GATL06 El contrato de mudanza
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Título del Test:
![]() GATL06 El contrato de mudanza Descripción: El contrato de transporte |



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¿Qué regula específicamente la Ley 15/2009 en relación con las mudanzas?. El transporte internacional de mercancías. El contrato de mudanza como transporte de objetos especiales con obligaciones accesorias especiales. El transporte multimodal de mercancías. El transporte aéreo de mercancías. ¿Cuál es el objeto principal del contrato de mudanza?. Transportar mobiliario, ajuar doméstico, enseres y sus complementos desde el lugar de origen al destino, incluyendo carga, descarga y traslado. Transportar mercancías peligrosas. Transportar animales vivos. Solo transportar muebles grandes. ¿Qué operaciones complementarias quedan a la voluntad contractual de las partes en un contrato de mudanza?. Carga y descarga. Transporte de animales. Preparación, armado o desarmado, embalaje y desembalaje. Registro de documentación legal. Antes de iniciar la mudanza, ¿qué documento debe presentar el porteador al cargador?. Presupuesto escrito con los servicios, costes y precio total de la mudanza. Carta de porte internacional. Certificado de transporte terrestre. Factura final. ¿Cuándo puede considerarse desistido el contrato de mudanza por inventario de bienes?. Cuando una de las partes se niegue a realizar o aceptar un inventario de los bienes antes del traslado. Cuando se transporte por vía terrestre. Cuando se exceda el tiempo estimado de la mudanza. Cuando se firmen las cartas de porte. ¿Qué operaciones son de cuenta del porteador salvo pacto en contrario?. Carga, descarga, armado, desarmado, embalaje, desembalaje y colocación de los bienes. Solo el transporte. Solo el embalaje. Solo la descarga. ¿Cuándo queda exonerado de responsabilidad el porteador en una mudanza?. Cuando pruebe que la pérdida o avería se debió a riesgos atribuibles al cargador, a la naturaleza de los bienes o a hechos ajenos a su actuación. Cuando se realice transporte internacional. Siempre que haya contratado un seguro. Nunca, siempre responde. ¿Cuál es el límite de indemnización del porteador por daños o pérdida de bienes en una mudanza?. El doble del coste del transporte. Solo el valor de los bienes dañados según factura. Veinte veces el IPREM/día por cada metro cúbico del espacio de carga necesario. No hay límite. ¿Cuándo se extingue la acción por pérdida o avería de bienes en una mudanza?. Si el destinatario no manifiesta por escrito sus reservas al porteador o a sus auxiliares en el momento de la entrega o, para daños no aparentes, dentro de los siete días siguientes. Si no se realiza la mudanza en el tiempo estimado. Si el porteador transporta por otro medio de transporte. Solo cuando se pierden muebles grandes. ¿Se aplica el régimen de reservas especial a consumidores si el porteador no les informó previamente de forma clara?. No, no hay excepciones. Solo si la mudanza supera los 100 km. Sí, la acción por pérdida o avería no se extingue. Solo si la mudanza es internacional. El contrato de mudanza obliga al porteador a: transportar mobiliario, ajuar doméstico y enseres, realizar carga, descarga y traslado hasta el destino indicado, mientras que operaciones como embalaje o armado: Son siempre responsabilidad del porteador. Quedan a voluntad contractual de las partes contratantes. Son responsabilidad exclusiva del cargador. Deben ser incluidas obligatoriamente en el presupuesto. El presupuesto escrito que debe presentar el porteador antes de iniciar la mudanza: Hace prueba de la existencia y contenido del contrato una vez aceptado por el cargador. Es opcional y carece de efectos legales. Solo sirve para calcular el transporte, sin valor contractual. Sustituye la necesidad de inventario de bienes. En caso de falta de inventario de los bienes, la Ley 15/2009 permite que: Ninguna de las partes pueda reclamar daños. Las partes puedan exigirse mutuamente la realización y aceptación de un inventario antes de iniciar el traslado. El porteador decida unilateralmente qué bienes se transportan. Se considere que la mudanza no se ha realizado. Respecto a las operaciones de carga y descarga, el porteador: Son de cuenta del porteador, salvo que se pacte expresamente lo contrario. Nunca está obligado a realizarlas. Solo está obligado si se pacta por escrito. Solo las realiza si el cargador está presente. Entre las obligaciones de información del porteador se encuentra: Comprobar la validez de todos los documentos del cargador. Informar sobre las normas administrativas aplicables y la posibilidad de contratar un seguro. Garantizar el seguro de los bienes. Elaborar el inventario de los bienes sin participación del cargador. El beneficio de limitación de responsabilidad no se aplica cuando: El porteador incumple la obligación de información sobre normas o seguro. La mudanza se realiza por vía terrestre. El cargador ha realizado el embalaje de forma deficiente. Se trata de transporte de animales vivos. Entre las presunciones de exoneración de responsabilidad del porteador se incluye: Deficiencias en el embalaje realizadas por el cargador. Incumplimiento del porteador en la entrega. Mala voluntad del porteador. Demora en el transporte imputable al porteador. El límite de indemnización por daños o pérdida de los bienes transportados se calcula: Por veinte veces el IPREM/día por cada metro cúbico del espacio de carga necesario para el contrato. Por valor total de los bienes declarados por el cargador. Por el precio del transporte. Por el valor estimado de mercado de los bienes. El régimen especial de reservas establece que: El destinatario puede reclamar en cualquier momento sin límite. No es necesario hacer reservas si el porteador tiene seguro. Las reservas deben manifestarse por escrito en el momento de la entrega o dentro de los siete días siguientes en caso de daños no aparentes. Las reservas se consideran nulas si el destinatario es un consumidor. La excepción al régimen de reservas para consumidores indica que: Solo aplica si el porteador ha informado por escrito, de manera clara y destacada, sobre forma, plazos y consecuencias de no manifestarlas. No se permite reclamar daños aunque no haya información del porteador. Los consumidores pueden reclamar de forma verbal ante el porteador. Siempre deben presentar reservas, sin excepción. |




