Gastos plurianuales (ANDALUCÍA)
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¿Los límites cuantitativos y cualitativos de los gastos plurianuales se pueden modificar?. si. no. ¿Quién establece los límites cuantitativos y temporales de los gastos plurianuales?. TRLGHP. Ley de Presupuestos de cada ejercicio. El Consejo de Política Fiscal y Financiera de las CC.AA. Programas plurianuales aprobados por la Comisión Europea. Todas son correctas. Los créditos financiados con transferencias y otros ingresos finalistas: tanto el número de anualidades como el límite de crédito se fijarán en función de la financiación prevista. tanto el número de anualidades como el límite de crédito se fijarán en función de la Ley de PPTO de cada ejercicio. el límite de crédito se fijarán en función de la financiación prevista. el límite de crédito se fijarán en función de la Ley de PPTO de cada ejercicio. Se pueden modificar los límites de créditos correspondientes a ejercicios futuros: si. no. Se pueden modificar los límites de anualidades futuras: si. no. ¿ Cómo se fijarán el número de anualidades futuras y el límite de crédito de gastos plurianuales para los créditos financiados con transferencias y otros ingresos finalistas?. Las modificaciones de créditos del ejercicio corriente. no producirán reajuste de los límites de los créditos de ejercicios futuros, salvo que tengan carácter permanente y, en tal sentido, se acuerde mediante Resolución de la Dirección General de Presupuestos, a propuesta del órgano gestor afectado. no producirán reajuste de los límites de los créditos de ejercicios futuros. no producirán reajuste de los límites de los créditos de ejercicios futuros, salvo que tengan carácter permanente. Niguna es correcta. Cuando las modificaciones de créditos del ejercicio corriente tengan carácter permanente: no producirán reajuste de los límites de los créditos de ejercicios futuros,. Producirán reajustes de los límites de los créditos de ejercicios futuros cuando se acuerde mediante Resolución de la Dirección General de Presupuestos, a propuesta del órgano gestor afectado. Producirán reajustes de los límites de los créditos de ejercicios futuros en todo caso. ninguna es correcta. quién acuerda el reajuste de los límites de créditos de ejercicios futuros cuando las modificaciones de créditos del ejercicio corriente tengan carácter permanente: El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda y a instancia de la Consejería afectada. La Consejería competente en materia de Hacienda a instancia de la Consejería afectada. Se realiza de forma automática. La DG de Presupuesto a propuesta del órgano gestor afectado. quién podrá resolver sobre la redistribución de los créditos en los gastos plurianuales, siempre y cuando se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda y a instancia de la Consejería afectada. La Consejería competente en materia de Hacienda a instancia de la Consejería afectada. La DG de Presupuesto a propuesta de la Consejería o Agencia Administrativa o de Régimen Especial. La DG de Presupuesto a propuesta del órgano gestor afectado. quién podrá resolver sobre la redistribución de los créditos en los gastos plurianuales financiados por fondos procedentes de la UE, siempre y cuando se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda y a instancia de la Consejería afectada. La Consejería competente en materia de Hacienda a instancia de la Consejería afectada. La DG de competente en matería de Fondos Europeos a propuesta de la Consejería o Agencia Administrativa o de Régimen Especial. La DG de Presupuesto a propuesta del órgano gestor afectado. Los acuerdos sobre redistribuciones de créditos en gastos plurianuales acordados por la DG de Presupuestos o por la DG competente en materia de Fondos Europeos: se dará traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos contables. se dará traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos de fiscalización y contabilización. se podrá dar traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos contables. se podrá dar traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos de fiscalización y contabilización. Los acuerdos sobre modificaciones de créditos en gastos plurianuales acordados por la DG de Presupuestos o por la DG competente en materia de Fondos Europeos: se dará traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos contables. se dará traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos de fiscalización y contabilización. se podrá dar traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos contables. se podrá dar traslado a la Intervención General, a los oportunos efectos de fiscalización y contabilización. Ninguna es correcta. señale la correcta: La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería o agencia administrativa o de régimen especial correspondiente, podrá resolver sobre la redistribución de los créditos, salvo que éstos estuvieran financiados con fondos procedentes de la Unión Europea, siempre y cuando se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería o agencia administrativa o de régimen especial correspondiente, podrá resolver sobre las modificaciones de los créditos, salvo que éstos estuvieran financiados con fondos procedentes de la Unión Europea, siempre y cuando se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería o agencia administrativa o de régimen especial correspondiente,deberá resolver sobre la redistribución de los créditos, salvo que éstos estuvieran financiados con fondos procedentes de la Unión Europea, siempre y cuando se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería o agencia administrativa o de régimen especial correspondiente, deberá resolver sobre las modificaciones de los créditos, salvo que éstos estuvieran financiados con fondos procedentes de la Unión Europea, siempre y cuando se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería o agencia administrativa o de régimen especial correspondiente, podrá resolver sobre la redistribución de los créditos, salvo que éstos estuvieran financiados con fondos procedentes de la Unión Europea, siempre y cuando. se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y programa. se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y artículo. ninguna es correcta. La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería o agencia administrativa o de régimen especial correspondiente, podrá resolver sobre las modificaciones de los créditos, salvo que éstos estuvieran financiados con fondos procedentes de la Unión Europea, siempre y cuando. se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y capítulo. se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y programa. se respete el montante global de límites que corresponda en un mismo ejercicio, sección, servicio y artículo. ninguna es correcta. En los contratos de obras de carácter plurianual, con excepción de los realizados bajo la modalidad de abono total del precio, se efectuará una retención adicional de crédito. del diez por ciento del importe de adjudicación en el momento en que ésta se realice. del quince por ciento del importe de adjudicación en el momento en que ésta se realice. del veinte por ciento del importe de adjudicación en el momento en que ésta se realice. ninguna es correcta. En los contratos de obras de carácter plurianual realizados bajo la modalidad de abono total del precio, se efectuará una retención adicional de crédito. del diez por ciento del importe de adjudicación en el momento en que ésta se realice. del quince por ciento del importe de adjudicación en el momento en que ésta se realice. del veinte por ciento del importe de adjudicación en el momento en que ésta se realice. ninguna es correcta. En los contratos de obras de carácter plurianual, con excepción de los realizados bajo la modalidad de abono total del precio, se efectuará una retención adicional de crédito del diez por ciento del importe de adjudicación. en el momento en que ésta se realice. del ejercicio en que finalice el plazo fijado en el contrato para la terminación de las obras. al siguiente del ejercicio en que esta se realice. Ninguna es correcta. La retención del 10% del importe de adjudicación en los contratos de obras de carácter plurianual se aplicará: en el momento en que esta se realice. en el ejercicio en que finalice el plazo fijado en el contrato para la terminación de obras o al siguiente, según el momento en que se prevea realizar el pago de la certificación final. en el ejercicio en que finalice el plazo fijado en el contrato para la terminación de obras. ninguna es correcta. Las retenciones del 10% del importe de adjudicación en los contratos de obras para gastos plurianuales. computarán dentro del límite de crédito correspondiente a los ejercicios futuros. computarán dentro de sus propios límites de crédito correspondiente a los ejercicios futuros. no computarán dentro del límite de crédito correspondiente a los ejercicios futuros. no computarán dentro de sus propios límites de crédito correspondiente a los ejercicios futuros. |