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GUIA TÉCNICA EQUIPOS DE PVD

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Título del Test:
GUIA TÉCNICA EQUIPOS DE PVD

Descripción:
RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos

Fecha de Creación: 2025/04/23

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 26

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Temario:

El RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos emana de la directiva europea: 80/270/CEE. 90/280/CEE. 90/270/CEE. 80/280/CEE.

Según el RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos en su artículo 2 se define al trabajador de PVD. Cualquier trabajador que habitualmente y durante una parte relevante de su trabajo normal utilice un equipo con pantalla de visualización de datos. Cualquier trabajador que durante más de 4 horas diarias o 10 horas semanales utilice un equipo con pantalla de visualización de datos. Cualquier trabajador que durante más de 4 horas diarias o 15 horas semanales utilice un equipo con pantalla de visualización de datos. Ninguna de las anteriores es cierta.

Según la guia tecnica para la evaluacion y prevencion de los riesgos relativos a la utilizacion de equipos con pantallas de visualizacion del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, el método que promone para la evaluación de la carga mental es. ESCAM. NASA. LEST. ANACT.

El instrumento para evaluar la carga mental ESCAM es un inventario: Subjetivo. Objetivo. Colectivo. Tiene uno de los bloques de valoración subjetiva, otro para la valoración objetiva, otro para el trabajo individual y un último para el trabajo grupal.

El instrumento para evaluar la carga mental ESCAM es un inventario: De 50 items con 5 opciones de respuesta. De 30 items con 4 opciones de respuesta. De 20 items con 5 opciones de respuesta. De 10 items con 4 opciones de respuesta.

El instrumento para evaluar la carga mental ESCAM está compuesto de los siguientes bloques. Señala la incorrecta. Demandas cognitivas y complejidad tarea. Esfuerzo mental. Ritmo de trabajo. Consecuencias salud.

Según el RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos en su artículo 4 indica que la vigilancia de la salud en trabajadores usuarios de PVD debe de ser. Específica, proporcional al riesgo, confidencial, documentada y prolongada en el tiempo, siempre a disposición de la autoridad laboral. Específica, integral, proporcional al riesgo, confidencial, documentada y limitada en el tiempo, siempre a disposición de la autoridad laboral. Específica, integral, proporcional al riesgo, confidencial, documentada y prolongada en el tiempo, siempre a disposición de la autoridad laboral. Ninguna de las anteriores.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos. Se recomienda que la altura de los caracteres de la pantalla sean de 10 - 15 minutos de arco. Se recomienda que la altura de los caracteres de la pantalla sean de 15 - 17 minutos de arco. Se recomienda que la altura de los caracteres de la pantalla sean de 20 - 27 minutos de arco. Se recomienda que la altura de los caracteres de la pantalla sean de 20 - 22 minutos de arco.

El método de evaluación asociado al trabajo en oficinas ROSA (Rapid Office Strain Assessment) está basado en: Una lista de comprobación que permite cuantificar (en una escala de 1 a 10) la exposición de los trabajadores a factores de riesgo relacionados con el uso de equipos con pantallas de visualización en un entorno de oficina. Una lista de comprobación que permite cuantificar (en una escala de 1 a 5) la exposición de los trabajadores a factores de riesgo relacionados con el uso de equipos con pantallas de visualización en un entorno de oficina. Considera diversos aspectos del ambiente de la oficina (luminosidad, ruido, temperatura y vibraciones) para obtener una valoración numérica que indica tanto el nivel de riesgo como el nivel de actuación requerido. Considera diversos aspectos del ambiente de la oficina (luminosidad, ruido y temperatura) para obtener una valoración numérica que indica tanto el nivel de riesgo como el nivel de actuación requerido.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en lo que concierne a la colocación de la pantalla, aunque la distancia de visualización depende de la tarea y el monitor, en ningún caso debe estar situada a menos de. 500 mm. 450 mm. 400 mm. 300 mm.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, los tamaños de las pantallas que se emplean habitualmente en tareas de oficina requieren habitualmente una distancia comprendida entre. 400 mm y 700 mm. 400 mm y 750 mm. 450 mm y 700 mm. 450 mm y 750 mm.

El cuestionario Confort lumínico: “Evaluación y acondicionamiento de la iluminación en el puesto de trabajo: Cuestionario de evaluación subjetiva” desarrollado por el INSST (señala la correcta). La primera es un “test de iluminación” cuyo propósito es facilitar un análisis de las características de la iluminación en el puesto de trabajo y que contempla aspectos como los niveles de iluminación, deslumbramientos, reflejos molestos, contrastes de la tarea, sombras, reproducción del color, parpadeos, efectos estroboscópicos y campo visual. La segunda parte es un “cuestionario de evaluación subjetiva” con tres preguntas de respuesta múltiple dirigidas a ser contestadas por los trabajadores. Por último, el documento se complementa con una guía de posibles soluciones. Todas las anteriores son correctas.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, la pantalla se situará a una altura tal que la. parte superior de la misma coincida con la altura de los ojos del usuario de manera que pueda ser visualizada dentro del espacio situado entre la línea de visión horizontal y la trazada a 40° bajo la horizontal de forma que la flexión del cuello esté entre 0° y 25°. parte inferior de la misma coincida con la altura de los ojos del usuario de manera que pueda ser visualizada dentro del espacio situado entre la línea de visión horizontal y la trazada a 40° bajo la horizontal de forma que la flexión del cuello esté entre 0° y 25°. parte inferior de la misma coincida con la altura de los ojos del usuario de manera que pueda ser visualizada dentro del espacio situado entre la línea de visión horizontal y la trazada a 50° bajo la horizontal de forma que la flexión del cuello esté entre 15° y 25°. parte superior de la misma coincida con la altura de los ojos del usuario de manera que pueda ser visualizada dentro del espacio situado entre la línea de visión horizontal y la trazada a 50° bajo la horizontal de forma que la flexión del cuello esté entre 15° y 25°.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, se recomienda que la 3º fila de teclas no exceda. 30 mm respecto al apoyo del teclado. 20 mm respecto al apoyo del teclado. 25 mm respecto al apoyo del teclado. 35 mm respecto al apoyo del teclado.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto al teclado, este debe de disponer un soporte para las manos de profundidad de almenos. 15 cm. 10 cm. 20 cm. 40 cm.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto al teclado, las principales secciones del mismo (bloque alfanumérico, bloque numérico, teclas de cursor y teclas de función) estén claramente delimitadas y separadas entre sí por una distancia de, al menos. 1/2 de la anchura de una tecla. la anchura de una tecla. 1/3 la anchura de una tecla. 1/5 la anchura de una tecla.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto al reposapiés. La inclinación mínima será de 5° y podrá regularse hasta al menos 15°. La inclinación mínima será de 0° y podrá regularse hasta al menos 15°. La inclinación mínima será de 0° y podrá regularse hasta al menos 20°. La inclinación mínima será de 10° y podrá regularse hasta al menos 25°.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto al reposapiés. Sus dimensiones mínimas serán de 40 cm de ancho y 30 de profundidad. Sus dimensiones mínimas serán de 45 cm de ancho y 35 de profundidad. Sus dimensiones mínimas serán de 55 cm de ancho y 45 de profundidad. Sus dimensiones mínimas serán de 35 cm de ancho y 45 de profundidad.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a la iluminación. el nivel de iluminación promedio deberá estar comprendido en el rango de 300 lux a 500 lux. el nivel de iluminación promedio deberá estar comprendido en el rango de 200 lux a 400 lux. el nivel de iluminación promedio deberá estar comprendido en el rango de 200 lux en zonas de circulación a 1000 lux. en zonas de trabajos de precisión. el nivel de iluminación promedio deberá estar comprendido en el rango de 400 lux en zonas de circulación a 1500 lux. en zonas de trabajos de precisión.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a la iluminación, la “Society of Light and Lighting” (SLL) indica que en oficinas: Los trabajos con pantallas requerirán un 20% menos de iluminación que los trabajos con papel. Los trabajos con pantallas requerirán un 10% menos de iluminación que los trabajos con papel. Los trabajos con pantallas requerirán la misma iluminación que los trabajos con papel. Los trabajos con pantallas requerirán un 10% más de iluminación que los trabajos con papel.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a la temperatura, en trabajos de oficinas la temperatura se mantendrá en invierno. de 23 °C a 26 °C. de 24 °C a 26 °C. de 20 °C a 24 °C. de 17 °C a 27 °C.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a la temperatura, los valores propuestos están calculados con un PPD<10% y. (ropa de 1 clo en invierno y de 0,5 clo en verano). (ropa de 0,5 clo en invierno y de 1 clo en verano). (ropa de 1 clo en invierno y de 1,5 clo en verano). (ropa de 1,5 clo en invierno y de 2 clo en verano).

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a ruido, se recomiendan los valores de exposición máximos para tareas de concentración. de 35 a 45 dB. de 45 a 55 dB. de 30 a 40 dB. de 40 a 45 dB.

Según el anexo 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a ruido, se recomiendan los valores de exposición máximos para tareas de rutina. de 35 a 45 dB. de 30 a 40 dB. de 40 a 45 dB. de 45 a 55 dB.

Según el apéndice 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, en cuanto a la fatiga visual, se recomiendan hacer ejercicios visuales como: Regla 20-20-20. Regla 10-10-10. Regla 10-15-10. Regla 15-15-15.

Según el apendice 1 del RD 488/1997 del 14 de abril pantallas de visualización de datos, la presión mental ... son las influencias apreciables, ejercidas por factores externos, que afectan mentalmente al ser humano. produce la tensión mental que está modulada por factores como la edad, el entrenamiento, las destrezas personales etc. puede tener una serie de consecuencias para la persona en función de la intensidad de las demandas y de las capacidades del trabajador. todas la anteriores son correctas.

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