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Financiero y Tributario I.2 TEMA III (14) PARTE III

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Título del Test:
Financiero y Tributario I.2 TEMA III (14) PARTE III

Descripción:
Test creado a partir de los exámenes para preparar el examen de Junio 2020

Fecha de Creación: 2020/05/08

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

¿En qué momento deben ofrecerse y aportarse las garantías en materia de aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias?. En el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo de concesión cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización. En el plazo de 30 días contados a partir del día de la notificación del acuerdo de concesión cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización. En el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo de concesión cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización. En el plazo de dos meses contados a partir del día de la notificación del acuerdo de concesión cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización.

¿Qué importe debe garantizarse del régimen de garantías en materia de aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias?. La garantía cubrirá el importe de la deuda en periodo voluntario, de los intereses de demora que genere el aplazamiento y un 20 por ciento de la suma de ambas partidas. La garantía cubrirá el importe de la deuda en periodo voluntario, de los intereses de demora que genere el aplazamiento y un 5 por ciento de la suma de ambas partidas. La garantía cubrirá el importe de la deuda en periodo voluntario, de los intereses de demora que genere el aplazamiento y un 30 por ciento de la suma de ambas partidas. La garantía cubrirá el importe de la deuda en periodo voluntario, de los intereses de demora que genere el aplazamiento y un 25 por ciento de la suma de ambas partidas.

Del régimen de garantías en materia de aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias, ¿Cuál de los siguientes no es un supuestos de dispensa de garantías?. - Cuando las deudas sean inferiores a la cuantía que fije la normativa tributaria (18.000 € en la actualidad). - Cuando no se constate la carencia de bienes suficientes para garantizar la deuda o cuando la ejecución de los que existieran afectara sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica. - Cuando la exigencia de garantías produjera leves quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública. - Cuando las deudas sean superiores a la cuantía que fije la normativa tributaria (18.000 € en la actualidad). - Cuando no se constate la carencia de bienes suficientes para garantizar la deuda o cuando la ejecución de los que existieran afectara sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica. - Cuando la exigencia de garantías produjera graves quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública. .- Cuando las deudas sean inferiores a la cuantía que fije la normativa tributaria (18.000 € en la actualidad). - Cuando se constate la carencia de bienes suficientes para garantizar la deuda o cuando la ejecución de los que existieran afectara sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica. - Cuando la exigencia de garantías produjera graves quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública. - Cuando las deudas sean superiores a la cuantía que fije la normativa tributaria (18.000 € en la actualidad). - Cuando se constate la carencia de bienes suficientes para garantizar la deuda o cuando la ejecución de los que existieran afectara sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica. - Cuando la exigencia de garantías produjera leves quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública.

El poseedor de un bien afecto al pago de una deuda tributaria no está obligado a soportar la ejecución de esta deuda en dos casos. ¿Cuándo?. Cuando el poseedor es un tercero protegido por la fe pública registral. El adquiriente de buena fe y con justo título en establecimiento mercantil o industrial, cuando se trate de bienes muebles no inscribibles. Todas las anteriores. Ninguna de las anteriores.

Indique a qué obligaciones tributarias se extiende la responsabilidad de las personas o entidades que sucedan por cualquier concepto en la titularidad o ejercicio de explotaciones o actividades económicas. Todas, salvo que exista beneficio de inventario de manera que responde de las obligaciones tributarias los bienes y derechos del causante. Todas, sin excepción. Solo las obligaciones tributarias principales. Solo las obligaciones tributarias accesorias.

¿Los partícipes o cotitulares de las entidades sin personalidad del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria son responsables de las deudas tributarias de éstas?. Sí, responden de la totalidad de cada una de esas deudas. Sí, responden solo de una parte de esas deudas, en proporción a sus respectivas participaciones. No, responden solo de las obligaciones tributarias. No, responden solo de las sanciones tributarias.

Suponga que el adquirente de una explotación o actividad económica solicita a la Administración certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad. ¿En qué plazo debe expedirse esta certificación?. 30 días. 3 meses. 4 meses. 6 meses.

A la muerte del obligado tributario, las obligaciones tributarias pendientes se transmiten a los herederos por imperativo ley, ¿cómo se denomina este tipo de responsabilidad?. Heredada. Solidaria. Impuesta. Subsidiaria.

Al fallecimiento de alguien, ¿se transmiten sanciones y las obligaciones a sus herederos a titulo de responsabilidad?. No, nunca. Sí, siempre. No, solo si hay notificación de acto derivativo de responsabilidad anterior al fallecimiento. Sí, a no ser que haya notificación de acto derivativo de responsabilidad anterior al fallecimiento.

Suponga que el adquirente de una explotación o actividad económica solicita a la Administración certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad. ¿ Qué consecuencias se producen si la Administración no expide esa certificación en el plazo estipulado?. El solicitante queda exento de responsabilidad. El solicitante queda exento de responsabilidad respecto de las obligaciones tributarias. El solicitante queda exento de responsabilidad respecto de las deudas tributarias. El solicitante queda exento de responsabilidad respecto de las sanciones tributarias.

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