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FOL TEMA 4 LA NÓMINA

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Título del Test:
FOL TEMA 4 LA NÓMINA

Descripción:
LA NÓMINA

Fecha de Creación: 2017/12/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

Valoración:(84)
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Una nómina se compone de encabezamiento, deducciones, bases de cotización y: Pagas extraordinarias. Embargos. Devengos. IRPF.

El plus de transporte, de distancia, las dietas, los gastos de locomoción, el plus de desgastes de herramientas, de quebranto de moneda y de ropa de trabajo son complementos llamados: En especie. Gastos del trabajador. Suplidos. Salariales.

¿Qué deducciones se le practica al trabajador en su nómina?. El embargo del salario. Las cotizaciones a la Seguridad Social. Los permisos remunerados. Las respuestas a y b son correctas.

¿Qué cantidad resulta de prorratear las tres pagas extraordinarias que cobra un trabajador, que son de 1.890€ cada una?. 315€. 472,50€. 157,50€. 380€.

La base de retención por IRPF suele coincidir con el total devengado salvo que se: Cobren prestaciones de la Seguridad Social, indemnizaciones legales por despido o traslado y gastos de locomoción y dietas. Cobren gastos de locomoción y plus de distancia. Cobren dietas y gastos de locomoción. Cobren el plus de distancia y el de transporte.

Calcula la BCCC de un trabajador que cobra mensualmente un salario base de 1.300€, un plus de idioma de 60€, de nocturnidad de 400€ y de horas extraordinarias de 90€. La prorrata de pagas extras es de 200€. 1.900€. 1.960€. 2.050€. 1.700€.

¿Qué tipo de remuneración tienen los trabajadores que pertenecen al grupo 11 de cotización?. En especie. Mensual. Anual. Diaria.

¿ Qué diferencia de cantidad tendrá un trabajador entre su BCCC y su BCCP, si cobra 200€/mes por horas extras?. La BCCC y BCCP serán iguales. La BCC será 200€ mayor que la BCCP. La BCCP será 200€ mayor que la BCCC. Habrá una diferencia de 400€ entre una y otra.

El total devengado se llama también salario: Neto. Bruto. Líquido. En especie.

¿Qué es lo que se tiene en cuenta para calcular el total devengado?. Todo, sea cual sea el mes que se cobre la nómina. Se suman los complementos salariales y el salario base. Se suman el salario base, los complementos salariales, los extrasalariales y las pagas extraordinarias sea el mes que sea. Se suman el salario base, los complementos salariales, los extrasalariales y las pagas extraordinarias si las cobra.

Es una percepción salarial: Prestaciones de la Seguridad Social. Indemnizaciones por gastos relacionados con el trabajo. Indemnizaciones por gastos relacionados con el trabajo. Salario en especie.

Es un complemento salarial del puesto de trabajo: El plus por disponibilidad. El plus por antigüedad. El plus convenio. Las horas extraordinarias.

El plus de actividad: Es una percepción no salarial. Está incluido en el salario base. Es un complemento salarial por cantidad o calidad de trabajo. Es un complemento salarial del puesto de trabajo.

La antigüedad es un complemento salarial: Relacionado con el puesto de trabajo. De vencimiento periódico superior a un mes. No se puede considerar un complemento salarial. De tipo personal.

El salario en especie: No puede superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador. No es necesario que conste en la nómina si no llega al 30% del salario del trabajador. No puede superar el 30% de las percepciones no salariales del trabajador. No puede superar el 30% del salario del trabajador.

Los pagos en especie figuran en la nómina. Formando parte del salario base. No figuran en la nómina. En concepto de complementos salariales. En concepto de percepciones no salariales.

Las percepciones salariales: Son el sueldo base. Constituyen el total devengado. Cotizan a la Seguridad Social. Son las cantidades percibidas por las prestaciones profesionales de los servicios laborales por cuenta propia.

Las indemnizaciones por despido: Son un complemento salarial. Son percepciones no salariales. Forman parte del salario base. Son cantidades que abona la empresa, en nombre del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Las horas extraordinarias: Solo computan para los grupos del 1 al 7. Computan para calcular las bases de cotización por contingencias comunes. Computan para calcular las bases de cotización por desempleo y FP. Solo computarán cuando se hayan realizado por causas de fuerza mayor.

Las deducciones por desempleo y formación profesional: Se calculan a partir de una misma base: la base de cotización por contingencias comunes. Se calculan a partir de una misma base: la base por contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta. Se calculan a partir de distintas bases de cotización. Se calculan a partir de la retención del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas.

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