado a participar el personal en excedencia forzosa?. En programas de formación evaluada que oferte la administración. En labores de voluntariado social. En la elaboración de informes para otros departamentos. ¿Cuándo dispondrá la Administración el reingreso obligatorio al servicio activo del personal en excedencia forzosa?. En el momento en que exista vacante dotada presupuestariamente. Al finalizar el periodo de dos años de excedencia voluntaria. Cuando el personal lo solicite expresamente. ¿Qué sucede si el personal funcionario en excedencia forzosa incumple sus obligaciones o no se reincorpora al servicio activo en el plazo establecido?. Será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria por interés particular. Perderá su condición de funcionario. Recibirá una sanción económica. ¿Cuál es el periodo mínimo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria por interés particular en el caso de incumplimiento de las obligaciones de excedencia forzosa?. Dos años continuados. Un año continuado. Seis meses continuados. ¿A partir de qué fecha se computa el periodo de dos años de excedencia voluntaria por interés particular en caso de no reincorporación obligatoria?. Del día siguiente a la finalización del plazo de treinta días naturales para la reincorporación. Desde el día en que se declara la excedencia voluntaria. Desde el día de la convocatoria del concurso. ¿Puede el personal funcionario en excedencia forzosa desempeñar puestos de trabajo en el sector público bajo cualquier tipo de relación?. No, no puede desempeñar puestos en el sector público bajo ningún tipo de relación funcionarial o contractual. Sí, puede desempeñar puestos temporales. Solo puede desempeñar puestos de libre designación. ¿Qué sucede si el personal en excedencia forzosa obtuviera un puesto de trabajo en el sector público a pesar de la prohibición?. Pasaría a la situación administrativa que correspondiera conforme a la ley. Sería sancionado con una multa. Se le mantendría en la excedencia forzosa. ¿Cuáles son los tipos de suspensión de funciones según el artículo 153?. Provisional o firme. Temporal o permanente. Judicial o administrativa. ¿Qué derechos pierde el personal funcionario declarado en suspensión de funciones?. El ejercicio de sus funciones y todos los derechos inherentes a su condición. Únicamente el derecho a la remuneración. Solo los derechos de promoción profesional. ¿Podrá el personal funcionario declarado en suspensión de funciones prestar servicios en alguna administración pública o entidad vinculada al sector público durante el cumplimiento de la pena o sanción?. No, no podrá prestar servicios en ninguna administración pública o entidad vinculada al sector público. Sí, podrá prestar servicios en entidades privadas. Solo podrá hacerlo si la suspensión es provisional. ¿En qué situaciones se puede acordar la suspensión provisional de funciones?. Como consecuencia de la tramitación de un procedimiento judicial o expediente disciplinario, cuando así lo exija la protección del interés público. Por solicitud voluntaria del funcionario. En caso de baja médica prolongada. ¿Quién declara la suspensión provisional durante la tramitación de un expediente disciplinario?. El órgano competente para ordenar su incoación. El superior jerárquico directo. El comité de empresa. ¿Cuál es la duración máxima de la suspensión provisional durante la tramitación de un expediente disciplinario?. Seis meses, salvo que la demora sea imputable al funcionario. Tres meses. Un año. ¿Puede prolongarse la suspensión provisional durante la tramitación de una causa penal?. Sí, puede prolongarse durante toda la tramitación de la causa penal. No, tiene una duración máxima de seis meses. Solo si hay prisión provisional. ¿Cuándo perderá el puesto de trabajo el personal funcionario suspendido provisionalmente?. En aquellos casos en que la medida cautelar exceda del período de seis meses como consecuencia de la paralización del procedimiento imputable al afectado. Si la suspensión dura más de un mes. Inmediatamente después de ser notificada la suspensión. ¿Qué retribuciones percibirá el personal funcionario en suspensión provisional?. Sus retribuciones básicas y, en su caso, las prestaciones familiares por hijas e hijos a su cargo. Únicamente las retribuciones básicas. Ninguna retribución. ¿Qué derechos se restablecen si la suspensión provisional no fuera declarada firme?. Reincorporación inmediata, abono de retribuciones dejadas de percibir y cómputo como servicio activo del tiempo de permanencia. Solo la reincorporación inmediata. Reingreso a un puesto de igual categoría. ¿En qué se basa la imposición de la suspensión firme de funciones?. En virtud de sentencia dictada en causa penal o en virtud de sanción disciplinaria firme. En la decisión del órgano competente de función pública. Por la solicitud del interesado. ¿Cuál es la duración máxima de la suspensión firme por sanción disciplinaria?. Seis años. Tres años. No tiene límite máximo. ¿Qué determina la suspensión firme cuando excede de seis meses?. La pérdida del puesto y destino. Una sanción económica adicional. La suspensión de todos los derechos. ¿Qué plazo tiene el personal funcionario para solicitar el reingreso al servicio activo una vez cumplida una sanción de suspensión firme?. Treinta días naturales. Quince días naturales. Sesenta días naturales. ¿Qué sucede si la suspensión firme no fue superior a seis meses y se cumple la sanción?. La reincorporación será automática en el puesto y destino anterior. Deberá solicitar el reingreso como en casos de suspensión superior a seis meses. Se le asignará un nuevo puesto. ¿En qué situación administrativa puede ser declarado el funcionario si solicita el reingreso al servicio activo tras una sanción de suspensión y no se concede en seis meses por falta de vacante?. Excedencia forzosa con efectos desde la fecha de extinción de la responsabilidad penal o disciplinaria. Suspensión provisional. Situación de servicios especiales. ¿Puede el personal en suspensión firme participar en procesos para la provisión de puestos de trabajo?. No, mientras dure la suspensión firme no se podrá participar. Sí, siempre que la suspensión sea inferior a un año. Solo si la suspensión es por causa penal. ¿Qué tipo de puestos de trabajo no puede desempeñar el personal en excedencia forzosa en el sector público?. Ningún tipo de puesto funcionarial o contractual, ni puestos reservados a personal eventual o directivo. Solo puestos de carácter directivo. Únicamente puestos temporales. ¿Cuándo se aplica la declaración de suspensión provisional en casos de procedimiento judicial?. Por el órgano competente en materia de función pública, con efectos desde la decisión judicial, si esta determina prisión provisional u otras medidas que impidan desarrollar el trabajo. Inmediatamente tras la detención del funcionario. Cuando el juez lo solicite directamente al funcionario. ¿Qué sucede si el personal funcionario incurre en incomparecencia o dilación en un expediente disciplinario que motiva la suspensión provisional?. Determinará la pérdida del derecho a toda retribución. Se le concederá un aplazamiento. Se le impondrá una sanción menor. ¿Qué aspectos se incluyen en el cómputo como servicio activo tras una suspensión provisional no declarada firme?. Derechos en relación con la carrera profesional, trienios, promoción interna y Seguridad Social. Solo el tiempo de servicio efectivo. Únicamente los derechos de antigüedad. ¿Desde cuándo se computa el cumplimiento de la suspensión firme por sanción disciplinaria?. Desde que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa. Desde la fecha de la infracción. Desde el día en que se notifica la sanción. |





