option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Sobre la expropiación forzosa (I)

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Sobre la expropiación forzosa (I)

Descripción:
Ley de 16 de diciembre de 1954

Fecha de Creación: 2025/04/07

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 25

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

¿Cuál es el texto que regula la expropiación forzosa?. Ley 39/2015, de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ley de Contratos del Sector Público. Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.

Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa. Estado. Provincia. Municipio. todas son correctas.

Podrán ser beneficiarios de la expropiación forzosa por causa de utilidad pública. las entidades y concesionarios a los que se reconozca legalmente la condición. Administraciones Públicas. propietarios de la cosa expropiada. ninguna es correcta.

Como fija el artículo 8, la cosa expropiada. se adquirirá con cargas. se adquirirá sin cargas. se adquirirá de mutuo acuerdo. en tanto tenga cargas, no se podrá adquirir.

¿Cuál es el requisito previo indispensable para poder proceder a la expropiación forzosa?. determinar qué bienes son los que corresponden. proceder a la previa declaración de utilidad pública o interés social del fin al que se haya de afectar el objeto expropiado. proceder a conceder trámite de audiencia a las partes interesadas. ninguno, es posible expropiar directamente.

La utilidad pública se entiende implícita, según el artículo 10,. en todos los planes de obras y servicios del Estado, Provincia y Municipio*. demás casos en que, por Ley, se haya declarado genéricamente la utilidad pública, en cuyo caso se debe hacer acuerdo por el Consejo de Ministros*. las opciones marcadas son correctas. en el caso de empresas públicas.

La concesión de título de Empresa de interés nacional llevará aneja,. inventariar los bienes. la declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios respecto a las obras y servicios que requiera el cumplimiento de sus fines. nada. lo que la Administración pertinente fije en el acuerdo.

Declarada la utilidad pública o el interés social, la Administración resolverá. sobre la propia ocupación. sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos que sean estrictamente indispensables para el fin de la expropiación. los interesados que deben intervenir en el proceso. todas son correctas.

El beneficiario de la expropiación deberá formular una relación concreta e individualizada, en la que se describan, en todos los aspectos, material y jurídico,. el proyecto de expropiación. los bienes o derechos que tenga. los bienes o derechos que considere de necesaria expropiación. todos son correctos.

Recibida la información que especifica el artículo 17, el Subdelegado de Gobierno abrirá información pública. por plazo de diez días. por plazo de veinte días. por plazo de veinticinco días. por plazo de quince días.

Cuando se trate de expropiaciones realizadas por el Estado, se deberá de publicar. BOE. BOP. en el Tablón de Anuncios de la Entidad Local. todas son correctas.

Podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación, con indicación de los motivos por los que deba considerarse la ocupación de otros bienes. el propietario. la Administración. cualquier persona. el benefactor.

A la vista de las alegaciones formuladas por quienes comparezcan en la información pública, el Subdelegado de Gobierno, previas las comprobaciones oportunas, resolverá sobre la necesidad de la ocupación, describiendo en la resolución detalladamente los bienes y derechos a que afecta la expropiación, y designando nominalmente a los interesados con los que hayan de entenderse los sucesivos trámites en plazo de. diez días. quince días. treinta días. veinte días.

Que haya un acuerdo de necesidad de ocupación supone, según el artículo 21.1. que se puede proceder con la expropiación. que se debe pagar al particular el precio que pide. que se va a iniciar el expediente expropiatorio. ninguna es correcta.

Según el artículo 24, la Administración y el particular a quien se refiera la expropiación podrán convenir la adquisición de los bienes o derechos que son objeto. libremente. con sujeción a esta ley. con sujeción al reglamento de desarrollo de esta ley. libremente y por mutuo acuerdo.

¿Qué plazo tienen la Administración y el particular para ponerse de acuerdo?. en cualquier caso, treinta días. en cualquier caso, quince días. en cualquier caso, diez días. en cualquier caso, cinco días.

Firme el acuerdo por el que se declara la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos expropiables,. se procederá a expropiar. se procederá a pagar el justo precio. se procederá a determinar su justo precio. todas son incorrectas.

En los expedientes formados por la Administración a efectos de la expropiación, se requerirá a los propietarios para que, desde el día siguiente al de la notificación, presenten hoja de aprecio, en que se concrete el valor estimado del objeto que se expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes. ¿De cuántos días es el plazo del artículo 29.1?. de diez. de quince. de veinte. de veinticinco.

La valoración deberá ser. libremente motivada. sin motivar. discrecional. forzosamente motivada.

Según fija el artículo 29.2 , ¿es obligatorio que el permito avale la valoración?. podrá avalarla. debe avalarla. no tiene por qué avalarla. todas son correctas.

La Administración expropiante habrá de aceptar o rechazar la valoración de los propietarios, ¿en qué plazo, según el artículo 30.1?. de diez. de quince. de veinte. de veinticinco.

¿Qué implicará la aceptación por parte de la Administración?. que rechaza el pago. que rechaza la tramitación. que se quedará definitivamente determinado el justo precio, y la Administración procederá a pagarlo, como requisito previo a la ocupación. ninguna es correcta.

¿Qué implicará el rechazo por parte de la Administración?. que extenderá hoja de aprecio fundada del valor del objeto y notificarla al propietario. que se quedará definitivamente determinado el justo precio, y la Administración procederá a pagarlo, como requisito previo a la ocupación. que el propietario puede aceptar o rechazar el precio y, en segundo caso, deberá alegar lo que estime pertinente. ninguna es correcta.

Rechazada por parte de la Administración la valoración hecha del propietario, deberá extender nueva hoja de aprecio fundada en el valor del objeto de la expropiación, que se notificará al propietario y tendrá. cinco días. diez días. quince días. veinte días.

En caso de que el propietario rechazara el precio fundado ofrecido por la Administración, el expediente. llegará al orden contencioso-administrativo. llegará a la Sala Especial del Tribunal Supremo. llegará al Jurado Provincial de Expropiación. se hará una mesa de conciliación.

Denunciar Test