Haciendas Locales
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Título del Test:![]() Haciendas Locales Descripción: Las haciendas locales. Clasificación de los ingresos. |




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Sólo podrán establecerse prestaciones o patrimoniales de carácter público: a. con arreglo a la ley. b. con arreglo a la norma. c. con arreglo a los reglamentos. d. con arreglo a los reales decretos. Tienen las entidades locales potestad tributaria?. a. si, de caracter secundario. b. si ,de caracter primario. c. no. d. sólo la tiene el Estado. La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria se ejercerá a través de: a. ordenanzas generales de gestión, recaudación e inspección. b. ordenanzas fiscales, reguladoras de sus propios tributos. c. las respuestas anteriores son correctas. d. ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas. La Hacienda de las entidades locales estará constituida por los siguientes recursos: a. las subvenciones. b. el producto de las operaciones de crédito. c. el producto de las multas y sanciones. d, todas las respuestas son verdaderas. Los Ayuntamientos podrán establecer y exigir el siguiente impuesto: a. impuesto sobre bienes inmuebles. b. impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. c. impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. d. impuesto sobre actividades económicas. Una ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica deberá contener necesariamente. a. la determinación del hecho imponible. b. la determinación del sujeto pasivo. c. los elementos necesarios para la determinación de las cuotas tributarias. d. la determinación del tipo de gravamen. La principal fuente de financiación de las haciendas locales son. a. créditos obtenidos de las instituciones financieras. b. ingresos de derecho privado. c. tributos propios. d. prestaciones personales de los vecinos. Nuestra vigente Constitución, respecto a las Haciendas Locales, consagra el principio de : a. autodeterminación. b. suficiencia. c. autonomía. d. dependencia del Estado. Es una figura tributaria un/una. a. precio público. b. operación de crédito. c. tasa. d. subvención. Es una figura tributaria también un/una. a. precio público. b. subvención. c. multa. d. contribución especial. La potestad tributaria de las Entidades Locales : a. no tiene base legal alguna. b. es de carácter derivado y secundario. c. en su territorio, tiene mayor valor que la propia del Estado. d. La tienen reservada para la creación de sus propios tributos. En cuanto a la posibilidad de dictar las Entidades Locales normas reglamentarias en esta materia. a. se manifiesta a través de reglamentos generales de recaudación. b. se realiza mediante Bandos de alcaldes. c. no se le reconoce legalmente. d. Es requisito sine qua non para que puedan exigir sus tributos. Respecto a los tributos previamente creados por una ley estatal como propios de las Entidades Locales, estas tienen: a. autonomía para establecerlos y exigirlos. b. que delegar en el Estado su gestión y recaudación. c. Actuar al dictado de lo que señalen las Comunidades Autónomas respectivas. d . que ceder su aprovechamiento al propio Estado. En relación con la gestión, recaudación e inspección de sus tributos propios, las Entidades Locales pueden: a. descentralizarlas en entidades inferiores. b. concederlas a un particular o una empresa privada con personalidad jurídica. c. desconcentrarlas en otra administración pública. d. delegarlas en una entidad local de ámbito superior. Tienen caracter privado los ingresos procedentes del/de los. a. tributos en general. b. tributos del Estado. c. Patrimonio. d. precios públicos. Para la cobranza de sus tributos, las entidades locales: a. no gozan de privilegios o prerrogativas. b. tienen los propios del Estado. c. Han de utilizar los servicios propios del Estado. d. Deben constituir Entidades de crédito. Los ingresos que procedan de los bienes de dominio público local tiene la consideración de. a. derecho público. b. derecho privado. c. tributos en cualquier caso. d. atípicos. La adquisición de un bien donado por un particular se considera , a estos efectos. a. ingreso de dominio público local. b. ingreso de derecho público. c. ingreso de derecho privado. d. contribución especial. Lo que abona un particular por la prestacion de un servicio público que le afecta o beneficia, siendo de recepción obligatoria, es un/una: a. impuesto. b. contribución especial. c. tasa. d. precio público. Si dicho servicio público no fuera de recepción obligatoria, el particular abonaría: a. impuesto. b contribución especial. c. tasa. d. precio público. Cuando una Entidad Local realiza una obra pública, en virtud de la cual un ciudadano experimenta en sus bienes un incremento de valor, puede exigirle el pago de un/una. a. impuesto. b. contribución especial. c. tasa. d. precio público. Tiene caracter de tributo indirecto el Impuesto sobre: a. actividades económicas. b. incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. c. construcciones, instalaciones y obras. d. vehículos de tracción mecánica. |