GUÍA TÉCNICA PARA LA INSPECCIÓN AL LUGAR DE LOS HECHOS
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Título del Test:![]() GUÍA TÉCNICA PARA LA INSPECCIÓN AL LUGAR DE LOS HECHOS Descripción: manejo del lugar de los hecho o lugares distintos |




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Verificar que se cuente con los elementos de trabajo (herramientas, materiales, reactivos, vehículos, elementos de protección personal y equipos de comunicación, entre otros) necesarios para el procesamiento adecuado del lugar de los hechos o lugares distintos. Registrar la actividad en la lista de chequeo vigente para cada institución; resaltando que la misma es de carácter orientativo y no hace parte de los anexos. es responsabilidad de?. Los servidores públicos que cumplen funciones de Policía Judicial o a quienes por vía de excepción hagan sus veces. El primer responsable del lugar de los hechos o lugares distintos. La policía Nacional. En caso de eventos con múltiples víctimas (desastres naturales, -NBQR- nucleares, biológicos, químicos, radioactivos, así como incendios, incidentes o siniestros aéreos, marítimos y ataques terroristas, entre otros), que se deberá realizar para el ingreso al lugar de los hechos?. Coordinar la diligencia con cada una de las autoridades competentes a fin de establecer el Puesto de Mando Unificado (PMU) y las salas de crisis. Las entidades de policía judicial que estén adelantando la diligencia, deberán coordinar con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el manejo de cadáveres. Realizar la diligencia con cada una de las autoridades competentes a fin de establecer el Puesto de Mando Unificado (PMU) y las salas de crisis. Las entidades de policía judicial que estén adelantando la diligencia, deberán coordinar con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el manejo de cadáveres. Adelantar la diligencia con cada una de las autoridades competentes a fin de establecer el Puesto de Mando Unificado (PMU) y las salas de crisis. Las entidades de policía judicial que estén adelantando la diligencia, deberán coordinar con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el manejo de cadáveres. Una vez coordinada la diligencia con cada una de las autoridades competentes a fin de establecer el Puesto de Mando Unificado (PMU) y las salas de crisis. Las entidades de policía judicial que estén adelantando la diligencia, deberán coordinar con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el manejo de cadáveres, que deberán realizar los servidores públicos que cumplen funciones de Policía Judicial o a quienes por vía de excepción hagan sus veces;. Solicitar a las entidades de apoyo el informe preliminar de las acciones realizadas con ocasión al desarrollo de sus funciones, donde se indiquen los procedimientos adelantados, posibles alteraciones al lugar de los hechos o a los EMP y EF, así como las recomendaciones para el abordaje de la inspección. Requerir a las entidades de apoyo el informe preliminar de las acciones realizadas con ocasión al desarrollo de sus funciones, donde se indiquen los procedimientos adelantados, posibles alteraciones al lugar de los hechos o a los EMP y EF, así como las recomendaciones para el abordaje de la inspección. Pedir a las entidades de apoyo el informe preliminar de las acciones realizadas con ocasión al desarrollo de sus funciones, donde se indiquen los procedimientos adelantados, posibles alteraciones al lugar de los hechos o a los EMP y EF, así como las recomendaciones para el abordaje de la inspección. En el evento en que sea necesario mantener bajo custodia el lugar de la diligencia o de los hechos, se debe asegurar y proteger el sitio por. La Policía Nacional o Fuerzas Militares (de acuerdo con la zona de influencia), durante todo el tiempo que requiera el desarrollo de la actividad técnica e investigativa. Utilizar los Elementos de Protección Personal (EPP) necesarios para disminuir riesgos, según la tarea a desarrollar. La Policía Judicial o Fuerzas Militares (de acuerdo con la zona de influencia), durante todo el tiempo que requiera el desarrollo de la actividad técnica e investigativa. Utilizar los Elementos de Protección Personal (EPP) necesarios para disminuir riesgos, según la tarea a desarrollar. Los Cuerpos de Emergencia o Fuerzas Militares (de acuerdo con la zona de influencia), durante todo el tiempo que requiera el desarrollo de la actividad técnica e investigativa. Utilizar los Elementos de Protección Personal (EPP) necesarios para disminuir riesgos, según la tarea a desarrollar. Que deberán realizar Los servidores públicos que cumplen funciones de Policía Judicial o a quienes por vía de excepción hagan sus veces, una vez realizada la observación general del lugar de los hechos. Establecer el método de búsqueda y determinados los EMP y EF tanto perceptibles como imperceptibles a simple vista (pelos, fibras, cabellos, uñas, saliva, semen, sangre -entre otros-), inicie el proceso de numeración consecutiva de cada hallazgo, garantizando su correcta recolección y embalaje de acuerdo con el Manual de Procedimientos para Cadena de Custodia. Realizar el método de búsqueda y determinados los EMP y EF tanto perceptibles como imperceptibles a simple vista (pelos, fibras, cabellos, uñas, saliva, semen, sangre -entre otros-), inicie el proceso de numeración consecutiva de cada hallazgo, garantizando su correcta recolección y embalaje de acuerdo con el Manual de Procedimientos para Cadena de Custodia. Identificar el método de búsqueda y determinados los EMP y EF tanto perceptibles como imperceptibles a simple vista (pelos, fibras, cabellos, uñas, saliva, semen, sangre -entre otros-), inicie el proceso de numeración consecutiva de cada hallazgo, garantizando su correcta recolección y embalaje de acuerdo con el Manual de Procedimientos para Cadena de Custodia. Donde se debe registrar la descripción del lugar de la diligencia incluyendo el resumen de los hechos, los hallazgos y procedimientos realizados”, las condiciones del lugar de los hechos y de los EMP y EF que sean informados al funcionario que inspecciona y las observadas durante el desarrollo de la actividad. Registrar en los formatos de inspección a lugares o inspección técnica a cadáver, en el ítem “Descripción del lugar de la diligencia. Documentar en los formatos de inspección a lugares o inspección técnica a cadáver, en el ítem “Descripción del lugar de la diligencia. Identificar en los formatos de inspección a lugares o inspección técnica a cadáver, en el ítem “Descripción del lugar de la diligencia. Si concluida la documentación fotográfica se encuentran nuevos EMP y EF, como se realizara su enumeración. Se numerarán con el consecutivo siguiente al último hallazgo. Se numerarán como un nuevo hallazgo. Todas las anteriores. En caso de encontrar en el lugar de los hechos manchas compatibles con sangre, que se deberán hacer los servidores públicos que cumplen funciones de Policía Judicial o a quienes por vía de excepción hagan sus veces. Estas deberán ser documentadas/fijadas de manera fotográfica, topográfica y narrativa. prestando especial atención a la descripción de tamaño, forma, características de los bordes, dirección, (deslizamiento, salpicadura o transferencia), ubicación, color y su estado físico (seco o húmedo). Estas deberán ser Registradas/fijadas de manera fotográfica, topográfica y narrativa. prestando especial atención a la descripción de tamaño, forma, características de los bordes, dirección, (deslizamiento, salpicadura o transferencia), ubicación, color y su estado físico (seco o húmedo). Estas deberán ser fijadas de manera fotográfica, topográfica y narrativa. prestando especial atención a la descripción de tamaño, forma, características de los bordes, dirección, (deslizamiento, salpicadura o transferencia), ubicación, color y su estado físico (seco o húmedo). Durante el transcurso de la inspección se podrá solicitar el apoyo de expertos cuando las circunstancias del lugar o la investigación lo ameriten, quienes registrarán su actividad en el informe respectivo por tratarse de actividades particulares de su especialidad. Esta actuación se registrará por?. La Policía Judicial dentro de la descripción narrativa. La Policía Judicial dentro de la documentación narrativa. La Policía Judicial dentro del respectivo informe. Para recibir las pertenencias o los EMP y EF recolectados por personal de salud en ambulancias y centros hospitalarios, el funcionario de Policía Judicial encargado de la diligencia actuará de acuerdo con lo establecido en el Manual de Procedimientos para Cadena de Custodia. Cuando se trate de pertenencias que se exigirá. Se exigirá la entrega del formato inventario de pertenencias en ambulancias y centros hospitalarios. Para el caso de EMP y EF, se exigirá el cumplimiento de los Procedimientos para Cadena de Custodia. Se exigirá la entrega de las pertenencias embaladas y rotuladas en ambulancias y centros hospitalarios. Para el caso de EMP y EF, se exigirá el cumplimiento de los Procedimientos para Cadena de Custodia. Se recomendara la entrega del formato inventario de pertenencias en ambulancias y centros hospitalarios. Para el caso de EMP y EF, se exigirá el cumplimiento de los Procedimientos para Cadena de Custodia. Terminada la diligencia y antes de retirarse del sitio inspeccionado, que se debe realizar. Se debe documentar fotográficamente el estado en que finaliza la inspección; a su paso verificará que los equipos e instrumentos utilizados estén completos y que en el lugar no queden elementos de protección personal, cintas de acordonamiento, embalaje, papel, testigos métricos, entre otros. se debe Fijar fotográficamente el estado en que finaliza la inspección; a su paso verificará que los equipos e instrumentos utilizados estén completos y que en el lugar no queden elementos de protección personal, cintas de acordonamiento, embalaje, papel, testigos métricos, entre otros. se debe registrar narrativa y fotográficamente el estado en que finaliza la inspección; a su paso verificará que los equipos e instrumentos utilizados estén completos y que en el lugar no queden elementos de protección personal, cintas de acordonamiento, embalaje, papel, testigos métricos, entre otros. Para optimizar y contextualizar los resultados de la inspección, el criminalista que debe hacer. El criminalista deberá intercambiar la información recolectada con el responsable de las labores investigativas en reunión de cierre de la diligencia. Deberá intercambiar la información recolectada con el responsable de las labores investigativas en reunión de cierre de la diligencia. Cuando se hace entrega de pertenencias a los familiares, donde se registra la información en el formato acta de entrega. Se registra la información en el formato acta de entrega. Se registra la información en el formato de cadena de custodia. Se registra la información en el formato informe de Policía Judicial. Los EMP y EF hallados, recolectados y embalados en el lugar de los hechos u otros lugares diferentes, deberán ser remitidos a. Las instituciones autorizadas para su análisis, observando los Procedimientos para la Cadena de Custodia, con solicitud de análisis de EMP y EF, e inclusión de los mismos en el sistema de información. Las instalaciones de medicina legal y ciencias forenses para su análisis, observando los Procedimientos para la Cadena de Custodia, con solicitud de análisis de EMP y EF, e inclusión de los mismos en el sistema de información. Todas las anteriores. Para los casos en que se conozca que alguno de los involucrados como sujeto activo en el hecho, es un funcionario adscrito a una entidad que cumple funciones de Policía Judicial, a quien serán asignadas las diligencias. A otra institución con funciones de Policía Judicial de carácter permanente, con el fin de garantizar transparencia en la investigación y evitar conflicto de intereses. A otra institución con funciones de Policía Judicial de carácter transitoria, con el fin de garantizar transparencia en la investigación y evitar conflicto de intereses. A otra institución con funciones de Policía Judicial con razón de sus funciones, con el fin de garantizar transparencia en la investigación y evitar conflicto de intereses. En el evento en que estén involucrados en el hecho funcionarios de las dos instituciones que cumplen funciones permanentes de policía judicial, que se hacer deberá. Se deberá conformar un equipo interinstitucional e interdisciplinario para conocer de los hechos. Tal equipo estará conformado por investigadores y criminalistas adscritos al CTI de la FGN y DIJIN o SIJIN de la PONAL. Se deberá conformar un equipo interinstitucional para conocer de los hechos. Tal equipo estará conformado por investigadores y criminalistas adscritos al CTI de la FGN y DIJIN o SIJIN de la PONAL. se deberá conformar un equipo interdisciplinario para conocer de los hechos. Tal equipo estará conformado por investigadores y criminalistas adscritos al CTI de la FGN y DIJIN o SIJIN de la PONAL. Cuando se trate del lugar de los hechos y otros lugares distintos en comunidades indígenas, se tomará contacto con el líder de la comunidad, respetando sus usos y costumbres, a quien se le explicará la importancia de permitir la práctica de la diligencia y el aporte de los EMP y EF. Para efectos de coordinación, de ser necesario, se podrá contar con la intermediación de la Oficina de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior. Verdadero. Falso. En el evento en que las víctimas se encuentren en el lugar de los hechos o donde se realiza la diligencia, que se le hará saber. Se le hará saber mediante el formato establecido, los derechos y deberes que tiene en su calidad de víctima a la luz de la normatividad vigente. Ahora bien, si se trata de diligencia de inspección técnica a cadáver, adicionalmente se le suministrará información relacionada con los trámites de entrega del cadáver por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Se le hará saber mediante el formato establecido, los derechos que tiene en su calidad de víctima a la luz de la normatividad vigente. Ahora bien, si se trata de diligencia de inspección técnica a cadáver, adicionalmente se le suministrará información relacionada con los trámites de entrega del cadáver por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Se le hará saber mediante el formato establecido, los deberes que tiene en su calidad de víctima a la luz de la normatividad vigente. Ahora bien, si se trata de diligencia de inspección técnica a cadáver, adicionalmente se le suministrará información relacionada con los trámites de entrega del cadáver por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 4. DESARROLLO 4.1. Comunicación de la Noticia Criminal Para actos urgentes: el servidor con funciones de Policía Judicial como recibe la comunicación de la noticia criminal para realizar inspección al lugar de los hechos. La recibe de parte del grupo de comunicaciones (en los sitios del territorio nacional que cuenten con dicha central), de la Policía Nacional o del ente designado,. La recibe de parte de la comunidad (en los sitios del territorio nacional que cuenten con dicha central), de la Policía Nacional o del ente designado,. Para actos urgentes: el servidor con funciones de Policía Judicial recibe de parte del grupo de comunicaciones (en los sitios del territorio nacional que cuenten con dicha central), de la Policía Nacional o del ente designado, la comunicación de la noticia criminal para realizar inspección al lugar de los hechos. La información sobre la diligencia puede ser recibida por cualquiera de los medios establecidos en cada sitio del territorio nacional de forma?. Verbal, escrita. Electrónica, telefónica u otra idónea. Todas las anteriores. Cuando se trate de orden emitida por autoridad competente para realizar inspección al lugar de los hechos. con ocasión de programa metodológico, que debe hacer el servidor de PJ. Recibir la orden de trabajo para desarrollar actividades técnicas de Policía Judicial. Recibir la orden de trabajo para desarrollar actividades de Policía Judicial. Solicitar la orden de trabajo para desarrollar actividades técnicas de Policía Judicial. Para realizar inspección al lugar de los hechos cuando se trate de orden emitida por autoridad competente, se recibe el lugar de los hechos de. La persona que atenderá la diligencia. El primer responsable. De la policía Judicial. Protección del lugar de los hechos Verificar la protección realizada por el primer responsable y ampliarla, en los casos en que sea necesario. Determinar el área a ser aislada y acordonarla utilizando las barreras físicas pertinentes, de acuerdo a la magnitud del hecho y a las características del lugar (Se debe considerar como mínimo cuantos anillos de protección. Dos anillos de protección, el primer nivel o de afectación es el que protege los EMP y EF y será exclusivo para el personal de Policía Judicial que realiza la inspección (Mesa de trabajo No 1 “Manejo del Lugar de los Hechos); el segundo nivel o de incidencia se destacará como zona operativa para dejar los equipos, herramientas, materiales y otros elementos a utilizar). Un anillos de protección, el primer nivel o de afectación es el que protege los EMP y EF y será exclusivo para el personal de Policía Judicial que realiza la inspección y zona operativa para dejar los equipos, herramientas, materiales y otros elementos a utilizar).Mesa de trabajo No 1 “Manejo del Lugar de los Hechos. Tres anillos de protección, el primer nivel o de afectación es el que protege los EMP y EF y será exclusivo para el personal de Policía Judicial que realiza la inspección; el segundo nivel o de incidencia se destacará como zona operativa para dejar los equipos, herramientas, materiales y otros elementos a utilizar), el tercero para centro de acopio de la información. 4.5 Observación del lugar de los hechos, evaluar las condiciones de seguridad y riesgos asociados al lugar de la diligencia y si es necesario coordinar las actividades con personal de otras entidades como Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, Fuerza pública, Equipos de atención Prehospitalaria, Guardas de Seguridad, Aeronáutica Civil, Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), entidades administrativas locales o nacionales, empresas de servicios públicos u otras. En caso que el lugar de los hechos haya sido intervenido por personal de las entidades anteriormente señaladas, que se solicitara a estas. Se identificarán las acciones desarrolladas por cada uno de ellos, con el fin de ampliar la información inicialmente obtenida por el primer responsable; así mismo se exigirán los informes respectivos. Se demostraran las acciones desarrolladas por cada uno de ellos, con el fin de ampliar la información inicialmente obtenida por el primer responsable; así mismo se exigirán los informes respectivos. Se solicitara las acciones desarrolladas por cada uno de ellos, con el fin de ampliar la información inicialmente obtenida por el primer responsable; así mismo se exigirán los informes respectivos. Previo al inicio de las actividades de Criminalística de Campo en el lugar de los hechos, el coordinador del laboratorio y el investigador asignado al caso, que deberá realizar. Una reunión de apertura de la diligencia o inspección, con el objeto de establecer la o las hipótesis respectivas a que haya lugar, y realizar observación general del lugar de los hechos por parte del equipo técnico, para determinar el método de búsqueda y de acuerdo con este enumerar los EMP y EF. Una planeación de la diligencia o inspección, con el objeto de establecer la o las hipótesis respectivas a que haya lugar, y realizar observación general del lugar de los hechos por parte del equipo técnico, para determinar el método de búsqueda y de acuerdo con este enumerar los EMP y EF. Una charla de planeación de la diligencia o inspección, con el objeto de establecer la o las hipótesis respectivas a que haya lugar, y realizar observación general del lugar de los hechos por parte del equipo técnico, para determinar el método de búsqueda y de acuerdo con este enumerar los EMP y EF. Que se realizara con los hallazgos que se conozcan con posterioridad al desarrollo de la diligencia. Serán comunicados de manera inmediata al equipo técnico (coordinador), a fin de evaluar su incorporación al desarrollo de la diligencia. Serán comunicados de manera inmediata al Líder del grupo (coordinador), a fin de evaluar su incorporación al desarrollo de la diligencia. Serán comunicados de manera inmediata al fiscal del caso, a fin de evaluar su incorporación al desarrollo de la diligencia. Métodos de búsqueda de los EMP y EF Para la búsqueda de EMP y EF en el lugar de los hechos que se debe considerar. La extensión y el tipo de terreno o edificación donde se encuentran y la naturaleza del delito que se investiga. Por ello se aconseja optar por alguno de los siguientes métodos: Método de búsqueda por zonas o cuadrantes Método de búsqueda en espiral Método de búsqueda por franjas o líneas Método de búsqueda por cuadricula o rejilla Método de búsqueda radial. La dimensión y el tipo de terreno o edificación donde se encuentran y la naturaleza del delito que se investiga. Por ello se aconseja optar por alguno de los siguientes métodos: Método de búsqueda por zonas o cuadrantes Método de búsqueda en espiral Método de búsqueda por franjas o líneas Método de búsqueda por cuadricula o rejilla Método de búsqueda radial. La ubicación y el tipo de terreno o edificación donde se encuentran y la naturaleza del delito que se investiga. Por ello se aconseja optar por alguno de los siguientes métodos: Método de búsqueda por zonas o cuadrantes Método de búsqueda en espiral Método de búsqueda por franjas o líneas Método de búsqueda por cuadricula o rejilla Método de búsqueda radial. Que método de búsqueda es, consiste en dividir el lugar de los hechos, asignándole codificación o numeración a cada una. Este método es aconsejable para la búsqueda en campos abiertos de gran extensión, caso en el cual a cada área se le asigna un servidor de Policía Judicial, para una mejor búsqueda de los EMP y EF. También se puede aplicar para la búsqueda dentro de inmuebles, dividiéndolos igualmente por zonas o cuadrantes (sala, cocina, habitaciones, techos, paredes, piso, entre otros). Una vez codificadas o numeradas las áreas se procederá a la inspección de cada una de ellas; en caso de que se encuentre algún EMP y EF, se hará mención de la zona o cuadrante donde se halló. Método de búsqueda por zonas o cuadrantes. Método de búsqueda en espiral. Método de búsqueda por franjas o líneas. Que método de búsqueda es, La búsqueda se realiza en forma de círculos concéntricos, que inician desde el punto de ingreso al área a inspeccionar, hasta llegar al centro de la misma; es aconsejable hacerlo en el sentido de las manecillas del reloj. Método de búsqueda en espiral. Método de búsqueda por zonas o cuadrantes. Método de búsqueda por franjas o líneas. Que método de búsqueda es, Este sistema es particularmente eficaz en zonas grandes y abiertas, permiten un registro sistemático, requiere disponibilidad de personal, con el fin de cubrir la totalidad del perímetro. Como regla general, se enfila el equipo de búsqueda en una línea, cada persona con los brazos extendidos; la línea avanza lentamente en sentido recto hasta el final del área; a medida que se van encontrando EMP y EF, se da aviso al responsable de la diligencia y se enumera el elemento. Se repite en el sentido contrario hasta abarcar la totalidad del área. Método de búsqueda por franjas o líneas. Método de búsqueda en espiral. Método de búsqueda por zonas o cuadrantes. Que método de búsqueda es, En este método se divide el área haciendo una cuadricula; el servidor asignado registra cada cuadricula tanto en forma vertical como en forma horizontal, por lo que se hacen dos recorridos por cada una; la ventaja de este método, es que no se dejaría ningún lugar de la zona sin inspeccionar. Aplica tanto para áreas abiertas como cerradas. Método de búsqueda por cuadricula o rejilla. Método de búsqueda por franjas o líneas. Método de búsqueda en espiral. Que método de búsqueda es, Aconsejable especialmente en lugares en los que se ha presentado una explosión. Consiste en partir desde un punto central realizando desplazamientos hacia el exterior, simulando los radios de la circunferencia. La búsqueda debe extenderse hasta donde sea necesario para hallar todos los EMP y EF. Método de búsqueda radial. Método de búsqueda por cuadricula o rejilla. Método de búsqueda en espiral. Fijación y Documentación del lugar de los hechos. Para garantizar la identificación única del lugar a inspeccionar, se debe realizar: Documentación fotográfica, - Panorámicas - Plano general - Plano medio - Primer plano Primerísimos planos - Fotografía morfo facial - Fotografía de sábana de pertenencias - Fotografía de sábana de evidencias. Fijación videográfica, la diligencia se identificará utilizando claqueta que contenga información básica del caso Fijación topográfica Documentación narrativa o descriptiva. Todas las anteriores. Documentación fotográfica. Las imágenes producto de la diligencia de inspección técnica al lugar de los hechos, se tomarán en formato?. Formato JPG como formato universal y RAW para fotografías de detalles con fines de comparación, u otro similar que permita garantizar la trazabilidad de los cambios en la imagen. Formato JPEG como formato universal y RAW para fotografías de detalles con fines de comparación, u otro similar que permita garantizar la trazabilidad de los cambios en la imagen. Formato JPG como formato universal y BMP para fotografías de detalles con fines de comparación, u otro similar que permita garantizar la trazabilidad de los cambios en la imagen. Las márgenes fotográficas que hayan presentado desenfoques, distorsiones (entre otros). se eliminarán. No. Si. Antes de iniciar la actividad y finalizada la diligencia como se identificara esta, documentación fotográfica Las imágenes producto de la diligencia de inspección técnica al lugar de los hechos,. Se identificará utilizando la claqueta que contenga la información básica del caso. Se identificará utilizando el formato que contenga la información básica del caso. Se identificará utilizando rotulo que contenga la información básica del caso. El lugar de los hechos y los EMP y EF hallados, se documentarán de acuerdo con los siguientes planos: Panorámicas Plano general Plano medio Primer plano. Primerísimos planos Fotografía morfo facial Fotografía de sábana de pertenencias Fotografía de sábana de evidencias. Todas las anteriores. Esta documentación fotográfica permiten ubicar o localizar el lugar de los hechos en su entorno dentro de un contexto geográfico, por lo que se deben realizar en lo posible,. Panorámicas. Plano general. Plano medio. Esta documentación fotográfica su finalidad es mostrar los límites definidos del lugar de los hechos y el estado en que se encontró (acordonamiento, presencia de personas dentro del área de protección, presencia de curiosos, entre otros), así como las entradas y salidas del sitio. NOTA: Cuando el lugar de los hechos sea un inmueble, se tendrá especial cuidado en registrar todas las rutas de acceso al mismo. Si se trata de campo abierto, se realizarán tomas desde todos los puntos cardinales. Plano general. Panorámicas. Plano medio. Esta documentación fotográfica tomas fotográficas que permiten correlacionar las evidencias con el lugar de los hechos y entre ellas mismas (incluidos daños en bienes, vehículos, muebles, paredes, lesiones, entre otros). Con éstas tomas se busca la transición de un elemento a otro para que el registro de cada uno de ellos no sea aislado. Plano medio. Plano general. Primer plano. Esta documentación fotográfica son tomas que Ilustran las características generales de las evidencias (forma, color, tamaño). Para obtener un mejor registro de los elementos que se encuentren en lugares de difícil acceso visual, pueden ser retirados del sitio original y se ubican en una superficie de soporte que brinde contraste y condiciones de asepsia. - Para este registro se debe emplear testigo métrico y un objetivo de visión normal (50 mm) ubicado perpendicularmente (a 90 grados) a la evidencia. Primer plano. Plano medio. Plano general. Esta documentación fotográfica ilustran las características útiles para la identificación e individualización de los elementos (morfología de heridas, marcas de percusión de vainillas, números de serie, códigos de barras, huellas, entre otros) NOTA: En el evento en que la toma fotográfica y el objetivo de la documentación lo amerite, se utilizará testigo métrico. Primerísimos planos. Primer plano. Plano medio. Esta documentación fotográfica, registro de las características morfológicas y cromáticas del rostro. Se utiliza en la fijación de cadáveres y de personas vivas; para ello se realizarán tomas: de frente y dos perfiles (derecho e izquierdo). Para aquellos individuos (vivos) que utilicen accesorios tales como: gorra, gafas u otros que afecten su apariencia, la documentación se realizará con y sin estos elementos. Fotografía morfo facial. Fotografía morfologica. La fotografía forense. Esta documentación fotográfica, Tomas que se realizan a las pertenencias tangibles halladas durante la diligencia se refiere a. Fotografía de sábana de pertenencias. Fotografía de sábana de evidencias. Fotografía de sábana de elementos personales. Esta documentación fotográfica, tomas fotográficas realizadas a la totalidad de los EMP y EF, hallados, recolectados y embalados en el lugar de los hechos. Fotografía de sábana de evidencias. Fotografía de sábana de pertenencias. Fotografía de sábana de EMP y EF. Las imágenes producto de la documentación fotográfica serán almacenadas una vez termine la diligencia o inspección por ?. El funcionario que realice la actividad, en el sistema de información que la entidad destine para este fin, quedando a disposición del fiscal del caso. Sin perjuicio de lo anterior, el servidor que realice la documentación garantizará que el Fiscal asignado a la investigación y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (cuando aplique), reciban por el medio digital más expedito, las imágenes de la diligencia. El coordinador de la diligencia, en el sistema de información que la entidad destine para este fin, quedando a disposición del fiscal del caso. Sin perjuicio de lo anterior, el servidor que realice la documentación garantizará que el Fiscal asignado a la investigación y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (cuando aplique), reciban por el medio digital más expedito, las imágenes de la diligencia. El almacén de evidencias, en el sistema de información que la entidad destine para este fin, quedando a disposición del fiscal del caso. Sin perjuicio de lo anterior, el servidor que realice la documentación garantizará que el Fiscal asignado a la investigación y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (cuando aplique), reciban por el medio digital más expedito, las imágenes de la diligencia. La actividad de documentación fotográfica donde se registrará?. En el informe investigador de campo y no será objeto de ficha técnica fotográfica o video gráfica. En el informe investigador de laboratorio y no será objeto de ficha técnica fotográfica o video gráfica. En el informe investigador de campo y será objeto de ficha técnica fotográfica o video gráfica. Cuando se trate de de macro elementos, laboratorios rústicos para el procesamiento de sustancias estupefacientes o cultivos ilícitos, como se documentarán los sitios de hallazgo de los EMP y EF,. Estas fotografía o videos de macro elementos, laboratorios rústicos para el procesamiento de sustancias estupefacientes o cultivos ilícitos se documentarán de conformidad con lo señalado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004); por lo tanto, todas las fotografías o videos tomadas en desarrollo del procedimiento se entregarán en medio digital bajo Cadena de Custodia. Estas fotografía o videos de macro elementos, laboratorios rústicos para el procesamiento de sustancias estupefacientes o cultivos ilícitos se documentarán de conformidad con lo señalado en el artículo 356 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004); por lo tanto, todas las fotografías o videos tomadas en desarrollo del procedimiento se entregarán en medio digital bajo Cadena de Custodia. Estas fotografía o videos de macro elementos, laboratorios rústicos para el procesamiento de sustancias estupefacientes o cultivos ilícitos se documentarán de conformidad con lo señalado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004); por lo tanto, todas las fotografías o videos tomadas en desarrollo del procedimiento se entregarán en medio digital. Fijación videográfica: Antes de iniciar la actividad, la diligencia se identificará utilizando. La claqueta que contenga información básica del caso. El formato que contenga información básica del caso. El rotulo que contenga información básica del caso. Fijación videográfica: El lugar de los hechos y los EMP y EF hallados, se documentarán teniendo en cuenta la siguiente recomendacion: Seguir la secuencia del registro fotográfico del lugar de los hechos. Al iniciar la documentación se debe enunciar el nombre completo, identificaciones de los participantes de la diligencia e institución a la que pertenecen, mantener el plano inicial por unos segundos, realizar los respectivos desplazamientos en el lugar y al finalizar conservar el último plano hasta detener la grabación. Realizar movimientos de cámara de forma suave, uniforme y sin altibajos. En video se debe mantener siempre el formato horizontal. Informar a los presentes en el lugar de los hechos que se va a grabar video y audio, con el fin de minimizar ruidos ajenos que afecten la documentación. Cuando se realizan narraciones se debe enunciar la persona que habla, indicando nombre completo, número de identificación, su relación con el caso, entidad a la que pertenece y rol que desempeña en la inspección. Cuando se requiera suspender la grabación se debe dejar constancia de su motivación, sitio y hora en que se efectúa el corte; así mismo se debe registrar el lugar y hora de reinicio que se establecerá en el mismo plano y elemento. Al finalizar la grabación del video se debe dejar constancia en audio de la hora en que concluye la diligencia. Cuando se realice fijación mediante video de reacciones de fluorescencia o luminiscencia, además de las consideraciones técnicas de uso de filtros, se debe hacer imágenes que ilustren el lugar antes, durante y después del hallazgo, donde se identifiquen las áreas de reacción. El video apoya pero no suple la documentación fotográfica. La actividad de documentación video gráfica se registrará en el formato investigador de campo y no será objeto de realización de ficha técnica fotográfica o video gráfica. Todas las anteriores. |