HABEAS CORPUS
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Título del Test:![]() HABEAS CORPUS Descripción: Leer las preguntas y escoge la respuesta correcta. |




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1- ¿Qué es el Habeas Corpus?. a- Es el procedimiento por el que se solicita la puesta a disposición judicial, de forma inmediata, de una persona detenida de manera ilegal, en un plazo máximo de 24 horas, se ponga a disposición de Juzgado pertinente. b- Es el derecho fundamental que tiene toda persona para conocer, actualizar y rectificar toda aquella información que se relacione con ella y que se recopile o almacene en centros de información o base de datos, públicas o privadas. 2- ¿Cuándo se puede solicitar un Habeas Corpus?. a- Aquellas que sean privadas de su libertad por una autoridad, agente, funcionario o particular. Las que se encuentren internadas de forma ilícita en algún establecimiento o lugar. También se consideran detenidas ilegalmente, las personas que superen el tiempo de detención establecido en las leyes. b- Se puede solicitar cuando una persona desea conocer qué información tiene una entidad sobre ella. Esto incluye datos personales, financieros, laborales, entre otros. 3- Procedimiento del Habeas Corpus: a- Interposición de la acción, sustanciación de la acción, audiencia para resolver la solicitud y se culmina con la sentencia. b- Este procedimiento permite a las personas conocer, actualizar y rectificar la información que se ha recopilado sobre ellas en archivos y bases de datos, tanto de naturaleza pública como privada. 4- ¿Quién puede solicitar un Habeas Corpus?. a- La persona privada de libertad, su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes, hermanos o representantes legales. b- Sólo puede ser ejercida por el afectado, sus tutores o curadores o por sus herederos. Cuando la demanda es interpuesta por persona jurídica de derecho privado, esta se interpone por representante legal o por el apoderado. 5- ¿Cómo es el proceso de un Habeas Corpus?. a- Cuando se tiene conocimiento por el funcionario, agente o alguna otra de las responsables de su detención, del inicio de un habeas corpus, estarán obligados a informar inmediatamente al Juez competente. Incurriendo en responsabilidades penales y disciplinarias si no lo hicieran. b- El afectado debe requerir a la autoridad pública acción con un documento de fecha cierta, en el del derecho de acceso a la información pública. Luego de treinta días de presentado el documento con respuesta negativa, o sin respuesta alguna, el afectado tiene expedito su derecho para acudir al proceso. 6-¿Cuál es el objeto de la acción del Habeas Corpus?. a- Es la reposición del Derecho de Libertad Corporal del individuo injustamente detenido. b- Es la protección de los derechos de toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, garantiza la preservación de la intimidad, privacidad y honra de los ciudadanos. 7- ¿Cómo se determina la competencia del Habeas Corpus?. a- La competencia, en este sentido, está ligada a la competencia jurisdicción territorial de la autoridad que ejerce el funcionario que emite la orden de detención. b- Es de competencia de los Tribunales Superiores que conocen de la acción de Amparo de Garantías Constitucionales, cuando el funcionario titular o responsable del registro, archivo o banco de datos, tenga mando y jurisdicción a nivel municipal o provincial. 8- ¿Cuál es la naturaleza jurídica del habeas Corpus?. a- La doctrina señala que, constituye un derecho fundamental, establecido por la Constitución, y un procedimiento penal especial. b- El recurso fue introducido en la legislación panameña por la Ley 6ª de 2002. 9- ¿Cuales son las características esenciales del Habeas Corpus?. a- Un procedimiento sumario, acelerado, unilateral y de acción popular. b- Se instaura como un proceso urgente para cautelar que esos datos personales no sean conocidos por el tercero sin legítimo interés, de acuerdo a la Constitución y la ley. 10- Clases de Habeas Corpus: a- Clásico o reparador, preventivo, correctivo. b- Se distinguen dos modalidades: propio, que tutela el derecho a la autodeterminación informativa, y constitucional, que se elevó a rango constitucional con la reforma constitucional. |