La familia es una creación del Derecho: Sí, porque si no está regulado por el Derecho no existe No, la familia antecede al Derecho y surge de manera espontánea. Se entiende por familia nuclear: El total conjunto de personas ligadas por parentesco de consanguinidad, afinidad y adopción. El grupo formado por los cónyuges y la totalidad de los parientes consanguíneos y adoptivos de uno y otro. El grupo formado por el progenitor o los progenitores y los hijos que continúan en el hogar familiar. Solo se refiere a los unidos por parentesco de adopción. La constitución no contiene ningún artículo relativo a la investigación de la paternidad Verdadero Falso. El Derecho de Familia: Es una rama del Derecho Privado y, dentro de este, del Derecho Civil. Es una rama del Derecho Privado y, dentro de este, del Derecho Mercantil. Es una rama del Derecho Público y, dentro de este, del Derecho Administrativo. Es una rama del Derecho Público y, dentro de este, del Derecho Financiero. En el Derecho de familia: La totalidad de sus normas son imperativas. No hay cabida para la autonomía privada. Las dos afirmaciones anteriores son verdaderas. Todas las respuestas son incorrectas. El concepto de familia: Es un concepto único (lo integran únicamente padre, madre e hijos). Puede concebir como familia a un mínimo de dos padres. Puede admitir dentro del mismo concepto a un único padre, pero no a padres de distinta raza o sexualidad. Es un concepto diverso, sin perjuicio de la sexualidad, raza, si son familia separada, con dos o un único padre cuidador, etc. El matrimonio: El artículo 32 CE reconoce el derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. La regulación del matrimonio no está sujeta a la reserva de la ley. La Constitución declara la indisolubilidad del matrimonio. Sólo determinadas CCAA, como Cataluña y Navarra, tienen competencia para determinar las formas de contraer matrimonio. Las obligaciones de los progenitores frente a los hijos menores de edad varían dependiendo de si los progenitores están casados entre sí o están unidos por unión de hecho. Verdadero Falso. Los divorciados heterosexuales no pueden contraer matrimonio homosexual: Verdadero Falso. En nuestro sistema matrimonial: El vínculo matrimonial subsistente no impide contraer nuevo matrimonio. Solo se reconoce un único estatuto jurídico para el matrimonio, aunque varias formas válidas de contraerlo. El matrimonio civil es subsidiario del matrimonio religioso. Se regula el repudio como causa de disolución del matrimonio. El sistema matrimonial español es: Sistema matrimonial de matrimonio civil obligatorio. Sistema matrimonial de matrimonio religioso exclusivamente. Sistema matrimonial de matrimonio civil subsidiario. Sistema matrimonial de libre elección de forma y estatuto matrimonial único. El Ordenamiento jurídico español solo reconoce la validez: Del matrimonio celebrado en forma civil. Del matrimonio celebrado en forma religiosa. Del matrimonio celebrado en forma civil y del celebrado en la forma religiosa reconocida por el Estado. De cualquier otra forma o rito de contraer matrimonio. En caso de incumplimiento de la promesa de matrimonio: La otra parte podrá exigir su cumplimiento. Sólo dará derecho a reclamar el resarcimiento de los gastos y obligaciones contraídas en consideración al futuro matrimonio. No dará derecho a reclamar nada. Juana y Jorge van a casarse. En el momento de la boda, Jorge se lo replantea y no acude a la boda, sin justificación alguna. Juana podrá reclamarle: Nada, porque la celebración del matrimonio es enteramente libre. Que se case con ella, porque así lo prometió. Los gastos del banquete y del viaje de bodas, que adelantó Juana y ahora no podrá recuperar. Los esponsales o promesa de matrimonio, no obligan a contraer matrimonio Verdadero Falso. Promesa de matrimonio: La promesa de matrimonio obliga a contraerlo si se prestó de manera cierta, seria, consciente y recíproca por personas mayores de edad o menores emancipados. La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo, pero sí de cumplir lo que se hubiese estipulado para el supuesto de su no celebración. La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo ni de cumplir lo que se hubiere estipulado para el supuesto de su no celebración. Señale la respuesta CORRECTA respecto de la promesa de matrimonio: Ambos novios tienen acción para exigir el matrimonio proyectado. Únicamente tienen acción para exigir el cumplimiento. La no celebración del matrimonio proyectado da lugar a una indemnización por perjuicios (patrimoniales y no patrimoniales). Ninguno de los novios tiene acción para exigir la celebración del matrimonio. Todas las respuestas son incorrectas. La promesa de matrimonio escrita obliga a contraerlo, porque es un contrato: No, en ningún caso la promesa de matrimonio obliga a contraerlo Sí, la promesa escrita tiene fuerza documental y obliga. De la promesa de matrimonio: Nace jurídicamente la obligación de contraer el matrimonio prometido. No nace jurídicamente la obligación de contraerlo, pero sí de cumplir con lo pactado para el caso de incumplimiento. Para el que incumple sin causa la promesa nace la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos en consideración al matrimonio prometido. Ninguna afirmación es correcta. De acuerdo con el art. 43 del Código Civil, la acción de resarcimiento por incumplimiento de una promesa de matrimonio caducará en el plazo de: Un año. Cuatro años. No se extingue, es imprescriptible. La promesa del matrimonio: Produce obligación de contraerlo. No produce obligación de contraerlo, pero el incumplimiento sin causa, solo produciría la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos por razón de la promesa Ya no se encuentra regulada en el Código Civil, tras la promulgación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria. El incumplimiento sin causa de la promesa de matrimonio da lugar a la obligación de indemnizar a la otra parte por daño moral Verdadero Falso. El pacto de cláusula penal especifica por incumplimiento de promesa de matrimonio es exigible jurídicamente a mayores de edad, pero no a menores emancipados Verdadero Falso. La obligación de resarcimiento por incumplimiento de la promesa de matrimonio: No está sujeta a plazo. Prescribe al año. Caduca al año. Puede ejercitarse por cualquier persona interesada en la celebración del matrimonio. Se puede contraer matrimonio: Los españoles, ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por el Código. Fuera de España, los españoles no pueden contraer matrimonio con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración, sino de acuerdo con la ley española. Si ambos contrayentes son extranjeros, solo podrá celebrarse el matrimonio en España con arreglo a la forma prescrita para los españoles. Si ambos contrayentes son extranjeros, solo podrá celebrarse el matrimonio en España cumpliendo la forma establecida por la ley personal de cualquiera de ellos. Determine quién de las siguientes personas no es competente para recibir el consentimiento matrimonial: El Letrado de la Administración de Justicia (Secretario Judicial). El Juez de Paz o Alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio o concejal que éste designe. El funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero. El Registrador de la Propiedad de la localidad donde se celebre el matrimonio. Antonio (16 años), Bruno (17) y Carlos (18) son tres amigos. Bruno se emancipa de sus padres y un mes después los tres amigos deciden que quieren casarse con sus novias. ¿Podrán hacerlo? Carlos sí, pero sus amigos no. Bruno y Carlos sí, pero Antonio no. Podrán los tres. 28. Un menor de edad que tenga 15 años puede contraer matrimonio siempre que concurran dispensa judicial en atención al principio del superior interés del menor y consentimiento expreso de los progenitores Verdadero Falso. El juez puede dispensar el impedimento de edad con justa causa, a partir de los catorce años, siempre que los padres o guardadores presten su consentimiento. Verdadero Falso. Pueden contraer matrimonio entre sí: Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción. Los que estén ligados con vínculo matrimonial. Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado, sin necesidad de dispensa. Los menores de edad emancipados. Una persona afectada por anomalía psíquica pero no incapacitada (art. 56.2) Puede contraer matrimonio pues sólo la incapacitación es determinante Puede contraer matrimonio si hay dictamen médico positivo previo. El Sr. Matusalén quiere casarse con la hija de su tataranieto (pariente de 5° grado). ¿Podrá hacerlo? Sí, en todo caso, porque son parientes en grado superior al tercero. Sí, pero siempre que obtenga dispensa judicial. No. Julio y Loli son primos hermanos, desean contraer matrimonio: Pueden celebrarlo Para poder celebrarlo tienen que solicitar al Juez la dispensa del impedimento de parentesco No pueden celebrarlo porque son consanguíneos de tercer grado colateral. No está permitido casarse con un pariente por afinidad, salvo dispensa concedida por el juez con justa causa Verdadero Falso. En nuestro Derecho vigente, el parentesco adoptivo y consanguíneo se hayan absolutamente equiparados Verdadero Falso. Una persona puede casarse con el hijo que no sea común de su ex cónyuge Verdadero Falso. Pedro quiere contraer matrimonio civil con su sobrina Faustina. ¿Podrá hacerlo? Sí, en todo caso, porque son parientes colaterales y no en línea recta. Sí, si obtiene la dispensa judicial. Nunca, porque son parientes colaterales de tercer grado. ¿Cuál de estos impedimentos o prohibiciones matrimoniales NO es dispensable? Edad. Muerte dolosa del cónyuge. Parentesco colateral de tercer grado. Pueden contraer matrimonio mediante dispensa: Los que estén ligados con vínculo matrimonial. Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción a partir del tercer grado. Los condenados por haber tenido participación en la muerte dolosa del cónyuge o persona con la que hubiera estado unida por análoga relación de afectividad a la conyugal. Los colaterales por consanguinidad salvo los de primer grado. Las dispensas para contraer matrimonio las concede: El cura párroco, si se contrae matrimonio canónico. El Juez de Primera Instancia. El Ministro de Justicia. El Juez de Primera Instancia, salvo si es por la muerte dolosa del cónyuge anterior la cual compete al Ministro de Justicia. Si se contrae matrimonio con un sobrino carnal y no se hace constar: El matrimonio es válido una vez celebrado El matrimonio será válido si hay dispensa previa. La dispensa para contraer matrimonio: La concede el Juez de Primera Instancia de oficio. Las dispensas solo se conceden a instancia de parte, con justa causa y en Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria. Para poder dispensar la prohibición de muerte dolosa del cónyuge anterior, es preciso que haya cumplido íntegramente la condena. Concedida la dispensa, el sujeto estará obligado a contraer matrimonio en el plazo de seis meses, pues de lo contrario caducará la dispensa. La falta de consentimiento matrimonial cuanto el consentimiento viciado son exactamente lo mismo Verdadero Falso. Requisitos para contraer matrimonio: El consentimiento matrimonial no admite término, condición ni modo. El consentimiento es el único requisito para contraer matrimonio, pues sin el consentimiento no hay matrimonio. La forma exigida para manifestar el consentimiento matrimonial no es una forma solemne sino ad probationem. Las prohibiciones para contraer matrimonio son todas dispensables. Cualquier persona puede casarse válidamente aunque la causa sea sólo obtener el permiso de residencia: Sí, porque el Código Civil no impide expresamente esta posibilidad No, no hay consentimiento matrimonial válido. Pepe y Pepa son dos españoles a los que les encanta Italia, y desean contraer matrimonio civil conforme al Derecho español. Podrán hacerlo en: El consulado italiano en Madrid, residiendo en Madrid. El consulado español en Roma (Italia), residiendo en Roma. Cualquiera de ambos consulados, en función del lugar de residencia. Celebración del matrimonio: En el acto de celebración del matrimonio deben estar presentes físicamente ambos contrayentes. El matrimonio se contrae ante dos testigos mayores de edad. cLos testigos deben ser de distinto sexo. El matrimonio debe celebrarse ante el Juez de Paz, Alcalde, Notario, Letrado de la Administración. El matrimonio produce efectos civiles: Desde su celebración Desde su inscripción en el Registro Civil Desde su inscripción en el Registro Civil ya que esta tiene efectos constitutivos. La inscripción del matrimonio en el Registro Civil es esencial para la validez del mismo: Sí, porque sin ella no hay matrimonio No, porque la inscripción es declarativa. El matrimonio en peligro de muerte se entiende condicional mientras no se acredita legalmente que los contrayentes no estaban ya vinculados con matrimonio anterior con otra persona Verdadero Falso. El principio de igualdad conyugal significa: Que los cónyuges son iguales ante la ley Que los cónyuges son en principio iguales, pero pueden acordar un reparto desigual de derechos y deberes. El deber de fidelidad entre cónyuges significa: Que si uno de los cónyuges es infiel el otro puede presentar una demanda ante los tribunales por incumplimiento de esta obligación y reclamar la correspondiente indemnización por los daños causados. Constituye causa de separación legal o divorcio. Puede constituir causa de desheredación. El deber de convivencia entre cónyuges es una obligación que puede interponerse coactivamente Verdadero Falso. La fijación del domicilio conyugal debe realizarse: Exclusivamente por los cónyuges de mutuo acuerdo. Si no hay acuerdo decidirá el cónyuge cuyo interés este más necesitado de protección. Por los cónyuges de mutuo acuerdo y, en caso de discrepancia entre ambos cónyuges, decidirá el juez en atención al interés de la familia. Cualquiera de los cónyuges podrá realizar actos de administración y de disposición recayentes sobre los bienes gananciales de forma aislada e individual Verdadero Falso. Diga cual es la alternativa FALSA: Los cónyuges no pueden contratar entre ellos so pena de nulidad. Un efecto patrimonial fundamental del matrimonio es la libertad que tienen los cónyuges de elegir libremente el régimen económico del matrimonio. Ninguno de los cónyuges puede atribuirse la representación del otro si no le ha sido conferida por éste. Diga por favor cuál es la afirmación CORRECTA: Los cónyuges pueden celebrar entre sí cualquier tipo de contratos, salvo donaciones recíprocas Antes de 1981 los cónyuges podían venderse recíprocamente bienes, únicamente si hubieran pactado el régimen de gananciales. Desde 1981 los cónyuges pueden celebrar entre sí toda clase de contratos a tenor del artículo 1.323 del Código civil. En evitación de una posible supremacía de un cónyuge sobre el otro, un cónyuge puede vender bienes al otro cónyuge pero no donarle inmuebles Verdadero Falso. Las donaciones entre cónyuges están permitidas únicamente si son en interés de la familia. Verdadero Falso.
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