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GATL04 Pólizas de transporte II

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Título del Test:
GATL04 Pólizas de transporte II

Descripción:
El seguro en el transporte y la logística

Fecha de Creación: 2026/01/31

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Las pólizas de transporte terrestre cubren principalmente: Solo accidentes personales del conductor. Solo daños a terceros. Los daños materiales que puedan sufrir las mercancías transportadas o el vehículo como consecuencia del transporte. Solo daños por robo.

Quedan excluidos en las pólizas de transporte terrestre: Daños debidos a la propia naturaleza de los bienes asegurados (por ejemplo, mermas en productos perecederos). Accidentes por colisión. Incendios y explosiones. Robo a mano armada.

Entre las garantías básicas de las pólizas de transporte terrestre se incluyen: Solo robo parcial de mercancías. Solo daños por moho y humedad. Incendio, rayo o explosión (excepto combustión espontánea), accidentes del medio de transporte, pérdida total de la embarcación, accidentes de vuelo complementarios y robo en cuadrilla a mano armada. Daños intencionados de los cargadores.

La cobertura ampliada de las pólizas de transporte terrestre puede incluir: Daños por mojadura, moho, vaho, roturas, derrame, carga y descarga, contacto con otros cargamentos, robo parcial o extravío de bultos enteros. Solo accidentes del conductor. Solo daños por incendio. Solo retrasos en la entrega.

Los accidentes de vuelo cubiertos en las pólizas de transporte terrestre se refieren a: Cualquier vuelo comercial del país. Solo vuelos internacionales. Viajes complementarios al transporte terrestre durante el aterrizaje o despegue. Solo vuelos de transporte de pasajeros.

Las pólizas de transporte marítimo cubren principalmente: Pérdida total, contribución a la avería gruesa y gastos de salvamento debidos a accidentes. Viajes complementarios al transporte terrestre durante el aterrizaje o despegue. Solo pérdida parcial de la mercancía. Solo robo a bordo.

Las pólizas de transporte marítimo cubren principalmente: Solo daños al muelle. Solo pérdida parcial de la mercancía. Pérdida total, contribución a la avería gruesa y gastos de salvamento debidos a accidentes. Solo robo a bordo.

En las pólizas marítimas, la cobertura de avería particular se refiere a: Daños por incendios en tierra. Casos de naufragio, incendio, varada o abordaje. Solo pérdida de contenedores en puerto. Retrasos en la entrega de la mercancía.

En las pólizas marítimas, la mercancía sobre cubierta: Está cubierta automáticamente sin declaración. Debe ser declarada expresamente en la póliza y se asegura la pérdida total por accidente, avería gruesa y arrastre por olas. No se puede asegurar. Solo se asegura en seguros opcionales.

En las pólizas marítimas, de manera opcional y mediante pacto expreso, se puede asegurar: Robo parcial del contenido, derrames, roturas, incendio, robo sobre el muelle, caída de bultos, oxidación, moho y vaho, guerra, minas, motines, huelgas, sabotajes. Solo daños por tormenta. Solo averías del buque. Solo daños al casco.

El seguro de cascos en transporte marítimo puede cubrir: Solo la maquinaria del buque. Solo la carga transportada. Solo la responsabilidad civil del capitán. El buque completo (casco, maquinaria, aparejos, víveres y combustible), responsabilidad civil y riesgos de buena llegada.

Entre los riesgos normalmente cubiertos por el seguro de cascos están: Solo robo de la mercancía. Pérdida total, abandono, contribución a la avería gruesa, gastos de salvamento, averías particulares por naufragio, varada, abordaje fortuito e incendio, y recursos de terceros por abordaje. Solo incendios en puerto. Solo accidentes del personal a bordo.

El seguro de transporte internacional se rige principalmente por: La legislación local del país del destinatario. Las cláusulas definidas por el Instituto de Aseguradores de Londres (ICC). El Código Civil de cada país. La compañía de transporte contratada.

La cobertura ICC “A” incluye: Todo riesgo de pérdida o daño, salvo exclusiones expresamente indicadas en la póliza. Incendios, explosiones, colisiones, abordajes, vuelcos, descarrilamientos, sacrificio en avería gruesa, mojaduras por agua, arrastre por olas, pérdida de bultos durante carga/descarga, daños por terremotos y erupciones volcánicas, gastos de salvamento. Mojaduras por agua de mar, río o lago y pérdida de bultos durante carga/descarga. Demoras o retrasos del transportista internacional.

La cobertura ICC “B” incluye: Todo riesgo de pérdida o daño, salvo exclusiones expresamente indicadas en la póliza. Incendios, explosiones, colisiones, abordajes, vuelcos, descarrilamientos, sacrificio en avería gruesa, mojaduras por agua, arrastre por olas, pérdida de bultos durante carga/descarga, daños por terremotos y erupciones volcánicas, gastos de salvamento. Mojaduras por agua de mar, río o lago y pérdida de bultos durante carga/descarga. Demoras o retrasos del transportista internacional.

La cobertura ICC “C” excluye: Todo riesgo de pérdida o daño, salvo exclusiones expresamente indicadas en la póliza. Incendios, explosiones, colisiones, abordajes, vuelcos, descarrilamientos, sacrificio en avería gruesa, mojaduras por agua, arrastre por olas, pérdida de bultos durante carga/descarga, daños por terremotos y erupciones volcánicas, gastos de salvamento. Mojaduras por agua de mar, río o lago y pérdida de bultos durante carga/descarga. Demoras o retrasos del transportista internacional.

Entre las exclusiones comunes de todas las ICC se encuentran: Dolo del asegurado, pérdidas normales de peso o volumen, desgaste, embalaje inadecuado, vicio propio, demoras, insolvencias, radioactividad, guerra y huelgas (estos dos últimos riesgos pueden cubrirse aparte). Solo colisiones y daños por agua. Incendios, explosiones y abordajes. Sacrificio en avería gruesa.

El seguro de transporte internacional no cubre: Demoras o retrasos del transportista internacional. Daños por terremotos. Daños por explosión. Colisiones o vuelcos.

El seguro de transporte aéreo tiene por objeto: Garantizar únicamente los daños a la mercancía transportada. Garantizar los riesgos propios de la navegación que afecten a la aeronave, mercancías y flete, así como responsabilidades por daños a terceros. Garantizar solo la aeronave en caso de accidentes. Cubrir únicamente pérdidas de explotación.

Entre los riesgos complementarios que puede incluir un seguro aéreo se encuentran: Solo incendios y explosiones. Solo accidentes del piloto. Solo daños a la mercancía por robo. Pérdidas de explotación sufridas por un siniestro.

El seguro de transporte aéreo puede cubrir de forma opcional: Únicamente la aeronave. Solo accidentes de pasajeros. Solo responsabilidad civil del piloto. Robo, roturas, derrames, mojaduras, oxidación y otros riesgos análogos.

En el seguro de transporte aéreo, debido al valor elevado de los capitales asegurados, es frecuente que la cobertura se proteja mediante: Un seguro terrestre complementario. Reaseguro. Seguro marítimo adicional. Póliza flotante.

El reaseguro permite a la aseguradora: Aumentar la prima del tomador. Garantizar todos los riesgos sin límite. Limitar o eliminar su responsabilidad sobre los riesgos suscritos mediante transferencia a otra entidad aseguradora. Excluir la cobertura de terceros.

El seguro de aeronaves abarca: La cobertura de la aeronave, responsabilidades por daños a terceros y explotación, tanto comercial como privada o de recreo. Solo la pérdida o daños a la nave. Solo los pasajeros a bordo. Solo los daños a terceros en tierra.

Las condiciones más utilizadas en el transporte aéreo son: Solo pólizas abiertas. ICC “B”. ICC “C”. ICC “Air”, similar a la cláusula A del transporte marítimo.

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