FALTAS MUY GRAVES, GRAVES Y LEVES
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Título del Test:
![]() FALTAS MUY GRAVES, GRAVES Y LEVES Descripción: art 108, 109 y 110 RD 1201/1981 de 8 de mayo |



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Las faltas disciplinarias muy graves, graves y leves se encuentran redactadas respectivamente en los art 108, 109 y 110 del. Real decreto 1201/1981 de 8 de mayo. Real decreto 1201/1981 de 8 de marzo. Real decreto 1201/1891 de 8 de mayo. Real decreto 1205/1981 de 8 de marzo. El Real decreto 1201/1981 de 8 de mayo se encuentra vigente por. Disposición derogatoria única del reglamento penitenciario de 1996. Disposición derogatoria tercera del reglamento penitenciario de 1996. Disposición transitoria única del reglamento penitenciario de 1996. Disposición transitoria tercera del reglamento penitenciario de 1996. Participar en motines, plantes o desórdenes colectivos, o instigar a los mismos si éstos se hubieran producido. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Agredir, amenazar o coaccionar a cualesquiera personas dentro del establecimiento o a las autoridades o funcionarios judiciales o de instituciones penitenciarias, tanto dentro como fuera del establecimiento si el interno hubiera salido con causa justificada durante su internamiento y aquéllos se hallaren en el ejercicio de sus cargos o con ocasión de ellos. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Agredir o hacer objeto de coacción grave a otros internos. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. La resistencia activa y grave al cumplimiento de las órdenes recibidas de autoridad o funcionario en ejercicio legítimo de sus atribuciones. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Intentar, facilitar o consumar la evasión. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Inutilizar deliberadamente las dependencias, materiales o efectos del establecimiento o las pertenencias de otras personas causando daños de elevada cuantía. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. La sustracción de materiales o efectos del establecimiento o de las pertenencias de otras personas. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. La divulgación de noticias o datos falsos, con la intención de menoscabar la seguridad del establecimiento. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Atentar contra la decencia pública con actos de grave escándalo y trascendencia. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Calumniar, injuriar, insultar y faltar gravemente al respeto y consideración debidos a las autoridades, funcionarios y personas del apartado b) del artículo anterior, en las circunstancias y lugares que en el mismo se expresan. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Desobedecer las órdenes recibidas de autoridades o funcionarios en el ejercicio legítimo de sus atribuciones o resistirse pasivamente a cumplirlas. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Instigar a otros reclusos a motines, plantes o desórdenes colectivos, sin conseguir ser secundados por éstos. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Insultar a otros reclusos o maltratarles de obra. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Inutilizar deliberadamente las dependencias, materiales o efectos del establecimiento o las pertenencias de otras personas causando daños de escasa cuantía, así como causar en los mismos bienes daños graves por negligencia temeraria. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Introducir, hacer salir o poseer en el establecimiento objetos que se hallaren prohibidos por las normas de régimen interior. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Organizar o participar en juegos de suerte, envite o azar, que no se hallaren permitidos en el establecimiento. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. La divulgación de noticias o datos falsos, con la intención de menoscabar la buena marcha regimental del establecimiento. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. La embriaguez producida por el abuso de bebidas alcohólicas autorizadas que cause grave perturbación en el establecimiento o por aquellas que se hayan conseguido o elaborado de forma clandestina, así como el uso de drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes, salvo prescripción facultativa. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Faltar levemente a la consideración debida a las autoridades, funcionarios y personas del apartado b) del artículo 108 en las circunstancias y lugares que en el mismo se expresan. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. La desobediencia de las órdenes recibidas de los funcionarios de instituciones penitenciarias en ejercicio legítimo de sus atribuciones que no causen alteración de la vida regimental y de la ordenada convivencia. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Formular reclamaciones sin hacer uso de los cauces establecidos reglamentariamente. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Hacer uso abusivo y perjudicial de objetos no prohibidos por las normas de régimen interior. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Causar daños graves en las dependencias, materiales o efectos del establecimiento o en las pertenencias de otras personas por falta de diligencia o cuidado. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. Cualquier otra acción u omisión que implique incumplimiento de los deberes y obligaciones del interno, produzca alteración en la vida regimental y en la ordenada convivencia y no esté comprendida en los supuestos de los artículos 108 y 109, ni en los apartados anteriores de este artículo. Falta grave. Falta muy grave. Falta leve. |




