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Título del Test:![]() GESRES Descripción: Gestión residuos |




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Ley de Residuos. Ley 22/2011 de 22 de julio. Ley 22/2010 de 22 de julio. Ley 22/2011 de 28 de julio. Ley 22/2010 de 28 de julio. Unir. Residuo. Residuos domésticos. Residuos comerciales. Residuos industriales. Residuo peligroso. Aceites usados. Biorresiduo. residuos que se generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, pilas, acumuladores, muebles y enseres. Residuos domésticos. Residuos peligrosos. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Residuos comerciales. residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria. Residuos domésticos. Residuos de construcción y demolición. Residuos industriales. Residuos peligrosos. residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados. Residuos domésticos. Residuos de construcción y demolición. Residuos industriales. Residuos peligrosos. Unir. Prevención. Productor de residuos. Poseedor de residuos. Negociantes. Agente. Gestión de residuos. Gestor de residuos. Unir: Recogida. Recogida separada. Reutilización. Tratamiento. Valorización. Preparación para la reutilización. Reciclado. Regeneración de aceites usados. Eliminación. Suelo contaminado. Compost. material inorgánico obtenido de las plantas de tratamiento mecánico biológico de residuos mezclados. material orgánico obtenido de las plantas de tratamiento mecánico biológico de residuos mezclados. enmienda orgánica obtenida a partir del tratamiento biológico aerobio y termófilo de residuos biodegradables recogidos separadamente. enmienda inorgánica obtenida a partir del tratamiento biológico aerobio y termófilo de residuos biodegradables recogidos separadamente. Jerarquía de residuos, prioridad: Prevención. Preparación para la reutilización. Reciclado. Otro tipo de valorización,incluida la valorización energética. Eliminación. Elabora el Plan Estatal marco de gestión de residuos. Ministerio competente en materia de Medio Ambiente. Ministerio competente en materia de Agricultura. Comunidades Autónomas. Entidades Locales. Elabora Planes Autonómicos de gestión de residuos. Ministerio competente en materia de Medio Ambiente. Diputación Provincial. Comunidades Autónomas. Entidades Locales. Elabora en el marco de sus competencias programas de gestión de residuos de conformidad y en coordinación con el Plan Nacional Marco y con los planes autonómicos de gestión de residuos. Ministerio competente en materia de Medio Ambiente. Diputación Provincial. Comunidades Autónomas. Entidades Locales. El productor u otro poseedor inicial de residuos, para asegurar el tratamientoadecuado de sus residuos, estará obligado a. Realizar el tratamiento de los residuos por sí mismo. Encargar el tratamiento de sus residuos a un negociante, o a una entidad o empresa, todos ellos registrados conforme a lo establecido en esta Ley. Entregar los residuos a una entidad pública o privada de recogida de residuos, incluidas las entidades de economía social, para su tratamiento. Realizar el tratamiento de los residuos por medio de un tercero. No encargar el tratamiento de sus residuos a un negociante, o a una entidad o empresa, todos ellos registrados conforme a lo establecido en esta Ley. Entregar los residuos a una entidad solo privada de recogida de residuos, incluidas las entidades de economía social, para su tratamiento. Duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será. Inferior a dos años cuando se destinen a valorización. Inferior a un año cuando se destinen a valorización. Inferior a dos años cuando se destinen a eliminación. Inferior a tres años cuando se destinen a valorización. Duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será. Inferior a dos años cuando se destinen a eliminación. Inferior a un año cuando se destinen a valorización. Inferior a un año cuando se destinen a eliminación. Inferior a tres años cuando se destinen a valorización. Duración del almacenamiento de los residuos peligrosos en el lugar de producción será. Inferior a seis meses cuando se destinen a valorización o a eliminación. Inferior a un año cuando se destinen a valorización e inferior a seis meses si se destinan a eliminación. Inferior a un año cuando se destinen a eliminación e inferior a seis meses si se destinan a valorización. Inferior a un año cuando se destinen a valorización o a eliminación. Características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos. Explosivo. Oxidante. Fácilmente inflamable. Inflamable. Irritante. Nocivo. Tóxico. Cancerígeno. Corrosivo. Infeccioso. Características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos. Tóxico para la reproducción. Mutagénico. Residuos que emiten gases tóxicos o muy tóxicos al entrar en contacto con el aire, con el agua o con un ácido. Ecotóxico. Sensibilizante. Residuos susceptibles... Características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos. Explosivo. Oxidante. Fácilmente Inflamable. Inflamable. Irritante. Nocivo. Tóxico. Cancerígeno. Corrosivo. Infeccioso. Características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos. Tóxico para la reproducción. Mutagénico. H12. Sensibilizante. Ecotóxico. Residuos susceptibles,... Eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre. Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre. Real Decreto 1481/2001, de 22 de diciembre. Decreto 1481/2001, de 22 de diciembre. Eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, diferencia entre: Residuos no peligrosos. Residuos inertes. Residuos biodegradables. Residuos peligrosos. Residuos industriales. Residuos de construcción y demolición. Residuos inertes. No experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. No son solubles. No son combustibles ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera. No son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las cuales entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar la salud humana. Experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Son solubles. Son combustibles y reaccionan física y/o químicamente de alguna manera. Son biodegradables, y afectan negativamente a otras materias con las cuales entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar la salud humana. Residuos biodegradables. Todos los residuos que en condiciones de vertido pueden descomponerse de forma aerobia o anaerobia. Todos los residuos que en condiciones de vertido no pueden descomponerse de forma aerobia o anaerobia. Residuos de alimentos y de jardín, el papel y el cartón. Residuos de envases metálicos. Etiqueta Ecológica Europea (EEE). Tipo I. Etiquetado voluntario. Tiene como objetivo identificar y promover productos ecológicos. Establecidas por categorías de productos. Criterios establecidos por un organismos independiente que no interviene en el mercado. Tipo II. Etiquetado obligatorio. Tiene como objetivo identificar los productos contaminantes. No diferencia por categorías de productos. Criterios establecidos por la administración que no interviene en el mercado. Residuos sanitarios. Residuos domésticos. Residuos biosanitarios asimilables a urbanos. Cadáveres y restos humanos. Residuos biosanitarios. Residuos químicos. Residuos Citotóxicos y citostáticos. Residuos Radiactivos. Vendajes, gasas, guantes... Residuos domésticos. Residuos biosanitarios asimilables a urbanos. Residuos biosanitarios. Gestión de los residuos sanitarios incluidos en el Grupo I. Son asimilables a residuos urbanos. Se recogerán en bolsas de color negro que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 200. Son asimilables a residuos peligrosos. Se recogerán en bolsas de color negro que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 100. Se recogerán en bolsas de color rojo que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 200. Gestión de residuos incluidos en Grupos II y III, se hará en bolsas y recipientes de: Un solo uso. Estanqueidad total y opacidad a la vista. Resistencia a la rotura y asepsia total en su exterior. Ausencia total en su exterior de elementos sólidos, punzantes y cortantes. Volumen no superior a 90 litros en función de su resistencia a la carga del recipiente. Cierre especial hermético y que no pueda abrirse de forma accidental, excepto en el caso de las bolsas. Pueden usarse varias veces. El contenido puede ser visible desde el exterior. Se pueden incluir elementos líquidos, punzantes y cortantes. Volumen no superior a 100 litros en función de su resistencia a la carga del recipiente. Residuos Grupo II. Residuos sanitarios no específicos. Bolsas de color verde que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 200. La gestión de estos residuos se llevará a cabo de tal forma que evite una posible reutilización posterior. Precisan identificación externa. Bolsas de color negro que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 200. La gestión de estos residuos se llevará a cabo de tal forma que se consiga una posible reutilización posterior. Residuos sanitarios especiales. Deben recogerse en contenedores rígidos. Bolsas de color amarillo que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 400. No precisan identificación externa. Residuos sanitarios Grupo III. Residuos sanitarios especiales. Deben recogerse en contenedores rígidos. Podrán recogerse en bolsas de color rojo que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 400 y después se introducirán en contenedores rígidos. Residuos sanitarios no específicos. Deben recogerse en bolsas de color negro que cumplan la norma UNE 53-147-85 con galga mínima 400 y después se introducirán en contenedores rígidos. No es obligatorio que se recojan en contenedores rígidos. Deberán identificarse como "Residuos de riesgo" de tamaño tal que sea fácilmente identificable. Deberán identificarse como "Residuos asimilables a urbanos" de tamaño tal que sea fácilmente identificable. Una vez cerrados los contenedores de manera definitiva se transportarán en un máximo de 12 horas hasta la planta de almacenamiento de residuos. Una vez cerrados los contenedores de manera definitiva se transportarán en un máximo de 24 horas hasta la planta de almacenamiento de residuos. Residuos correspondientes a muestras de sangre, hemoderivados y otros residuos específicos líquidos. Serán recogidos en recipientes de un solo uso, rígidos, impermeables y herméticos. Serán recogidos en recipientes reutilizados, rígidos, impermeables y herméticos. Serán recogidos en recipientes de un solo uso, flexibles, permeables y herméticos. Residuos sólidos urbanos. Residuos ordinarios. Residuos a reciclar. Residuos extraordinarios. Residuos imposibles de reciclar. Residuos ordinarios. Baja peligrosidad. Procedentes de trabajos de oficina, papeleras, limpieza en general, etc. Se envasarán en bolsas negras de galga 200. Peligrosidad media. Procedentes de trabajos de industrias. Se envasarán en bolsas rojas de galga 200. Se transportarán dentro del centro en carros o cubos, a ser posible con tapa, en los que se llevará solamente basura ordinaria. Se transportarán dentro del centro en carros o cubos, obligatoriamente con tapa, en los que podrá llevarse otros residuos además de basura ordinaria. Residuos a reciclar. Los correspondientes a papel, cartón y vidrio. Residuos de restos orgánicos y alimenticios. Se recogerán separadamente en contenedores que designe cada Ayuntamiento con el fin de proceder a su posterior reciclado. Se recogerán separadamente en contenedores que designe cada Diputación con el fin de proceder a su posterior reciclado. Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla La Mancha, principio de economía circular. Pretende el uso eficaz de los recursos, reduciendo tanto el consumo como la producción de residuos. Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones del futuro para atender sus propias necesidades. Pretende el uso ineficaz de los recursos, reduciendo tanto el consumo como la producción de residuos. Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla La Mancha, principio de desarrollo sostenible. Pretende el uso eficaz de los recursos, reduciendo tanto el consumo como la producción de residuos. Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones del futuro para atender sus propias necesidades. Pretende el uso ineficaz de los recursos, reduciendo tanto el consumo como la producción de residuos. Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla La Mancha, programas de actuación. Programa transversal. Residuos domésticos. Residuos de envases y embalajes. Residuos industriales. Residuos de construcción y demolición. Lodos de EDAR. Neumáticos al final de su vida útil. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Residuos agrarios. Programa transversal Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Pretende lograr en 2020 un 10% menos de residuos que en 2010. Pretende lograr en 2020 un 15% menos de residuos que en 2010. Pretende lograr en 2020 un 10% menos de residuos que en 2015. Programa de residuos domésticos Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Pretende lograr en 2020 un 10% menos de residuos que en 2010 y alcanzar un 15% reducción en 2022. Pretende lograr en 2020 un 10% menos de residuos que en 2010 y alcanzar un 10% reducción en 2022. Pretende lograr en 2020 un 15% menos de residuos que en 2010 y alcanzar un 10% reducción en 2022. Programa de residuos industriales Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Pretende lograr un 10% menos de residuos que en 2010. Pretende lograr un 15% menos de residuos que en 2010. Pretende lograr un 10% menos de residuos que en 2015. Programa de residuos de construcción y demolición Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Pretende reducir un 10% el peso de éstos frente a los recogidos, fomentando la separación en origen. Pretende reducir un 15% el peso de éstos frente a los recogidos, fomentando la separación en origen. Pretende reducir un 10% el peso de éstos frente a los recogidos, fomentando la separación en destino. Programa de lodos EDAR Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Se pretende que en 2020 el destino final del 85% de los lodos tratados sea la valorización agrícola, reduciendo la eliminación en vertedero a un 7% máximo. Se pretende que en 2020 el destino final del 90% de los lodos tratados sea la valorización agrícola, reduciendo la eliminación en vertedero a un 7% máximo. Se pretende que en 2020 el destino final del 85% de los lodos tratados sea la valorización agrícola, reduciendo la eliminación en vertedero a un 5% máximo. Se pretende que en 2025 el destino final del 85% de los lodos tratados sea la valorización agrícola, reduciendo la eliminación en vertedero a un 7% máximo. Programa de residuos agrarios Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Pretende lograr en 2020 un 10% menos de residuos que en 2010. Pretende lograr en 2020 un 15% menos de residuos que en 2010. Pretende lograr en 2020 un 5% menos de residuos que en 2010. Programa de Neumáticos al final de su vida útil Plan Integrado Gestión Residuos Castilla La Mancha. Se pretende conseguir que en 2020 se reutilicen el 15% de los neumáticos. Se pretende conseguir que en 2020 se reciclen el 45% de los neumáticos. Se pretende conseguir que en 2020 la valorización energética sea como máximo del 40%. Se pretende conseguir que en 2020 se reutilicen el 20% de los neumáticos. Se pretende conseguir que en 2020 se reciclen el 55% de los neumáticos. Se pretende conseguir que en 2020 la valorización energética sea como máximo del 30%. Subproductos Ley Gestión Residuos, Una sustancia u objeto, resultante de un proceso de producción, cuya finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, puede ser considerada como subproducto y no como residuo definido en el artículo 3, apartado a), cuando se cumplan las siguientes condiciones: Que se tenga la seguridad de que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente. Que la sustancia u objeto se pueda utilizar directamente sin tener que someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial habitual. Que la sustancia u objeto se produzca como parte integrante de un proceso de producción. Que el uso ulterior cumpla todos los requisitos pertinentes relativos a los productos así como a la protección de la salud humana y del medio ambiente, sin que produzca impactos generales adversos para la salud humana o el medio ambiente. Que no se tenga la seguridad de que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente. Que la sustancia u objeto no se pueda utilizar directamente sin tener que someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial habitual. Que la sustancia u objeto no se produzca como parte integrante de un proceso de producción. Que el uso ulterior cumpla todos los requisitos pertinentes relativos a los productos así como a la protección de la salud humana y del medio ambiente, aunque que produzca impactos generales adversos para la salud humana o el medio ambiente. Fin de la condición de residuo, Ley Gestión de Residuos, Por orden del Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se podrán establecer los criterios específicos que determinados tipos de residuos, que hayan sido sometidos a una operación de valorización, incluido el reciclado, deberán cumplir para que puedan dejar de ser considerados como tales. Que las sustancias u objetos resultantes se usen habitualmente para finalidades específicas. Que exista un mercado o una demanda para dichas sustancias u objetos. Que las sustancias u objetos resultantes cumplan los requisitos técnicos para finalidades específicas, la legislación existente y las normas aplicables a los productos;. Que el uso de la sustancia u objeto resultante no genere impactos adversos para el medio ambiente o la salud. Las sustancias u objetos afectados por los apartados anteriores y por sus normas de desarrollo, serán computados como residuos reciclados y valorizados a los efectos del cumplimiento de los objetivos en materia de reciclado y valorización cuando se cumplan los criterios de valorización y reciclado previstos en dichas normas. Que las sustancias u objetos resultantes no se usen habitualmente para finalidades específicas. Que no exista un mercado o una demanda para dichas sustancias u objetos. Que las sustancias u objetos resultantes no cumplan los requisitos técnicos para finalidades específicas, la legislación existente y las normas aplicables a los productos;. Que el uso de la sustancia u objeto resultante genere impactos adversos para el medio ambiente o la salud. Las sustancias u objetos afectados por los apartados anteriores y por sus normas de desarrollo, serán computados como residuos no reciclados y no valorizados a los efectos del cumplimiento de los objetivos en materia de no reciclado y no valorización cuando se cumplan los criterios de valorización y reciclado previstos en dichas normas. La determinación de los residuos que han de considerarse como residuos peligrosos y no peligrosos se hará de conformidad con la lista establecida en. La Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000. La Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 13 de mayo de 2000. La Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 13 de mayo de 2010. La Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2010. Traslado de residuos en el Interior del Estado, según Ley de Gestión de Residuos. el transporte de residuos desde una Comunidad Autónoma a otra, para su valorización o eliminación. se regirán por lo dispuesto en esta Ley, en especial en lo que se refiere a la vigilancia, inspección, control y régimen sancionador. Los traslados de residuos destinados a la eliminación y los traslados de residuos domésticos mezclados destinados a la valorización se efectuarán teniendo en cuenta los principios de autosuficiencia y proximidad. Todo traslado de residuos deberá ir acompañado de un documento de identificación, a los efectos de seguimiento y control. el transporte de residuos desde una Provincia a otra, para su valorización o eliminación. se regirán por lo dispuesto en su legislación específica, y en especial en lo que se refiere a la vigilancia, inspección, control y régimen sancionador en lo dispuesto en esta Ley. Los traslados de residuos destinados a la eliminación y los traslados de residuos domésticos mezclados destinados a la valorización se efectuarán teniendo en cuenta los principios de no autosuficiencia y no proximidad. Todo traslado de residuos no es necesario que vaya acompañado de un documento de identificación, a los efectos de seguimiento y control. Los operadores que vayan a realizar un traslado de residuos para destinarlos a operaciones de eliminación deberán presentar una notificación previa a las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma de origen y de la de destino. Los operadores que vayan a realizar un traslado de residuos para destinarlos a operaciones de eliminación deberán presentar una notificación previa a las autoridades competentes de la Provincia de origen y de la de destino. Traslado de residuos en el Interior del Estado, según Ley de Gestión de Residuos. Cuando se presente una notificación previa a un traslado de residuos destinados a la eliminación, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas de origen y de destino, en el plazo de 10 días desde la fecha de acuse de recibo de la misma, podrán oponerse por los motivos mencionados en el artículo 11. Cuando se presente una notificación previa a un traslado de residuos destinados a la eliminación, los órganos competentes de las Provincias de origen y de destino, en el plazo de 10 días desde la fecha de acuse de recibo de la misma, podrán oponerse por los motivos mencionados en el artículo 11. Cuando se presente una notificación previa a un traslado de residuos destinados a la eliminación, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas de origen y de destino, en el plazo de 20 días desde la fecha de acuse de recibo de la misma, podrán oponerse por los motivos mencionados en el artículo 11. Cuando se presente una notificación previa a un traslado de residuos destinados a la eliminación, los órganos competentes de las Provincias de origen y de destino, en el plazo de 20 días desde la fecha de acuse de recibo de la misma, podrán oponerse por los motivos mencionados en el artículo 11. podrán oponerse a la entrada de residuos destinados a los incineradores que estén clasificados como valorización cuando los traslados tuvieran como consecuencia que los residuos producidos en la Comunidad Autónoma de destino tuvieran que ser eliminados. podrán oponerse a la entrada de residuos destinados a los incineradores que estén clasificados como valorización cuando los traslados tuvieran como consecuencia que los residuos producidos en la Comunidad Autónoma de destino tuvieran que ser reciclados. podrán oponerse a la entrada de residuos destinados a los incineradores que estén clasificados como valorización cuando los traslados tuvieran como consecuencia que los residuos de la Comunidad Autónoma de destino tuvieran que ser tratados de manera que no fuese compatible con sus planes de gestión de residuos. podrán oponerse a la entrada de residuos destinados a los incineradores que estén clasificados como valorización cuando los traslados tuvieran como consecuencia que los residuos de la Comunidad Autónoma de destino tuvieran que ser tratados de manera que fuese compatible con sus planes de gestión de residuos. Traslado de residuos en el Interior del Estado, según Ley de Gestión de Residuos. Los residuos que se trasladen de una Comunidad Autónoma a otra para su tratamiento, se computarán en la Comunidad Autónoma de origen, a los efectos del cumplimiento de los objetivos contenidos en su plan autonómico de gestión de residuos. Los residuos que se trasladen de una Provincia a otra para su tratamiento, se computarán en la Provincia de origen a los efectos del cumplimiento de los objetivos contenidos en su plan autonómico de gestión de residuos. Los residuos que se trasladen de una Comunidad Autónoma a otra para su tratamiento, se computarán en la Comunidad Autónoma de destino, a los efectos del cumplimiento de los objetivos contenidos en su plan autonómico de gestión de residuos. Los residuos que se trasladen de una Provincia a otra para su tratamiento, se computarán en la Provincia de destino a los efectos del cumplimiento de los objetivos contenidos en su plan autonómico de gestión de residuos. Entrada y salida de residuos del territorio nacional, Ley Gestión de Residuos. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá prohibir, de forma motivada, la expedición de residuos con destino a terceros países no comunitarios cuando exista alguna razón para prever que no van a ser gestionados en el país de destino sin poner en peligro la salud humana o sin perjudicar el medio ambiente. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá prohibir, de forma motivada, la expedición de residuos con destino a terceros países comunitarios cuando exista alguna razón para prever que no van a ser gestionados en el país de destino sin poner en peligro la salud humana o sin perjudicar el medio ambiente. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá prohibir, de forma motivada, toda importación de residuos procedentes de terceros países cuando exista alguna razón para prever que los residuos no van a ser gestionados sin poner en peligro la salud humana o sin perjudicar el medio ambiente, durante el transporte o su posterior tratamiento. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá prohibir, de forma motivada, toda importación de residuos procedentes de terceros países cuando exista alguna razón para prever que los residuos van a ser gestionados poniendo en peligro la salud humana o perjudicando el medio ambiente, durante el transporte o su posterior tratamiento. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en los traslados procedentes de países terceros, y las Comunidades Autónomas, en los supuestos de traslados en el interior de la Unión Europea, podrán limitar los traslados entrantes de residuos destinados a los incineradores que estén clasificados como valorización, cuando se haya establecido que dichos traslados tendrían como consecuencia que los residuos nacionales tendrían que ser eliminados o que estos residuos tendrían que ser tratados de una manera que no fuese compatible con los planes de gestión de residuos regulados en el artículo 14. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en los traslados procedentes de países terceros, y las Comunidades Autónomas, en los supuestos de traslados en el interior de la Unión Europea, podrán prohibir los traslados entrantes de residuos destinados a los incineradores que estén clasificados como valorización, cuando se haya establecido que dichos traslados tendrían como consecuencia que los residuos nacionales tendrían que ser reciclados o que estos residuos tendrían que ser tratados de una manera que no fuese compatible con los planes de gestión de residuos regulados en el artículo 14. las autoridades competentes podrán restringir la salida del territorio nacional de aceites usados con destino a instalaciones de incineración o coincineración conforme a las objeciones previstas en los artículos 11 ó 12 del Reglamento. las autoridades competentes podrán restringir la salida del territorio nacional de aceites no usados con destino a instalaciones de incineración o coincineración conforme a las objeciones previstas en los artículos 11 ó 12 del Reglamento (CE) n. Autorización de las operaciones de tratamiento de residuos, Ley Gestión Residuos. Quedan sometidas al régimen de autorización por el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde están ubicadas, las instalaciones donde vayan a desarrollarse operaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la ampliación, modificación sustancial o traslado de dicha instalación. Quedan sometidas al régimen de autorización por el órgano ambiental competente del Ministerio de Transición Ecológica donde están ubicadas, las instalaciones donde vayan a desarrollarse operaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la ampliación, modificación sustancial o traslado de dicha instalación. Las autorizaciones serán válidas para todo el territorio español. Las autorizaciones serán válidas solo para el territorio de la Comunidad Autónoma dónde estén ubicadas. Las autorizaciones previstas en este artículo se concederán por un plazo máximo de 8 años, pasado el cual se renovarán automáticamente por períodos sucesivos. Las autorizaciones previstas en este artículo se concederán por un plazo máximo de 5 años, pasado el cual se renovarán automáticamente por períodos sucesivos. Exenciones de los requisitos de autorización de las operaciones de tratamiento de residuos, Ley Gestión Residuos. las entidades o empresas que lleven a cabo la eliminación de sus propios residuos no peligrosos en el lugar de producción o que valoricen residuos no peligrosos. las entidades o empresas que lleven a cabo la eliminación de sus propios residuos peligrosos en el lugar de producción o que valoricen residuos peligrosos. Comunicación previa al inicio de las actividades de producción y gestión de residuos, Ley Gestión Residuos, deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde estén ubicadas, las entidades o empresas que. instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que produzcan residuos peligrosos, o que generen más de 1000 t/año de residuos no peligroso. instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que produzcan residuos peligrosos, o que generen más de 2000 t/año de residuos no peligroso. que recojan residuos sin una instalación asociada, las que transporten residuos con carácter profesional y los negociantes o agentes. que recojan residuos con una instalación asociada, las que transporten residuos sin carácter profesional y los negociantes o agentes. la comunicación será válida en todo el territorio nacional y se inscribirá, por la Comunidad Autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo registro. la comunicación solo será válida en la Comunidad Autónoma respectiva y se inscribirá, por la Comunidad Autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo registro. Quedan exentas de presentar comunicación aquellas empresas que hayan obtenido autorización para el tratamiento de residuos y que como consecuencia de su actividad produzcan residuos. Quedan exentas de presentar comunicación aquellas empresas que no hayan obtenido autorización para el tratamiento de residuos y que como consecuencia de su actividad produzcan residuos. Régimen sancionador, Ley Gestión Residuos, La responsabilidad será solidaria, en todo caso, en los siguientes supuestos. Cuando el productor, el poseedor inicial o el gestor de residuos los entregue a persona física o jurídica distinta de las señaladas en esta Ley. Cuando el productor, el poseedor inicial o el gestor de residuos no los entregue a persona física o jurídica distinta de las señaladas en esta Ley. Cuando sean varios los responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada uno en la realización de la infracción. Cuando sean varios los responsables y sea posible determinar el grado de participación de cada uno en la realización de la infracción. Plan de Gestión de Residuos Castilla La Mancha. 2009-2019 aprobado por Decreto 179/2009 de 24 de noviembre. 2009-2019 aprobado por Decreto 179/2009 de 24 de octubre. 2009-2019 aprobado por Real Decreto 179/2009 de 24 de noviembre. 2009-2019 aprobado por Real Decreto 179/2009 de 24 de octubre. Plan de Gestión de Residuos Castilla La Mancha, se revisará: Como máximo a los seis años de su entrada en vigor. Como máximo a los cinco años de su entrada en vigor. Como máximo a los tres años de su entrada en vigor. Plan de Gestión de Residuos Castilla La Mancha. Incluye los residuos generados dentro del territorio de la comunidad autónoma de Castilla La Mancha y los generados fuera del ámbito geográfico de la región pero que son gestionados por empresas localizadas dentro del territorio de Castilla La Mancha o que tengan su destino final en nuestra comunidad autónoma. Incluye los residuos generados dentro del territorio de la comunidad autónoma de Castilla La Mancha pero no los generados fuera del ámbito geográfico de la región. Incluye los residuos generados dentro del territorio de la comunidad autónoma de Castilla La Mancha y los generados en las comunidades autónomas limítrofes. Plan de Gestión de Residuos Castilla La Mancha, principios rectores. Economía circular y Lucha contra el cambio climático. Prevención de la generación y Autosuficiencia y lejanía. Jerarquía comunitaria de gestión y Gestión integrada. Jerarquía comunitaria de gestión y Gestión no integrada. Prevención de la generación y Autosuficiencia y proximidad. Máxima recuperación y Mínimo vertido. Mínima recuperación y Máximo vertido. Costes de gestión y opacidad de precios. Subsidiaridad administrativa y de responsabilidad compartida. Costes de gestión y transparencia de precios. Gestión Integrada, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Ningún escalón o infraestructura en solitario es capaz de lograr gestionar la totalidad de residuos. La responsabilidad de la gestión de los residuos está repartida entre los productores y los municipios. Quien contamina paga. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Prevención de la generación, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. La responsabilidad de la gestión de los residuos está repartida entre los productores y los municipios. Quien contamina paga. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Máxima recuperación, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. Los residuos no son solo una fuente potencial de contaminación sino que pueden llegar a ser además materias primas secundarias. Quien contamina paga. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Mínimo vertido, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. Contempla limitar el vertido de residuos, exigencia del vertido cero para los residuos primarios, admitiendo únicamente el vertido de los residuos secundarios. Quien contamina paga. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Autosuficiencia y proximidad, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. Los residuos destinados a eliminación y los residuos domésticos mezclados destinados a valorización deberán ser gestionados en las instalaciones adecuadas más próximas, siempre de acuerdo al principio de jerarquía, para así reducir riesgos e impactos ambientales. Al mismo tiempo, la Comunidad Autónoma deberá garantizar la capacidad de sus instalaciones para atender la demanda de gestión de los residuos generados en el territorio de Castilla La Mancha. Los residuos destinados a eliminación y los residuos domésticos mezclados destinados a valorización deberán ser gestionados en las instalaciones adecuadas más próximas, siempre de acuerdo al principio de subsidiaridad administrativa, para así reducir riesgos e impactos ambientales. Al mismo tiempo, la Comunidad Autónoma podrá garantizar la capacidad de sus instalaciones para atender la demanda de gestión de los residuos generados en el territorio de Castilla La Mancha. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Subsidiaridad administrativa y de responsabilidad compartida, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. Reconocimiento de que la responsabilidad de la gestión de los residuos está repartida entre los productores y los municipios y la Ley 28/2011 confiere a las CCAA la competencia de desarrollar la planificación de los residuos. Reconocimiento de que la responsabilidad de la gestión de los residuos está repartida entre los productores y las provincias y la Ley 28/2011 confiere a las entidades locales la competencia de desarrollar la planificación de los residuos. Reconocimiento de que la responsabilidad de la gestión de los residuos no está repartida entre los productores y los municipios y la Ley 28/2011 no confiere a las CCAA la competencia de desarrollar la planificación de los residuos. Costes de gestión y transparencia de precios, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. La responsabilidad de la gestión de los residuos está repartida entre los productores y los municipios. Quien contamina paga. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Transparencia informativa, Plan de Residuos de Castilla La Mancha. Reducir al mínimo los desechos e invertir o al menos detener la tendencia creciente en la generación de residuos. La responsabilidad de la gestión de los residuos está repartida entre los productores y los municipios. Quien contamina paga. La concreción de este principio la constituye el convenio de Aarhus. Recogida y evacuación, Instalaciones de titularidad pública. AGES, Áreas de Gestión, 8 áreas. AGES, Áreas de Gestión, 48 áreas. AGES, Áreas de Gestión, 38 áreas. AGES, Áreas de Gestión, 58 áreas. Recogida y evacuación, Instalaciones de titularidad pública, cada AGES disponía de: Centro de Tratamiento de Residuos CTRU -planta de selección, de compostaje, y en su caso, de un vertedero final para el depósito del rechazo; y de una estación de transferencia ET de residuos domésticos que sirven como elemento transitorio de transporte entre los servicios de recogida municipales y los centros de tratamiento. Centro de Tratamiento de Residuos CTRU -planta de selección, y en su caso, de un vertedero final para el depósito del rechazo; y de una estación de transferencia ET de residuos domésticos que sirven como elemento transitorio de transporte entre los servicios de recogida provinciales y los centros de tratamiento. Centro de Tratamiento de Residuos CTRU -planta de compostaje, y en su caso, de un vertedero final para el depósito del rechazo; y de una estación de transferencia ET de residuos domésticos que no sirven como elemento transitorio de transporte entre los servicios de recogida autonómicos y los centros de tratamiento. Centro de Tratamiento de Residuos CTRU -planta de selección, de compostaje, y en su caso, de un vertedero final para el depósito del rechazo. Recogida y evacuación, Instalaciones de titularidad pública, cada AGES está compuesta de. Varias UNION, agrupación de municipios cuya recogida de residuos urbanos confluye en una estación de Transferencia y/o directamente en un Centro de Tratamiento. Varias ET, agrupación de municipios cuya recogida de residuos urbanos confluye en una estación de UNION y/o directamente en un Centro de Tratamiento. Una UNION, agrupación de municipios cuya recogida de residuos urbanos confluye en una estación de Transferencia y/o directamente en un Centro de Tratamiento. Varias UNION, agrupación de municipios cuya recogida de residuos urbanos confluye en varias estaciones de Transferencia y/o directamente en un Centro de Tratamiento. Recogida y evacuación, NUMERO DE UNION POR AGES. AGES 1-2 ALBACETE-CUENCA SUR. AGES 3 MANCHA CENTRO. AGES 4 CIUDAD REAL. AGES 5 CUENCA CENTRO-NORTE. AGES 6 GUADALAJARA. AGES 7-8 TOLEDO. Recogida y evacuación, NUMERO DE MUNICIPIOS UNION POR AGES. AGES 1-2 ALBACETE-CUENCA SUR. AGES 3 MANCHA CENTRO. AGES 4 CIUDAD REAL. AGES 5 CUENCA CENTRO-NORTE. AGES 6 GUADALAJARA. AGES 7-8 TOLEDO. CTRU ALBACETE, compuesto por. Línea automática compartida de 60 t/h para la fracción resto y 5 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 180.000 t/año, planta de compostaje con capacidad de 100.000 t/año y un vertedero de rechazos con capacidad de 300.000 t. Línea automática compartida de 40 t/h para la fracción resto y 3 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 140.000 t/año, planta de bioestabilizado con capacidad de 14.750 t/año y un vertedero de rechazos. Compuesto por dos líneas de tratamiento, una manual de 40 t/h para la fracción resto y una línea automática de 3 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, una planta de compostaje en túneles y un vertedero de rechazos.. Y la capacidad de tratamiento es de 160.000 t/año en la planta de clasificación, 88.000 t/año en la planta de bioestabilizado. Compuesto por una planta de selección con dos líneas manuales de tratamiento, una de 30 t/h para la fracción resto y otra de 2 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, con una capacidad máxima de tratamiento de 100.000 t/año. CTRU Alcázar de San Juan, compuesto por. Línea automática compartida de 60 t/h para la fracción resto y 5 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 180.000 t/año, planta de compostaje con capacidad de 100.000 t/año y un vertedero de rechazos con capacidad de 300.000 t. Línea automática compartida de 40 t/h para la fracción resto y 3 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 140.000 t/año, planta de bioestabilizado con capacidad de 14.750 t/año y un vertedero de rechazos. Compuesto por dos líneas de tratamiento, una manual de 40 t/h para la fracción resto y una línea automática de 3 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, una planta de compostaje en túneles y un vertedero de rechazos.. Y la capacidad de tratamiento es de 160.000 t/año en la planta de clasificación, 88.000 t/año en la planta de bioestabilizado. Compuesto por una planta de selección con dos líneas manuales de tratamiento, una de 30 t/h para la fracción resto y otra de 2 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, con una capacidad máxima de tratamiento de 100.000 t/año. CTRU Almagro, compuesto por. Línea automática compartida de 60 t/h para la fracción resto y 5 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 180.000 t/año, planta de compostaje con capacidad de 100.000 t/año y un vertedero de rechazos con capacidad de 300.000 t. Línea automática compartida de 40 t/h para la fracción resto y 3 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 140.000 t/año, planta de bioestabilizado con capacidad de 14.750 t/año y un vertedero de rechazos. Compuesto por dos líneas de tratamiento, una manual de 40 t/h para la fracción resto y una línea automática de 3 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, una planta de compostaje en túneles y un vertedero de rechazos.. Y la capacidad de tratamiento es de 160.000 t/año en la planta de clasificación, 88.000 t/año en la planta de bioestabilizado. Compuesto por una planta de selección con dos líneas manuales de tratamiento, una de 30 t/h para la fracción resto y otra de 2 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, con una capacidad máxima de tratamiento de 100.000 t/año. CTRU Cuenca, compuesto por. Línea automática compartida de 60 t/h para la fracción resto y 5 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 180.000 t/año, planta de compostaje con capacidad de 100.000 t/año y un vertedero de rechazos con capacidad de 300.000 t. Línea automática compartida de 40 t/h para la fracción resto y 3 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 140.000 t/año, planta de bioestabilizado con capacidad de 14.750 t/año y un vertedero de rechazos. Compuesto por dos líneas de tratamiento, una manual de 40 t/h para la fracción resto y una línea automática de 3 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, una planta de compostaje en túneles y un vertedero de rechazos.. Y la capacidad de tratamiento es de 160.000 t/año en la planta de clasificación, 88.000 t/año en la planta de bioestabilizado. Compuesto por una planta de selección con dos líneas manuales de tratamiento, una de 30 t/h para la fracción resto y otra de 2 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, con una capacidad máxima de tratamiento de 100.000 t/año. CTRU Torija (Guadalajara), compuesto por. Línea automática compartida de 60 t/h para la fracción resto y 5 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 180.000 t/año, planta de compostaje con capacidad de 100.000 t/año y un vertedero de rechazos con capacidad de 300.000 t. Línea automática compartida de 40 t/h para la fracción resto y 3 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 140.000 t/año, planta de bioestabilizado con capacidad de 14.750 t/año y un vertedero de rechazos. Compuesto por dos líneas de tratamiento manuales independientes, una línea de 35 t/h para la fracción resto y una línea de 2 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva. La capacidad máxima de tratamiento de la planta de clasificación es de 120.000 t/año. Compuesto por una planta de selección con dos líneas manuales de tratamiento, una de 30 t/h para la fracción resto y otra de 2 t/h para los envases ligeros procedentes de la recogida selectiva, con una capacidad máxima de tratamiento de 100.000 t/año. CTRU TOLEDO, compuesto por. Línea automática compartida de 60 t/h para la fracción resto y 5 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 180.000 t/año, planta de compostaje con capacidad de 100.000 t/año y un vertedero de rechazos con capacidad de 300.000 t. Línea automática compartida de 40 t/h para la fracción resto y 3 t/h para los envases ligeros procedentes de recogida selectiva, capacidad máxima 140.000 t/año, planta de bioestabilizado con capacidad de 14.750 t/año y un vertedero de rechazos. Compuesto por dos líneas automáticas de 40 t/h para la fracción resto, con una capacidad máxima para la planta de clasificación de 240.000 t/año, una planta de bioestabilizado y vertedero. También dispone de un horno crematorio de animales domésticos, una planta para la producción de combustible a partir de los rechazos de la fracción resto, y un punto limpio. Compuesto por una línea automática de 40 t/h para la fracción resto, con una capacidad máxima para la planta de clasificación de 240.000 t/año, una planta de bioestabilizado y vertedero. También dispone de un horno crematorio de animales domésticos, una planta para la producción de combustible a partir de los rechazos de la fracción resto, y un punto limpio. CTRU Talavera de la Reina, compuesto por. En esta instalación se realiza la clasificación en una línea automática de 3 t/h de todos los RE procedentes de la recogida selectiva del AGES 7-8 toledo. La fracción resto de este proceso de selección es enviada para su tratamiento al CTRU de Toledo. En esta instalación se realiza la clasificación en una línea manual de 3 t/h de todos los RE procedentes de la recogida selectiva del AGES 7-8 toledo. La fracción resto de este proceso de selección es enviada para su tratamiento al CTRU de Toledo. En esta instalación se realiza la clasificación en una línea automática de 5 t/h de todos los RE procedentes de la recogida selectiva del AGES 7-8 toledo. La fracción resto de este proceso de selección es enviada para su tratamiento al CTRU de Toledo. En esta instalación se realiza la clasificación en una línea manual de 5 t/h de todos los RE procedentes de la recogida selectiva del AGES 7-8 toledo. La fracción resto de este proceso de selección es enviada para su tratamiento al CTRU de Toledo. Estaciones de Transferencia. Infraestructuras dónde se realiza un agrupamiento y adecuación de los residuos recogidos en una UNION y se preparan mediante compactación para su transporte a los CTRU de cada AGES. Infraestructuras dónde se realiza un agrupamiento y adecuación de los residuos recogidos en una AGE y se preparan mediante compactación para su transporte a los CTRU de cada UNION. Infraestructuras dónde se realiza un agrupamiento y adecuación de los residuos recogidos en una UNION y se preparan mediante compactación para su transporte a los AGES de cada CTRU. Número de puntos limpios fijos. AGES 1-2. AGE 3. AGE 4. AGE 5. AGE 6. AGE 7-8. Número de puntos limpios MÓVILES. AGES 1-2. AGE 3. AGE 4. AGE 5. AGE 6. AGE 7-8. Estaciones depuradoras de aguas residuales EDAR, hay en Castilla La Mancha. 338. 238. 348. 248. |