Guia Medio Termino Contabilidad de Sociedades
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![]() Guia Medio Termino Contabilidad de Sociedades Descripción: Guia MT |



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Son cuentas complementarias de capital con saldo acreedor, que se crean e incrementan en forma estimada para prever contingencias futuras. Fondos de inversión. Reservas. Superávit de capital. Capital social. Son las retenciones de utilidades que acuerda la asamblea general de socios o accionistas, sin que tenga que existir una disposición expresa de la ley o en la escritura social. Reservas de capital voluntarias. Reservas legales. Reservas obligatorias. Fondos de activo. Es la suma de las aportaciones en efectivo y/o especie efectuadas por los socios y que se incrementa con nuevas aportaciones, utilidades, donativos, etc. Y disminuye por retiros de los socios, perdidas, etc. Capital Social. Capital Ganado. Superávit. Reserva Legal. Existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. Sociedad Anónima. Sociedad en Nombre Colectivo. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Sociedad Cooperativa. Es la clasificación de las reservas de capital. Ganadas y de capital. Obligatorias (legales/estatutarias) y voluntarias. De activo y de pasivo. Suscritas y exhibidas. Es el artículo de la LGSM que trata sobre la aplicación de las reservas de capital obligatorias. Artículo 6. Artículo 19. Artículo 20. Artículo 33. Son las ganancias provenientes de las operaciones normales de las empresas. Superávit de capital. Capital contribuido. Reserva estatutaria. Superávit ganado. Existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Sociedad Cooperativa. Sociedad Mercantil. Sociedad en Nombre Colectivo. Sociedad Anónima. Es el capital que no podrá ser modificado a menos que se tenga que cambiar la escritura social y seguir todos los tramites como si fuera por primera vez a constituirse. Capital Variable. Capital Autorizado. Capital Social Fijo. Capital Exhibido. Es el tipo de responsabilidad jurídica en donde cualquier tercero, después de agotar los recursos en contra de la sociedad, puede exigir responsabilidades indistintamente a cualquiera de los socios. Responsabilidad Limitada. Responsabilidad Solidaria. Responsabilidad Subsidiaria. Responsabilidad Mixta. Su propósito principal es el fortalecimiento de la empresa con la previsión de contingencias futuras. Reservas y Fondos. Superávit Ganado. Capital Social. Sociedad Mercantil. Responsabilidad jurídica donde los socios responden no solo por sus aportaciones, sino contando con su patrimonio personal. Responsabilidad Ilimitada. Responsabilidad Subsidiaria. Responsabilidad Limitada. Responsabilidad Solidaria. Es un convenio celebrado entre dos o más socios, dos o más accionistas o cinco o más cooperativistas. Sociedad Mercantil. Acta Constitutiva. Proyecto de Aplicación. Contrato Social. Se les denomina _______________ a las personas que integran la sociedad anónima. Accionistas. Socios. Cooperativistas. Comanditarios. Como se les llama a los integrantes de una cooperativa. Accionistas Cooperativistas. Socios Cooperativistas. Accionistas. Cooperativistas. Es el documento contable que muestra el origen de la utilidad del ejercicio recién concluido. Balance General. Acta Constitutiva. Proyecto de Aplicación de Utilidades. Contrato Social. Representan las utilidades repartidas a los accionistas por una sociedad. Superávit. Reservas. Fondos. Dividendos. Son cuentas de balance invariablemente con saldo deudor, que representan una segregación real de fondos para invertirlos con fines específicos. Superávit. Reservas. Fondos. Dividendos. Lo obtienen las empresas por operaciones ajenas a la explotación objeto del negocio, como son revaluaciones, ingresos, primas en venta de acciones, etc. Superávit de Capital. Superávit Ganado. Superávit de operación. Reservas. Es el tipo de responsabilidad jurídica donde primero debe exigirse a la sociedad el cumplimiento de sus obligaciones y sólo en el caso de que ésta no pueda cumplirlas total o parcialmente, se exigirá a los socios. Responsabilidad Limitada. Responsabilidad Subsidiaria. Responsabilidad Ilimitada. Responsabilidad Solidaria. Cuál es el orden correcto para constituir una Sociedad Mercantil: I. Inscribir en el Registro Federal de Contribuyentes. II. Solicitar permiso ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. III. Inscribir en el Registro Público del Comercio. IV. Formular el proyecto del Contrato Social. V. Protocolizar ante notario el acta constitutiva y elaborar el contrato definitivo. I, III, V, II, IV. IV, I, II, V, III. IV, II, V, III, I. II, IV, III, I, V. Sociedad mercantil que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Sociedad por Acciones Simplificadas. Sociedad Anónima. Sociedad Cooperativista. Sociedad Mercantil. Capital conformado por las aportaciones de los propietarios. Capital Contribuido. Capital Contable. Capital Exhibido. Capital Autorizado. |




