Gestión de Personal Oposición Administrativo del Estado
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Título del Test:
![]() Gestión de Personal Oposición Administrativo del Estado Descripción: Aún en Desarrollo, voy añadiendo preguntas a medida que estudio |



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NO HAY REGISTROS |
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Según el artículo 1 del EBEP, el Estatuto tiene por objeto: Regular exclusivamente el régimen jurídico de los funcionarios de carrera. Establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos y determinar las normas aplicables al personal laboral. Regular el acceso y la promoción del personal funcionario. Establecer el régimen disciplinario de los empleados públicos. ¿Cuál de los siguientes NO es un fundamento de actuación recogido en el artículo 1.3 del EBEP?. Transparencia. Evaluación y responsabilidad en la gestión. Publicidad normativa. Igualdad, mérito y capacidad. El principio de inamovilidad en la condición de funcionario de carrera garantiza, según el EBEP: La estabilidad laboral. La jerarquía administrativa. La objetividad, profesionalidad e imparcialidad en el servicio. La promoción interna. El Estatuto Básico del Empleado Público se aplica al personal funcionario y, en lo que proceda, al personal laboral al servicio de: Solo la Administración General del Estado. Todas las Administraciones Públicas, incluidas universidades públicas. Únicamente las Administraciones territoriales. Solo organismos autónomos estatales. ¿A cuál de los siguientes colectivos se aplica directamente el EBEP?. Personal militar de las Fuerzas Armadas. Jueces y Magistrados. Personal funcionario de la Administración General del Estado. Personal del Banco de España. Según el artículo 2.3 del EBEP, el personal docente y el personal estatutario de los Servicios de Salud: Se rigen exclusivamente por el EBEP. Se rigen por su legislación específica y por el EBEP, con excepciones. Se rigen únicamente por normativa autonómica. No están incluidos en el ámbito del EBEP. ¿Qué preceptos del EBEP NO se aplican al personal docente y estatutario de los Servicios de Salud?. El capítulo II del título III, salvo el artículo 20. Los artículos 22.3, 24 y 84. Todo el título III. Las opciones a) y b) son correctas. Cuando el EBEP hace mención al personal funcionario de carrera, se entiende comprendido: El personal laboral fijo. El personal eventual. El personal estatutario de los Servicios de Salud. El personal directivo. El EBEP tiene carácter supletorio respecto a: Todo el personal de las Administraciones Públicas. El personal laboral únicamente. El personal no incluido en su ámbito de aplicación. El personal estatutario. El personal funcionario de las Entidades Locales se rige: Exclusivamente por el EBEP. Por la legislación estatal y autonómica, respetando la autonomía local. Solo por la legislación autonómica. Por normativa local exclusivamente. Los Cuerpos de Policía Local se rigen por: El EBEP y la Ley Orgánica 2/1986. Solo por el EBEP. Solo por normativa autonómica. El EBEP, salvo lo establecido en la Ley Orgánica 2/1986. ¿A qué personal se aplica el EBEP solo cuando así lo disponga su legislación específica?. Personal laboral de las Administraciones Públicas. Personal funcionario de las Cortes Generales. Funcionarios de carrera. Personal estatutario. ¿Cuál de los siguientes colectivos NO figura en el artículo 4 del EBEP?. Personal del Centro Nacional de Inteligencia. Personal del Banco de España. Personal eventual. Jueces y Magistrados. El personal funcionario de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos se rige: Exclusivamente por el EBEP. Por la legislación laboral. Por sus normas específicas y supletoriamente por el EBEP. Por normativa autonómica. Las leyes de Función Pública serán aprobadas: Solo por las Cortes Generales. Solo por las comunidades autónomas. Por las Cortes Generales y las asambleas legislativas autonómicas. Por el Gobierno. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se rige: Únicamente por el Estatuto de los Trabajadores. Por legislación laboral y por el EBEP cuando así lo disponga. Solo por convenios colectivos. Exclusivamente por el EBEP. En materia de permisos de nacimiento, adopción y lactancia, el personal laboral: Se rige por el Estatuto de los Trabajadores. Se rige por el EBEP. Puede elegir la norma más favorable. Se rige por convenios colectivos. En estos permisos, NO será de aplicación al personal laboral: El EBEP. La normativa autonómica. El Estatuto de los Trabajadores. La negociación colectiva. |




