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Filosofía Del Derecho 1B.

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Título del Test:
Filosofía Del Derecho 1B.

Descripción:
CONSOLIDADO

Fecha de Creación: 2017/11/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

Valoración:(1)
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La Filosofía del derecho es una rama de: Epistemología. Filosofía. Ciencias jurídicas.

La Filosofía del Derecho estudia: Teorías generales del derecho. Dogmática jurídica. Moral y Ética.

No es una teoría general del derecho: El derecho natural. La teoría de la imputación objetiva. El derecho positivo.

La Filosofía del Derecho reflexiona sobre aspectos generales esto es: Reflexiona sobre cómo ayudar a un abogado a solucionar un problema laboral, penal o civil. Reflexiona cómo ayudar a un juez a dirimir en un litigio. Reflexiona sobre cómo la teoría del derecho natural o positivo pueden ayudar a interpretar el derecho por parte del juez, abogado u otro operador jurídico.

Un problema que reflexiona la filosofía teorética es: Por qué el derecho es coercitivo. Lo bueno ha de hacerse y lo malo ha de evitarse. Cuáles son los principios del conocer.

Un problema que reflexiona la filosofía práctica es: Por qué el derecho es un asunto de normas. Lo bueno ha de hacerse y lo malo ha de evitarse. Cuáles son los principios del obrar bien.

La siguiente definición de filosofía del derecho es. a. La filosofía del derecho estudia las teorías generales que tienen un alcance absoluto. La filosofía del derecho estudia las teorías generales aplicadas a la norma positiva. La filosofía del derecho estudia el derecho y su relación con la sociedad.

La siguiente es una definición de filosofía del derecho neo-kantiana: La filosofía del derecho estudia el derecho considerándolo desde un ámbito axiológico. La filosofía del derecho define el concepto del derecho desde un ámbito del lenguaje. La filosofía del derecho estudia los conceptos básicos de derecho es decir desde su trialidad (norma, hecho y valor).

En el siguiente enunciado diga qué función práctica cumple la filosofía del derecho: “La existencia del derecho se deriva de un hecho social. En principio este hecho social para Austin es un mandato, es decir una orden de un soberano (soberano es aquel que es habitualmente obedecido y no obedece a nadie) respaldada con una amenaza. Posteriormente para Hart el hecho social es un acuerdo social (regla de reconocimiento) manifestada en una convención de constitución o un plan.”. Políticamente anuncia la revolución. Científicamente impulsa el progreso de la ciencia del derecho. Jurídicamente defiende la dignidad humana contra el abuso y la opresión.

10. En el siguiente enunciado diga qué función básica cumple la Filosofía del Derecho: “Puede ser que siguiendo el principio de legalidad y de debida obediencia los nazis hayan condenado a mucha gente y por tanto matarlas en los campos de concentración, pero hay un principio que desborda el ámbito legal el cual es que una ley extremadamente injusta no es ley y por tanto aquellas disposiciones legales no podían ser cumplidas por quienes pretendían obedecerlas a raja tabla”. Políticamente anuncia la revolución. Científicamente impulsa el progreso de la ciencia del derecho. Jurídicamente defiende la dignidad humana contra el abuso y la opresión.

Cuál es la idea de justicia en Antígona: Que la justicia debería estar por encima de la norma positiva. Que la norma positiva debe ser respetada por sobre cualquier excusa. Que la norma prevalece sobre la justicia.

El pensamiento en torno a la justicia de Sócrates es el siguiente: La justicia se encuentra en un mundo ideal. Las leyes deben estar acordes con la moral racional. La justicia sólo es conocida por los santos.

El artículo uno de la Constitución de Terranova dice: “Terranova en un estado constitucional de derechos e injusto”. Según Sócrates a esta norma hay que: Cumplirla a como dé lugar. Realizar una objeción de conciencia. No cumplirla.

Para Platón existen dos mundos: El mundo natural y cósmico. El mundo material y el mundo ideal. El mundo consciente e inconsciente.

Para Platón el verdadero derecho se encuentran en el mundo: Cósmico. Material. Ideal.

Para Platón la justicia es: Una virtud por excelencia. La que consta en una norma. La que emite el Estado.

17. Considera usted que Sócrates puede ser considerado como un positivista al afirmar en el Critón que hay que cumplir con las leyes de la polis. Es positivista. No es positivista. Es racionalista.

Piensa usted que la referencia de Sócrates al ethos y a la virtud en su defensa lo alinean dentro de la corriente iusnaturalista clásica. No lo alinean dentro de la corriente iusnaturalista clásica. Si lo alinean dentro de la corriente iusnaturalista clásica. Siempre Sócrates va a ser considerado positivista.

Aristóteles manifestó su idea en torno a la justicia en el Libro V de la “Ética Nicómaquea” Relacione los principales clases de justicia con sus ejemplos y luego señale la respuesta correcta. Clases de justicia: 1. Distributiva. 2. Correctiva. 3. Conmutativa. Ejemplos: A. Si recibo un daño debo recibir una indemnización en iguales proporciones o la persona debe recibir una pena por el delito que cometió en iguales condiciones al daño que me infringió. B. Existe una persona discapacitada para caminar por ende se tendrá que diferenciar dicha persona, de la persona capacitada y dotarlo de una serie de facilidades y bienes para poderlo igualar. C. Una persona por el hecho de su nacimiento nace pobre y otra nace rica, por ende el Estado trata de igualar a estos individuos por ejemplo en lo que tiene que ver con la posibilidad de educarse. Respuesta: (3-B) (1-A) (2-C). (2-A) (1-B) (3-C). (1-C) (3-A) (2B).

Aristóteles hace la siguiente inferencia: lo justo quiere decir igualdad e igualdad quiere decir lo proporcional, es decir que lo justo será: El justo medio entre dos extremos. La equidad. La solidaridad.

A continuación se ubican los tres filósofos del derecho griegos más importantes y sus respectivas teorías. Relacione a los pensadores con sus respectivas teorías: Filósofos: 1. Sócrates. 2. Platón. 3. Aristóteles. Teorías: A. La justicia es el Estado dado que este es el organismo perfecto, porque allí la justicia se lee más claramente, por estar escrita en grandes caracteres, mientras que en el hombre individual está escrita en caracteres minúsculos. B. La obediencia a las leyes del Estado es, sin embargo, un deber siempre y en todo caso. El buen ciudadano debe seguir aún las leyes malas, para no estimular al mal ciudadano a violar las buenas. C. La equidad es el criterio de aplicación de las leyes, que permite adaptarlas al caso singular, templando su rigor. Respuesta: (1-A) (3-B) (2-C). (3-C) (1-B) (2-A). (2-B) (1-C) (3-A).

La justicia que depende de los méritos, calidades y capacidades de las personas, que no se mide en términos aritméticos sino geométricos es la justicia: Distributiva. Conmutativa. Correctiva.

La justicia definida como el justo medio entre dos extremos es la definición de: Justicia distributiva. Justicia conmutativa. Justicia Correctiva.

A continuación ponemos las cuatro tipos de leyes, que proponen San Agustín y Santo Tomás, para que las relacione con el significado de cada una de ellas. Tipos de leyes: 1. Ley eterna. 2. Ley divina. 3. Ley natural. 4. Ley Humana. Significado de las leyes: A. Es la ley que contiene aquellos elementos generales, comunes, absolutos e inmutables que se desprenden del entendimiento de la Revelación. Esta Ley parte de que el hombre puede comprender lo que es bueno o malo dado por Dios y por tanto será esta ley el débil conocimiento por parte de los hombres. B. Esta ley es una ordenación de la razón para el bien común, promulgada por quien tiene a su cargo el cuidado de la comunidad. C. Son aquellas leyes mediante las cuales Dios gobierna su creación. Es "La razón de la divina sabiduría en cuanto dirige toda acción y todo movimientos, o sea el principio ordenador de todo lo creado". Dicha ley sólo la conoce Dios y es el orden general de todas las cosas. Las mentes humanas solo pueden acercarse a dicha ley y hacer suposiciones de ella. Sin embargo queda un sello plasmado en el corazón de los hombres dicha ley, sobre la concepción de lo bueno y de lo malo que se puede remitir a la conciencia o la creencia de que algo está bien o mal. Abarca tanto "dar a conocer" como "el imponerse". En los seres inanimados y los animales se da sin más. En cambio en el hombre, dotado de una razón semejante a la divina, aunque más pobre, conoce esta Ley a través de su razón débil. D. Esta ley es la razón o la voluntad de Dios que ordena guardar el orden natural y prohíbe perturbarlo". Dicha Ley se puede encontrar en la Revelación a través de su palabra. Respuestas: (1-B) (3-C) (4-A) (2-D). (2-B) (4-D) (2-C) (1-A). (4-B) (1-C) (3-A) (2-D).

Para San Pablo es lo mismo: La ley natural y el Decálogo de Moisés. Derecho natural y derecho positivo. El pentateuco.

Para este pensador el hombre es ciudadano de dos ciudades: La ciudad de su nacimiento y la ciudad de Dios. Pablo de Tarso. Santo Tomás. San Agustín.

A continuación ponemos tres filósofos del derecho de la escuela clásica del derecho natural para que los relacione con sus teorías: Filósofos: 1. Hugo Grocio. 2. Tomás Hobbes. 3. Benito Spinoza. 4. Samuel Pufendorf. Teorías: A. Para este autor del Derecho natural ayuda a que el hombre se preserve a sí mismo y ayude a preservar la sociedad. B. Este filósofo utiliza la teoría contractualista para justificar la idea del poder absoluto parte de un consentimiento del pueblo (por apetito, por esperanza o por la razón) para garantizar su seguridad, evitar el temor a la muerte y garantizar su felicidad. C. Para este filósofo el derecho natural pone límites al poder del Estado que resulta del poder de todo el pueblo, además el gobernante deberá comprende los intereses de la sociedad. D. Este filósofo reconoce la existencia de un derecho natural basado en la naturaleza humana e inmutable, compuesto de varios preceptos cuya protección se debe a la voluntad del gobernante. Respuesta: (2-A) (4-C) (3-D) (1-B). (2-D) (1- C) (3-A) (4-B). (3-C) (1-D) (4-A) (2-B).

La concepción clásica del derecho natural afirma: Que el derecho natural y el derecho positivo son dos elementos diferentes del ordenamiento jurídico. Que el derecho y la moral deben estar separados. Que el derecho natural y el derecho positivo deben estar relacionados dentro de un sistema jurídico, el uno no puede subsistir sin el otro.

La concepción según la cual existen normas y principios jurídicos válidos para todos los tiempos y lugares y que el derecho positivo sólo es tal si es justo, corresponde a una concepción: Iusnaturalista. Clásica griega. Iuspositivista.

La Frase “Toda ley viene de Dios, las leyes humanas no pueden contradecir las leyes eternas” refleja el pensamiento de: Santo Tomás de Aquino. Guillermo de Oackam. San Agustín.

Para este filósofo el derecho se basa en la razón práctica, es decir en nuestra forma de actuar en la sociedad cuando sacrificamos deseos e intereses para cumplir valores. Kant. Hegel. Stammler.

Para este filósofo del derecho sólo podemos ver (o constatar a través de nuestros sentidos) en la realidad los fenómenos, pero no los neumenos (la verdad de las cosas). Rousseau. Kant. Hegel.

El hombre nace bueno y la sociedad lo corrompe, para evitar esto se propone un modelo de contrato social como modo de defenderse de los desastres naturales de la sociedad. Esta propuesta fue de: Kant. Rousseau. Montesquieu.

Cuál es la respuesta incorrecta. Estos filósofos establecieron y desarrollaron la división de poderes del Estado: Locke. Montesquieu. Rousseau.

A continuación ubicamos cuatro filósofos del derecho para que los relacione con sus teorías y elija la opción de respuesta correcta: Juristas: A. Llewellyn. B. Holmes. C. Frank D. Cardozo. Teorías: 1. Si queremos saber lo que es el derecho debemos estudiar el estado subjetivo de los jueces 2. El derecho se encuentra susceptible a los cambios por lo que tiene que adecuarse a ellos 3. Por sus aseveraciones podemos inferir que el derecho es lo que los jueces comen (jurisprudencia gastronómica). 4. Para saber lo que es el derecho hay que acudir a la experiencia. Opciones de respuesta: (B-2 / C-1 / A-3 / D-4). (C-3 / B-4 / A-1 / D-2). (D-1 / A-2 / C-4 / B-3).

Norberto Bobbio distingue tres aspectos de positivismo jurídico: como un enfoque o modo de acercarse al estudio del derecho, como teoría del derecho y como ideología. Relacione estos tres aspectos con sus respectivos ejemplos y señale la opción de respuesta correcta: Aspectos: A. Enfoque. B. Teoría. C. Ideología. Ejemplos: 1. Una ley establece que está permitido matar. Ticio argumenta que “hay que cumplir esta norma porque el derecho positivo, por el mero hecho de ser derecho positivo, es moralmente justo y por tanto tenemos el deber moral de obedecerlo.” 2. Un jurista dice que no existe una conexión necesaria o conceptual entre el derecho y la moral: distingue conceptualmente el derecho y la moral, distingue entre el derecho que es y el derecho de debe ser. 3. El juez para sancionar a Justiniano por femicidio pide que el fiscal pruebe si existió en dicha infracción la conducta, típica, antijurídica y culpable. Para sentenciar el juez utiliza la interpretación jurídica. Opciones de respuesta: (B-1 / A-3 / C-2). (A-2 / C-3 / B-1). (C-1 / A-2 / B-3 ).

Esta teoría del derecho positivo cree que el derecho es completo, no contiene lagunas, antinomias, etc.; además cree que se debe recurrir a la voluntad del legislador en caso de dudas. Jurisprudencia de conceptos. Formalismo jurídico. Realismo jurídico.

A un positivista jurídico le interesa estudiar la siguiente proposición: La ley eterna es conocida sólo por los santos. La norma emitida por el Estado es válida y por ende coercitiva. El derecho debe estar unido a la moral.

Un jurista positivista estudia el derecho a través de: Normas y valores. Normas e instituciones. Principios y reglas.

Para estos iusteóricos, al derecho no se lo debe estudiar a través de normas sino a través de los casos que todos los días resuelven los jueces: Positivismo jurídico. Realismo jurídico. Iusnaturalismo.

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