FMG Tema 20 Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
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Título del Test:![]() FMG Tema 20 Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres Descripción: ETESDA (Melendi es un grande) |




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(1) ¿Qué día se celebra el Día de los Derechos de la Mujer y de la Paz Internacional en España?. 8 de marzo. 25 de noviembre. 10 de diciembre. 1 de mayo. (2) La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer fue ratificada por España en: 1983. 1977. 1979. 1985. (3) ¿Qué convención sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer aprobó la Asamblea General de la ONU en 1979?. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Convención sobre los Derechos del Niño. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. (4) ¿Qué artículo de la Constitución Española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo?. Artículo 14. Artículo 27. Artículo 9.2. Artículo 1. (5) ¿Cuál es el objeto de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. Hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Promover la igualdad en el ámbito educativo. Regular la discriminación en el ámbito laboral. Establecer diferencias de trato basadas en características sexuales. (6) Según el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, el principio de igualdad de trato y de oportunidades se garantizará en: En el acceso al empleo, la formación profesional, la promoción profesional y las condiciones de trabajo. Solo en el acceso al empleo público. Solo en la formación profesional. Solo en las condiciones de trabajo. (7) ¿Qué constituye acoso sexual según la Ley Orgánica 3/2007?. Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona. Cualquier comportamiento relacionado con el género. Cualquier trato desfavorable relacionado con el embarazo. Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona. (8) El artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2007 establece que constituye discriminación por razón de sexo: Todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad. Todo trato favorable a los hombres en el ámbito laboral. Cualquier trato favorable a las mujeres en el ámbito educativo. Ninguna de las anteriores. (9) ¿Qué se considera discriminación por razón de sexo según el artículo 9 de la Ley Orgánica 3/2007?. Cualquier trato adverso o efecto negativo como consecuencia de una queja o denuncia por discriminación. Solo el trato adverso relacionado con el género. Solo las represalias en el ámbito laboral. Cualquier trato favorable a los hombres. (10) Según la Ley Orgánica 3/2007, ¿qué caracteriza a un entorno considerado como acoso por razón de sexo?. Un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Un entorno amigable y cooperativo. Un entorno altamente competitivo. Un entorno neutral y pasivo. (11) Según el artículo 23 de la Ley Orgánica 3/2007, el sistema educativo incluirá: La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres. La educación en el respeto de los derechos y obligaciones fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres. La educación en el respeto de las libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres. La educación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales de hombres y mujeres. (12) Según el artículo 42 de la Ley Orgánica 3/2007, ¿qué objetivos prioritarios tendrán las políticas de empleo?. Aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo. Disminuir la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo sin avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. (13) El artículo 44 establece que los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral deben evitar: La discriminación en el lugar de trabajo. La reducción de la jornada laboral. La rotación de personal. La contratación de nuevo personal. (14) Según el artículo 6 de la Ley de Carrera Militar, la igualdad de trato y de oportunidades en las Fuerzas Armadas se aplicará de conformidad con: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. La Ley de Seguridad Nacional. La Constitución Española. El Código Penal. (15) Según el artículo 4 de la Ley Orgánica 9/2011, en las Fuerzas Armadas no cabrá discriminación alguna por razón de: Género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Edad y nacionalidad. Estilo de vida y apariencia física. Nivel educativo y profesión. (16) El Observatorio Militar para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en las Fuerzas Armadas fue creado para: Analizar los procesos de selección y las situaciones de integración y permanencia de la mujer en las Fuerzas Armadas. Gestionar las plazas en guarderías. Resolver trámites administrativos. Aumentar el número de mujeres en las Fuerzas Armadas. (17) El Observatorio Militar para la Igualdad depende de: La Dirección General de Personal. El Ministerio del Interior. La Presidencia del Gobierno. El Consejo de Ministros. (18) El Observatorio Militar para la Igualdad no puede: Resolver instancias ni realizar trámites administrativos. Analizar cuestiones relacionadas con la igualdad. Promover la integración de la mujer. Difundir información sobre la igualdad. (19) El funcionamiento del Observatorio Militar para la Igualdad será atendido con: Los medios materiales y recursos humanos existentes en el Ministerio de Defensa. Nuevos recursos asignados anualmente. Fondos del Ministerio de Igualdad. Contribuciones voluntarias de los militares. |