Del Gobierno Interno de los Tribunales y Juzgados
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Título del Test:
![]() Del Gobierno Interno de los Tribunales y Juzgados Descripción: Artículo 149 a 164 LOPJ |



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El Presidente de dicho órgano, los Presidentes de Sala y un número igual de magistrados/as al de los anteriores constituyen la Sala de Gobierno de. el TS y la AN. el TS y el TSJ. la AN. el TS. El Presidente de dicho órgano, los Presidentes de Sala, los Presidentes de las Audiencias Provinciales y un número igual de jueces/juezas y magistrados/as al de los anteriores constituyen la Sala de Gobierno de. el TS y la AN. el TSJ. la AN. el TS. Las Salas de Gobierno de los TSJ se constituirán en Pleno o en Comisión cuando su número exceda de. 10. 12. 6. 8. La Comisión estará integrada por. 6 miembros, 3 natos y 3 electos. 6 miembros, 4 natos y 2 electos. 6 miembros, 4 electos y 2 natos. 6 miembros en total. La designación de los miembros de la Comisión corresponde a. el Pleno. la Comisión Permanente. la Comisión de Calificación. la Comisión Disciplinaria. La Comisión se renueva. anualmente. semestralmente. cada dos años. cada tres años. La Comisión se renovará anualmente en la misma proporción y su Presidencia es del. Presidente del TSJ. Presidente del TS. Presidente de la AP. Presidente de la AN. Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada. cinco años. cuatro años. tres años. dos años. Una de las siguientes reglas no es cierta respecto de la elección de miembros de las Salas de Gobierno. se hará mediante voto personal, libre, secreto, directo e igual, admitiéndose el voto por correo. las candidaturas incluirán uno o varios candidatos, con su sustituto, hasta un número igual al de puestos a cubrir y bastará para que puedan ser presentadas que conste el consentimiento de quienes las integren. resultarán electos los candidatos que hubieren obtenido mayor número de votos. los candidatos que hayan obtenido menos del 5% no tendrán representación. La Junta Electoral existirá. en el TSJ. en la AP. en cada Tribunal. a nivel estatal. La Junta electoral está integrada por. el Presidente, el Magistrado más antiguo y el más moderno del TS, la AN o el TSJ correspondiente. el Presidente solamente. el Presidente y dos Magistrados. el Presidente y los Presidentes de Sala. La convocatoria de las elecciones le corresponde a. el CGPJ. el Rey. el Ministerio de Justicia. todas son incorrectas. Las Salas de Gobierno ejercerán la función de gobierno en sus respectivos tribunales y, en particular, les compete (señalar la falsa). aprobar las normas de reparto de asuntos entre las distintas Secciones de cada Sala. establecer anualmente con criterios objetivos los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones del Tribunal y de las Audiencias Provinciales del territorio, así como de modo vinculante las normas de asignación de las Ponencias. Adoptar las medidas necesarias en el caso de movilidad de los magistrados. Completar provisionalmente la composición de las Salas en los casos por circunstancias sobrevenidas, fuera necesario para el funcionamiento del servicio. Las Salas de Gobierno ejercerán la función de gobierno en sus respectivos tribunales y, en particular, les compete. Proponer motivadamente al Consejo General del Poder Judicial a los magistrados suplentes expresando las circunstancias personales y profesionales que en ellos concurran, su idoneidad para el ejercicio del cargo y para su actuación en uno o varios órdenes jurisdiccionales, las garantías de un desempeño eficaz de la función y la aptitud demostrada por quienes ya hubieran actuado en el ejercicio de funciones judiciales o de sustitución en la Carrera Fiscal, con razonada exposición del orden de preferencia propuesto y de las exclusiones de solicitantes. Todas son correctas. Ejercer las facultades disciplinarias sobre magistrados según la ley, además de proponer al Presidente la realización de las visitas de inspección e información que considere procedentes. Promover los expedientes de jubilación por causa de incapacidad de Magistrados, e informarlos. Las Salas de Gobierno ejercerán la función de gobierno en sus respectivos tribunales y, en particular, les compete (señalar la falsa). Elaborar los informes que le solicite el CGPJ y la memoria anual expositiva sobre el funcionamiento del Tribunal, con expresión detallada del número y clase de asuntos iniciados y terminados por cada Sala, así como los que estén pendientes, además de proponer al CGPJ la adopción de medidas que juzgue pertinentes para mejorar la Administración de Justicia. Recibir el juramento o promesa legalmente prevenidos de los magistrados que integran los respectivos tribunales y darles posesión. Promover el archivo de las responsabilidades disciplinarias que procedan de los LAJ, del personal de servicio de la Administración de Justicia o de cualquier otro. Recibir informes del Secretario de Gobierno por iniciativa de este o de la propia Sala. A las Salas de Gobierno de los TSJ, en Pleno o en Comisión, les compete, además (señalar la falsa). Aprobar las normas de reparto de asuntos entre las Salas del Tribunal y entre las Secciones de las Audiencias Provinciales del mismo orden jurisdiccional, y las de jueces, juezas, magistrados y magistradas de la misma Sección de los Tribunales de Instancia, con sede en la comunidad autónoma correspondiente. Ejercer las facultades de los números quinto al decimocuarto del apartado anterior, pero referidas también a los órganos jurisdiccionales con sede en la comunidad autónoma correspondiente a los jueces, juezas, magistrados y magistradas en ellos destinados. Proponer los nombramientos de los jueces y las juezas de paz. Tomar conocimiento de los planes anuales de sustitución elaborados por las Juntas de Jueces y Juezas, aprobarlos provisionalmente en los términos y, en su caso, con las correcciones que procedan y remitirlos al Consejo General del Poder Judicial para su aprobación definitiva. Además, velarán por su cumplimiento. Las Salas de Gobierno se reunirán, al menos. dos veces por mes, a no ser que no hubiere asuntos pendientes, y cuantas veces, además, tengan que tratar de asuntos urgentes. una vez por mes. una vez a la semana. dos veces cada seis meses. Cuando tengan que tratar asuntos urgentes, de interés para la Administración de Justicia, se reunirán. siempre que lo considere importante el Presidente del TSJ. cuando lo solicite una tercera parte de sus miembros mediante propuesta razonada y con expresión de lo que se deba deliberar y debatir. cuando lo solicite el Secretario de Gobierno a fin de tratar cuestione que afecten a oficinas judiciales o los LAJ que de él dependan. todas son correctas. Las Salas de Gobierno de los TSJ, constituidas en Comisión, se reunirán. semanalmente. semestralmente. trimestralmente. anualmente. La Comisión pondrá en conocimiento del Pleno, previamente convocado, todos aquellos asuntos que han sido tratados y resueltos, ¿cada cuánto tiempo?. semestralmente. trimestralmente. anualmente. mensualmente. El Pleno se podrá reunir cuando, a juicio del Presidente o de la Comisión,. la trascendencia, importancia o interés para la Administración de Justicia de los asuntos a tratar así lo aconsejen. cuando lo solicite la mayoría de sus miembros mediante propuesta razonada y con expresión de lo que debe ser objeto de deliberación y decisión. todas son correctas. cuando lo solicite el Secretario de Gobierno a fin de tratar cuestiones que afecten a oficinas judiciales o a LAJs que él dependan. Para las actuaciones no decisorias de carácter formal, tales como la recepción de juramento o promesa o la toma de posesión de jueces y magistrados, la Sala podrá constituirse. por el Presidente y dos miembros. por el Presidente y un miembro. por el Presidente y tres miembros. por el Presidente y cuatro miembros. En los demás casos, para su válida constitución, se requerirá. la mayoría de sus miembros. tres quintos de los miembros. dos tercios. la mayoría más uno de sus miembros. No podrán estar presentes en las discusiones y votaciones. los que tengan interés directo o indirecto en el asunto de que se trate. los que tengan interés directo en el asunto de que se trate. los que no tengan interés directo o indirecto en el asunto de que se trate. todas son incorrectas. Los ponentes serán designados por. el Presidente. el Vicepresidente. el Secretario. la mayoría del Pleno. ¿En qué caso no hará falta nombrar a un Ponente?. Por razones de urgencia*. Por la escasa importancia del asunto*. Las dos marcadas son correctas. Por razones de interés general. El Presidente pasará dictamen del Ministerio Fiscal de aquellos asuntos en los que deba intervenir, a petición de. el ponente. a iniciativa propia. por acuerdo de Sala. todas son correctas. Una vez que concluya la discusión se procederá. a votar, que comenzará por el Juez más moderno y seguirá por orden de menor antigüedad. a votar, que comenzará por el Juez más antiguo y seguirá por orden de mayor antigüedad. a concluir los asuntos. a estipular las reglas de votación. El Juez o Magistrado que disienta de la mayoría podrá. pedir que conste su voto en acta y, si desea, podrá formular voto particular, escrito y fundado, que se insertará en el acta. pedir que conste su voto en acta, pero no podrá formular voto particular. formular voto particular. pedir que conste su voto en el acta, pero sin posibilidad de fundarlo. Algunas de las funciones del Secretario de Gobierno son. estar presente en la discusión y votación de los asuntos que se lleven a la Sala. redactar las actas, en que se hará mención de todos los acuerdos y anotar al margen los apellidos de los que estén presentes. custodiar el libro de actas y dar las certificaciones correspondientes. todas son correctas. Los actos de Salas de Gobierno gozarán. de ejecutoriedad. de subsidiariedad. de legalidad. de independencia. Los actos de las Salas de Gobierno serán recurribles. en el orden contencioso-administrativo. en alzada ante el CGPJ. en reposición ante el CGPJ. en el orden social. Los acuerdos de las Salas de Gobierno se llevarán a un Libro de Actas, que estará a cargo del Secretario de Gobierno y que no tendrá otra publicidad que la que se efectúa a instancia del que tenga un interés directo, legítimo y personal. Los acuerdos sobre normas de reparto entre Secciones y entre los jueces/juezas y los magistrados/magistradas de una Sección. no recibirán publicidad. se les dará publicidad suficiente. serán de acceso restringido. serán confidenciales. ¿Qué funciones tienen los Presidentes?. Todas son funciones. Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de la Sala de Gobierno, así como fijar el orden del día de las sesiones y someter cuantas propuestas considere oportunas en materia de competencia de la Sala de Gobierno. Autorizar con su firma los acuerdos de la Sala de Gobierno y velar por su cumplimiento, despachar los informes que les pida el CGPJ y adoptar las medidas necesarias cuando surjan situaciones que, por su urgencia, lo requieran. Dirigir la inspección de Juzgados y Tribunales, determinar el reparto de asuntos entre las Salas del Tribunal del mismo orden jurisdiccional y entre las Secciones, según las normas de la Sala de Gobierno. ¿Cuál de las siguientes no es función del Presidente?. Proponer los expedientes disciplinarios. Presidir diariamente la reunión de los Presidentes de Sala y Magistrados, además de cuidar de la composición de las Salas y Secciones, ejercer los poderes dirigidos al buen orden del Tribunal o audiencia. Comunicar al CGPJ las vacantes y plazas vacantes de personal auxiliar, oír las quejas que les hagan los interesados. Todas las previstas en la Ley. El Presidente del TSJ. ostenta la representación del Poder Judicial en la CCAA correspondiente. representa al CGPJ en la CCAA correspondiente. es la máxima autoridad judicial del Reino. todas son incorrectas. La facultad de dirigir prevenciones a los Juzgados y Tribunales para su mejor funcionamiento, dando cuenta al TS, en su caso, y directamente al CGPJ corresponde. al Presidente del TS, de la AN. al Presidente del TSJ. al Presidente de las AP. todas son correctas. |





