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Gestión Económica: Retribuciones y Percepciones Militares
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Título del Test:
Gestión Económica: Retribuciones y Percepciones Militares

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CAES89 TEMA2

Fecha de Creación: 2026/10/31

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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¿Cuál de las siguientes retribuciones tiene carácter de retribución básica según el marco retributivo del personal militar?. Complemento de empleo. Trienios. Componente general del complemento específico. Ayuda para vestuario.

¿En qué subgrupo de clasificación se encuadra a efectos retributivos un Sargento en servicio activo?. Subgrupo A1. Subgrupo C1. Subgrupo A2. Subgrupo C2.

¿Cuál es el subgrupo de clasificación asignado a la Tropa y Marinería con compromiso de larga duración (CLD)?. Subgrupo C1. Subgrupo C2. Subgrupo B. Subgrupo A2.

¿Desde qué momento comienza a computarse el tiempo para la adquisición de trienios en el ámbito militar?. Desde la publicación del primer destino en el BOD. Desde el nombramiento como alumno del centro docente militar de formación. Desde la firma del primer compromiso temporal. Desde la adquisición de la condición de militar de carrera.

Un Sargento posee 2 trienios perfeccionados en el Subgrupo C2 y 1 trienio en el Subgrupo A2. ¿Cómo se liquida el importe de sus trienios en una mensualidad ordinaria?. Se abonan 3 trienios al valor del Subgrupo A2 por ostentar el empleo de sargento. Se abonan 2 trienios al valor C2 y 1 trienio al valor A2 según su subgrupo de origen. Se recalculan todos los trienios al subgrupo más ventajoso al ascender. Los trienios de C2 se pierden al pasar al Subgrupo A2.

¿Cuál de las siguientes situaciones administrativas NO computa para el perfeccionamiento de trienios?. Excedencia por cuidado de familiares. Servicios especiales. Permanencia en la situación de Reserva. Excedencia voluntaria por interés particular.

Como regla general del devengo de retribuciones militares (art. 21.1 RD 1314/2005), ¿cómo se perciben las retribuciones básicas y complementarias?. Por días naturales trabajados en cada mes. Por mensualidades completas según la situación a día 1 del mes. Por horas efectivas de servicio prestado. Por trimestres vencidos a mes vencido.

¿Cuál de las siguientes circunstancias es una excepción legal que exige la liquidación retributiva por días?. El disfrute de vacaciones anuales. El cambio de subgrupo de clasificación a mitad de mes. La realización de una guardia de 24 horas. La asistencia a un ejercicio táctico de tres días.

¿Qué conceptos retributivos componen la paga extraordinaria completa de junio o diciembre?. Sueldo ordinario completo, trienios completos y Complemento Específico. Sueldo reducido, trienios reducidos y una mensualidad del Complemento de Empleo. Sueldo ordinario, Complemento de Empleo y Ayuda para Vestuario. Sueldo reducido, CSCE y CDE.

¿Qué peculiaridad presenta la cuantía del sueldo base en la paga extraordinaria entre los subgrupos A1 y A2?. El subgrupo A1 percibe un sueldo extra significativamente superior al A2. El subgrupo A2 tiene asignada una cuantía de sueldo extra superior a la del subgrupo A1. Ambos subgrupos perciben exactamente el mismo sueldo en la paga extra. El sueldo de la extra en A2 se reduce un 50% respecto al A1.

¿Cuál es el período de servicios computables y el divisor empleado para calcular la paga extraordinaria de junio de un año no bisiesto?. 1 de enero a 30 de junio (181 días). 1 de diciembre del año anterior a 31 de mayo (182 días). 1 de junio a 30 de noviembre (183 días). 1 de enero a 31 de mayo (151 días).

¿Qué nivel de Complemento de Empleo tiene asignado un Cabo Primero de las Fuerzas Armadas?. Nivel 14. Nivel 15. Nivel 17. Nivel 19.

¿De qué depende la cuantía del Componente Singular del Complemento Específico (CSCE)?. Del empleo militar que ostente el militar únicamente. Del puesto de trabajo ocupado y de sus condiciones particulares (responsabilidad, peligrosidad, etc.). De la antigüedad acumulada en las Fuerzas Armadas. Del nivel de estudios civiles aportados por el militar.

Si un militar pasa a la situación de Servicio Activo Pendiente de Asignación de Destino (SAPAD), ¿qué ocurre con el CSCE?. Consolida el CSCE de su último puesto como derecho personal. Percibe el CSCE medio de su empleo militar. No percibe el CSCE al no estar ocupando un puesto de trabajo. Percibe un 50% del CSCE por reserva de puesto.

¿Qué requisito es indispensable para percibir el CSCE de un puesto de superior nivel por interinidad?. Que el puesto esté ocupado por su titular de permiso de vacaciones. Que exista nombramiento formal de interinidad para un puesto vacante registrado en SIPERDEF. Basta con asumir las funciones de forma accidental por sucesión de mando. Tener más trienios que el anterior titular del puesto.

¿En qué meses se devengan las dos Pagas Adicionales del Complemento Específico?. En marzo y septiembre. En junio y diciembre. En julio y enero. En mayo y noviembre.

¿Qué conceptos forman el importe de una Paga Adicional del Complemento Específico semestral completa?. Sueldo base + Complemento de Empleo. Componente General (CGCE) + Componente Singular (CSCE). CDE + Ayuda de Vestuario. Trienios + CSCE.

¿Qué retribuye el Complemento de Dedicación Especial (CDE)?. La realización de servicios extraordinarios en festivos fuera de jornada. El especial rendimiento, la actividad extraordinaria y la dedicación exclusiva en el puesto. La compensación por cambio de residencia habitual. La pérdida de equipaje en comisiones de servicio.

En las normas de asignación del CDE de la Armada, ¿cuál es la regla de permanencia mínima general en la unidad en el mes de devengo?. Al menos 15 días continuados. Al menos 7 días naturales contados desde el día 1 del mes. Todo el mes completo sin ausencias. No se exige permanencia mínima si el puesto lo asigna.

Durante la realización de un curso de formación o perfeccionamiento fuera de la localidad de destino, ¿cuál es la regla general sobre el CDE?. Se mantiene el cobro del CDE de la unidad de origen al 100%. El militar causa baja en la percepción del CDE. Pasa a cobrar el CDE Tipo I automáticamente. Se incrementa el CDE en un 50% por dietas.

¿Qué distingue conceptualmente al CDE de las Gratificaciones por Servicios Extraordinarios (GSE)?. El CDE es para oficiales y las GSE para tropa. El CDE retribuye la especial dedicación continua y las GSE servicios extraordinarios concretos fuera de jornada. El CDE se cobra en la paga extra y las GSE todos los meses. Las GSE son de cuantía fija y periódica y el CDE es variable.

¿Pueden las Gratificaciones por Servicios Extraordinarios (GSE) tener carácter periódico o fijo?. Sí, pueden asignarse como cuantía fija mensual a puestos clave. No, tienen carácter excepcional, no pueden ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo. Sí, si lo acuerda la Junta de Personal. Depende de la decisión de cada Comandante de Buque.

¿Quiénes NO perciben la Ayuda para Vestuario durante su primer año de servicio?. Los oficiales militares de carrera. Los suboficiales procedentes de promoción interna. Los militares de complemento y los profesionales de tropa y marinería. Ningún militar la percibe en su primer año.

¿Cuál es el importe mensual estandarizado de la Ayuda para Vestuario en el año 2026 para el personal con derecho?. 15,50 €/mes. 29,91 €/mes. 50,00 €/mes. 88,42 €/mes.

Un Sargento en servicio activo presenta en la nómina de septiembre: Sueldo A2 (1.199,52 €), 3 trienios (88,42 €), CE niv 19 (521,94 €), CGCE (522,34 €), CSCE (372,50 €), CDE Tipo III (162,00 €) y Vestuario (29,91 €). ¿A cuánto asciende su total bruto de devengos?. 2.500,00 €. 2.896,63 €. 3.120,50 €. 2.344,22 €.

¿Qué finalidad persigue la Indemnización por Residencia Territorial?. Financiar el alquiler de la vivienda habitual del militar. Compensar las condiciones singulares de prestar servicio en determinados territorios nacionales. Indemnizar los gastos de manutención en desplazamientos. Sustituir a las pagas extraordinarias en Canarias y Baleares.

¿En cuál de los siguientes territorios NO se reconoce la Indemnización por Residencia Territorial?. Valle de Arán. Isla de Formentera. Comunidad Autónoma de Galicia. Melilla.

¿Cuándo comienza a devengarse el derecho a la residencia territorial en un destino ordinario?. El día de publicación del destino en el BOD. El día de la toma de posesión efectiva y alta administrativa en SIPERDEF. A los 30 días de incorporarse a la unidad. El primer día del mes siguiente a la llegada.

¿En qué territorios se abona un incremento mensual por trienio reconocido en la Indemnización por Residencia Territorial?. En todos los territorios del ámbito de aplicación. Exclusivamente en Ceuta, Melilla y las islas Canarias menores (Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro). En Mallorca, Menorca y Ibiza. Únicamente en Ceuta y Valle de Arán.

Un militar comisionado en Ceuta procedente de la península, ¿puede generar derecho a la residencia territorial?. Nunca, requiere estar destinado con carácter definitivo. Sí, si la comisión implica una prestación efectiva e ininterrumpida superior a un mes. Sí, desde el primer día de comisión sin importar su duración. Solo si renuncia a las dietas de desplazamiento.

En el régimen transitorio aplicable para calcular la indemnización por navegación en aguas extranjeras (art. 18 RD 662/2001), ¿cuál es la base de cálculo diaria?. Sueldo + Complemento de Empleo + CGCE. Sueldo ordinario + trienios ordinarios del mes prorrateados al día. Dieta entera del país visitado. Importe del CSCE de la unidad a flote.

¿Qué porcentaje de indemnización por aguas extranjeras se aplica durante la navegación hacia un país perteneciente a la Unión Europea?. 100%. 150%. 175%. 200%.

¿Qué porcentaje indemnizatorio corresponde a la navegación desarrollada hacia un país NO perteneciente a la Unión Europea?. 150%. 165%. 175%. 200%.

Durante un tramo de navegación internacional, ¿qué documento expedido a bordo acredita fehacientemente las fechas, puertos y porcentajes aplicables?. La certificación de haberes del Habilitado. El certificado de navegación expedido por el Oficial Ayudante de Derrota (OAD) con el V.° B.º del Comandante. La orden de comisión firmada por el AJEMA. La hoja de servicios del militar.

¿Es compatible percibir en un mismo día la indemnización por Aguas Extranjeras y la indemnización por Operaciones de Mantenimiento de la Paz (OMP)?. Sí, son totalmente acumulables. No, para un mismo día son incompatibles entre sí. Sí, pero reduciendo el porcentaje al 50%. Depende del criterio del Habilitado de la unidad.

¿Cuáles son los tres componentes que integran la Indemnización por Operaciones de Mantenimiento de la Paz (IOMP)?. Dietas de residencia + Residencia territorial + CDE. Especial Dedicación (% CE) + Módulo IRE (% dieta resto del mundo) + Retribuciones (% suma sueldo, CE y CGCE). Sueldo base + Trienios + Gratificación de combate. Plus de navegación + Vestuario + Exención IRPF.

En el cálculo del módulo IRE de una OMP, ¿qué diferencia existe entre el personal en buque 'con apoyo NSE' y 'sin apoyo NSE'?. Con apoyo NSE percibe mayor porcentaje por pagar manutención. Sin apoyo NSE tiene un porcentaje superior al tener que sufragar por su cuenta alojamiento y/o alimentación. No hay diferencia, perciben el mismo importe. El apoyo NSE implica cobrar en dólares estadounidenses.

¿Qué ocurre con el devengo de la IOMP durante los días de tránsito de traslado y regreso a la zona de operaciones?. Se devenga el 100% de la IOMP. No se percibe IOMP durante el tránsito; en su caso se aplica el régimen de dietas o navegación correspondiente. Se devenga únicamente el módulo retribuciones. Se aplica un recargo del 20% por viaje.

¿Cuál es el tratamiento fiscal (IRPF) de la Indemnización por OMP (IOMP)?. Se le aplica una retención fija del 15%. Está totalmente exenta de IRPF según el art. 7.0 de la Ley del IRPF. Tributa como rendimiento íntegro de trabajo al 100%. Solamente tributa el módulo de retribuciones.

En caso de fallecimiento en una operación internacional regulada por el Real Decreto-ley 8/2004, ¿a cuánto asciende la indemnización única extraordinaria por daños personales?. 48.000 €. 96.000 €. 140.000 €. 390.000 €.

¿Qué retribución mensual corresponde a un alumno de un Centro Docente Militar de Formación de acceso directo SIN empleo eventual?. 100% del sueldo C2. 60% del sueldo asignado al subgrupo C2, sin derecho a pagas extraordinarias. 45% del sueldo A2 con pagas extras. Únicamente percibe la ayuda para vestuario.

¿Cuál es la retribución de un Sargento Alumno con empleo eventual en un centro de formación?. 60% del sueldo C2. 45% del sueldo del Subgrupo A2, con pagas extraordinarias en ese mismo porcentaje. 100% del sueldo de sargento en activo. 60% del sueldo A1.

Los militares de Tropa y Marinería temporal que devengan el Incentivo por Años de Servicio (al cumplir 3, 5 y 7 años), ¿qué cuantía perciben?. Una mensualidad del sueldo A2. Tres veces el sueldo mensual asignado al subgrupo C2 del mes en que cumplan las condiciones. El importe del CSCE multiplicado por 12. Una prima fija no revisable de 1.000 €.

Además del tiempo de servicio, ¿qué requisito de permanencia se exige para percibir el incentivo a los 3 años de servicio en la Armada?. Haber realizado al menos 3 misiones internacionales. Permanencia continua de al menos 12 meses previos al cumplimiento en unidades de la fuerza (buques, Infantería de Marina, etc.). Estar en posesión de una condecoración militar. Haber ascendido a Cabo.

¿Qué hecho causante da origen al derecho de la Compensación Económica por Vivienda del INVIED?. Matrimoniar o constituir pareja de hecho. Cambio de destino que suponga cambio efectivo de localidad/área geográfica y de residencia habitual. Cumplir 10 años de servicio activo. Solicitar un pase a la situación de reserva.

¿Cuál es la duración máxima durante la cual se puede percibir la compensación económica del INVIED por un mismo destino?. 12 mensualidades. 24 mensualidades. 36 mensualidades. Indefinidamente mientras no se cambie de unidad.

¿Cómo se determina la cuantía mensual a percibir por la compensación económica del INVIED?. Según el coste del contrato de alquiler presentado por el militar. En función del Subgrupo del militar y del Grupo de la localidad del DESTINO. En función del municipio donde el militar decida fijar su domicilio. Es una cuantía fija única de 500 € para toda España.

Si un Sargento cambia de destino desde Rota a San Fernando (Cádiz), ¿genera derecho a una nueva compensación del INVIED?. Sí, por cambiar de municipio de destino. No, porque ambas localidades pertenecen a la misma área geográfica ('Cádiz 1'). Sí, previa autorización del AJEMA. Solo si la distancia supera los 50 km.

Un militar que ingresa por acceso directo en la ENM o ESENGRA, al obtener su primer destino como oficial o suboficial de carrera, ¿tiene derecho automático a la prestación del INVIED?. Sí, siempre por ser su primer destino. No, porque la primera incorporación tras acceso directo desde la enseñanza de formación no se considera cambio de destino a estos efectos. Sí, pero cobrando únicamente el 50%. Depende de si aprueba con mención de honor.

¿Desde qué momento produce efectos económicos el derecho a la compensación económica del INVIED tras su concesión?. Con efectos retroactivos al día de publicación del destino. Desde el mes siguiente al de la presentación de la solicitud por el interesado. El mismo día de la toma de posesión. Al año de residir en la nueva plaza.

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