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GATL04 El seguro en el transporte y la logística II

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Título del Test:
GATL04 El seguro en el transporte y la logística II

Descripción:
El seguro

Fecha de Creación: 2026/01/31

Categoría: Otros

Número Preguntas: 43

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Los elementos del seguro son importantes porque: Determinan la duración del contrato. Si no existen, no puede existir el contrato de seguro. Sustituyen a las cláusulas del contrato. Fijan el importe de la prima.

El primer elemento básico del seguro es: La prima. El siniestro. El interés asegurable. La indemnización.

El interés asegurable se define como: Una relación lícita de valor económico sobre un bien amenazada por un riesgo. El deseo de contratar un seguro. La obligación de pagar la prima. El beneficio que obtiene la aseguradora.

Además de bienes materiales, también pueden asegurarse: Cosas incorporales con valor económico, el patrimonio y la vida. Exclusivamente vehículos. Únicamente mercancías transportadas. Solo bienes inmuebles.

Para que una cosa pueda ser asegurada: Debe ser siempre un bien material. Puede ser corporal o incorporal. Debe ser obligatoriamente un inmueble. Ha de pertenecer al asegurador.

Respecto a la existencia de la cosa asegurada: Debe existir al realizar el contrato o al comenzar a correr los riesgos. Debe existir solo en el momento del siniestro. Puede no existir nunca. Solo debe existir al pagar la prima.

Para que un bien sea asegurable: Puede tener valor sentimental únicamente. Debe ser tasable en dinero. No necesita valor económico. Su valor lo fija la aseguradora sin límites.

Otro requisito para que algo sea susceptible de seguro es que: Sea siempre un bien nuevo. Sea objeto de una estipulación lícita. Tenga un valor mínimo legal. No pueda deteriorarse.

Finalmente, la cosa asegurada: No debe estar expuesta a ningún riesgo. Solo puede asegurarse si ya ha sufrido un daño. Debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el asegurado. Debe ser propiedad de la aseguradora.

Para que algo sea susceptible de ser asegurado, se han de cumplir unos requisitos: Debe tratarse de una cosa corporal o incorporal. La cosa debe existir en el momento de realizarse el contrato, o al menos al tiempo en que empiecen a correr los riesgos o daños. La cosa debe ser tasable en dinero, es decir ha de ser valorable económicamente. La cosa no debe ser objeto de una estipulación lícita. La cosa debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el asegurado.

La característica fundamental del riesgo en el seguro es que: Debe ser seguro que ocurra. Ha de ser incierto. Debe haber ocurrido ya. Tiene que ser voluntario.

Si se supiera con certeza que el riesgo va a ocurrir: El seguro sería más barato. Nadie asumiría la obligación de indemnizar. La indemnización estaría garantizada. El contrato sería obligatorio.

El riesgo es esencial en el seguro porque: Determina el nombre de la póliza. Sin riesgo no puede existir seguro. Permite fijar la duración del contrato. Garantiza beneficios al asegurador.

Además de incierto, el riesgo debe ser: Ilegal y voluntario. Seguro y permanente. Posible, concreto, definido y fortuito. Material y visible.

Otro elemento fundamental del seguro, junto al riesgo, es: La indemnización. El siniestro. La prima. El contrato.

La prima se define como: La cantidad que paga la aseguradora al asegurado. El coste del seguro para el tomador. El valor total del bien asegurado. La penalización por siniestro.

Para calcular la prima, el asegurador tiene en cuenta: Solo el valor del bien. La duración del contrato únicamente. El número de beneficiarios. Estadísticas, historial del tomador y frecuencia del riesgo.

La prima es: Una cantidad económica que paga la persona asegurada como contrapartida de las obligaciones del asegurador. Una cantidad simbólica. Una indemnización anticipada. Un impuesto estatal.

Salvo pacto en contrario, la prima: Se paga únicamente si ocurre el siniestro. Se paga solo al finalizar el contrato. Se paga en dinero. Se paga en especie.

El pago de la prima es: Voluntario para el tomador. Opcional según el tipo de seguro. Obligatorio solo si hay siniestro. Obligatorio para el tomador según la póliza.

El pago de la prima determina: El valor del bien asegurado. La duración del contrato. La existencia del beneficiario. La obligación del asegurador a indemnizar.

El conjunto de elementos del seguro se completa, además de riesgo, prima e indemnización, con: La firma ante notario. La actuación bajo el supuesto de buena fe de todas las partes. El registro público del contrato. La intervención de un mediador obligatorio.

Los elementos materiales del seguro son: El riesgo. La prima. El interés asegurado. La póliza de seguro.

Los elementos materiales del contrato de seguro son: La solicitud de seguro. La propuesta de seguro. La carta de garantía. La póliza de seguro.

Los elementos personales del contrato de seguro son: La entidad aseguradora. El asegurado/a. El contratante o tomador o tomadora del seguro. El beneficiario/a.

En los elementos personales del contrato de seguro, la entidad aseguradora es: Una persona jurídica dedicada profesionalmente a asumir riesgos ajenos. Una persona física que asume riesgos por hobby. El tomador del seguro. El beneficiario del seguro.

Para ser entidad aseguradora, la compañía debe: Estar inscrita en el Registro de Entidades Aseguradoras y limitar su actividad a la administración de riesgos ajenos. Garantizar siempre la indemnización completa sin prima. Tener licencia municipal únicamente. Ser una persona física.

El asegurado o asegurada es: La persona física o jurídica cuyo riesgo asume la aseguradora. Siempre el tomador del seguro. La compañía aseguradora. El banco que financia la prima.

Si el asegurado es una persona y no un bien material: No necesita interés asegurable. Puede ser asegurado sin riesgo. Debe existir interés por parte de él o ella a una indemnización por el riesgo. Es automáticamente el beneficiario.

Cuando el tomador es distinto del asegurado o beneficiario: Debe existir consentimiento por escrito del asegurado o beneficiario. No hace falta ningún consentimiento adicional. La póliza queda nula. La aseguradora decide quién recibe la indemnización.

El tomador o tomadora del seguro es: La persona física o jurídica que contrata el seguro y adquiere derechos y obligaciones. La persona que recibe la indemnización. El intermediario entre asegurado y aseguradora. La aseguradora.

El beneficiario o beneficiaria es: La persona o personas físicas o jurídicas que reciben la indemnización del seguro. La persona que paga la prima. La aseguradora. El testigo del contrato.

El tomador del seguro puede designar o modificar el beneficiario: En cualquier momento mediante declaración escrita o en el testamento, sin consentimiento de la aseguradora. Solo con consentimiento de la aseguradora. Solo al firmar la póliza. Nunca, la designación es fija.

En los seguros de personas, si el asegurado fallece y no se ha designado beneficiario: La aseguradora se queda con la prestación. La indemnización se pierde. La prestación se dará al tomador del seguro o a sus herederos legales. Se paga a cualquier familiar del asegurado.

Los elementos materiales o formales del contrato de seguro son: Las personas que intervienen en el seguro. El conjunto de documentos que reflejan las condiciones del contrato. Solo la póliza. La prima y el riesgo.

La solicitud de seguro es: El documento por el que se realiza la petición formal de contratación del seguro. El documento que certifica la indemnización. El contrato definitivo. La carta de garantía.

En la solicitud de seguro se debe describir: Solo la identidad del tomador. Solo el tipo de seguro. El riesgo que se quiere asegurar y las circunstancias para establecer condiciones y prima. El importe de la indemnización.

La propuesta de seguro es: El documento donde la aseguradora, basándose en la solicitud, realiza la propuesta al solicitante. El documento definitivo que firma la aseguradora. Un comprobante de pago de la prima. El recibo de aceptación de la póliza.

La validez de la propuesta de seguro es: 7 días. 15 días. 1 mes. Hasta que ocurra un siniestro.

El tomador del seguro tiene un plazo de un mes para: Solicitar correcciones para que la póliza refleje lo indicado en la propuesta. Pagar la prima. Nombrar beneficiario. Solicitar devolución de la prima.

La carta de garantía es: El documento definitivo de seguro. Un documento de cobertura provisional emitido mientras se tramita la póliza. La propuesta de seguro. Un recibo de pago de la prima.

La póliza de seguro es: Un documento opcional que no tiene valor legal. El documento definitivo que prueba la existencia del contrato y sus condiciones. Solo un resumen de la propuesta de seguro. La carta de garantía.

La póliza de seguro debe: Ser firmada solo por la aseguradora. Ser emitida por el tomador. Ser firmada por ambas partes. Ser enviada por correo certificado.

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