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Título del Test:
![]() FUAB Descripción: Gestión Pública de la Seguridad. Bloque 1 |



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La finalidad última de la actividad de fomento es: Garantizar el cumplimiento estricto de normas administrativas mediante control. Estimular comportamientos individuales que beneficien al interés general. Limitar la iniciativa privada en sectores estratégicos. Sustituir la actividad económica privada por la pública. Según la definición de actividad de fomento, ¿Cuál es el rasgo que mejor caracteriza esta modalidad de intervención administrativa?. La imposición de obligaciones jurídicas directas a los particulares para garantizar el interés general. La sustitución de la iniciativa privada por la actuación directa de la Administración. La dirección de la conducta de los particulares hacia fines de interés general mediante incentivos. El control previo de actividades privadas mediante autorizaciones administrativas. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no se ajusta a la definición de actividad de fomento. La actividad de fomento orienta la conducta de los particulares hacia fines de interés general. La actividad de fomento se basa en el otorgamiento de incentivos diversos. La actividad de fomento impone conductas obligatorias mediante normas imperativas. La actividad de fomento constituye una modalidad de intervención administrativa. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no se ajusta a la definición de actividad de fomento recogida en el texto?. La actividad de fomento orienta la conducta de los particulares hacia fines de interés general. La actividad de fomento se basa en el otorgamiento de incentivos diversos. La actividad de fomento constituye una modalidad de intervención administrativa. La actividad de fomento impone conductas obligatorias mediante normas imperativas. Los mecanismos de fomento pueden definirse como: Herramientas empleadas por la Administración para incentivar comportamientos individuales en beneficio de la comunidad. Instrumentos de control que utiliza la Administración para limitar conductas privadas contrarias al interés general. Técnicas jurídicas destinadas a imponer deberes legales a los particulares. Sistemas de prestación directa de servicios públicos por parte de la Administración. ¿Cuál de los siguientes ejemplos corresponde correctamente a un mecanismo de fomento honorífico, según el manual?. La concesión de una subvención pública para una actividad cultural. La atribución de puntos adicionales en el carné de conducir. El otorgamiento de una patente administrativa. La concesión de una medalla o condecoración por una conducta ejemplar. El mecanismo de fomento jurídico se caracteriza por: Implicar un beneficio de carácter estrictamente económico. Conllevar una ventaja de carácter legal para el particular. Reconocer simbólicamente una conducta ejemplar. Sustituir la actuación privada por la intervención administrativa directa. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente un mecanismo de fomento económico?. Se basa en el reconocimiento público de méritos personales. Implica la concesión de ventajas jurídicas no pecuniarias. Supone un beneficio de carácter económico, como subvenciones o becas. Tiene por objeto principal imponer una conducta obligatoria. Los mecanismos de fomento: Son excluyentes entre sí y no pueden concurrir sobre un mismo supuesto. Deben otorgarse necesariamente antes de la conducta incentivada. Solo pueden concederse cuando estén previamente reglados. Pueden ser acumulativos y otorgarse antes, durante o después de la actividad del particular. En relación con el carácter reglado o discrecional de los mecanismos de fomento;. Todos los mecanismos de fomento son necesariamente discrecionales. Los mecanismos de fomento solo pueden concederse mediante normas regladas. Pueden existir mecanismos de fomento reglados y discrecionales, según el caso. La discrecionalidad elimina la necesidad de vinculación al interés general. ¿Cuál de las siguientes clasificaciones recoge correctamente los mecanismos de fomento según el manual?. Honorífico, jurídico y económico. Honorífico, normativo y económico. Económico, social y administrativo. Jurídico, sancionador y económico. ¿Cuál de los siguientes supuestos constituye un mecanismo de fomento jurídico?. El otorgamiento de puntos extra en el carné de conducir. La concesión de una subvención pública para un proyecto social. La denominación de una vía pública con el nombre de una persona. La concesión de una beca de estudios financiada con fondos públicos. ¿Cuál de las siguientes combinaciones es incorrecta según la clasificación de las actividades de fomento?. Medallas → fomento honorífico. Subvenciones → fomento económico. Patentes → fomento honorífico. Puntos del carné de conducir → fomento jurídico. El reconocimiento honorífico como mecanismo de fomento implica: La concesión de una ventaja jurídica que modifica la posición legal del particular. La atribución de un beneficio de carácter económico directo o indirecto. La imposición de una obligación administrativa vinculada al interés general. El reconocimiento de una conducta ejemplar mediante distinciones simbólicas. En los orígenes de la gestión pública, el mecanismo de fomento más relevante fue: El económico. El jurídico. El honorífico. El administrativo. En la actualidad, los mecanismos de fomento más importantes son principalmente: Los económicos. Los administrativos. Los honoríficos. Los jurídicos. Según la forma de prestación por parte de la Administración, un mecanismo de fomento económico indirecto se caracteriza por: Implicar una salida efectiva de dinero público. Suponer una pérdida de ingresos sin desembolso inmediato. Estar dirigido exclusivamente a otras Administraciones. Concederse únicamente mediante subvenciones. ¿Cuál de los siguientes supuestos constituye un mecanismo de fomento económico directo?. Una exención fiscal concedida a determinados contribuyentes. Una bonificación administrativa sin impacto presupuestario. Una desgravación tributaria vinculada a una actividad concreta. Un préstamo ICO o una subvención pública. La diferencia fundamental entre los mecanismos de fomento económico directos e indirectos reside en: La naturaleza pública o privada del beneficiario. El carácter reglado o discrecional del incentivo. La existencia o no de una salida efectiva de dinero público. El nivel territorial de la Administración concedente. Según la condición del beneficiario, los mecanismos de fomento económico dirigidos a administrados simples se califican como: Económicos. Públicos. Administrativos. Jurídicos. Los mecanismos de fomento económico públicos se caracterizan por dirigirse a. Administrados con funciones de servicio público. Cualquier ciudadano. Otras Administraciones públicas. Beneficiarios de subvenciones de carácter económico directo. Cuando un mecanismo de fomento económico se dirige de una Administración a otra Administración, se clasifica como;. Mecanismo de fomento económico Económico. Mecanismo de fomento económico Público. Mecanismo de fomento económico Administrativo. Mecanismo de fomento económico Jurídico. Un mecanismo de fomento económico consistente en una exención fiscal concedida a un administrado simple debe calificarse. Económico indirecto y económico. Económico directo y administrativo. Económico indirecto y jurídico. Económico directo y público. Una subvención concedida por una Administración a otra Administración para políticas de regeneración urbana es;. Un mecanismo de fomento económico indirecto y público. Un mecanismo de fomento económico directo y administrativo. Un mecanismo de fomento jurídico y administrativo. Un mecanismo de fomento económico indirecto y económico. Un préstamo ICO concedido a un ente que tiene encomendadas funciones de servicio público debe calificarse como;. Económico directo y público. Jurídico directo y público. Económico indirecto y administrativo. Económico indirecto y económico. La subvención se considera uno de los mecanismos actuales de fomento por excelencia porque: Sustituye la iniciativa privada por la actuación directa de la Administración. Permite imponer obligaciones administrativas sin necesidad de incentivos económicos. Se utiliza de forma amplia tanto desde una perspectiva teórica como práctica. Constituye el único mecanismo de fomento previsto en la normativa vigente. La subvención se caracteriza por;. Exigir una contraprestación directa por parte del beneficiario. Consistir en una disposición económica dineraria sin contraprestación directa. Dirigirse a personas jurídicas de carácter público. Otorgarse únicamente para actividades ya ejecutadas. Los beneficiarios de una subvención pueden ser;. Personas físicas de carácter privado. Personas jurídicas públicas. Personas físicas o jurídicas, públicas y privadas. Exclusivamente Administraciones públicas territoriales. La subvención se diferencia de otros mecanismos de fomento económico porque: Se otorga sin contraprestación directa, pero con obligaciones derivadas. No está sujeta al cumplimiento de objetivos ni condiciones. Se concede siempre con posterioridad a la actividad subvencionada. Implica necesariamente una relación contractual con el beneficiario. La actividad, proyecto o conducta subvencionada debe tener como finalidad: El beneficio económico exclusivo del beneficiario. La promoción de una actividad de utilidad pública, interés social o finalidad pública. La ejecución de actividades privadas sin control administrativo. La compensación económica por daños previamente causados. La subvención puede concederse: Solo con posterioridad a la ejecución de la actividad subvencionada. Solo con carácter previo a la realización del proyecto. Tanto con anterioridad como con posterioridad a la ejecución objeto de subvención. Solo de forma simultánea a la ejecución de la actividad subvencionada. Los sujetos involucrados en el procedimiento de subvención son: La Administración concedente y el órgano de control financiero. El órgano instructor y el beneficiario. La Administración concedente y el órgano gestor. La Administración concedente y el beneficiario. La Administración concedente se caracteriza por: Otorgar la subvención y controlar el cumplimiento de su objeto. Recibir la aportación patrimonial y ejecutar la actividad subvencionada. Financiar la subvención sin ejercer funciones de control. Ejecutar directamente la actividad objeto de subvención. ¿Cuál de las siguientes entidades puede tener la condición de Administración concedente?. Únicamente la Administración General del Estado. Exclusivamente las Administraciones territoriales. Las Administraciones públicas y determinados organismos de derecho público con personalidad jurídica propia. Cualquier entidad privada que gestione fondos públicos. Para que un organismo o entidad de derecho público pueda actuar como Administración concedente, se exige que: La subvención derive del ejercicio de potestades administrativa. El beneficiario sea siempre una persona jurídica pública. La subvención se conceda mediante contrato administrativo. La subvención se financie con fondos europeos. El beneficiario de la subvención es quien: Otorga la subvención y fiscaliza su correcta ejecución. Recibe una aportación patrimonial a fondo perdido y asume obligaciones derivada. Ejecuta funciones de control sobre la subvención concedida. Decide discrecionalmente el destino de los fondos sin sujeción a obligaciones. Como norma general, la concesión de subvenciones debe realizarse: Mediante adjudicación directa al solicitante que cumpla los requisitos mínimos. Mediante un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva. Por libre designación del órgano concedente. A través de un procedimiento negociado con los interesados. En el régimen de concurrencia competitiva, la subvención se otorga;. A la solicitud que obtenga mayor puntuación conforme a los criterios de la convocatoria. A la solicitud propuesta por el órgano instructor. A la solicitud presentada en primer lugar. A todas las solicitudes que cumplan los requisitos formales. El procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva siempre;. Se inicia a instancia de parte y consta de tres fases. Se inicia tras la resolución y carece de fase de instrucción. Puede iniciarse de oficio o a solicitud del interesado y tiene cuatro fases. Se inicia siempre de oficio y se divide en tres fases. Antes del establecimiento de subvenciones, los órganos de las Administraciones públicas deben concretar previamente;. La cuantía máxima de las subvenciones. Un plan estratégico que incluya objetivos, efectos, costes y financiación. Exclusivamente los requisitos de los beneficiarios. La relación nominal de posibles solicitantes. La convocatoria de la subvención debe hacer referencia en la base reguladora entre otros conceptos;. Únicamente el crédito presupuestario y la cuantía de la subvención. Exclusivamente los criterios de valoración de las solicitudes. El objeto, las condiciones, la finalidad y los requisitos para solicitarla y acreditarlos. Solo la referencia al plan estratégico de subvenciones. El procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se estructura en las siguientes fases: Iniciación, tramitación y adjudicación. Inicio, instrucción y resolución. Convocatoria, valoración y concesión. Inicio, valoración y notificación. ¿Cuál de las siguientes actuaciones no constituye una fase del procedimiento, ?. Los recursos que caben contra la resolución. La instrucción del procedimiento. La resolución de concesión de la subvención. El inicio del procedimiento. La convocatoria de la subvención debe especificar, entre otros conceptos;. Únicamente el plazo para presentar solicitudes y el órgano competente. Solo el plazo de ejecución de la actividad subvencionada y el régimen de recursos. El plazo para solicitarla, para resolverla y notificarla o publicarla, el mecanismo de notificación o publicación y si la resolución pone fin a la vía administrativa. Exclusivamente el plazo máximo de vigencia de la subvención concedida. La convocatoria de la subvención debe indicar, entre otros aspectos: Los órganos competentes para la instrucción y resolución, así como los criterios de valoración de las solicitudes. El órgano instructor y el contenido íntegro de la propuesta de resolución. La composición nominal de los órganos de valoración y control. El detalle de las actuaciones instructoras que se realizarán de oficio. La convocatoria debe especificar que la concesión de la subvención;. Se articula conforme a los criterios fijados en el plan estratégico de subvenciones. Se realiza mediante el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva. Se resuelve tras la comprobación documental por el órgano instructor. Se fundamenta en la propuesta elevada por el órgano competente. Según el texto y en aplicación de la Ley 39/2015, cuando determinados documentos ya obran en poder de la Administración actuante;. La Administración debe inadmitir la solicitud hasta que se aporten nuevamente. El interesado debe volver a aportarlos junto con la solicitud. El interesado no tiene la obligación de presentarlos, indicando fecha y órgano de presentación. El órgano instructor debe incorporarlos siempre de oficio sin más actuaciones. Cuando la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria;. El interesado será requerido para subsanar en un plazo máximo de 10 días, con advertencia de desistimiento. El órgano competente concederá un plazo para completar la solicitud y continuará el procedimiento. La solicitud pasará directamente a fase de instrucción con carácter provisional. La Administración resolverá sobre el fondo sin valorar la documentación incompleta. La fase de instrucción se inicia cuando;. Se publica la convocatoria en el diario oficial correspondiente. La Administración ha comprobado que la documentación presentada es correcta. El órgano instructor ha valorado las solicitudes conforme a los criterios establecidos. Se aprueba la propuesta de resolución por el órgano competente. El órgano instructor tiene la función de;. Realizar actuaciones de oficio para fundamentar la propuesta de resolución. Aprobar las bases reguladoras de la subvención. Publicar la resolución en el diario oficial correspondiente. Dictar la resolución definitiva del procedimiento. Cuando la Administración no pueda obtener un documento que ya obre en poder administrativo: La solicitud pasará directamente a fase de resolución. El procedimiento debe archivarse hasta que se aporte el documento. El órgano competente podrá requerir al administrado para que lo presente. El órgano competente podrá requerir al administrado para que lo presente. El órgano instructor, en el marco del procedimiento de concesión de subvenciones, tiene la función de: Resolver el procedimiento conforme a los criterios de valoración. Publicar la resolución definitiva en el diario oficial correspondiente. Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de la subvención. Formular una propuesta de resolución y realizar de oficio las actuaciones necesarias para fundamentarla. Durante la fase de instrucción en el procedimiento de concesión de subvenciones el órgano instructor puede;. Sustituir los informes por alegaciones de los interesados. Solicitar los informes que estime necesarios, indicando el carácter de los que sean preceptivos. Solicitar informes únicamente cuando estén previstos expresamente en la convocatoria. Emitir directamente los informes necesarios para la resolución. Se distingue en el proceso de concesión de subvenciones entre informes que pueden tener carácter;. Consultivo o informativo, en función del objeto del procedimiento. Facultativo o discrecional, según la decisión del órgano instructor. Técnico o jurídico, según la fase procedimental. Preceptivo y determinante, o en su caso, vinculante, conforme a la normativa. El órgano instructor competente en el procedimiento de concesión de subvenciones podrá solicitar cuantos informes estime necesarios en un plazo de;. 10 días, con posibilidad de ampliación según la complejidad del procedimiento. 15 días, prorrogables por causa justificada. Un mes, salvo previsión expresa en contrario. 10 días, sin posibilidad de ampliación. Cuando el órgano instructor solicita la emisión de un informe en un plazo distinto al ordinario, dicho plazo será;. No superior a 1 mes. No superior a 2 meses. Se amplía de 10 a 20 días. Su suspende el plazo de resolución, volviendo a contar con 10 días desde el acceso al nuevo informe. La falta de emisión de un informe puede producir la interrupción de los plazos de los trámites sucesivos cuando el informe: Tenga carácter técnico y sea solicitado por el órgano instructor. Haya sido solicitado fuera del plazo ordinario. Sea considerado preceptivo y determinante, o vinculante, conforme a la normativa. Sea emitido por un órgano distinto al instructor. Tras los actos de instrucción y la valoración de las solicitudes, el órgano instructor debe;. Dictar directamente la resolución del procedimiento. Publicar la relación provisional de beneficiarios. Resolver el procedimiento mediante acto de trámite cualificado. Elaborar una propuesta motivada de resolución y notificarla a los interesados. La propuesta de resolución que se notifica a los interesados;. Permite a los interesados formular alegaciones en un plazo de 10 días. Sustituye al trámite de audiencia. Produce efectos jurídicos equiparables a la resolución. Tiene carácter definitivo desde el momento de su notificación. Puede prescindirse del trámite de audiencia cuando;. El órgano instructor lo considere innecesario por razones de economía procedimental. No existan otros hechos, alegaciones o pruebas distintas de las aportadas por los solicitantes. La propuesta de resolución tenga carácter provisional. Se haya emitido informe preceptivo y vinculante. La propuesta de resolución elaborada por el órgano instructor;. Produce efectos jurídicos equivalentes a la resolución que pone fin al procedimiento. Tiene carácter provisional y se notifica a los interesados para que formulen alegaciones. Pone fin a la vía administrativa una vez notificada. Determina de forma definitiva la condición de beneficiario de la subvención. Cuando se prescinde del trámite de audiencia en el procedimiento de concesión de subvenciones;. El procedimiento queda suspendido hasta que se conceda trámite de audiencia. El órgano instructor debe retrotraer las actuaciones al momento anterior a la propuesta de resolución. El procedimiento resulta inválido por omitirse un trámite esencial. El procedimiento puede considerarse válido si no existen otros hechos, alegaciones o pruebas distintos de los aportados por los solicitantes. Cuando se prescinde del trámite de audiencia, la propuesta de resolución;. Debe notificarse como resolución que pone fin a la vía administrativa. Adopta carácter definitivo. Se transforma en un acto de trámite cualificado con efectos propios. Mantiene su carácter provisional hasta que se dicte la resolución del procedimiento. Cuando el interesado ha formulado alegaciones, el órgano instructor;. Elabora una propuesta de resolución definitiva tras examinar las alegaciones. Dicta una resolución provisional con indicación de los beneficiarios. Suspende el procedimiento hasta la aceptación expresa del interesado. Eleva directamente la resolución al órgano competente sin más actuaciones. La propuesta de resolución definitiva debe especificar;. El régimen de recursos aplicable a la resolución futura. El plazo máximo para notificar la resolución. La relación de beneficiarios y la cuantía, sin necesidad de justificar la valoración. La evaluación realizada y los criterios de valoración seguidos. La resolución del procedimiento de subvención debe;. Limitarse a identificar a las personas beneficiarias. Especificar las personas beneficiarias y las personas cuyas solicitudes han sido desestimadas. Recoger únicamente la cuantía concedida y el plazo de ejecución. Incorporar la totalidad de las alegaciones formuladas por los interesado. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones es, con carácter general;. Seis meses desde la presentación de la solicitud. Tres meses desde la aprobación de la propuesta definitiva. El que establezca la convocatoria sin referencia temporal concreta. Seis meses desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar sin haber recibido respuesta;. La solicitud queda pendiente de resolución expresa. El procedimiento debe retrotraerse a la fase de instrucción. Se concede la subvención por silencio positivo. La solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo. De manera excepcional puede otorgarse una subvención de forma directa cuando: Exista una situación de emergencia y la Administración designe al beneficiario sin aplicar el criterio de prelación. El beneficiario sea una Administración pública territorial. No se haya aprobado previamente una convocatoria pública. La solicitud haya obtenido la mayor puntuación en la valoración. El otorgamiento de una subvención implica obligaciones;. Para la Administración concedente, pero no para el beneficiario. Para el beneficiario, vinculadas a la ejecución del objeto subvencionado. Para los órganos de control financiero. Para ambas partes, Administración concedente y beneficiario. Para la Administración concedente, conceder una subvención implica;. Delegar el control del gasto en el beneficiario. Limitar su actuación a la resolución del procedimiento. Hacer efectiva la subvención y comprobar la correcta ejecución de su objeto, fiscalizando el gasto. Transferir la cantidad concedida sin necesidad de actuaciones posteriores. El beneficiario de la subvención debe;. Ejecutar el objeto de la subvención y acreditar la correcta aplicación de los fondos. Justificar la subvención en el plazo que determine la Administración en cada caso. Acreditar la ejecución del objeto sin referencia a plazos concretos. Comunicar a la Administración el resultado final del proyecto sin documentación económica. El plazo para acreditar la destinación de la cantidad subvencionada será;. Tres meses desde el pago efectivo de la subvención. Tres meses desde la concesión de la subvención. Tres meses desde el pago efectivo de la subvención. El que establezca la convocatoria o, en su defecto, tres meses desde la realización del objeto. La justificación de la subvención por parte del beneficiario recibe la denominación de;. Fiscalización del gasto subvencionado. Cuenta justificativa. Comprobación del gasto. Liquidación de la subvención concedida. Cuando el beneficiario falsea datos, incumple el objetivo de la subvención o no rinde la cuenta justificativa;. Se concede un nuevo plazo de ejecución del objeto subvencionado. La subvención queda automáticamente anulada sin más actuaciones. La Administración procederá a requerir el reintegro, que podrá ser total o parcial. Se inicia directamente un procedimiento sancionador. La acción de reintegro de la subvención;. Sustituye a la imposición de sanciones administrativas. Impide la incoación de un procedimiento sancionador posterior. Tiene carácter sancionador por sí misma. Puede coexistir con la imposición de sanciones cuando concurran infracciones. Independientemente del reintegro, la Administración podrá sancionar al beneficiario cuando;. Se incurra en alguna de las infracciones tipificadas en la Ley General de Subvenciones. No se haya ejecutado el objeto de la subvención en el plazo previsto. Se incumplan obligaciones accesorias previstas en la convocatoria. No se haya solicitado la prórroga del plazo de justificación. Según la definición de Gamero Casado y Fernández Ramos, el servicio público se caracteriza por: Ser una actividad económica sometida al libre mercado, aunque controlada por la Administración. Ser una actividad económica excluida del libre mercado cuya titularidad asume la Administración pública mediante una norma con rango de ley. Ser una actividad económica de titularidad privada sometida a control administrativo. Ser una actividad administrativa no económica prestada directamente por la Administración. El régimen legal de la prestación de los servicios públicos;. Se establece mediante reglamentos dictados por la Administración titular del servicio. Se fundamenta en una ley general única que regula de forma homogénea todos los servicios públicos. Se apoya en la legislación de contratos del sector público y en las normas específicas que regulan cada servicio. Depende exclusivamente del contrato de gestión del servicio público. El servicio público se caracteriza por: Ser una actividad económica sometida a regulación administrativa. Ser prestado bajo control público con independencia de su titularidad. Ser una materia reservada a la ley y de titularidad de la Administración. Estar orientado a la satisfacción de intereses generales. La reserva material de ley en materia de servicio público se fundamenta como;. La posibilidad constitucional de reservar recursos o servicios esenciales al sector público mediante ley. La potestad reglamentaria de la Administración para organizar servicios. La competencia exclusiva del Estado en materia de servicios públicos. El principio de intervención administrativa en la economía. El artículo 128.2 de la Constitución permite: Atribuir a la Administración la gestión directa de cualquier actividad económica. Reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en supuestos de monopolio. Excluir de forma general la iniciativa privada en los servicios públicos. Someter los servicios públicos a un régimen contractual obligatorio. El ejemplo de la Ley 16/1987, de transportes terrestres, cataloga el transporte público regular permanente de viajeros de uso general como. Un supuesto de gestión indirecta de un servicio público. La liberalización del transporte público regular de viajero. Actividad de prestación de servicio público de titularidad administrativa. Un modelo mixto de prestación de servicios públicos. La Administración tiene pleno dominio sobre el servicio público porque: Ostenta competencias de inspección y sanción sobre su prestación. Actúa como propietaria del servicio al ser su titular. Puede decidir el régimen de gestión más adecuado en cada caso. Actúa como propietaria del servicio al ser su titular. El hecho de que la titularidad del servicio público corresponda a la Administración implica que: La Administración debe gestionar siempre el servicio con sus propios medios. La forma de gestión puede realizarse por la propia Administración, por una persona ajena o de forma conjunta. La gestión del servicio queda excluida de cualquier forma indirecta. La Administración pierde el control del servicio cuando la gestión no es directa. La gestión de un servicio público puede calificarse como: Directa, indirecta o mixta, con independencia de que la titularidad sea pública. Administrativa o contractual, según el régimen jurídico aplicable. Directa, indirecta o mixta, manteniéndose la titularidad del servicio en la Administración. Pública o privada, según la persona que lo gestione. La gestión directa de un servicio público se produce cuando;. La gestión del servicio se encomienda a una persona ajena a la Administración. La Administración comparte la gestión con un sujeto privado. La propia Administración realiza la gestión del servicio. El servicio se presta mediante fórmulas de colaboración público-privada. La gestión directa indiferenciada se caracteriza por: La existencia de una especialización funcional diferenciada dentro de la Administración. La gestión del servicio mediante una entidad con personalidad jurídica propia. La ausencia, en sentido estricto, de una especialización funcional. La separación entre titularidad y gestión del servicio público. En la modalidad de gestión directa indiferenciada, el riesgo y los poderes de decisión;. Recaen sobre una unidad administrativa especializada. Se reparten entre la Administración y un gestor externo. Se transfieren al administrador del servicio. Son asumidos por la propia Administración. La gestión directa indiferenciada resulta adecuada para la prestación de servicios que implican: El ejercicio de autoridad, como la seguridad pública. Actividades económicas en régimen de mercado. Funciones de carácter técnico especializado. Servicios gestionados mediante fórmulas mixtas. El administrador del servicio en la modalidad de gestión directa indiferenciada;. Puede adoptar resoluciones administrativas y gestionar caudales públicos. Ejerce funciones directivas con autonomía financiera. Es un funcionario de plantilla sin facultades para el manejo de caudales ni para dictar resoluciones. Actúa como órgano instructor del procedimiento administrativo. En la modalidad de gestión directa mediante órgano especializado, la gestión del servicio corresponde, con carácter general, a: El órgano creado, formado por un consejo de administración y un gerente. El órgano creado, formado por un director único designado por la Administración. Un órgano colegiado. Un funcionario responsable del servicio sin capacidad decisoria. Desde el punto de vista económico, los órganos especializados de gestión directa en los servicios públicos;. Se financian mediante transferencias extraordinarias de la Administración. Disponen de una sección presupuestaria propia. Se integran en un anexo presupuestario específico. Gestionan su financiación conforme a sus estatutos de creación. La modalidad de gestión directa a través de un organismo especializado se lleva a cabo mediante la;. Desconcentración funcional. Desconcentración territorial. Descentralización funcional. Descentralización territorial. En el modelo de gestión directa a través de organismo especializado, la norma rectora que define su organización es: La convocatoria del servicio público. El reglamento interno aprobado por la Administración matriz. El acuerdo del consejo de administración. Los estatutos de creación del organismo. Desde el punto de vista económico la financiación del organismo especializado en la gestión del servicio público;. Surge de un anexo presupuestario. Se determina en el Registro Mercantil. Se integra en una sección presupuestaria propia. Procede de transferencias corrientes anuales. Un ejemplo de organismo especializado de gestión directa es;. Una gerencia de urbanismo. Una empresa pública medioambiental. Un organismo autónomo. Un órgano administrativo especializado. Un ejemplo de órgano especializado de gestión directa es;. Una gerencia. Una empresa pública medioambiental. Un organismo autónomo. Un órgano administrativo especializado. ¿Cuál de los siguientes constituye una modalidad de gestión directa de un servicio público?. Encomienda de gestión a un tercero. Contrato de servicios del sector público. Sociedad concesionaria privada. Empresa pública. La empresa pública como forma de gestión directa se caracteriza por;. La gestión del servicio por la propia Administración sin diferenciación orgánica. La prestación del servicio mediante descentralización funcional. La creación de una sociedad anónima o limitada con capital público inscrita en el Registro Mercantil y regulada por sus Estatutos de Creación. La gestión del servicio por un órgano administrativo sin personalidad jurídica propia. ¿Cuál de las siguientes opciones constituye un modelo de gestión directa de servicios públicos?. Gestión directa indiferenciada. Contrato de servicios del sector público. Sociedad concesionaria privada. Concesión administrativa del servicio. ¿Cuál de las siguientes opciones es un modelo de gestión directa de servicios públicos?. Encomienda de gestión a una entidad privada. Órgano especializado. Gestión contractual del servicio público. Prestación indirecta mediante concesión. ¿Cuál de las siguientes opciones corresponde a una modalidad de gestión directa de servicios públicos?. Empresa concesionaria del servicio. Contrato de gestión del servicio público. Organismo especializado. Colaboración público-privada contractual. ¿Cuál de las siguientes opciones es una forma de gestión directa de servicios públicos?. Gestión indirecta mediante contrato administrativo. Prestación del servicio por concesionario. Externalización del servicio a un tercero. Empresa pública. ¿Qué modelo de gestión directa de servicios públicos tiene como característica realizarse mediante descentralización funcional?. Organismo especializado. Gestión directa indiferenciada. Órgano especializado. Empresa pública. ¿En qué modelo de gestión directa no existe, en sentido estricto, una descentralización funcional?. Organismo especializado. Gestión directa indiferenciada. Empresa pública. Órgano especializado. ¿En qué modelo de gestión directa consiste la creación, por parte de la Administración, de una sociedad anónima o limitada dotada de capital público para gestionar un servicio?. Gestión directa indiferenciada. Órgano especializado. Empresa pública. Organismo especializado. ¿En qué modelo de gestión directa el órgano creado es el responsable de la gestión del servicio, y como norma general adopta la forma de gerencias?. Gestión directa indiferenciada. Organismo especializado. Empresa pública. Órgano especializado. La gestión de servicios públicos a través de fundaciones públicas se caracteriza porque: Adquieren personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro de Fundaciones y carecen de ánimo de lucro. Se constituyen como sociedades mercantiles con capital íntegramente público. Se integran en la estructura administrativa sin personalidad jurídica propia. Se rigen por contratos administrativos de gestión del servicio. El órgano de gestión de las fundaciones públicas utilizadas para la prestación de servicios públicos es: El consejo de administración regulado por la legislación mercantil. La gerencia designada por la Administración titular del servicio. El Patronato, regulado por los Estatutos de Constitución elaborados por la Administración. El órgano instructor previsto en la normativa de procedimiento administrativo. La gestión indirecta de un servicio público se caracteriza porque: La gestión del servicio la realiza la propia Administración mediante órganos especializados. La gestión del servicio la realiza una persona ajena a la Administración, física o jurídica. La titularidad y la gestión del servicio se transfieren al particular. El servicio se presta a través de organismos públicos con personalidad jurídica propia. En la modalidad de arrendamiento de instalaciones de titularidad de la Administración;. El particular aporta las instalaciones necesarias para prestar el servicio. Las instalaciones pasan a ser de titularidad del arrendatario durante el contrato. Las instalaciones pertenecen a la Administración y se ponen a disposición del particular. El servicio se presta en instalaciones de uso compartido entre Administración y particular. A nivel local se excluye el uso de esta modalidad de gestión indirecta para servicios relacionados con;. Transporte público y recogida de residuos. Servicios culturales, deportivos y educativos. Asistencia sanitaria, incendios, beneficencia y establecimientos de crédito. Servicios sociales y medioambientales. El arrendatario de las instalaciones deberá: Gestionar el servicio sin obligación de abonar contraprestación económica. Asumir la titularidad de las instalaciones una vez finalizado el contrato. Realizar mejoras libremente en las instalaciones durante la vigencia del contrato. Pagar el precio del arrendamiento y devolver las instalaciones en el estado en que las recibió. El contrato de arrendamiento de instalaciones podrá resolverse cuando: El arrendatario tarde más de 30 días en pagar el precio del arrendamiento. El arrendatario solicite autorización para realizar mejoras. La Administración decida cambiar el modelo de gestión del servicio. Se produzca una disminución en la demanda del servicio público. El concierto como modalidad de gestión indirecta del servicio público se caracteriza porque: Se articula mediante convenio o contrato con una persona. Da lugar a la creación de una nueva persona jurídica para la prestación del servicio. Implica la cesión de instalaciones de titularidad administrativa al gestor. Supone la asunción directa de la gestión por parte de la Administración. En la modalidad de gestión indirecta mediante concierto;. Las instalaciones necesarias para prestar el servicio son aportadas por la Administración. La persona ajena a la Administración ya dispone de las instalaciones necesarias. Las instalaciones se construyen específicamente para la ejecución del concierto. La prestación del servicio se realiza en instalaciones de uso compartido. Una diferencia esencial entre el concierto y el arrendamiento de instalaciones es que;. En el concierto la Administración conserva la titularidad del servicio. En el arrendamiento la gestión corresponde a una persona jurídica preexistente. En el concierto no se crea una nueva persona jurídica y el gestor ya estaba prestando el servicio. En el arrendamiento la Administración se limita a financiar el servicio. La concesión se define como: Un acuerdo administrativo para la prestación directa de un servicio público. Un convenio de colaboración entre Administraciones públicas. Una autorización administrativa para explotar un servicio público. Un contrato resultante de un concurso previo para la gestión o prestación de un servicio. La concesión puede consistir en;. La cesión de instalaciones administrativas para la prestación del servicio. La creación de una persona jurídica para la gestión del servicio. La concesión de una obra o instalación y su explotación, o en la prestación del servicio. La financiación pública íntegra del servicio prestado. En el contrato de concesión deben estipularse, entre otros extremos: El régimen de subvenciones aplicable al concesionario. Las condiciones de prestación del servicio, el plazo y la tarifa que podrá cobrar el concesionario. La estructura organizativa interna del concesionario. El sistema de financiación pública del servicio. El contrato de concesión debe regular;. La tarifa que puede cobrar el concesionario y las sanciones por incumplimiento. La titularidad del servicio y la transmisión de la misma al concesionario. La cesión de personal administrativo al concesionario. La forma de financiación presupuestaria del servicio. La característica esencial de la concesión como modalidad de gestión indirecta es que: El servicio se presta con financiación íntegra de la Administración. El concesionario gestiona el servicio bajo la supervisión directa de la Administración. La Administración asume el riesgo económico de la explotación. El concesionario gestiona el servicio a su riesgo y ventura. ¿En qué modalidad de gestión indirecta la Administración pone a disposición del gestor las instalaciones de su titularidad, siendo éste quien presta el servicio público utilizando dichas instalaciones?. Concesión del servicio público. Concierto mediante convenio o contrato. Arrendamiento de instalaciones de titularidad de la Administración. Gestión indirecta mediante fundación pública. ¿En qué modalidad de gestión indirecta la persona ajena a la Administración ya existe previamente y dispone de las instalaciones necesarias, limitándose la Administración a utilizar sus servicios a cambio de una contraprestación?. Arrendamiento de instalaciones de la Administración. Concesión del servicio público. Empresa pública de gestión del servicio. Concierto para la prestación del servicio público. ¿En qué modalidad de gestión indirecta el gestor del servicio asume la prestación a su riesgo y ventura, regulándose contractualmente las tarifas, el plazo y las sanciones por incumplimiento?. Concesión del servicio público. Concierto mediante convenio o contrato. Arrendamiento de instalaciones administrativas. Gestión indirecta mediante fundación pública. La gestión mixta de un servicio público se caracteriza porque: La prestación del servicio la realiza una persona ajena a la Administración mediante contrato. La prestación del servicio la realiza la Administración junto con una persona ajena, aportando ambas capital. La gestión del servicio se encomienda a una sociedad mercantil íntegramente pública. La Administración conserva la titularidad del servicio sin participar en su gestión. En la gestión mixta el límite temporal de la sociedad constituida es de: 25 años, prorrogables por acuerdo entre las partes. El fijado en los estatutos sociales sin referencia temporal concreta. 50 años, tras los cuales deben revertir a la Administración el activo y el pasivo. El mismo plazo que el previsto para la concesión del servicio público. El principio rector de continuidad implica que los servicios públicos: Deben prestarse con criterios de eficiencia económica. Han de impartirse de forma regular y permanente, sin interrupciones sin causa justificada. Pueden interrumpirse por decisión organizativa de la Administración. Se prestan mientras exista demanda suficiente por parte de los usuarios. Cuando un servicio público se interrumpe sin causa justificada;. Se revisan automáticamente las condiciones del contrato administrativo. Se suspende la aplicación del principio de igualdad. Pueden imponerse sanciones, resolverse el contrato e incluso sanciones disciplinarias. Se activa el principio de mutabilidad del servicio. El principio rector de mutabilidad permite a la Administración: Resolver unilateralmente los contratos de prestación del servicio. Alterar el régimen de titularidad del servicio público. Suspender el servicio por razones organizativas. Variar o modificar las condiciones de prestación del servicio, incluso cuando lo presta una empresa privada. Cuando la aplicación del principio rector de mutabilidad de prestación de servicios altera el equilibrio financiero del contrato;. La Administración debe compensar al contratista. El contratista asume el riesgo económico de la modificación. Se extingue el contrato por imposibilidad sobrevenida. Se aplica el principio de continuidad del servicio. Según el principio rector de igualdad en la prestación de los servicios públicos, se debe: Tratar de forma idéntica a todos los usuarios en cualquier circunstancia. Tratar de forma similar a los usuarios que se encuentren en situaciones parecidas. Excluir cualquier medida diferenciadora entre usuarios. Priorizar criterios económicos frente a criterios sociales. El principio rector de igualdad en los servicios públicos: Impide la adopción de medidas diferenciadas entre usuarios. Excluye tratamientos específicos para determinados colectivos. No resulta incompatible con medidas de discriminación positiva. Se subordina al principio de calidad del servicio. El principio rector de calidad en la prestación de los servicios públicos implica que: Los servicios se presten conforme a estándares mínimos fijados reglamentariamente. Los servicios se presten de la mejor forma posible tanto para el usuario como para la Administración. La prestación del servicio se ajuste a criterios de rentabilidad económica. La Administración evalúe únicamente los resultados finales del servicio. Debido a la subjetividad del principio de calidad, en la práctica se utilizan mecanismos como: Los contratos-programa y los planes estratégicos. Los informes preceptivos y vinculantes. La carta de servicios y las evaluaciones de calidad. Los procedimientos de inspección y sanción. Una diferencia entre la carta de servicios y la evaluación de la calidad es que: La evaluación de la calidad define los compromisos que asumirá el prestador. La carta de servicios se elabora tras la evaluación de la calidad del servicio. La carta de servicios sirve para sancionar incumplimientos y la evaluación para fijar tarifas. La carta de servicios recoge compromisos y objetivos del prestador, mientras que la evaluación analiza cómo se está prestando el servicio. El principio de asequibilidad implica que los servicios públicos: Deban prestarse de forma gratuita para todos los usuarios. Se financien íntegramente mediante presupuestos públicos. Se presten en condiciones económicas que permitan el acceso de los usuarios. Se presten con independencia del coste real del servicio. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio rector en la actividad de prestación de servicios públicos?. Continuidad. Eficiencia administrativa. Jerarquía normativa. Legalidad presupuestaria. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio rector en la actividad de prestación de servicios públicos?. Coordinación interadministrativa. Mutabilidad. Descentralización funcional. Autonomía organizativa. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio rector en la actividad de prestación de servicios públicos?. Transparencia administrativa. Seguridad jurídica. Igualdad. Publicidad normativa. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio rector en la actividad de prestación de servicios públicos?. Responsabilidad patrimonial. Estabilidad presupuestaria. Sostenibilidad financiera. Calidad. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio rector en la actividad de prestación de servicios públicos?. Asequibilidad. Universalidad del servicio. Rentabilidad económica. Control financiero. ¿Qué principio rector se caracteriza por exigir que los servicios públicos se presten de forma regular y permanente, evitando interrupciones sin causa justificada?. Igualdad. Mutabilidad. Continuidad. Calidad. ¿Qué principio rector permite a la Administración modificar las condiciones de prestación del servicio público, incluso cuando éste es gestionado por una empresa privada, con compensación si se altera el equilibrio financiero?. Continuidad. Mutabilidad. Asequibilidad. Igualdad. ¿Qué principio rector implica tratar de forma similar a los usuarios que se encuentran en situaciones comparables, admitiendo medidas de discriminación positiva?. Asequibilidad. Continuidad. Calidad. Igualdad. ¿Qué principio rector exige que los servicios públicos se presten de la mejor forma posible tanto para los usuarios como para la Administración, utilizando mecanismos como la carta de servicios o evaluaciones de calidad?. Continuidad. Igualdad. Calidad. Mutabilidad. ¿Qué principio rector se refiere a que los servicios públicos se presten en condiciones económicas que permitan el acceso de los usuarios, pudiendo existir tarifas o precios públicos?. Mutabilidad. Calidad. Igualdad. Asequibilidad. La actividad de limitación se define como: La prestación directa de servicios públicos por parte de la Administración. Las intervenciones de la Administración que restringen derechos de los particulares en aras del interés general. La concesión de incentivos económicos para orientar conductas privadas. La gestión de actividades económicas excluidas del libre mercado. La actividad de limitación ha sido tradicionalmente denominada: Actividad de fomento. Actividad de ordenación administrativa. Actividad de policía administrativa. Actividad de prestación de servicios públicos. El ejemplo del permiso de conducir se utiliza para mostrar que la actividad de limitación;. Condiciona el ejercicio de un derecho individual para proteger el interés general. Suprime el derecho a la movilidad de los particulares. Sustituye la iniciativa privada por la actuación administrativa. Tiene como finalidad principal la recaudación administrativa. ¿Cuáles son las herramientas tradicionales mediante las cuales la Administración ha ejercido la actividad de limitación?. Autorización, mandato y sanción. Autorizaciones, subvenciones y concesiones. Mandato, fomento y prestación de servicios. Autorización, comunicación previa y concesión. La autorización administrativa se define como;. Un acto administrativo mediante el cual la Administración sanciona una conducta ilícita. Un acto administrativo que permite al particular actuar sin control posterior. Un acto administrativo que implica supervisión y aprobación previa para que el particular realice una actuación. Un acto de comunicación mediante el cual el particular informa a la Administración de una actividad ya iniciada. Una autorización reglada se caracteriza porque: La Administración dispone de un margen de valoración para concederla o denegarla. La Administración se limita a comprobar si concurren los requisitos establecidos en la norma. La autorización se sustituye siempre por una declaración responsable. La Administración decide atendiendo a criterios de oportunidad administrativa. Las autorizaciones administrativas pueden clasificarse en regladas o discrecionales en función de: Si la autorización afecta a derechos fundamentales o a intereses económicos. Si la Administración dispone o no de un margen de valoración para concederlas o denegarlas. Del tipo de actividad que pretenda realizar el particular. Del órgano administrativo competente para otorgarlas. En los últimos años la autorización administrativa ha perdido protagonismo porque: Ha sido sustituida por la concesión administrativa como mecanismo principal de control. Se ha limitado su uso a actividades de especial peligrosidad. Ha cedido protagonismo a las comunicaciones y a las declaraciones responsables. Ha quedado reservada a supuestos sancionadores. La nueva modalidad de control basada en comunicaciones o declaraciones responsables se caracteriza porque: El control administrativo desaparece tras la presentación de la declaración. El control se realiza con mayor intensidad que en las autorizaciones previas. El particular queda exento de cualquier control administrativo. La Administración mantiene la facultad de inspección, pero el control es posterior a la actuación del particular. La diferencia esencial entre las autorizaciones administrativas y esta nueva modalidad de control es que: Las autorizaciones se ejercen por órganos distintos a los de inspección. Las declaraciones responsables implican un control previo, mientras que en las autorizaciones el control es posterior. Las autorizaciones implican un control previo, mientras que en las declaraciones responsables el control es posterior. El nuevo control elimina la necesidad de cumplir la normativa aplicable. Los mandatos se caracterizan porque;. La Administración impone sanciones ante el incumplimiento de una norma. La Administración autoriza previamente una conducta del particular. La Administración impone al administrado una conducta activa o pasiva en defensa del interés general. La Administración sustituye la voluntad del administrado mediante actos contractuales. Las sanciones administrativas pueden: Tener contenido pecuniario o de limitación de derechos. Consistir en privación de libertad en determinados supuestos. Sustituir al Derecho penal cuando exista infracción administrativa grave. Imponerse sin relación con el incumplimiento de una norma administrativa. ¿Cuándo el mandato impuesto por la Administración tiene carácter activo?. Cuando la Administración impide al administrado realizar una determinada conducta. Cuando la Administración exige al administrado una conducta de hacer, denominada orden. Cuando la Administración limita un derecho mediante una sanción. Cuando la Administración controla la actividad del particular con carácter posterior. ¿Cuándo el mandato impuesto por la Administración tiene carácter pasivo?. Cuando la Administración impone al administrado una conducta de no hacer, denominada prohibición. Cuando se impone al administrado la obligación de realizar una actuación concreta. Cuando se sanciona el incumplimiento de una norma administrativa. Cuando se condiciona el ejercicio de un derecho a una autorización previa. ¿Qué carácter no pueden tener las sanciones administrativas?. Carácter pecuniario. Carácter de limitación de derechos. Carácter privativo de libertad. Carácter derivado del incumplimiento de una norma administrativa. La potestad sancionadora de la Administración se define como: La facultad de la Administración para sancionar a los administrados cuando incumplen la normativa. La capacidad de la Administración para imponer sanciones penales a los administrados. El poder discrecional de la Administración para limitar derechos sin control jurídico. La función administrativa de inspección previa de actividades privadas. La potestad sancionadora de la Administración: Tiene carácter absoluto cuando existe incumplimiento normativo. Está limitada por principios rectores que deben respetarse en su ejercicio. Se ejerce sin necesidad de respetar límites materiales. Depende exclusivamente del criterio de oportunidad administrativa. Los principios de la potestad sancionadora se encuentran regulados: En la Ley 39/2015, en su título preliminar. En la Ley 40/2015, en su capítulo III (artículos 25 a 31). En la Ley 30/1992, en su régimen sancionador general. En la legislación de contratos del sector público. Los principios de la potestad sancionadora no serán de aplicación respecto de quienes estén vinculados a la Administración por;. La legislación de procedimiento administrativo común. La normativa sectorial específica del servicio público. La legislación patrimonial de las Administraciones Públicas o la de contratos del sector público. Reglamentos internos de la Administración sancionadora. Entre los principios que rigen la potestad sancionadora se incluyen;. Legalidad, jerarquía normativa y seguridad jurídica. Legalidad, irretroactividad, eficiencia, responsabilidad, proporcionalidad y prescripción. Legalidad, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, jerarquía normativa y prescripción. Legalidad, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y prescripción. Conforme al principio de legalidad, las Administraciones Públicas podrán ejercer la potestad sancionadora cuando: La potestad esté expresamente reconocida por una norma con rango de ley. El órgano sancionador lo considere oportuno por razones de eficacia. Exista un interés general que justifique la imposición de la sanción. La conducta haya sido previamente advertida por la Administración. La competencia del órgano administrativo para sancionar: Debe estar atribuida expresamente por una norma con rango de ley. Puede derivarse de la práctica administrativa consolidada. Debe estar atribuida expresamente, pudiendo reconocerse por una norma con rango legal o reglamentario. Se presume cuando el órgano ejerce funciones de inspección. Según el principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras, las normas sancionadoras serán de aplicación cuando: Sean las vigentes en el momento en que se dicte la resolución sancionadora. Sean las vigentes en el momento de producirse los hechos. Resulten más adecuadas a la finalidad preventiva de la sanción. Se trate de sanciones pendientes de ejecución. De acuerdo con el principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras, las disposiciones favorables al infractor: No pueden aplicarse a hechos anteriores a su entrada en vigor. Producen efectos retroactivos únicamente sobre la sanción impuesta. Producen efecto retroactivo respecto de la tipificación de la infracción, la sanción y los plazos de prescripción. Solo se aplican cuando la sanción ya ha sido cumplida. Según el principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras, puede concluirse que: Las normas sancionadoras no favorables pueden aplicarse retroactivamente por razones de interés general. Las normas sancionadoras no favorables no pueden tener efecto retroactivo. Todas las normas sancionadoras producen efectos retroactivos. La retroactividad depende del criterio del órgano sancionador. Según el principio de tipicidad, solo constituyen infracciones administrativas: Las conductas contrarias al interés general apreciadas por la Administración. Los incumplimientos contractuales con la Administración. Las conductas contrarias a reglamentos administrativos. Las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas en una Ley. Según el principio de tipicidad las infracciones administrativas se clasifican en;. En leves y graves. En administrativas y disciplinarias. En leves, graves y muy graves. En simples y cualificadas. Según el principio de tipicidad, cuando una disposición reglamentaria desarrolla una ley sancionadora: Puede crear nuevas infracciones para completar la ley. Puede introducir especificaciones o graduaciones para mejorar la identificación de la infracción o precisar la sanción. Puede alterar los límites legales de las sanciones. Puede modificar la naturaleza de las infracciones previstas en la ley. El principio de tipicidad establece que las normas que definen infracciones y sanciones: No pueden ser susceptibles de aplicación analógica. Admiten interpretación extensiva cuando favorecen al interés general. Pueden aplicarse por analogía en supuestos similares. Permiten integración analógica en defecto de norma expresa. Según el principio de tipicidad, cuando una disposición reglamentaria desarrolla una ley sancionadora: Puede completar el régimen sancionador creando nuevas infracciones para supuestos no previstos en la ley. Puede alterar la naturaleza de las infracciones siempre que no se superen los límites cuantitativos de la sanción. Puede modificar el contenido de las sanciones si mejora la identificación de la conducta infractora. No puede crear nuevas infracciones ni sanciones ni alterar su naturaleza o límites legales. De acuerdo con el principio de responsabilidad, pueden ser sujetos responsables de una infracción administrativa: Las personas físicas y jurídicas, así como otros entes cuando tengan reconocida capacidad de obrar. Solo las personas jurídicas con ánimo de lucro. Quienes mantengan una relación contractual con la Administración. Las personas físicas mayores de edad. De acuerdo con el principio de responsabilidad, para que exista responsabilidad administrativa es necesario que los sujetos: Actúen con resultado lesivo para el interés general. Actúen bajo dolo o culpa. Incumplan una obligación contractual previa. Sean advertidos previamente por la Administración. De acuerdo con el principio de responsabilidad, las leyes específicas pueden tipificar como infracción;. El incumplimiento de cualquier obligación administrativa. La falta de supervisión general de actividades privadas. El incumplimiento de la obligación de prevenir infracciones administrativas por parte de quienes estén sujetos a una relación de dependencia o vinculación. El incumplimiento de deberes éticos en el ejercicio de funciones públicas. De acuerdo con el principio de responsabilidad, en el caso de que exista una pluralidad de infractores;. Siempre se impone una sanción única para todos los responsables. La Administración debe repartir la sanción en partes iguales. Se impone la responsabilidad subsidiaria de forma automática. Rige la solidaridad como régimen de responsabilidad, salvo que pueda individualizarse la sanción. De acuerdo con el principio de responsabilidad, cuando sea posible individualizar la responsabilidad en caso de pluralidad de infractores;. La individualización debe quedar determinada en la resolución sancionadora. La individualización se presume sin necesidad de motivación. La individualización se realiza en fase de ejecución de la sanción. La individualización depende del criterio del órgano instructor. De acuerdo con el principio de responsabilidad, la responsabilidad administrativa derivada de una sanción es compatible con;. La exclusión de cualquier otra consecuencia jurídica. La reposición de la situación alterada y la indemnización por daños y perjuicios causados. La sustitución de la sanción por una medida correctora. La suspensión automática de la ejecución de la sanción. Según el principio de proporcionalidad, las sanciones a imponer deben: Ajustarse a la capacidad económica del infractor. Priorizar la finalidad recaudatoria de la Administración. Ser coherentes con el comportamiento infractor. Aplicarse de forma uniforme con independencia del hecho cometido. Según el principio de proporcionalidad, el régimen de las sanciones pecuniarias debe garantizar que: La sanción sea inferior al beneficio obtenido por el infractor. La sanción se limite al mínimo legal en todos los casos. La sanción se sustituya por medidas correctoras. La comisión de la infracción no resulte más beneficiosa que el cumplimiento de la norma. Según el principio de proporcionalidad, para determinar la sanción deben tenerse en cuenta, entre otros, indicadores como: El grado de culpabilidad, la intencionalidad, la persistencia en la conducta, los perjuicios causados y la reincidencia. La gravedad abstracta del tipo infractor y la alarma social generada. La capacidad económica del infractor y el interés general afectado. La duración del procedimiento sancionador. Según el principio de proporcionalidad, se entiende por reincidencia: La comisión reiterada de infracciones en cualquier periodo de tiempo. La comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza declarada por resolución firme en vía administrativa. La comisión en el plazo de un año de más de una infracción de distinta naturaleza. La persistencia en una conducta infractora sin resolución administrativa previa. Según el principio de proporcionalidad, cuando se realizan una pluralidad de acciones u omisiones que infringen el mismo o semejantes preceptos administrativos en ejecución de un plan preconcebido: Debe imponerse una sanción por cada infracción cometida. Se aplicará la sanción mínima prevista. Debe sancionarse como una infracción continuada. Se resolverá mediante la acumulación de procedimientos. Según el principio de proporcionalidad, cuando la comisión de una infracción derive necesariamente la comisión de otra u otras: Deben imponerse todas las sanciones correspondientes. Debe imponerse la sanción correspondiente a la infracción menos grave. Debe apreciarse reincidencia automática. Debe imponerse únicamente la sanción correspondiente a la infracción más grave cometida. Según el principio de proporcionalidad, la normativa administrativa permite al órgano resolutorio: Imponer la sanción en el grado inferior de forma automática cuando el infractor lo solicite. Reducir la sanción por razones de oportunidad administrativa sin necesidad de motivación. Imponer la sanción en el grado inferior. Sustituir la sanción por una advertencia cuando no exista reincidencia. El principio de prescripción en materia sancionadora presenta: Una única manifestación vinculada a la extinción de la responsabilidad administrativa. Una doble manifestación, la prescripción de la infracción y la prescripción de la sanción. Una manifestación referida únicamente a la sanción impuesta. Una manifestación aplicable solo a las infracciones leves. De acuerdo con el principio de prescripción, la prescripción de la infracción se refiere a;. La imposibilidad de ejecutar la sanción una vez impuesta. La imposibilidad de castigar la infracción. La imposibilidad de ejecutar la sanción. La caducidad del procedimiento sancionador. De acuerdo con el principio de prescripción, cuando la normativa específica no establece plazos, la Ley 40/2015 prevé que las infracciones: Muy graves prescriban a los tres años, las graves a los dos y las leves a los seis meses. Muy graves prescriban a los cinco años, las graves a los tres y las leves al año. Prescriban todas en el mismo plazo con independencia de su gravedad. Prescriban desde la notificación de la resolución sancionadora. De acuerdo con el principio de prescripción, la prescripción de la sanción hace referencia a;. La imposibilidad de imponer la sanción. La pérdida de eficacia del acto sancionador por falta de notificación. La imposibilidad de ejecutar la sanción. La extinción del procedimiento sancionador sin resolución expresa. De acuerdo con el principio de prescripción, cuando la normativa específica no establece plazo, la Ley 40/2015 fija que las sanciones: Muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos y las leves al año. Muy graves prescriben a los cinco años, las graves a los tres y las leves a los seis meses. Prescriben desde la fecha de comisión de la infracción. Prescriben desde la incoación del procedimiento sancionador. De acuerdo con el principio de prescripción, la iniciación del procedimiento sancionador o de ejecución: Suspende definitivamente el cómputo del plazo de prescripción. Interrumpe la prescripción, reiniciándose el plazo si el expediente permanece paralizado más de un mes por causa no imputable al presunto responsable. Anula el plazo de prescripción previamente transcurrido. Impide cualquier efecto interruptivo posterior. De acuerdo con el principio de prescripción, cuando se interpone un recurso de alzada contra la resolución sancionadora y se produce silencio administrativo: El plazo de prescripción de la sanción se reinicia desde la interposición del recurso. El plazo de prescripción queda suspendido indefinidamente. El plazo de prescripción se computa desde la fecha de la resolución sancionadora inicial. El plazo de prescripción de la sanción comienza a contarse desde el día siguiente a aquel en que finaliza el plazo legal para resolver el recurso. De acuerdo con el principio de prescripción, el plazo de prescripción de las infracciones administrativas comienza a contarse: Desde el día siguiente a la notificación de la resolución sancionadora. Desde la incoación del procedimiento sancionador. Desde el día siguiente a aquel en que la sanción sea ejecutable. Desde el mismo día en que la infracción se hubiera cometido, o desde el día en que finalizó la conducta en caso de infracciones continuadas. De acuerdo con el principio de prescripción, el plazo de prescripción de las sanciones administrativas comienza a contarse: Desde el día siguiente a aquel en que la resolución sancionadora sea ejecutable o haya transcurrido el plazo para recurrirla. Desde la fecha de imposición de la sanción con independencia de su firmeza. Desde la iniciación del procedimiento sancionador. Desde el mismo día en que se cometió la infracción. Según el régimen de concurrencia de sanciones, no podrán sancionarse unos hechos cuando: Hayan sido objeto de un procedimiento administrativo previo, aunque no exista resolución firme. Ya hayan sido sancionados, penal o administrativamente, y exista identidad de sujeto, hecho y fundamento. Se trate de una infracción administrativa y de un delito tipificado en el Código Penal. La sanción administrativa sea de distinta naturaleza que la penal. ¿Qué principio de la potestad sancionadora se caracteriza por exigir que solo puedan sancionarse conductas previstas previamente como infracción por una norma con rango de ley, sin admitir aplicación analógica?. Principio de tipicidad. Principio de proporcionalidad. Principio de responsabilidad. Principio de irretroactividad. ¿Qué principio de la potestad sancionadora se manifiesta en la prohibición de aplicar normas sancionadoras no favorables a hechos cometidos con anterioridad a su entrada en vigor, admitiendo únicamente la retroactividad de las favorables al infractor?. Principio de legalidad. Principio de concurrencia de sanciones. Principio de irretroactividad. Principio de prescripción. ¿Qué principio de la potestad sancionadora exige que la sanción sea coherente con el comportamiento infractor y que la infracción no resulte más beneficiosa que el cumplimiento de la norma?. Principio de responsabilidad. Principio de proporcionalidad. Principio de legalidad. Principio de tipicidad. ¿Qué principio de la potestad sancionadora establece que solo pueden ser sancionados quienes actúen con dolo o culpa y regula la responsabilidad en caso de pluralidad de infractores?. Principio de concurrencia de sanciones. Principio de prescripción. Principio de responsabilidad. Principio de concurrencia de sanciones. ¿Qué principio de la potestad sancionadora impide sancionar unos mismos hechos cuando ya han sido sancionados penal o administrativamente, siempre que exista identidad de sujeto, hecho y fundamento?. Principio de irretroactividad. Principio de proporcionalidad. Principio de prescripción. Principio de concurrencia de sanciones. Los principios del procedimiento sancionador se caracterizan por;. Imperar durante la tramitación del procedimiento sancionador. Regular los tipos de infracciones y sanciones aplicables. Limitar el ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración en abstracto. Determinar la competencia de los órganos sancionadores. El principio de garantía de procedimiento exige que la Administración, en el ejercicio de la potestad sancionadora: Respete el procedimiento legal o reglamentariamente establecido. Actúe conforme a criterios de oportunidad administrativa. Priorice la eficacia frente a las garantías procedimentales. Aplique el procedimiento que estime más adecuado al caso concreto. De acuerdo con el principio de garantía de procedimiento, en el procedimiento sancionador: El órgano instructor puede coincidir con el órgano resolutorio cuando exista jerarquía administrativa. El órgano instructor debe ser distinto del órgano resolutorio. El órgano resolutorio asume también las funciones de instrucción. La separación de órganos es una exigencia únicamente en procedimientos complejos. El principio de respeto de los derechos del presunto responsable exige que, en el procedimiento sancionador, el presunto infractor tenga derecho a ser informado de: La propuesta de resolución y el criterio de oportunidad seguido por la Administración. Los hechos que se le imputan, las infracciones que puedan constituir y las sanciones que, en su caso, pudieran imponerse. Únicamente de la sanción final que se pretende imponer. Los informes internos emitidos por el órgano instructor. De acuerdo con el principio de respeto de los derechos del presunto responsable, la Administración debe comunicar al presunto infractor: La identidad del órgano resolutorio, pero no la del instructor. Únicamente la autoridad competente para imponer la sanción. La identidad del instructor, de la autoridad competente para sancionar y la norma que atribuye dicha competencia. Solo la norma sancionadora aplicable al caso. Según el principio de respeto de los derechos del presunto responsable, el presunto infractor tiene derecho a: Proponer cualquier medio de prueba sin limitación alguna. Elegir el órgano competente para resolver el procedimiento. Suspender automáticamente el procedimiento mediante la formulación de alegaciones. Formular alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico que resulten procedentes. El principio de adopción de medidas de carácter provisional establece que dichas medidas tienen como finalidad: Garantizar el cumplimiento de la resolución. Anticipar la ejecución de la sanción antes de la resolución. Sustituir la sanción definitiva por razones de eficacia administrativa. Asegurar la recaudación inmediata de la sanción económica. Según el principio de adopción de medidas de carácter provisional, estas medidas: Pueden adoptarse libremente por el órgano instructor. Se adoptan de forma automática al iniciarse el procedimiento sancionador. Deben adoptarse mediante acuerdo motivado. No requieren motivación cuando exista riesgo para el interés general. El principio de presunción de inocencia en el ámbito del procedimiento sancionador implica que: La responsabilidad administrativa se presume cuando existen indicios suficientes. La carga de la prueba corresponde siempre al presunto infractor. Toda persona es responsable administrativamente hasta que se demuestre lo contrario. Existe una presunción de inexistencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario. De acuerdo con el principio de presunción de inocencia, los hechos constatados por agentes de la autoridad en un documento público: Carecen de valor probatorio si no se acompañan de prueba pericial. Solo tienen valor informativo dentro del procedimiento. Gozan de presunción de veracidad. Constituyen prueba plena e irrebatible de la infracción. La presunción de veracidad de los hechos constatados por los agentes de la autoridad: No es absoluta y puede ser contradicha por el presunto infractor mediante los elementos probatorios. Se extingue automáticamente cuando se formulan alegaciones. Tiene carácter absoluto y no admite contradicción. Puede ser desvirtuada únicamente mediante prueba documental. ¿Qué principio del procedimiento sancionador se caracteriza por exigir que la Administración respete el procedimiento legal o reglamentariamente establecido y garantice la separación entre el órgano instructor y el órgano resolutorio?. Principio de garantía de procedimiento. Principio de presunción de inocencia. Principio de adopción de medidas provisionales. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. ¿Qué principio del procedimiento sancionador se manifiesta en el derecho del presunto infractor a conocer los hechos que se le imputan, las infracciones que puedan constituir, las sanciones posibles, la identidad del instructor, del órgano competente y la norma habilitante?. Principio de presunción de inocencia. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. Principio de garantía de procedimiento. Principio de proporcionalidad. ¿Qué principio del procedimiento sancionador establece que toda persona debe ser considerada no responsable administrativamente mientras no se demuestre lo contrario, permitiendo además la contradicción de los hechos constatados por los agentes de la autoridad?. Principio de garantía de procedimiento. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. Principio de presunción de inocencia. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. ¿Qué principio del procedimiento sancionador permite la adopción de medidas destinadas a garantizar el cumplimiento de la resolución, siempre que estén previstas en la normativa y se adopten mediante acuerdo motivado?. Principio de proporcionalidad. Principio de garantía de procedimiento. Principio de presunción de inocencia. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio del procedimiento sancionador?. Principio de garantía de procedimiento. Principio de proporcionalidad. Principio de tipicidad. Principio de responsabilidad. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio del procedimiento sancionador?. Principio de legalidad. Principio de presunción de inocencia. Principio de irretroactividad. Principio de concurrencia de sanciones. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio del procedimiento sancionador?. Principio de prescripción. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. Principio de proporcionalidad. Principio de responsabilidad. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio del procedimiento sancionador?. Principio de tipicidad. Principio de concurrencia de sanciones. Principio de legalidad. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio de la potestad sancionadora?. Principio de proporcionalidad. Principio de garantía de procedimiento. Principio de presunción de inocencia. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio de la potestad sancionadora?. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. Principio de prescripción. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. Principio de garantía de procedimiento. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio de la potestad sancionadora?. Principio de presunción de inocencia. Principio de concurrencia de sanciones. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio de la potestad sancionadora?. Principio de garantía de procedimiento. Principio de presunción de inocencia. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. Principio de tipicidad. ¿Cuál de las siguientes opciones es un principio de la potestad sancionadora?. Principio de prescripción. Principio de respeto de los derechos del presunto responsable. Principio de garantía de procedimiento. Principio de adopción de medidas de carácter provisional. |




