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FILOSOFIA

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Título del Test:
FILOSOFIA

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EXAMEN FEBRERO

Fecha de Creación: 2026/02/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 23

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En relación a la aplicación de normas de conflicto: Si un tribunal decide aplicar la excepción de orden público, ¿Qué ley se aplicará generalmente para resolver el fondo del asunto en lugar de la ley extranjera rechazada?. La ley de un tercer Estado, diferente al del foro y al de la remisión. Se suspende el proceso hasta que cambien los principios fundamentales del foro. La ley del foro (lex fori). Las normas de carácter material imperativo del Derecho Internacional.

En el contexto de los foros exclusivos previstos en la LOPJ, ¿Cuál de los siguientes supuestos **no** es considerado como un foro exclusivo según la LOPJ?. La validez o nulidad de las inscripciones practicadas en un Registro español. La constitución, validez, nulidad o disolución de sociedades con domicilio en territorio español. Los litigios relativos a la responsabilidad contractual en general, sin vinculación a un inmueble. Derechos reales y arrendamientos de inmuebles que se hallen en España.

En relación a los problemas de aplicación de las normas de conflicto: ¿cuál es la condición necesaria para que se produzca el reenvío?. La inexistencia de una norma de conflicto en el tercer país. La existencia de una situación de Derecho Público Internacional. Que la norma de conflicto llamada tenga un punto de conexión distinto de la lex fori. El acuerdo bilateral entre los dos países involucrados en la primera remisión.

En relación a los problemas de aplicación de las normas de conflicto ¿Cuál es el componente clave del elemento intencionado o subjetivo en el fraude de ley?. La ausencia de una norma de conflicto. La aplicación directa de la ley extranjera deseada sin pasar por la norma de conflicto. El cambio de circunstancia (voluntaria) utilizada como punto de conexión. Intención de alcanzar un resultado no admitido por el ordenamiento jurídico.

María, ciudadana española, reside en Berlín (Alemania) desde hace 5 años. Su cónyuge, Helmut, de nacionalidad alemana, también reside en Berlín. María decide interponer una demanda de divorcio en España. ¿Son competentes los tribunales españoles para conocer de la demanda de divorcio, con arreglo al Reglamento 2019/1111?. No, porque ambos tienen la residencia habitual en Alemania, y María no cumple los requisitos temporales de residencia en España necesarios para demandar allí (Artículo 3). Sí, porque María es nacional española y puede demandar en España si lleva residiendo allí cinco meses inmediatamente antes de la demanda. Sí, porque los tribunales españoles tienen competencia por la nacionalidad española de María, independientemente de su residencia habitual. Sí, si María regresa a España y reside allí durante dos meses más para cumplir los requisitos de residencia mínima.

¿Qué establece la consecuencia jurídica dentro de la norma de conflicto?. El ordenamiento jurídico (del foro o extranjero) que será llamado a resolver la cuestión. La forma en que se debe interpretar el Punto de Conexión. La regla sustantiva para solucionar el fondo del problema. Los elementos de extranjería que hacen internacional a la situación.

En el sistema de la UE (Reglamento 1215/2012), la sumisión expresa a un tribunal de un Estado Miembro (pacto de foro) es válida si se cumple con el requisito formal de: Haberse pactado por escrito, o verbalmente con confirmación escrita, o en una forma conforme a los usos del comercio internacional. Haberse producido tras la interposición de la demanda y antes de la vista oral. Ser ratificada ante notario público del Estado Miembro elegido. Haberse incluido en un Convenio Internacional ratificado por todos los Estados Miembros.

Un matrimonio alemán residente en Málaga interpone una demanda de divorcio en España y solicita la división de su patrimonio (bienes comunes). ¿Es aplicable el Reglamento 2019/1111 a ambas solicitudes presentadas ante el juez español?. Sí, pero solo si los bienes se encuentran situados en España, lo que activa el foro de protección patrimonial. Sí, el Reglamento 2019/1111 cubre el divorcio y, por conexidad, todas sus consecuencias patrimoniales. No, porque ambos son de nacionalidad alemana, lo que obliga a aplicar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). No, el Reglamento solo cubre el divorcio, pero la división de bienes comunes está excluida de su ámbito material, debiendo aplicarse otro Reglamento de la UE.

En el ámbito de la competencia judicial internacional: ¿Cuál es la razón fundamental por la que los foros recogidos en el artículo 22 primero de la LOPJ se consideran de carácter exclusivo?. Para garantizar que las resoluciones extranjeras sean fácilmente reconocidas y ejecutadas en España. Porque el litigio debe versar sobre una materia estrechamente conectada con la soberanía del Estado. Para permitir que las partes litigantes puedan elegir el tribunal competente entre varios Estados. Debido a que se aplican únicamente en ausencia de reglamentos de la Unión Europea.

En el marco de la Responsabilidad Parental, ¿ qué sucede si el menor cambia legalmente su residencia habitual a otro Estado Miembro, en relación con una resolución dictada previamente sobre derecho de visita?. El tribunal del Estado anterior mantiene su competencia de forma indefinida, independientemente del cambio de residencia habitual. El tribunal del Estado anterior pierde inmediatamente la competencia para cualquier tipo de resolución. El tribunal del nuevo Estado Miembro solo adquiere competencia si se cumplen seis meses de residencia efectiva del menor. El tribunal del Estado anterior mantiene la competencia para modificar la resolución sobre derecho de visita durante tres meses después del traslado, si el titular del derecho de visita reside en ese Estado (Artículo 8 Reglamento 2019/1111).

¿Cómo se describe la función del denominado 'método de extensión' en relación con el derecho extranjero?. Es el principal método para la aplicación de la ley extranjera. Son excepciones a la posible aplicación del derecho extranjero dentro de las normas de conflicto. Consiste en la remisión de la solución a un derecho que no es el español. Proporciona una solución inmediata aplicando únicamente normas de Derecho civil unificado.

En el ámbito de las obligaciones contractuales, el artículo 7.1 del Reglamento 1215/2012 establece un foro especial que permite demandar ante el tribunal del lugar donde la obligación litigiosa haya sido o deba ser cumplida. ¿Qué tipo de foro es este, y qué lo caracteriza?. Foro General, y solo se aplica cuando el demandado no tiene domicilio en la UE. Foro Exorbitante, y su uso está limitado por el Tribunal de Justicia de la UE. Foro Exclusivo, y prevalece sobre la sumisión expresa. Foro Especial, que permite al demandante elegir alternativamente entre el domicilio del demandado (general) y el lugar de cumplimiento (especial).

Una vez aplicadas las normas de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en materia de competencia judicial internacional, ¿Qué dos adjetivos describen la naturaleza de dicha competencia?. Indeclinable y obligatoria. Discrecional y flexible. Predeterminada y limitada. Absoluta e inaplicable.

¿Qué mecanismo permite al tribunal de la Residencia Habitual del menor (Art. 7) del Reglamento 2019/1111 suspender el procedimiento y solicitar al tribunal de otro Estado Miembro que asuma la competencia por considerar que está mejor situado para conocer del asunto (en interés superior del menor)?. El principio de Reconocimiento Automático. La excepción de orden público. El *Forum non Conveniens*. El principio de *Litispendencia*.

En relación a los problemas de aplicación de la norma de conflicto: ¿Cuál es la finalidad de la 'salvaguarda del orden público internacional'?. Determinar qué tribunales son competentes para conocer del asunto. Establecer la norma de conflicto aplicable al caso. Exceptuar la aplicación de la ley extranjera que resulta contraria a los principios fundamentales del foro. Garantizar la aplicación uniforme de la ley extranjera.

Según el artículo 22 ter de la LOPJ, la regla de competencia basada en el domicilio del demandado en España se aplica como regla general, pero existen excepciones. ¿En cuál de las siguientes categorías de materias **no** se aplicará esta regla?. Materias de Derecho de Familia o sucesiones. Materias relativas a la responsabilidad extracontractual. Materias exclusivas, medidas cautelares y provisionales, y materia concursal. Materias relativas a contratos internacionales.

Un Juez español debe resolver un litigio entre dos ciudadanos portugueses residentes en Oporto sobre el régimen económico matrimonial que rige su matrimonio. El juez analiza la aplicación del Reglamento 1215/2012 para establecer su Competencia Judicial Internacional. ¿Es aplicable el Reglamento 1215/2012 a este caso?. No, porque el demandado no tiene su domicilio en España (sino en Portugal), lo que impide la aplicación del Reglamento. Solo si existe una cláusula de sumisión expresa a favor de los tribunales españoles. No, porque la materia relativa a los regímenes matrimoniales es una de las excepciones expresamente excluidas del ámbito material del Reglamento 1215/2012. Sí, porque es un litigio civil y mercantil y los demandados están domiciliados en la UE (Portugal).

En las normas de conflicto, el Punto de Conexión se caracteriza por no ofrecer la solución directa. ¿Qué implica esto sobre la naturaleza de la norma de conflicto?. Que siempre debe aplicarse la ley extranjera, nunca la ley del foro. Que la norma de conflicto es indirecta, limitándose a remitir a un ordenamiento jurídico para que este aplique sus normas materiales. Que la norma de conflicto resuelve el caso, pero solo después de consultar al juez. Que la norma de conflicto es de carácter material y aplica su propio derecho.

¿Qué jurista fue el primero en acuñar el término "Derecho Internacional Privado" y en qué siglo lo hizo?. Aldricus, a finales del siglo XII. Bartolo de Sassoferrato, en el siglo XIV. Von Savigny, en el siglo XIX. Joseph Story, en el siglo XIX.

En el ámbito de producción interna española, ¿en qué cuerpo legislativo se encuentran las normas relativas a la Competencia Judicial Internacional?. La Ley Orgánica del Poder Judicial. El Código Civil. El Código de Comercio. La Ley de Cooperación Jurídica Internacional.

¿Cuál es el criterio principal y fundamental para determinar la Competencia Judicial Internacional (CJI) en materia de responsabilidad parental según el Reglamento (UE) 2019/1111?. La nacionalidad del menor, si esta es común a la de sus padres. El domicilio del demandado, aplicando el principio *actor sequitur forum rei. El lugar de celebración del matrimonio o de nacimiento del menor. La residencia habitual del menor en el momento de la presentación de la demanda (Artículo 7).

Un ciudadano estadounidense obtiene una sentencia de divorcio en el estado de Nevada (EE. UU.). Desea que dicha sentencia sea reconocida y cause efectos en España para poder volver a casarse. En ausencia de un Convenio Internacional o de Derecho de la UE aplicable, ¿ qué fuente española de producción interna regula el procedimiento de reconocimiento y la ejecución de la sentencia extranjera (exequatur)?. El Código de Comercio. El Código Civil. La Ley Orgánica del Poder Judicial. La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil.

Una pareja española residente en París presenta una demanda de separación legal en Francia (Estado A). Dos semanas después, y antes de que el tribunal francés notifique la demanda, el cónyuge demandado interpone una demanda de divorcio en España (Estado B), donde tiene su nacionalidad. Ambos tribunales cumplen con los foros del Art. 3. ¿Qué tribunal es el competente, según la regla de litispendencia?. Ambos tribunales son competentes para seguir conociendo, ya que el Reglamento 2019/1111 no prohíbe los procedimientos paralelos. El tribunal de España, ya que el foro de la nacionalidad común prevalece sobre el foro de la residencia habitual. El tribunal de España, porque la demanda versa sobre divorcio, que es la acción más amplia, y además es el tribunal de la nacionalidad común. El tribunal de Francia (Estado A), ya que fue el primer tribunal ante el que se presentó una demanda sobre el mismo objeto (Art. 20), aunque no se haya notificado aún.

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