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FINANCIERO Y TRIBUTARIO II

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Título del Test:
FINANCIERO Y TRIBUTARIO II

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Fecha de Creación: 2026/03/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 76

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Existe obligación de presentar declaración del impuesto sobre el patrimonio: cuando la cuota líquida bonificada resulta positiva. en cualquiera de los 3 casos anteriores. cuando se haya vendido la residencia habitual sin reinvertirla. cuando los bienes y derecho no alcancen los 2 millones de euros.

En el IP la deducción por doble imposición internacional permite minorar la cuota. ninguna correcta. en el importe menor entre lo satisfecho aquí o en el extranjero. en el importe mayor entre lo satisfecho aquí o en el extranjero. en el importe satisfecho efectivamente en el extranjero.

La sujeción al impuesto sobre el patrimonio por obligación personal grava: bienes de los residentes independientemente de donde estén. los bienes que los residentes tienen en España. los bienes de los no residentes radicados en España. Ninguna es correcta.

entre el IP el derecho del usufructuario se valora atendiendo: al carácter temporal o vitalicio del derecho. al tiempo cierto o estimado que resta el derecho. al valor del bien sobre el que recae. a todas las anteriores.

en el IP, los bienes adquiridos a plazos con pacto de reserva de dominio antes del pago completo del precio, se considera: propiedad del adquiriente. propiedad del transmitente. propiedad del sujeto que decidan las partes. ninguna correcta.

el impuesto sobre el patrimonio es un tributo progresivo porque: aumenta la cuota a medida que aumenta la base imponible. aumenta la base imponible a medida que aumenta la cuota. la cuota no es fija. aumenta el tipo de gravamen cuando aumenta la base imponible.

El impuesto sobre el patrimonio es un tributo directo porque: no permite la repercusión de las cuotas. grava una manifestación mediata de riqueza. se aplica directamente a las personas. todas correctas.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas: Sólo en su recaudación y en la gestión. En la recaudación y cierta capacidad normativa. Sólo en una parte de la recaudación. Sólo en su recaudación.

En el IP, los bienes inmuebles se valoran por el mayor de los siguientes valores. El de mercado, el adquisición y el catastral. El catastral, el de adquisición y el comprobado por la Administración. El de escritura, el comprobado y el de mercado. El de mercado, el comprobado y el peritado.

En el IP, las participaciones en fondos propios de una entidad no cotizada cuyo último balance SÍ ha sido auditado favorablemente se valoran. Por el valor nominal. Por el resultado de capitalizar al 20% el promedio de los beneficios de los tres últimos ejercicios. Por el mayor de los tres anteriores. Por el valor teórico del último balance aprobado.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto personal porque. Grava el patrimonio. La persona es esencial en la configuración de su hecho imponible. Grava directamente a las personas físicas. Todas las anteriores son incorrectas.

En el IP, están exentas las participaciones en entidades que desarrollan actividades económicas: Siempre que se posea una participación superior al 5%. Siempre que se posea una participación del 5% y la entidad genere beneficios cada año. Cuando la empresa sea propiedad de una misma familia en más de un 20 por ciento. Cuando el sujeto pasivo titular de las acciones tenga un porcentaje superior al 5% y ejerza funciones de dirección en la entidad que supongan su principal fuente de renta.

En el IP está exento el siguiente bien: La vivienda habitual del contribuyente. La propiedad de acciones de cualquier sociedad Limitada con actividad económica. Sólo hay una exención que es para los bienes del patrimonio histórico español. La vivienda habitual hasta 300.000 € por contribuyente.

En el IP, el régimen económico matrimonial de los cónyuges. Se toma en cuenta a efectos de la opción por tributación conjunta. Se toma en cuenta para atribuir los bienes a cada uno de ellos. No se toma en cuenta por la regulación de este impuesto. Ninguna de las anteriores es correcta.

El Impuesto sobre el Patrimonio somete a gravamen el patrimonio neto: Obtenido durante el año. Detentado durante todo el año. Detentado a 31 de diciembre. Ganado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo objetivo porque: no toma en consideración circunstancias personales del sujeto pasivo. el patrimonio es una manifestación objetiva de riqueza. no discrimina de forma injustificada en función de la riqueza. todas son correctars.

En el IP, la nuda propiedad se valora: De acuerdo con su valor de mercado. Por diferencia entre el valor del bien y el del derecho de usufructo. Por el 75% del valor del usufructo. Ninguna de las anteriores es correcta.

Están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio. El ajuar doméstico. Los bienes afectos al desarrollo de todas las actividades económicas. Los derechos de propiedad intelectual que detente su autor. Todas las anteriores son correctas.

En el IP, el derecho del usufructuario se valora atendiendo. Al carácter temporal o vitalicio del derecho. Al tiempo cierto o estimado que resta al derecho. Al valor del bien sobre el que recae. A todas las anteriores.

En el IP, las participaciones en fondos propios de una entidad no cotizada cuyo último balance NO ha sido auditado favorablemente se valoran: Por el valor teórico del último balance aprobado. Por el valor nominal. Por el resultado de capitalizar al 20% el promedio de los beneficios de los tres últimos ejercicios. Por el mayor de los tres anteriores.

En IP, indicar que tendrá que declarar Pedro en concepto de opción de compra. Sabemos que Pedro adquiere -pagando 5000 €-, el 10 de marzo una opción de compra por un año para adquirir un chalet preferentemente por un precio de 400.000 €. No obstante, el 16 de diciembre Pedro transmite esa opción contractual por 6.000 €. 5000. 6000. 0. 5% de 400.000 = 5000.

En IP, indicar qué debe declarar Jorge si ha transmitido en febrero un coche por importe de 30.000 €. A 31 de diciembre el valor de mercado del mismo asciende a 22.000. El mencionado vehículo lo ha vendido a plazos con reserva de dominio, habiendo cobrado Jorge a durante este año 6.000 €. 30k - 6k =24.000. 22k - 6k =16.000. No tiene que declarar nada hasta que no cobre la titularidad del bien. 6000.

En IP, Antonio regaló a su sobrino este año un usufructo temporal por 10 años sobre un apartamento cuyo valor comprobado asciende a 250.000€ y su precio de adquisición fue de 220.000€. Qué deberá declarar Antonio: Deberá declarar 250.000 - 2% x10 sobre 250.000. Deberá declarar 220.000 - 2% x 10 sobre 220.000. La nuda propiedad no tributa en el IP. No tiene que declarar en el IP ya que es una operación sujeta al ISD.

Indicar cuál de las siguientes operaciones NO tributa en IP. Tener desde junio un coche valorado en 30.000€, obtenido en un concurso televisivo. Ser propietario de una furgoneta de transporte de mercancías, afecta a la actividad empresarial (La actividad empresarial es su fuente principal de ingresos y la ejerce de forma habitual, personal y directa). Ser propietario de un piso que está arrendado. Tener un brillante valorado en 50.000 €.

Existe obligación de presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio: Cuando la cuota tributaria resulta a ingresar. Cuando el valor de los bienes y derechos que posea el sujeto pasivo en cualquier momento durante el periodo impositivo haya excedido de 2 millones de euros. Cuando la base imponible del sujeto pasivo exceda del mínimo exento. En cualquiera de los tres casos anteriores.

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Es un impuesto obligatorio que grava el ejercicio de actividades empresariales y profesionales siempre que se obtengan rendimientos. Es un impuesto obligatorio que regula la exención de todos los contribuyentes durante los dos primeros periodos impositivos. Es un impuesto obligatorio que se devenga el 1 de enero, no siendo nunca posible prorratear la cuota cuando el periodo impositivo sea inferior al año. Es un impuesto obligatorio que regula la exención de todos los sujetos pasivos cuando no sean residentes en España.

Los bienes inmuebles en el Impuesto sobre el Patrimonio: Se valoran siempre por el valor catastral establecido por la Administración. Se valoran por el menor de los siguientes: el valor catastral, el valor de adquisición y el valor comprobado por la Administración. No se valoran porque todos los bienes inmuebles están exentos. Se valoran por el mayor de los siguientes: el valor catastral, el valor de adquisición y el valor comprobado por la Administración.

Los bienes afectos a actividades económicas se valoran en el Impuesto sobre el Patrimonio: Por su valor contable. Por su valor contable más los ajustes necesarios. Cada bien se valora por su regla de valoración en el IP. Por la diferencia entre el activo real y el pasivo exigible.

Son sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio: Las personas físicas y jurídicas. Las personas físicas residentes en territorio español. Las personas físicas y los representantes legales de las personas jurídicas. Las personas físicas sean residentes o no residentes en territorio.

Un contribuyente es titular de un usufructo vitalicio sobre un bien valorado en 100.000 euros a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. El usufructuario tiene 50 años. el valor usufructo es de 100k euros. el valor usufructo es de 61k euros. el valor usufructo es de 39k euros. el valor usufructo es de 50k euros.

Un contribuyente adquiere una opción de compra sobre un inmueble para adquirirlo por 250.000 euros, pagando por la opción 25.000 euros. A la fecha del devengo del Impuesto de Patrimonio no ha adquirido todavía el inmueble: Debe declarar 250.000 euros que es el precio del inmueble. Debe declarar 25.000 euros que es el precio de la opción. Debe declarar 225.000 euros, esto es el valor del bien menos lo que ya ha pagado por la opción de compra. No declara.

La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio se realiza: obligatoriamente de forma individual. obligatoriamente de forma conjunta. pueden optar por presentar la declaración de forma conjunta o separada sólo los matrimonios casados en régimen de gananciales. pueden optar por presentar la declaración de forma conjunta o separada sólo los miembros de la unidad familiar.

Están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio: Determinados objetos de arte y antigüedades. Los derechos de propiedad intelectual mientras pertenezcan a su autor. Los bienes afectos al desarrollo de determinadas actividades económicas. Todas las anteriores son correctas.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto personal porque: Grava el patrimonio bruto de las personas físicas, sin descontar deudas o cargas. todas son incorrectas. Se refiere a la titularidad de los bienes. En la configuración de su hecho imponible la persona no es un elemento esencial.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo objetivo porque: El patrimonio es una manifestación objetiva de riqueza. Las circunstancias personales del sujeto pasivo no se toman en cuenta. Discrimina de forma injustificada en función de la riqueza. Todas las anteriores son correctas.

En el Impuesto sobre el Patrimonio la base imponible se minora: Solo aplicando una reducción a las personas con discapacidad. Aplicando un mínimo exento general y aumentado para personas con discapacidad. Aplicando un mínimo exento de 800.000 a los residentes en la Comunidad Valencia. Nunca.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas. En su gestión y en su recaudación. En su gestión y en cierta capacidad normativa. En su recaudación y en cierta capacidad normativa. En su recaudación, gestión y en cierta capacidad normativa.

En el IP para calcular la base imposible se puede deducir: El valor nominal de los préstamos cuando se concedieron. El capital pendiente de cualquier préstamo a 31 diciembre. El capital pendiente del préstamo a 31 de diciembre siempre que no sea para adquirir bienes exentos. No se pueden deducir los préstamos.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo directo porque: Permite la repercusión de las cuotas. Se aplica directamente a las personas. Grava una manifestación inmediata de riqueza. Todas las anteriores son correctas.

Conforme a la normativa del IP, los bienes inmuebles se valoran por el mayor de los tres siguientes valores. El de mercado, el de adquisición y el catastral. b c. El de escritura, el comprobado y el de mercado. El de mercado, el comprobado y el peritado. Ninguna de las anteriores.

En el IP, las opciones contractuales se valoran. Por el precio convenido por la opción. Por el 5% de la base del futuro contrato. Por la suma de las dos. Por el mayor de las dos.

En el IP, el derecho de uso se valora. De acuerdo con su valor de mercado. Por el 75% del valor del usufructo. Por el sumatorio del valor del bien y el derecho de usufructo. Ninguna de las anteriores es correcta.

El Impuesto sobre el Patrimonio somete a gravamen el patrimonio neto. Cuya titularidad corresponde al contribuyente en la fecha del devengo. Adquirido durante todo el año. Adquirido a 31 de diciembre. Ninguna de las opciones anteriores es correcta.

En el IP, la doble imposición internacional: No es objeto de corrección. Permite la aplicación de una deducción. Se corrige exclusivamente mediante la aplicación de exenciones. Ninguna de las anteriores es correcta.

La sujeción al Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real grava: Los bienes de los no residentes radicados en España. Los bienes de los residentes independientemente de donde estén. Los bienes que los residentes tienen en España. Ninguna de las anteriores es correcta.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo: Cuyo objeto es gravar el patrimonio neto de las personas físicas. Su único objeto es completar al IRPF. Grava el patrimonio de las personas físicas y jurídicas. De naturaleza indirecta, personal y progresivo.

En el IP, el nudo propietario debe valorar su derecho atendiendo. Al carácter temporal o vitalicio del derecho de usufructo. Al tiempo cierto o estimado que resta al derecho de usufructo. Al valor del bien sobre el que recae el usufructo. A todas las anteriores.

En el IP, el régimen económico matrimonial de los cónyuges: Determina que los bienes gananciales se les atribuyen en principio por mitad. No es tomado en consideración para determinar la titularidad de los bienes. Ninguna de las anteriores es incorrecta. Determina que los bienes privativos no se atribuyen exclusivamente a su titular.

En el IP, los bienes adquiridos a plazos con pacto de reserva de dominio, después del pago completo del precio se consideran: Propiedad del adquirente. Propiedad del transmitente. Propiedad del sujeto que decidan las partes. Ninguna de las anteriores.

En el IP, suponiendo que un matrimonio tenga una vivienda habitual valorada en 1.000.000 euros: La vivienda habitual estaría totalmente exenta con independencia de si es común o privativa. Si es privativa, cada cónyuge deberá declararla por 350.000 euros. Si es privativa de un cónyuge estará exenta para el mismo hasta 600.000 euros. Si es común cada cónyuge deberá declararla por 200.000 euros.

Cuál es la condición necesaria para que la transmisión de una vivienda habitual esté exenta de gravamen?. La vivienda debe ser transmitida por una persona mayor de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia. El propietario debe ser mayor de 65 años. El propietario debe estar en situación de dependencia severa o gran dependencia. La vivienda debe ser transmitida a una persona mayor de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia.

¿Qué supuestos no generan ganancias o pérdidas patrimoniales?. La reducción de capital de una sociedad. La extinción del régimen económico matrimonial de separación de bienes. La disolución de una sociedad de gananciales. Todas las anteriores son correctas.

¿Cuál es el plazo máximo para reinvertir el importe obtenido por la transmisión de una vivienda habitual en la adquisición de una nueva vivienda para que esté exenta de gravamen?. 1 año. 2 años. 3 años. 4 años.

¿En qué casos están exentas de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación?. Si se reinvierten en la misma empresa. Si se reinvierten en una nueva o reciente creación. Si se reinvierten en una empresa de cualquier tipo. Ninguna de las anteriores.

Cuál es la cantidad máxima que se puede reinvertir en la constitución de una renta vitalicia para estar exento de gravamen?. 200.000 euros. 240.000 euros. 250.000 euros. 300.000 euros.

¿Cómo se cuantifica la pérdida patrimonial en el caso de transmisiones onerosas o lucrativas?. Por la diferencia entre el valor de mercado del bien transmitido y el valor de adquisición del mismo. Por el valor de mercado del bien transmitido. Por el valor de adquisición del bien transmitido. Por el valor contable del bien transmitido.

¿Qué ocurre en el caso de permuta de bienes y derechos a efectos de cuantificación de la ganancia o pérdida patrimonial en el caso del valor de transmisión?. Se suma el valor de mercado del bien entregado y el bien recibido para calcular la ganancia o pérdida patrimonial. Se resta el valor de mercado del bien entregado y el bien recibido para calcular la ganancia o pérdida patrimonial. Se toma el mayor valor de mercado entre el bien entregado y el bien recibido. Se toma el valor contable del bien entregado y el valor de mercado del bien recibido.

¿Qué bienes del patrimonio son elegibles para reinversión en la constitución de una renta vitalicia sin generar ganancia o pérdida patrimonial?. Solo la vivienda habitual del contribuyente. Cualquier bien del patrimonio, excepto inmuebles. Cualquier bien del patrimonio, tanto muebles como inmuebles. Solo los bienes del patrimonio que no hayan generado una ganancia patrimonial previa.

¿Qué se considera una pérdida debida al consumo?. a) Una pérdida patrimonial no exenta. Una pérdida patrimonial exenta. Una plusvalía. Ninguna de las anteriores.

Qué son los rendimientos íntegros de actividades económicas?. a) Aquellos que proceden únicamente del trabajo personal. Aquellos que proceden del trabajo personal y del capital conjuntamente. Aquellos que proceden únicamente de la producción de bienes. Aquellos que proceden únicamente del capital.

¿Qué tipos de actividades tienen la consideración de rendimientos de explotaciones económicas?. Solo las actividades extractivas y de fabricación. Solo las actividades comerciales. Solo las actividades agrícolas, forestales y ganaderas. Todas las anteriores y algunas más, incluyendo las profesiones liberales, artísticas y deportivas.

¿Cuándo se entiende que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad económica?. Siempre que exista un contrato laboral con un empleado a tiempo completo. Siempre que el inmueble se encuentre en una zona comercial. Solo cuando se arriendan varios inmuebles al mismo tiempo. Solo cuando se cuenta con al menos una persona empleada con contrato laboral a jornada completa para llevar a cabo la gestión de la actividad consistente en el arrendamiento.

¿Cuál es el criterio que divide los rendimientos de actividades económicas de los rendimientos del capital?. El origen de los ingresos. La finalidad de los ingresos. La afectación del elemento patrimonial. La forma en que se genera la renta.

¿Qué se entiende por afectación en el contexto de los rendimientos de actividades económicas?. La utilización del elemento patrimonial exclusivamente para los fines de la actividad. La utilización del elemento patrimonial para necesidades privadas del contribuyente. La utilización del elemento patrimonial en cualquier actividad empresarial o profesional. La utilización del elemento patrimonial de forma parcial.

¿Los bienes indivisibles son susceptibles de afectación parcial?. Si. No. Depende del tipo de interés. Depende del uso al que vaya destinado.

Qué método de determinación de rendimiento neto es el más comúnmente utilizado en el IRPF?. Método de estimación directa normal. Método de estimación directa simplificada. Método de estimación objetiva. Ninguna de las anteriores.

¿Qué modalidad del método de estimación directa existe?. normal. Especial. simplificada. ninguna de ellas.

¿Qué requisitos deben cumplir los empresarios y profesionales para utilizar el método de estimación directa normal?. Que el importe neto de la cifra de negocios sea menor de 600.000 € anuales y no haber renunciado al método de estimación directa simplificada. Que el importe neto de la cifra de negocios sea mayor de 600.000 € anuales o haber renunciado o quedar excluido del método de estimación directa simplificada. Que el importe neto de la cifra de negocios sea mayor de 600.000 € anuales y haber renunciado al método de estimación directa simplificada. Ninguna de las anteriores.

¿Qué requisitos deben cumplir los empresarios y profesionales para utilizar el método de estimación directa simplificada?. Que el importe neto de la cifra de negocios sea menor o igual a 600.000 € anuales y no haber renunciado a la modalidad de estimación directa simplificada o quedar excluido. Que el importe neto de la cifra de negocios sea mayor de 600.000 € anuales y haber renunciado al método de estimación directa normal. Que el importe neto de la cifra de negocios sea mayor de 600.000 € anuales y no haber renunciado a la modalidad de estimación directa simplificada o quedar excluido. ninguna de las anteriores.

¿Qué requisitos deben cumplir los empresarios y profesionales para utilizar el método de estimación objetiva?. Que sus actividades estén recogidas en la correspondiente Orden Ministerial, que el volumen de compras en bienes y servicios del ejercicio inmediato anterior (excluidas las adquisiciones de inmovilizado) no exceda de 250.000 € anuales, y que el volumen de rendimientos íntegros no exceda de los límites establecidos. Que sus actividades estén recogidas en la correspondiente Orden Ministerial y que el volumen de rendimientos íntegros, en el período inmediato anterior, no exceda de los límites establecidos. Que sus actividades estén recogidas en la correspondiente Orden Ministerial, que el volumen de compras en bienes y servicios del ejercicio inmediato anterior (excluidas las adquisiciones de inmovilizado) no exceda de 250.000 € anuales, y que no hayan renunciado o estén excluidos y que el volumen de rendimientos íntegros no exceda de los límites establecidos. ninguna de las anteriores.

¿Qué método de determinación del rendimiento neto se basa en la valoración normativa de ciertos módulos o índices significativos de la actividad?. Método de estimación directa normal. Método de estimación directa simplificada. Método de estimación directa especial. Método de estimación objetiva.

13. Qué establece el artículo 32.1 de la LIRPF?. Una reducción del 30% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas. Una reducción del 50% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas. Una reducción del 20% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas. Una reducción del 10% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas.

¿Cuál es el límite de la cuantía del rendimiento neto en la reducción por rendimientos de carácter irregular?. No hay límites. 100k€ Anual. 200k€ anual. 300k€ anual.

¿A quiénes se les permite reducir el rendimiento neto de estas explotaciones económicas en la reducción por el desarrollo de determinadas actividades económicas?. A los titulares de actividades económicas que cumplan los requisitos del apartado 2º del artículo 32.2 de la LIRPF. A los titulares de actividades económicas que cumplan los requisitos del apartado 1º del artículo 32.2 de la LIRPF. A los titulares de actividades económicas que no cumplan los requisitos del apartado 2º del artículo 32.2 de la LIRPF. A los titulares de actividades económicas que no cumplan los requisitos del apartado 1º del artículo 32.2 de la LIRPF.

Qué establece el artículo 32.3 de la LIRPF?. Una reducción del 50% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas. Una reducción del 30% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas. Una reducción del 20% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas. Una reducción del 10% sobre los rendimientos netos procedentes de las actividades económicas.

¿Cuál es el límite de la cuantía de los rendimientos netos en la reducción por inicio de actividad económica?. 100k€ anual. 50k€ anual. 200k€ anual. No hay limite.

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