Gramática 25.
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Según la redacción del art. 10.2 del TRLSS, no se considera un régimen especial de la Seguridad Social: Trabajadores del mar. Estudiantes. Empleados del hogar. Trabajadores por cuenta propia o autónomos. Según el art. 15.1 del TRLSS, la cotización es obligatoria: Únicamente en el Régimen General. En el Régimen General y en determinados Regimenes Especiales. En los Regimenes General y Especiales. La cotización no es obligatoria. La acción para exigir el pago de las deudas por cuotas de la Seguridad Social prescribirá, según el art. 21.1.b) del TRLSS: A los cinco años. A los cuatro años. A los diez años. A los dos años. El art. 38.1 del TRLSS dispone que La acción protectora del sistema de la Seguridad Social comprenderá: La asistencia sanitaria en los casos de maternidad, de enfermedad común o profesional y de accidentes de trabajo. Prestaciones económicas en las situaciones de desempleo exclusivamente en su nivel contributivo. Prestaciones familiares de la Seguridad Social únicamente en su modalidad asistencial. Prestaciones económicas en las situaciones de riesgo durante la lactancia natural. En relación con la prescripción y caducidad de las prestaciones reguladas en los arts. 43 y 44 del TRLSS se establece que: El derecho al percibo de las prestaciones a tanto alzado y por una sóla vez caducará a los cinco años, a contar desde el día siguiente al de haber sido notificada en forma al interesado su concesión. En el caso de prestaciones periódicas, el derecho al percibo de cada mensualidad caducará al año de su respectivo vencimiento. Como regla general, el derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribirá a los cuatro años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación de que se trate. Ninguna prestación es imprescriptible. El art. 103.3 del TRLSS determina que la cotización completa de determinadas contingencias, correrá a cargo exclusivo del empresario, ¿cual de las siguientes así se considera?. Maternidad. Enfermedad profesional. Accidente. Formación profesional. Lo que constituye la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que con carácter mensual tenga derecho a percibir el trabajador o asimilado, o la que efectivamente perciba de ser esta superior, por razón del trabajo que realice por cuenta ajena se denomina: Base de cotización. Salario base. Tipo de cotización. Cuota. No tendrá la consideración de accidentes de trabajo: Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría prefesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa. Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente. Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos. Ninguna de las respuestas es correcta. El art. 130 del TRLSS determina que para ser beneficiario del subsidio por incapacidad temporal, a efectos de cotización, se debe cumplir: En caso de enfermedad común, un periodo de cotización de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante. En caso de enfermedad, un periodo de cotización de 180 días dentro de los 5 anos inmediatamente anteriores al hecho causante. En caso de accidente común, un periodo de cotización de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante. Las respuestas a y c son correctas. La duración máxima de la situación de incapacidad temporal, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y este impedido para el trabajo será de 365 días, prorrogables por otros 180 días cuando se presuma que durante ellos puede obtener el alta médica por curaci6n. ¿Que institución tiene la competencia para acordar dicha prorroga?. El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. El Servicio de Salud de la correspondiente comunidad aut6noma. El Instituto Nacional de la Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social. La prestación económica correspondiente a la incapacidad permanente total consistirá: En una pensión vitalicia. En una cantidad a tanto alzado. En una pensión vitalicia incrementada con un complemento. En una pensión vitalicia, que podrá excepcionalmente ser sustituida por una indemnización a tanto alzado cuando el beneficiario fuese menor de 60 años. Señalar la alternativa de respuesta incorrecta. en relación con las compatibilidades en el percibo de prestaciones económicas por invalidez permanente, el art. 141 del TRLSS determina que: En caso de incapacidad permanente total para la profesión que ejercía el interesado o del grupo profesional en que aquella estaba encuadrada, la pensión vitalicia correspondiente será compatible con el salario que pueda percibir el trabajador en la misma empresa o en otra distinta, siempre y cuando las funciones coincidadan con aquellas que dieron lugar a la incapacidad permanente total. Las pensiones vitalicias en caso de invalidez absoluta no impedirán el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión. El disfrute de la pensión de incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez a partir de Ia edad de acceso a Ia pensión de jubilación será incompatible con el desempeño por el pensionista de un trabajo, por cuenta propia o por cuenta ajena, que determine su inclusión en alguno de los regimenes del Sistema de la Seguridad Social. Las pensiones vitalicias en caso de gran invalidez no impediran el ejercicio de aqueIlas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revision. ¿Cual de los siguientes requisitos es correcto para que una persona tenga derecho a la pensión de invalidez, en su modalidad no contributiva?. Ser mayor de 18 y menor de 60 años de edad. Estar afectadas por una minusvalía o por una enfermedad crónica, en un grado igual o superior al 33%. Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco anos, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión. Carecer de rentas suficientes (sin considerar los ingresos). Según el art. 161.1 del TRLSS, tendrán derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, las personas incluidas en el Régimen General que retinan las siguientes condiciones en relación a la edad: Haber cumplido 65 años. Haber cumplido 68 años. Haber cumplido 65 años cuando se acrediten 38 anos y 6 meses de cotización. Haber cumplido 67 años cuando se acrediten 40 anos de cotización. El periodo mínimo de cotización que se exige para tener derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva es: 25 años. 15 años. 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. 25 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. Según el art. 161 bis del TRLSS, en relación con la jubilación anticipada, el párrafo tercero del apartado 1 dispone que la aplicación de los correspondientes coeficientes reductores de la edad en ningún caso dará ocasión que el interesado pueda acceder a Ia pension de jubilación con una edad inferior a Ia de: 55 años. 57 años. 52 años. 60 años. En la modalidad de acceso a la jubilación anticipada derivada del cese en el trabajo por causa no imputable al trabajador se exige: Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación. Acreditar un periodo mínimo de cotización efectiva de 33 años. Tener cumplidos los 63 años de edad. Que el importe de la pensi6n resulte superior a la cuantía de la pensión minima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. El art. 175 del TRLSS determina que tendrán derecho a la pensión de orfandad, en régimen de igualdad, cada uno de los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza de su filiación, siempre que, al fallecer el causante: Sean menores de 18 años o estén incapacitados para el trabajo. Sean menores de 25 años. Sean menores de 21 años o estén incapacitados para el trabajo. Sean menores de 25 anos si efectúan un trabajo lucrativo, por cuenta ajena o propia, cuyos ingresos sean superiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente para el salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual. ¿Cual de las siguientes prestaciones derivadas de muerte y supervivencia es prescriptible?. Auxilio por defunción. Pensión de viudedad. Pensión de orfandad. Prestaciones en favor de familiares. La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Según el art. 210.1 del TRLSS,los períodos mínimos y maximos, respectivamente, son: 100 y 700 dias. 3 meses y 2 años. 120 y 720 dias. 300 y 600 dias. |