Señala quien no está incluido en un régimen especial de la Seguridad Social:
Autónomos
Funcionarios Trabajadores del mar
Trabajadores por cuenta ajena. Se entiende que están incluidos en el régimen no contributivo: Los funcionarios públicos Los autónomos. Los trabajadores que nunca han cotizado o no han cotizado lo suficiente
Españoles residentes en España o fuera de España que no han cotizado nunca.
. Indica quien no forma parte del régimen especial de autónomos: Los trabajadores por cuenta propia
Los socios de cooperativas de trabajo asociado de forma obligatoria
Los familiares colaboradores hasta 2 grado de parentesco Los socios de comunidades de bienes. La entidad gestora que reconoce el derecho a prestaciones de la SS y ordenar su pago es: Las Mutuas de accidentes de trabajo
El INSS
El servicio público de empleo La TGSS. Es una prestación no contributiva:
La incapacidad permanente
La maternidad y la paternidad El subsidio por desempleo
Las lesiones permanentes no invalidantes. Indica cual es la falsa:
El accidente de trabajo es una contingencia profesional
La incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo tiene como requisito haber cotizado 180 días en los 5 años anteriores
Por enfermedad común y accidente no laboral en caso de incapacidad temporal el trabajador no cobra los 3 primeros días de baja.
La incapacidad temporal tiene una duración máxima de 24 meses o 730 días.
. La Base Reguladora por incapacidad temporal en caso de enfermedad común se calcula: Dividiendo la base de cotización de contingencias comunes del mes anterior entre el número de días cotizados.
A partir de la base de cotización de contingencias profesionales del mes anterior.
Ninguna respuesta es verdadera.
Dividiendo la base de cotización de contingencias comunes del mes anterior entre los días de baja. En caso de incapacidad temporal por contingencias profesionales el trabajador cobra:
Los tres primeros días no se cobra y a partir del 4º día se cobra el 75% de la BR
El 75% de la BR desde el día del accidente
El trabajador cobra de la mutua y después la mutua le cobra la baja a la empresa
El 75% de la BR desde el día siguiente al accidente
. La incapacidad permanente que Inhabilitación completa para cualquier profesión se llama:
Incapacidad permanente total
Incapacidad permanente absoluta
Gran invalidez
Incapacidad permanente parcial
. Si la incapacidad permanente es debida a falta de medidas de seguridad de la empresa, el empresario abonara un recargo incrementando la pensión de:
Entre el 20% y el 50% Entre el 10% y el 30%
Entre el 30% y el 50%
Entre el 20% y el 30%. La pensión de viudedad: Se cobra un 52% de la base reguladora pudiendo llegar al 90% de la base reguladora.
Pensión vitalicia para el cónyuge de un trabajador o pensionista que ha fallecido, es incompatible con las rentas del trabajo. Se pierde si se vuelve a contraer matrimonio (salvo excepciones de escasas rentas) Solo la cobran los cónyuges que han estado casados legalmente, bien por la iglesia o bien por la vía civil. La pensión de orfandad: Si el hijo o hijos quedan huérfanos de padre y madre entonces cada uno cobraría el 52% de la BR
Es para hijos del fallecido hasta 21 años o hasta 25 si no trabajan.
Si el huérfano tiene algún trabajo entonces no puede cobrar pensión de orfandad
Su cuantía por hijo es del 30% de la BR. Respecto a la pensión de jubilación: El tiempo necesario de cotización se va incrementando hasta el año 2037 El trabajador tiene que haber cotizado un mínimo de 15 años
Base reguladora se toma la media de lo cotizado en los últimos 15 años Tener 68 años para jubilarse
. Indica respecto al desempleo cual no es una situación legal de desempleo: Muerte, jubilación o invalidez del empresario
Fin de duración del contrato temporal
Despido
Baja voluntaria del trabajador
. Respecto a la cuantía de la prestación de desempleo indica cual no es correcta:
Sin hijos el trabajador cobrara como mínimo el 80% IPREM +1/6
A partir 181º días el trabajador cobra a partir de 2023 el 60% de la BR Los 180 primeros días el trabajador cobra el 70% de la BR Con 1 hijo el trabador cobrara como máximo el 225% IPREM +1/6
. Los seguros obligatorios de enfermedad surgidos en Alemania son el inicio de lo que ahora llamamos seguridad social y son de: 1883 1889 1884
1919. Indica cual es la falsa: En el momento de la inscripción la empresa deberá hacer constar la Entidad Aseguradora que haya de asumir la protección de las contingencias profesionales de sus trabajadoras y trabajadores, será obligatorio optar por una mutua de AT.
La baja de un trabajador deberá ser comunicada en el plazo de los 3 días siguientes al siguiente del cese en el trabajo.
La inscripción de la empresa en la SS se realizara ante la TGSS
A cada trabajador o trabajadora se le facilitará un número de afiliación, de carácter vitalicio que permite su identificación en el Sistema de la Seguridad Social.
. Indica cual es la verdadera: La obligación de cotizar permanece en "situaciones asimiladas al alta" como por ejemplo la baja por incapacidad temporal.
La obligación de cotizar nace en el momento en que comienza la relación laboral, excluida el periodo de prueba.
La obligación de cotizar se mantiene durante la huelga y el cierre patronal.
La obligación de cotizar nace en el momento en que comienza la relación laboral.
. Respecto a las prestaciones indica cual es la falsa: El derecho al reconocimiento de las prestaciones a los 5 años, contados desde el día siguiente al hecho causante, salvo las de jubilación, muerte y supervivencia que son imprescriptibles. Se revalorizan cada año según el incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC).
Las pensiones de la Seguridad Social son siempre incompatibles entre sí.
Son embargables en los mismos términos que el salario.
. Respecto a la prestación por nacimiento y cuidado de menor: La situación protegida es únicamente nacimiento de hijo o hija.
Son beneficiarios los dos progenitores.
La prestación económica consistirá en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora, derivada de contingencias profesionales. La madre biológica puede anticipar hasta 10 semanas antes de la fecha previsible del parto. Respecto a la cotización de autónomos indica cual es la falsa: La nueva tarifa plana a partir de enero de 2023 es de 80 euros para autónomos.
El nuevo sistema arrancará en 2023 con una cuota mínima de 225 y una máxima de 530 euros.
El nuevo sistema establecerá 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos.
Los emprendedores que se den de alta como autónomos en Murcia en 2023 no tendrán que pagar la cuota de la Seguridad Social en dos años.
. Un trabajador autónomo que en 2025 tenga unos ingresos anuales de entre 670 y 900 euros al mes, tendrá una cotización como autónomo de:
200€ 220€ 291€ 260€. Los nuevos tipos de cotización a partir de enero de 2023 debido al Mecanismo de Equidad Intergeneracional son: El tipo de cotización por desempleo desaparece para el trabajador.
El tipo de cotización por contingencias profesionales será aumentado en un 0.5% para el empresario y en un 0.1% para el trabajador.
El tipo de cotización por contingencias comunes quedará fijado en un 28,90%, que se desglosará en un 24,10% a cargo de la empresa y un 4,80% a cargo del trabajador. El tipo de cotización por contingencias comunes aumenta en un 0.6% para el empresario.
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