H. LEY DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DE LA ARMADA DE MÉXICO
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Título del Test:
![]() H. LEY DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DE LA ARMADA DE MÉXICO Descripción: LEG NAV APART H |



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¿A quién se aplica la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México?. Al personal militar en general. Al personal de la Armada de México según la Ley Orgánica. Solo a los oficiales de la Armada. Al personal de tripulación de buques mercantes. ¿Cuáles son los principios de conducta que deben orientar al personal de la Armada de México según esta Ley?. Obediencia, justicia, ética y honor. Lealtad, valor, audacia y desinterés. Disciplina, sacrificio, patriotismo y servicio. Coraje, honor, justicia y eficiencia. ¿Qué principio vital es el deber de obediencia que capacita para el mando, según la Ley?. La lealtad. La disciplina. La jerarquía. El honor. ¿Qué se entiende por 'Deber' según el Artículo 4, fracción I, de la Ley?. Las órdenes recibidas para el servicio. El conjunto de obligaciones que el servicio impone al personal de la Armada. Las acciones realizadas en cumplimiento de la ley. Las funciones asignadas por el superior jerárquico. ¿Qué son los 'Actos del servicio' según el Artículo 4, fracción II, de la Ley?. Las acciones realizadas fuera del horario laboral. Las actividades que realiza el personal fuera de sus funciones asignadas. Las acciones que ejecuta el personal naval en cumplimiento de órdenes o funciones según su jerarquía. Las actividades recreativas del personal naval. ¿Cuál es el propósito del servicio de la Armada exigido al personal naval?. El desarrollo profesional individual. La defensa de la soberanía del Estado, instituciones y el prestigio de la Armada. La participación en misiones internacionales. El mantenimiento de la paz interna. ¿Cuál es el deber del superior respecto a la disciplina y las infracciones?. Sancionar inmediatamente a quien cometa una falta. Ignorar las faltas menores y enfocarse en las graves. Estimar a quien sobresale, prevenir infracciones y sancionar como último recurso. Delegar la responsabilidad del mantenimiento de la disciplina a los subalternos. ¿Quién es responsable del mantenimiento de la disciplina naval?. Únicamente los mandos superiores. Solo los oficiales. Todo el personal de la Armada, en proporción a su jerarquía, cargo o comisión. El personal de tropa es el principal responsable. ¿Qué se sancionará en el mantenimiento de la disciplina naval según el Artículo 8?. Todo rigor innecesario y sanciones no determinadas por ley. Exigencias que sobrepasen las necesidades del servicio. Extralimitaciones del superior hacia sus subalternos. Todas las anteriores. ¿En qué se fundamenta la relación entre superiores y subalternos según la Ley?. En la obediencia ciega. En el respeto mutuo, incluso vistiendo de civil. En la jerarquía absoluta. En la conveniencia del servicio. ¿Cómo debe respetarse la subordinación entre grados de la jerarquía naval?. De forma flexible y a conveniencia. Rigorosamente, para mantener los deberes y derechos de cada uno. Solo cuando el superior lo ordene. Se puede omitir en situaciones de emergencia. ¿Qué debe hacer el personal naval al recibir una orden que se opone a una anterior?. Cumplir la nueva orden sin objeción. Ignorar la orden anterior y ejecutar la nueva. Exponer respetuosamente la situación a quien da la nueva orden. Solicitar la baja si no está de acuerdo. ¿Quién es responsable de que se cumplan las órdenes dadas por un superior?. Solo el subalterno que las ejecuta. El superior que dio la orden y los subalternos que deben cumplirla. El mando superior en jefe. Los organismos disciplinarios. ¿Qué debe hacer el personal naval si al ejecutar una orden advierte que puede derivar en un hecho sancionable?. Ejecutar la orden sin comentarios. Exponerlo al superior y, si persiste, solicitarla por escrito. Denunciar al superior inmediatamente. Consultar a sus compañeros antes de actuar. ¿Con qué deben actuar el personal de la Armada en el cumplimiento de sus obligaciones?. Con lentitud y cautela. Con equidad y energía. Con conformidad y paciencia. Con desinterés y audacia. ¿Cuál es la obligación del superior respecto al personal bajo su mando?. Explotar su labor para el beneficio propio. Instruir, educar y dirigir dentro de las normas navales. Delegar toda responsabilidad formativa. Mantener una distancia estricta. ¿Qué debe inspirar quien manda una unidad en su personal?. El miedo a las sanciones. La satisfacción del cumplimiento de las leyes y reglamentos. La competencia desleal. La crítica constante a la superioridad. ¿Qué debe hacer quien ejerce el mando en caso de agresión?. Rendir la unidad sin oponer resistencia. Repeler los ataques con todos los medios disponibles y animar a los subalternos. Esperar órdenes del Alto Mando sin actuar. Negociar con el agresor. ¿Cuándo puede el personal de la Armada intervenir en asuntos de autoridades civiles?. Siempre que lo considere necesario. Solo con previa autorización del Alto Mando y cuando lo requieran. Cuando las autoridades civiles estén ausentes. Nunca, bajo ninguna circunstancia. ¿Qué debe hacer el personal de la Armada si detecta flagrancia en un delito que ponga en riesgo actividades de superior importancia militar?. Ignorar la situación para no interferir. Detener al infractor y ponerlo a disposición de las autoridades competentes de inmediato. Comunicar el hecho al día siguiente. Solicitar la intervención de la policía civil. ¿Cómo debe ser el comportamiento del personal de la Armada con la población civil?. Distante y desconfiado. Digno y respetuoso de los derechos de las personas. Autoritario y exigente. Indiferente a sus costumbres. ¿Dónde se recomienda que el superior haga observaciones o correcciones al militar?. En presencia del personal de menor jerarquía. En presencia de personal civil. En privado, evitando la presencia de personal de menor jerarquía o civiles. Mediante comunicados generales. ¿Cuál es el conducto regular para que el personal de la Armada eleve sus solicitudes o quejas?. Directamente al Presidente de la República. Por los conductos regulares, respetando los niveles de autoridad. A través de medios anónimos. Mediante protestas públicas. ¿Qué sucede si una petición escrita del personal naval no recibe respuesta a la brevedad posible?. La petición se considera denegada. Se puede recurrir al siguiente nivel de autoridad. Se debe esperar un tiempo indefinido. Se debe presentar una nueva petición. ¿Cuándo se puede repetir una solicitud que ha sido denegada?. Inmediatamente después de la negativa. Después de que haya desaparecido la necesidad del servicio que motivó la negativa. Cuando el superior lo autorice sin motivo aparente. Nunca se puede repetir una solicitud denegada. ¿Cómo se deben resolver las diferencias o dudas sobre actos del servicio entre el personal de la Armada?. Por votación entre los involucrados. Sujetándose a lo que resuelva el superior de quien dependan. Consultando a personal ajeno a la unidad. Esperando instrucciones del Alto Mando. ¿Qué obligación tiene todo marino militar respecto a otros elementos de las fuerzas armadas?. Ignorar si se ven comprometidos. Apoyar a los elementos de la Armada, Ejército o Fuerza Aérea cuando se vean comprometidos. Solo apoyar a los de su misma fuerza. Mantenerse al margen de cualquier compromiso. ¿Qué se menciona sobre el honor de las familias del personal naval?. No es relevante para el servicio. Debe ser respetado y salvaguardado por todo el personal. Solo el superior debe protegerlo. Es responsabilidad exclusiva del individuo. ¿Bajo qué circunstancias se pueden realizar deducciones a los haberes del personal de la Armada?. Por cualquier motivo discrecional del mando. Por disposición de la ley o resolución judicial. Para cubrir gastos operativos de la unidad. A solicitud voluntaria del superior. ¿Qué actos están prohibidos realizar a quien ejerce el mando o cargo respecto a los subalternos?. Dar órdenes claras y precisas. Realizar actos de agio o de comercio con los subalternos. Proporcionar información clasificada. Establecer líneas de mando claras. ¿Cómo debe actuar siempre el personal de la Armada en su compostura y educación?. Con informalidad y relajación. Con la mejor compostura y educación, absteniéndose de crear situaciones de desdoro. Con indiferencia ante las normas de cortesía. Con arrogancia y superioridad. ¿Qué puede expresar el personal naval según el Artículo 36?. Cualquier idea sin restricciones. Sus ideas, siempre que no afecten la disciplina, derechos de terceros o asuntos clasificados. Críticas abiertas a las órdenes superiores. Rumores sobre operaciones de la Armada. ¿Qué está prohibido al personal de la Armada según el Artículo 37?. Murmurar en contra de las órdenes superiores y pedir la baja si no está conforme. Realizar actividades de proselitismo político o religioso en unidades navales. Proporcionar información sobre material clasificado de la Armada. Todas las anteriores. ¿Qué implica la prohibición de distraerse de los deberes sin permiso?. Se permite la distracción si es por un motivo personal importante. Se requiere permiso del inmediato superior, salvo circunstancias extraordinarias bajo exclusiva responsabilidad. La distracción es permitida si es breve. Los subalternos no necesitan permiso para ausentarse de sus deberes. ¿Qué se prohíbe hacer con las denuncias o quejas anónimas?. Darlas por válidas inmediatamente. Darles crédito o cursar anónimos. Investigarlas solo si son de interés general. Ignorarlas por completo. ¿Qué tipo de compromiso está prohibido aceptar para el personal de la Armada?. Compromisos que impliquen honor y disciplina. Compromisos que impliquen deshonor, falta de disciplina o menoscabo de la reputación de la Institución. Compromisos de servicio a la patria. Compromisos deportivos autorizados. ¿Cuándo está prohibido empeñar la palabra de honor?. Cuando se está seguro de poder cumplirla. Cuando no se tiene la seguridad de poder cumplirla. Solo en presencia de superiores. En cualquier circunstancia. ¿A quién se hará acreedor el personal que se distinga en el cumplimiento de sus obligaciones?. A un castigo mayor. A un estímulo que se hará constar por escrito. Al despido inmediato. A la felicitación informal. ¿Qué condiciones se toman en cuenta para otorgar un estímulo?. Únicamente la antigüedad del personal. Actuaciones meritorias, circunstancias relacionadas y consecuencias benéficas para la Armada. La opinión de los compañeros de servicio. El número de faltas cometidas previamente. ¿Quiénes tienen la facultad de evaluar las acciones para otorgar estímulos?. El propio personal que realiza la acción. Los mandos, quienes evaluarán las acciones realizadas por sus subalternos. Un comité externo a la Armada. Los organismos disciplinarios. ¿Cuáles son los medios para encauzar la disciplina según la Ley?. Solo los correctivos disciplinarios. Las medidas preventivas y los correctivos disciplinarios. La persuasión constante. Las advertencias verbales. ¿Cuál es la finalidad de las medidas preventivas?. Sancionar las faltas cometidas. Restablecer la disciplina cuando ha sido quebrantada. Mostrar las normas básicas de comportamiento y motivar el cumplimiento de deberes. Castigar a los infractores reincidentes. ¿Qué es un correctivo disciplinario?. Una advertencia verbal sobre conducta inadecuada. La sanción impuesta por infringir un precepto legal o reglamentario que no constituya delito. Un estímulo por buen comportamiento. Una medida para prevenir futuras faltas. ¿Qué sucede si una infracción constituye un delito?. Se aplica únicamente un correctivo disciplinario. El infractor queda sujeto al proceso correspondiente de acuerdo con la legislación penal militar o federal/común. Se ignora el delito y se aplica solo una sanción administrativa. El infractor es dado de baja automáticamente sin proceso. ¿Cuáles de las siguientes son consideradas faltas sancionables disciplinariamente según el Artículo 45?. Conductas que afecten la disciplina o el prestigio de la Armada. Incumplimiento de obligaciones y deberes. Uso de drogas o psicotrópicos sin prescripción médica. Todas las anteriores. ¿Cómo se clasifican las faltas a la disciplina naval según el Artículo 46?. Leves y Graves. Leves, Moderadas y Graves. Menores y Mayores. Simples y Compuestas. ¿Cuáles son las faltas leves según el Artículo 47?. Las que afecten gravemente el prestigio de la Armada. Las que se cometen por acción u omisión en contra de disposiciones navales y militares, que afecten a la disciplina de la Armada. Las que impliquen un delito grave. Las que requieran sanción por organismos disciplinarios. ¿Quiénes tienen competencia para sancionar las faltas leves?. Únicamente los organismos disciplinarios. Los titulares de unidades y establecimientos, y personal designado por el mando. El Alto Mando exclusivamente. Los tribunales militares. ¿Cuáles son las faltas graves según el Artículo 48?. Las que únicamente afectan la disciplina. Las que afectan la disciplina, y además, al prestigio e imagen pública de la Armada. Las que son cometidas por personal de menor jerarquía. Las que son sancionadas con amonestación. ¿Quiénes tienen facultad para imponer correctivos disciplinarios según el Artículo 49?. Solo los Almirantes. El personal desde almirantes hasta cabos a los de menor jerarquía, los mandos a sus subalternos, y los organismos disciplinarios. Exclusivamente los organismos disciplinarios. Los oficiales de mayor rango en cada unidad. ¿Cuáles son los correctivos disciplinarios mencionados en el Artículo 50?. Amonestación, arresto, cambio de adscripción, suspensión de derechos escalafonarios, pase a disposición y baja del servicio activo. Solo amonestación y arresto. Multas económicas y arresto. Suspensión del empleo y baja deshonrosa. ¿Qué es la amonestación según el Artículo 52?. Una sanción de arresto de 24 horas. La retención del infractor en su alojamiento. El acto por el cual el superior advierte al subalterno la omisión o defecto en sus deberes, exhortándolo a corregirse. Una suspensión temporal de funciones. ¿Cuál es la duración máxima de un arresto según el Artículo 53?. Veinticuatro horas. Tres días. Quince días. Treinta días. ¿Qué facultad tiene el Alto Mando para imponer y graduar arrestos?. Hasta por tres días. Hasta por ocho días. Hasta por quince días. Sin límite de tiempo. ¿Cuál es la máxima graduación de arrestos para un oficial según el Artículo 55?. Veinticuatro horas. Cuarenta y ocho horas. Noventa y seis horas. Tres días. ¿Cómo se gradúa un arresto según el Artículo 59?. Solo en proporción a la falta cometida. En proporción a la falta, jerarquía y antecedentes del infractor, y circunstancias atenuantes o agravantes. Únicamente por la jerarquía del infractor. Basándose en la opinión de los compañeros. ¿En qué consiste el 'cambio de adscripción en observación de su conducta a una comisión subalterna'?. Una comisión de alto nivel en otra unidad. Designar al sancionado un cargo de menor importancia en otra unidad hasta por seis meses. Un ascenso inmediato por buen comportamiento. La baja definitiva del servicio. ¿Qué implica la suspensión de los derechos escalafonarios?. La pérdida del grado militar. El infractor no puede ser considerado para ascender al grado inmediato superior durante un plazo determinado. La prohibición de portar uniforme. La exclusión de cualquier comisión de servicio. ¿Quiénes aplican la 'Baja del Servicio Activo' para el personal de la milicia permanente?. Los organismos disciplinarios. Solo los tribunales u órganos jurisdiccionales. El Alto Mando. Los mandos superiores en jefe. ¿En qué casos se pueden inconformar los marinos militares respecto a los correctivos disciplinarios?. En todos los casos, sin excepción. Respecto a la imposición de los diversos correctivos, excepto la graduación de los arrestos. Solo contra la baja del servicio activo. Nunca pueden inconformarse. ¿Cuándo no serán sancionables las infracciones a la disciplina?. Cuando el infractor lo justifique ante sus compañeros. Cuando se demuestre que ocurrieron por causa de fuerza mayor. Cuando la falta sea considerada leve. Cuando el superior así lo decida. ¿Por qué no se debe sancionar dos veces a un infractor?. Porque la primera sanción suele ser suficiente. No se deberá sancionar dos veces por la comisión de la misma falta, ya sea con dos sanciones distintas o por distintos superiores. Solo si la segunda falta es de diferente naturaleza. A menos que la segunda sanción sea más grave. ¿Se imponen sanciones colectivas cuando hay más de un infractor?. Sí, siempre que el delito sea grave. No, se realizarán indagaciones para establecer responsabilidades individuales y se impondrán los correctivos de igual manera. Solo si los infractores pertenecen al mismo rango. A discreción del mando. ¿Cuál de las siguientes es una circunstancia atenuante para la graduación de arrestos?. Cometer la falta en presencia de personal subalterno. Haber cometido la falta influido por algún superior. La reincidencia en la comisión de la falta. Tratar de evadir la responsabilidad. ¿Cuál de las siguientes es una circunstancia agravante para la graduación de arrestos?. Tener antecedentes de escasa incidencia de faltas. Aceptar espontáneamente la responsabilidad de la falta. La reincidencia en la comisión de la falta. Tomar la iniciativa para reparar las consecuencias de la falta. ¿Qué organismo conoce de las faltas graves que cometen los oficiales sin mando, clases y marinería?. La Junta de Almirantes. El Consejo de Honor Superior. El Consejo de Honor Ordinario. El Estado Mayor General. ¿Qué sucede si un miembro de la Armada resulta inocente al ser juzgado por un tribunal u organismo competente?. Se le sanciona de todos modos. Será restituido en su cargo y no deberá ser perjudicado para futuros cargos o ascensos. Se le da de baja del servicio. Se le asigna una comisión menor. ¿Cuál es la única instancia para inconformarse contra las resoluciones de los organismos disciplinarios?. Directamente ante el Alto Mando. Ante el organismo disciplinario superior al que emitió el fallo. A través de un recurso de amparo. Mediante una queja anónima. |





