GOBIERNO
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Título del Test:
![]() GOBIERNO Descripción: GOBIERNO YA |



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Según la Constitución Española, el Gobierno constituye junto con la Administración: El poder legislativo. El poder constituyente. El poder judicial. El poder ejecutivo. Según el artículo 97 CE, el Gobierno dirige: La Administración civil y militar. Todas son correctas. La defensa del Estado. La política interior y exterior. La regulación constitucional del Gobierno se encuentra en: Título III CE. Título IV CE. Título II CE. Título V CE. La ley que regula principalmente el funcionamiento del Gobierno es: Ley 40/2015. Ley 39/2015. Ley 50/1997. Ley 7/1985. La potestad reglamentaria del Gobierno consiste en: Elaborar reglamentos para desarrollar las leyes. Aprobar leyes orgánicas. Interpretar la Constitución. Nombrar jueces. Según la Ley del Gobierno, el principio que atribuye al Presidente del Gobierno la dirección política es el: Principio de jerarquía administrativa. Principio departamental. Principio colegial. Principio de dirección presidencial. Según la Constitución Española, los actos de la Administración están sometidos al control de: Las Cortes Generales. El Senado. Los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa. El Tribunal Constitucional. Según el artículo 103.1 CE, la Administración Pública actúa con sometimiento pleno a: La Constitución y al Derecho. El Gobierno. El Parlamento. El Tribunal Supremo. Según el artículo 106.1 CE, el control de la potestad reglamentaria y de la actuación administrativa corresponde a: Las Cortes Generales. Los tribunales. El Tribunal Constitucional. El Senado. El principio según el cual el Gobierno adopta decisiones colectivamente se denomina: Principio departamental. Principio de colegialidad. Principio de legalidad. Principio de jerarquía administrativa. El control político del Gobierno corresponde a: El Tribunal Supremo. Las Cortes Generales. El Tribunal Constitucional. El Consejo de Estado. Según el artículo 98 de la Constitución Española, el Gobierno se compone de: Presidente, Vicepresidentes en su caso y Ministros. Presidente y Consejo de Estado. Presidente y Ministros exclusivamente. Presidente, Congreso y Senado. Según la Ley del Gobierno, el Gobierno puede incluir además: Magistrados del Tribunal Supremo. Otros miembros que establezca la ley. Senadores designados. Diputados del Congreso. Para ser miembro del Gobierno es necesario: Ser español. Todas son correctas. Tener derechos de sufragio activo y pasivo. Ser mayor de edad. No puede ser miembro del Gobierno quien: Esté inhabilitado por sentencia judicial. Tenga derecho a voto. Sea mayor de edad. Sea español. El régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno se regula principalmente en: Ley 40/2015. Ley 3/2015 del alto cargo. Ley 7/1985. Ley 39/2015. El órgano en el que se reúnen el Presidente y todos los ministros es: Congreso de los Diputados. Tribunal Supremo. Consejo de Estado. Consejo de Ministros. Las reuniones de algunos ministros para tratar asuntos específicos se denominan: Consejo de Estado. Comisiones Delegadas del Gobierno. Consejo General del Poder Judicial. Comisiones parlamentarias. Según la Ley del Gobierno, el Presidente del Gobierno forma parte del: Consejo de Ministros. Tribunal Constitucional. Congreso. Consejo General del Poder Judicial. El artículo de la Constitución que regula la composición del Gobierno es: Artículo 97 CE. Artículo 96 CE. Artículo 98 CE. Artículo 99 CE. Las Comisiones Delegadas del Gobierno están formadas por: Todos los ministros. Algunos ministros según la materia. Senadores. Diputados del Congreso. Según el artículo 98.2 CE, el Presidente del Gobierno: Dirige la acción del Gobierno. Dirige las Cortes Generales. Dirige el Tribunal Constitucional. Dirige el Poder Judicial. El Presidente del Gobierno coordina: Las funciones de los miembros del Gobierno. Las Comunidades Autónomas. Los jueces. El Parlamento. La disolución del Congreso, Senado o Cortes Generales se propone por: El Rey. El Tribunal Constitucional. El Congreso. El Presidente del Gobierno. Antes de proponer la disolución de las Cámaras, el Presidente debe deliberarlo en: El Senado. El Consejo de Ministros. El Congreso. El Tribunal Supremo. La cuestión de confianza se plantea ante: El Senado. El Congreso de los Diputados. El Tribunal Constitucional. El Rey. La convocatoria de un referéndum consultivo requiere: Autorización del Tribunal Supremo. Autorización del Consejo de Estado. Autorización del Congreso. Autorización del Senado. El Presidente del Gobierno convoca y preside: El Senado. El Consejo de Ministros. El Tribunal Constitucional. El Congreso. El Presidente del Gobierno puede interponer: Recurso de inconstitucionalidad. Recurso de casación. Recurso contencioso. Recurso de amparo. Los ministerios se crean, modifican o suprimen mediante: Real Decreto. Ley orgánica. Orden ministerial. Decreto legislativo. El nombramiento de los ministros se realiza por: El Congreso. El Senado. El Rey a propuesta del Presidente del Gobierno. El Tribunal Constitucional. Según la Ley del Gobierno, la existencia de Vicepresidentes del Gobierno es: Obligatoria. Limitada a dos. Limitada a uno. Potestativa. Las funciones de los Vicepresidentes del Gobierno son: Las establecidas por el Congreso. Las establecidas por el Presidente del Gobierno. Las establecidas por el Tribunal Constitucional. Las establecidas por el Senado. Según la Ley del Gobierno, el Vicepresidente que dirige un Ministerio: Tiene también la condición de ministro. Debe dimitir del cargo de vicepresidente. Debe ser senador. No puede ser ministro. En caso de vacante, ausencia o enfermedad del Presidente del Gobierno, sus funciones serán asumidas primero por: El Congreso. El Tribunal Constitucional. Los Vicepresidentes. El Rey. Si no existen Vicepresidentes del Gobierno, las funciones del Presidente serán asumidas por: El Tribunal Supremo. El Congreso. Los Ministros según el orden de precedencia. El Senado. La suplencia de los ministros se determina mediante: Ley orgánica. Real Decreto del Rey. Decisión del Congreso. Real Decreto del Presidente del Gobierno. La sustitución del Presidente del Gobierno en caso de ausencia está regulada en: Artículo 98 CE. Artículo 115 CE. Artículo 97 CE. Artículo 13 de la Ley del Gobierno. Los Vicepresidentes del Gobierno pueden: Ejercer funciones propias del Presidente sin delegación. Ejercer funciones encomendadas por el Presidente. Nombrar ministros. Disolver las Cortes. El orden de sustitución del Presidente del Gobierno entre vicepresidentes se determina por: Antigüedad. Edad. Orden de prelación. Orden del Senado. La interrupción temporal de la asistencia de un miembro del Gobierno a una reunión colegiada: No se considera ausencia. Implica sustitución automática. Se considera ausencia oficial. Implica dimisión. Según la Ley del Gobierno, los Ministros son: Representantes del Rey. Funcionarios del Estado. Miembros del Tribunal Supremo. Titulares de los Departamentos ministeriales. Los Ministros desarrollan la acción del Gobierno: En todo el Estado. En el Congreso. En el Senado. En su Departamento. Según la Ley del Gobierno, los Ministros ejercen: Potestad reglamentaria en su ámbito. Potestad constituyente. Potestad judicial. Potestad legislativa. Las decisiones del Ministro deben ajustarse a: Ambas. Las directrices del Presidente del Gobierno. Los acuerdos del Consejo de Ministros. Según la Ley del Gobierno, los Ministros pueden: Reformar la Constitución. Refrendar actos del Rey en su ámbito. Nombrar jueces. Disolver el Congreso. Los Ministros sin cartera: No pueden existir. Dirigen un ministerio especial. Son diputados obligatoriamente. No tienen departamento propio. Las funciones de los Ministros sin cartera se determinan mediante: Real Decreto. Ley orgánica. Ley ordinaria. Orden ministerial. La estructura administrativa de los Ministros sin cartera se establece mediante: Ley orgánica. Real Decreto. Decreto legislativo. Reglamento del Congreso. Los Ministros ejercen sus competencias según: Las leyes. Todas son correctas. Las normas de organización del Gobierno. La Constitución. El artículo de la Ley del Gobierno que regula a los Ministros es: Artículo 2. Artículo 5. Artículo 3. Artículo 4. Según la Constitución Española, el procedimiento de investidura del Presidente del Gobierno se regula en: Art. 98 CE. Art. 97 CE. Art. 100 CE. Art. 99 CE. ¿Quién propone el candidato a Presidente del Gobierno?. El Congreso. El Senado. El Tribunal Constitucional. El Rey. El Rey propone candidato a Presidente del Gobierno tras consultar a: Los ministros. Los jueces. Los senadores. Los representantes de los grupos políticos. La exposición del programa político del candidato se realiza ante: El Congreso de los Diputados. El Senado. El Tribunal Constitucional. Las Cortes Generales. En la primera votación de investidura se requiere: Mayoría absoluta. Dos tercios. Mayoría cualificada. Mayoría simple. Si el candidato no obtiene mayoría absoluta, la segunda votación se celebra: 48 horas después. 24 horas después. Una semana después. 72 horas después. En la segunda votación de investidura se requiere: Mayoría simple. Tres quintos. Dos tercios. Mayoría absoluta. Si en dos meses desde la primera votación ningún candidato obtiene la confianza del Congreso: El Rey dimite. El Congreso elige al candidato más votado. El Rey disuelve las Cámaras y convoca elecciones. El Senado decide. Según la Ley del Gobierno, los Vicepresidentes y Ministros son nombrados por: El Congreso. El Rey a propuesta del Presidente. El Senado. El Presidente. El principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres en los cargos públicos se regula en: Ley del Gobierno. Ley electoral. Constitución art. 99. Ley Orgánica 3/2007. El nombramiento de los miembros del Gobierno se regula en: Art. 100 CE. Art. 102 CE. Art. 101 CE. Art. 98 CE. Según la Constitución, el Gobierno cesa: Por pérdida de confianza parlamentaria. Por dimisión del Presidente. Todas son correctas. Tras elecciones generales. El cese del Gobierno se regula en: Art. 100 CE. Art. 101 CE. Art. 103 CE. Art. 102 CE. Si el Presidente del Gobierno dimite: El Gobierno continúa normalmente. El Senado decide. El Congreso elige nuevo presidente automáticamente. El Gobierno cesa. Si fallece el Presidente del Gobierno: El Gobierno continúa igual. El Rey gobierna temporalmente. El Congreso asume el poder. El Gobierno cesa. Tras el cese del Gobierno: El Estado queda sin Gobierno. El Gobierno continúa en funciones. El Senado dirige el Gobierno. El Rey asume el poder. El Gobierno cesante continúa en funciones hasta: Que el Rey lo decida. La toma de posesión del nuevo Gobierno. La aprobación de una ley. La investidura del Congreso. La pérdida de confianza parlamentaria puede producirse mediante: Cuestión de confianza. Ambas. Moción de censura. ¿Quién propone el nombramiento de los Ministros?. El Congreso. El Presidente del Gobierno. El Senado. El Rey. El Consejo de Ministros es: Un órgano judicial. Un órgano colegiado del Gobierno. Un órgano constitucional independiente. Un órgano legislativo. Las funciones del Consejo de Ministros se regulan en: Art. 3 LG. Art. 10 LG. Art. 15 LG. Art. 5 LG. El Consejo de Ministros aprueba: Ambas. Los presupuestos generales del Estado. Los proyectos de ley. Los Reales Decretos-leyes son aprobados por: El Congreso. El Rey. El Consejo de Ministros. El Senado. La declaración del estado de alarma corresponde: Al Tribunal Constitucional. Al Senado. Al Congreso. Al Consejo de Ministros. El estado de sitio es: Propuesto al Congreso por el Consejo de Ministros. Declarado por el Senado. Declarado por el Rey. Declarado por el Consejo de Ministros. Las reuniones del Consejo de Ministros son convocadas por: El Congreso. El Senado. El Presidente del Gobierno. El Rey. El orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros lo fija: El Tribunal Constitucional. El Rey. El Congreso. El Presidente del Gobierno. Las deliberaciones del Consejo de Ministros son: Secretas. Parcialmente públicas. Publicadas en el BOE. Públicas. De cada reunión del Consejo de Ministros se levanta: Un decreto. Un acta. Una sentencia. Una resolución judicia. Según la Ley del Gobierno, las Comisiones Delegadas del Gobierno se regulan en: Art. 5 LG. Art. 6 LG. Art. 10 LG. Art. 4 LG. La creación de las Comisiones Delegadas del Gobierno corresponde a: El Consejo de Ministros. El Senado. El Congreso. El Presidente del Gobierno. Las Comisiones Delegadas se crean mediante: Real Decreto. Decreto legislativo. Ley ordinaria. Ley orgánica. La creación de las Comisiones Delegadas se realiza a propuesta de: El Senado. El Congreso. El Presidente del Gobierno. El Rey. El Real Decreto de creación de una Comisión Delegada debe indicar: El miembro del Gobierno que la preside. Los miembros que la integran. Sus funciones. Todas son correctas. Las deliberaciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno son: Secretas. Parcialmente públicas. Publicadas en el BOE. Públicas. Entre las funciones de las Comisiones Delegadas está: Aprobar leyes orgánicas. Nombrar jueces. Elegir al Presidente del Gobierno. Examinar asuntos que afecten a varios ministerios. Las Comisiones Delegadas pueden resolver asuntos que: Afecten a un solo ministerio. Afecten a varios ministerios. Sean constitucionales. Sean judiciales. Una de las Comisiones Delegadas existentes es: Comisión Delegada para Asuntos Económicos. Comisión Delegada Electoral. Comisión Delegada Parlamentaria. Comisión Delegada Constitucional. El Consejo de Seguridad Nacional actúa como: Comisión Delegada del Gobierno. Tribunal administrativo. Comisión del Senado. Órgano parlamentario. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos se regula actualmente en: Real Decreto 1/2024. Constitución Española. Ley Orgánica 3/2007. Ley 40/2015. La presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos corresponde a: Ministro de Hacienda. Ministro de Economía. Ministro de Industria. Presidente del Gobierno. La vicepresidencia de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos corresponde a: Vicepresidenta Primera y Ministra de Hacienda. Secretario de Estado de Hacienda. Ministro de Industria. Ministro de Economía. La Secretaría de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos corresponde a: Secretaría de Estado de Hacienda. Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Ministerio de Economía. Secretaría de Estado de Presupuestos. Si falta el titular de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, la secretaría será ejercida por: Secretaría de Estado de Industria. Secretaría de Estado de Comercio. Ministerio de Economía. Secretaría de Estado de Hacienda. Las Comisiones Delegadas del Gobierno se regulan en: Art. 6 Ley del Gobierno. Art. 10 Ley del Gobierno. Art. 15 Ley del Gobierno. Art. 5 Ley del Gobierno. Las Comisiones Delegadas del Gobierno son creadas por: El Presidente del Gobierno. El Senado. El Consejo de Ministros. El Congreso. Entre las funciones de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos está: Coordinar la política económica del Gobierno. Elegir al Presidente del Gobierno. Aprobar leyes orgánicas. Nombrar ministros. Las funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno se regulan en: Art. 5 Ley del Gobierno. Art. 6.4 Ley del Gobierno. Art. 15 Ley del Gobierno. Art. 10 Ley del Gobierno. La Comisión Delegada para Asuntos Económicos se encarga principalmente de: La política económica del Gobierno. La política educativa. La política exterior. La política judicial. La Comisión Delegada para Asuntos Económicos analiza medidas con: Trascendencia económica. Trascendencia presupuestaria. Todas son correctas. Trascendencia financiera. La Comisión Delegada para Asuntos Económicos coordina: Los tribunales. Los ministerios. Las diputaciones. Las comunidades autónomas. La política económica del Gobierno es estudiada por: El Congreso. La Comisión Delegada para Asuntos Económicos. El Tribunal Constitucional. El Senado. Las Comisiones Delegadas del Gobierno son órganos: Constitucionales independientes. Legislativos. Judiciales. Colegiados del Gobierno. Las Comisiones Delegadas del Gobierno sirven principalmente para: Elegir diputados. Aprobar la Constitución. Nombrar jueces. Coordinar ministerios. |





