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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEFaltas personal laboral

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Título del test:
Faltas personal laboral

Descripción:
Convenio VI 22/11/02

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
18/04/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 11
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Temario:
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera muy grave El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos de la jornada de trabajo. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de PA en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera grave La falta de obediencia debida a los superiores. El fraude, la deslealtad y el abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como cualquier conducta constitutiva de delito doloso. La falta de asistencia no justificada al trabajo durante más de tres días al mes. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado. .
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas No se considera muy grave Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento, vecindad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Ad. o ciudadanos. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas No se considera muy grave No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del trabajo cuando causen perjuicios a la Administración o se utilice en provecho propio. Causar por negligencia o mala fe daños muy graves en el patrimonio y bienes de la CA. El acoso moral, la violación muy grave del D a la intimidad y a la consideración debida a la dignidad del personal, incluidas las ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual, y el acoso sexual. Incumplir lo pactado libremente con la Administración, vulnerando la buena fe contractual.
Señala las Faltas Graves 1. La falta de obediencia debida a los superiores. La presentación extemporánea de los partes de comunicación de baja, en tiempo superior a siete días desde la fecha de su expedición, salvo fuerza mayor. La desobediencia relacionada con su trabajo y el incumplimiento de los deberes contemplados en los apartados a), b) y c) del artículo 5ET La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento del trabajo y no constituya FMG. La falta de consideración y respeto con los superiores, compañeros y compañeras, personal subordinado o público en general. La falta injustificada de asistencia al trabajo de uno a dos días al mes. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera muy grave Haber sido sancionado por la comisión de tres FG/un año. Haber sido sancionado por la comisión de dos FG/un año. 11. Haber sido sancionado por la comisión de seis FG/un año.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera muy grave La falta de asistencia no justificada al trabajo durante más de tres días al mes. La falta de asistencia no justificada al trabajo durante más de dos días al mes. La falta de asistencia no justificada al trabajo durante más de cinco días al mes.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera muy grave La incorrección con el público, superiores, compañeros o compañeras El acoso moral, la violación grave del derecho a la intimidad y a la consideración debida a la dignidad del personal, incluidas las ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual, y el acoso sexual. Causar por negligencia o mala fe daños muy graves en el patrimonio y bienes de la CA.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera leve La falta injustificada de asistencia al trabajo de tres días al mes La falta injustificada de asistencia al trabajo de uno a dos días al mes La falta injustificada de asistencia al trabajo de dos días al mes.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera leve El descuido y negligencia en la conservación de los locales, material y documentación de los servicios. La tolerancia o encubrimiento de los superiores respecto de la comisión de FMG o FG de su personal subordinado. Las faltas reiteradas de puntualidad, sin causa justificada, durante más de cinco días.
Según el Convenio colectivo personal laboral VI 22/11/02 cuál de estas faltas se considera muy grave La falta de obediencia debida a los superiores. Incumplir lo pactado libremente con la Administración, vulnerando la buena fe contractual. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo.
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