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exMEN 4 ECLES

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Fecha de Creación: 2026/02/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

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¿Cómo se caracteriza principalmente el Derecho Eclesiástico del Estado?. Derecho confesional aplicable a la Iglesia católica. Derecho mixto canónico-estatal. Derecho positivo estatal que regula el fenómeno religioso. Derecho concordatario exclusivamente.

¿Cuál es la diferencia esencial entre Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico?. El objeto religioso de ambos. Su fuente de legitimación, eclesial en uno y estatal en otro. Su eficacia civil. Su ámbito territorial.

¿Cómo NO puede calificarse el modelo constitucional español en materia religiosa?. Aconfesional. Cooperativo. Laicista estricto. Neutral.

¿Qué implica jurídicamente la aconfesionalidad para el Estado?. Prohíbe ayudas públicas. Desconoce el hecho religioso. No se adhiere a ninguna confesión. Privatiza totalmente la religión.

¿Cuál es la afirmación INCORRECTA sobre la cooperación en materia religiosa?. Permite acuerdos con confesiones. Refuerza la eficacia civil del fenómeno religioso. Supone subordinación de las confesiones al Estado. Se basa en el art. 16 CE.

¿Cómo se integran los Acuerdos con la Santa Sede en el ordenamiento español?. Leyes orgánicas. Reglamentos. Tratados internacionales. Normas autonómicas.

¿Qué rango jurídico tienen los acuerdos de cooperación con confesiones minoritarias?. Constitucional. Ley ordinaria. Ley orgánica. Decreto-ley.

¿Qué es el notorio arraigo?. Es requisito previo para inscribirse en el Registro. Equivale a personalidad jurídica. Es exigible para celebrar acuerdos de cooperación. Se adquiere automáticamente por el paso del tiempo.

¿Qué carácter tiene la inscripción registral de una confesión religiosa?. Constitutivo de la religión. Constitutivo de personalidad jurídica civil. Meramente estadístico. Discrecional.

Según el Tribunal Constitucional, ¿cómo debe ser el control del Registro?. Ideológico. De oportunidad política. Formal y limitado a fines religiosos. Doctrinal.

¿Puede el Estado denegar la inscripción por considerar "extrañas" las creencias?. Sí, por seguridad jurídica. Sí, por interés público. No, por neutralidad y libertad religiosa. Solo a sectas.

¿En qué modelo el poder político se legitima en la religión?. Iglesia y Estado están coordinados. El poder civil legitima el religioso. El poder político se legitima en la religión. Hay neutralidad ideológica.

¿Cuál es el rasgo distintivo del Estado confesional?. Separación estricta. Religión oficial reconocida. Ateísmo estatal. Cooperación simétrica.

¿Qué implica el laicismo, en sentido técnico?. Cooperación reforzada. Pluralismo activo. Exclusión de la religión del espacio público. Reconocimiento privilegiado.

¿En qué se diferencia la laicidad positiva del laicismo?. Prohíbe cultos públicos. Coopera con las confesiones. Reconoce religión oficial. Niega financiación.

¿Cuál es el límite general de la libertad religiosa formulado en la CE?. Moral social. Orden público protegido por la ley. Interés económico. Mayoría parlamentaria.

¿Qué incluye la dimensión externa de la libertad religiosa?. Solo creencias íntimas. Solo pensamiento. Culto, manifestaciones y organización colectiva. Exclusivamente educación.

¿A qué se refiere el matrimonio religioso con efectos civiles en términos de técnica jurídica?. Reenvío material. Presupuesto. Reenvío formal. Cooperación financiera.

¿Por qué el reenvío material se considera una técnica negativa?. Refuerza la cooperación. Supone renuncia estatal a regular la materia. Impide acuerdos. Es inconstitucional siempre.

¿Qué supone el presupuesto en el contexto de la relación Estado-confesiones?. Copia normas religiosas. Reconoce autoridades religiosas tal como las configura su ordenamiento. Les otorga financiación. Impone requisitos dogmáticos.

¿De qué principio deriva la capacidad de autoorganización de las confesiones?. Igualdad. Seguridad jurídica. Libertad religiosa. Jerarquía normativa.

¿Cómo puede calificarse doctrinalmente el sistema español de relaciones Iglesia-Estado?. Separación hostil. Coordinacionista. Cesaropapista. Teocrático.

¿Con qué se asocia históricamente el ateísmo científico?. Democracias liberales. Estados aconfesionales. Regímenes totalitarios. Estados confesionales.

¿Cuál es el principal medio de financiación actual de la Iglesia católica en España?. Subvención presupuestaria automática. Donación obligatoria. Asignación tributaria voluntaria del IRPF. Impuesto religioso.

¿Cómo se caracteriza esta financiación de la Iglesia católica?. Impositiva. Voluntaria del contribuyente. Confesional obligatoria. Autonómica.

¿Qué permite el principio de igualdad religiosa?. Trato idéntico absoluto siempre. Diferencias arbitrarias. Diferencias justificadas por arraigo y representación social. Privilegio exclusivo católico.

¿Puede el Estado español cooperar jurídicamente con confesiones distintas de la católica?. No. Solo culturalmente. Sí, mediante acuerdos. Solo si son mayoritarias.

¿Cuándo nace la personalidad jurídica civil de una entidad religiosa en España?. Con su fundación espiritual. Con aprobación episcopal. Con inscripción registral. Con autorización judicial.

¿A quién protege el Derecho Eclesiástico del Estado?. Solo a creyentes. Solo religiones tradicionales. Creyentes, no creyentes y comunidades. Solo confesiones con acuerdo.

¿Puede el Estado valorar la "verdad" de una doctrina religiosa?. Sí. Solo con notorio arraigo. No, por neutralidad ideológica. Sí, mediante el Registro.

¿Cómo es considerado el preembrión, jurídicamente, en la legislación española?. Persona. Embrión viable. Conjunto de células. Sujeto de derechos fundamentales.

¿Por qué motivos ha sido criticada la distinción legal entre embrión y preembrión?. Motivos solo teológicos. Argumentos científicos y jurídicos. Razones económicas. Falta de regulación europea.

En técnicas eugenésicas, ¿está reconocida legalmente la objeción de conciencia?. Está reconocida expresamente. Es obligatoria. No está reconocida legalmente. Es automática.

La cooperación entre Estado y confesiones NO implica: Diálogo institucional. Reconocimiento jurídico. Confesionalidad estatal. Acuerdos.

¿Qué significa la neutralidad estatal en materia religiosa?. Ateísmo oficial. Indiferencia hostil. No identificación con ninguna confesión. Prohibición de símbolos siempre.

¿A qué tiende el Estado laicista?. Reconocer el valor social de la religión. Cooperar con confesiones. Reducir la religión al ámbito privado. Declarar religión oficial.

¿El sistema de acuerdos es propio de qué tipo de Estados?. Totalitarios. Coordinacionistas. Teocráticos. Confesionales cerrados.

¿Qué derecho protege también la libertad religiosa?. No profesar religión alguna. Ser financiado. Imponer creencias. Excluir a terceros.

¿Cuál NO es una finalidad del Registro de Entidades Religiosas?. Otorgar personalidad jurídica. Controlar doctrinas religiosas. Publicidad jurídica. Seguridad del tráfico jurídico.

¿Cuál es la finalidad última del Derecho Eclesiástico del Estado?. Defender la tradición católica. Subordinar confesiones. Garantizar libertad, igualdad y convivencia plural. Uniformar creencias.

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