Faltas Leves, Graves y Muy Graves - RD 33/1986
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Título del Test:![]() Faltas Leves, Graves y Muy Graves - RD 33/1986 Descripción: Faltas Leves, Graves y Muy Graves - RD 33/1986 |




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Selecciona sólo las faltas leves. La falta de asistencia injustificada de un día. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. El incumplimiento injustificado del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave. El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de la Función Pública. El abandono del servicio. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad. Indique sólamente las faltas leves. El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades. El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes. La grave perturbación del servicio. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo. Indique sólamente las faltas graves. La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones. El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes. La grave perturbación del servicio. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo. Selecciona sólo las faltas Muy graves. El abandono del servicio. La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de la Función Pública. La falta de asistencia injustificada de un día. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad. Seleccione sólo las faltas Graves. La grave falta de consideración con los administrados. La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos. La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales. Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento, vecindad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. El atentado grave a la dignidad de los funcionarios o de la Administración. La tercera falta injustificada de asistencia en un período de tres meses, cuando las dos anteriores hubieren sido objeto de sanción por falta leve. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. Seleccione sólo las faltas Muy Graves. Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento, vecindad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos. La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales. La grave falta de consideración con los administrados. El atentado grave a la dignidad de los funcionarios o de la Administración. La tercera falta injustificada de asistencia en un período de tres meses, cuando las dos anteriores hubieren sido objeto de sanción por falta leve. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. Seleccione sólamente las faltas Muy Graves. La tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de sus subordinados. La violación de la neutralidad o independencia políticas, utilizando las facultades atribuidas para influir en los procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito. La realización de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de huelga. La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas. La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave. No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo, cuando causen perjuicio a la Administración o se utilice en provecho propio. Causar daños graves en los locales, material o documentos de los servicios. Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas. Seleccione sólamente las faltas Graves. La tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de sus subordinados. La violación de la neutralidad o independencia políticas, utilizando las facultades atribuidas para influir en los procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito. La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales. La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas. La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave. No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo, cuando causen perjuicio a la Administración o se utilice en provecho propio. Causar daños graves en los locales, material o documentos de los servicios. Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas. Seleccione sólamente las faltas Graves. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con el servicio o que causen daño a la Administración o a los administrados. La grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. La participación en huelgas, a los que la tengan expresamente prohibida por la Ley. Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas graves en un período de un año. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. Seleccione sólamente las faltas Muy Graves. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con el servicio o que causen daño a la Administración o a los administrados. La grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. La participación en huelgas, a los que la tengan expresamente prohibida por la Ley. Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas graves en un período de un año. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave. Seleccione sólamente las faltas Graves. La falta de asistencia injustificada de un día. El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga. Los actos limitativos de la libre expresión de pensamiento, ideas y opiniones. La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales. El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes. La emisión de informes y la adopción de acuerdos manifiestamente ilegales cuando causen perjuicio, a la Administración o a los ciudadanos y no constituyan falta muy grave. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad. Seleccione sólamente las faltas Muy Graves. La falta de asistencia injustificada de un día. El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga. Los actos limitativos de la libre expresión de pensamiento, ideas y opiniones. La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales. El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes. La emisión de informes y la adopción de acuerdos manifiestamente ilegales cuando causen perjuicio, a la Administración o a los ciudadanos y no constituyan falta muy grave. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad. |