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HERMENEUTICA JURIDICA

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Título del Test:
HERMENEUTICA JURIDICA

Descripción:
parte teorica

Fecha de Creación: 2025/12/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 43

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¿Cuándo se plantea la cuestión del peso de las premisas?. En los casos fáciles. En los procesos administrativos. En los casos difíciles, cuando hay lagunas normativas o axiológicas. En los casos cerrados.

¿Qué propone la concepción inferencialista del conocimiento de Robert B. Brandom?. Que el conocimiento jurídico se basa en la experiencia. Que el derecho se aprende por repetición. Que el significado de una expresión está determinado por cómo se utiliza la misma en las inferencias, en la práctica social de dar y pedir razones. Que la argumentación es puramente formal.

¿Qué tipos de premisas existen en los argumentos jurídicos?. Premisas provenientes del propio sistema jurídico y premisas extrasistemáticas. Constitucionales y sociales. Teóricas y prácticas. Normativas y morales.

¿Qué propone Aron Kibédi-Varga respecto a los tratados retóricos?. Que carecen de cualquier tipo de sistematicidad y son meramente pedagógicos. Que su ordenación es puramente sistemática y no pedagógica. Que deben ser abandonados por su falta de utilidad en el análisis contemporáneo. Que ofrecen una apariencia de sistema y propone convertir su desarrollo histórico-curricular en un sistema explícito.

Según Alexy: El discurso racional es la raíz de toda ___________. Demanda. Argumentación. Sentencia. Ley.

El estudio de la Teoría de los derechos nos tiene que permitir identificar las diversas clases de. Sujetos. Normas y procedimientos. Derechos. Procedimientos.

Los elementos básicos en la teoría de los derechos, podría decirse que son: Los Sujetos del Derecho, que pueden ser ____________, ___________. Ordinarios y extraordinarios. activos y permanentes. activos y pasivos. permanentes y pasivos.

¿Qué es el "modelo retórico émico"?. Un modelo retórico concreto y específico de una época histórica. Un modelo destinado exclusivamente al análisis de discursos literarios. Una categoría resultante de la abstracción a partir de diferentes modelos retóricos concretos, que contiene las categorías fundamentales del sistema. La representación de un orador específico en un discurso.

Según Perelman, el razonamiento se organiza en torno a. Premisas, silogismos y conclusiones. Proponente, oponente y tesis. Orador, discurso y auditorio. Emisor, receptor y canal.

¿Qué tipo de razones son las reglas dentro de la argumentación jurídica?. Razones no válidas. Razones morales. Razones perentorias o protegidas, aunque en algún caso pueden ser derrotadas. Razones abstractas.

¿Cuál es el objetivo último de la argumentación en la concepción retórica aristotélica?. Establecer reglas lógicas formales de inferencia. Descubrir la verdad absoluta mediante el diálogo. Crear obras de arte literario. Persuadir a un auditorio mediante la producción de un discurso.

¿Qué caracteriza a las razones sustantivas?. Basarse en la costumbre. Ser mandatos judiciales. Derivan su fuerza justificativa de consideraciones de carácter moral, económico, político y social. Carecer de justificación.

La teoría de los derechos es una ______________ ___________ para explicar un problema jurídico u obtener alguna solución por medio de los diversos derechos que tenemos en nuestra legislación. posición académica. posición personal. posición social. posición doctrinal.

Una de las causas de la persistencia del sistema retórico greco-romano es: La heterogeneidad de los discursos retóricos, que los hace adaptables a cualquier contexto. La homogeneidad de los discursos retóricos, formando un grupo altamente cohesionado en su constitución y organización textual. Su separación completa de la dimensión pragmática de la comunicación. La falta de reglas ahormantes, lo que permite una gran creatividad.

¿Qué diferencia al razonamiento legislativo del de los abogados?. Que la razón operativa no es un interés particular, sino intereses generales, valores sociales. Que no utiliza principios. El uso de fuentes extranjeras. Que aplica menos normas.

Los derechos en la Constitución de la República están en forma de __________________, _______________ y _______________. valores, principios y pensamientos. valores, principios y reglas. pensamientos, principios y reglas. valores, pensamientos y reglas.

¿Qué se entiende por validez de las premisas fácticas?. Que siempre son verdaderas. Que pueden considerarse verdaderas o válidas según criterios externos e internos al sistema jurídico. Que dependen de la moral. Que no requieren pruebas.

¿Qué se entiende por inferencia en el contexto de la argumentación jurídica?. Una actividad que realizan los jueces. Un razonamiento moral. Una opinión sobre los hechos. Un tipo de relación entre enunciados, y no como una actividad (la actividad de inferir).

¿Qué función tienen las normas constitutivas?. Funcionan como razones auxiliares, tanto si confieren poder como si son normas meramente constitutivas. Crear obligaciones tributarias. Regular el comportamiento. Derogar normas anteriores.

¿Qué son las presunciones iuris tantum o iuris et de iure?. Ejemplo de normas puramente constitutivas dentro del sistema jurídico. Normas fácticas. Principios generales. Reglas morales.

La posición de Aristóteles frente a la retórica, a diferencia de la de Platón en el Gorgias, se caracteriza por: Reivindicarla, vinculándola a la filosofía y la ética, y considerándola necesaria para asuntos opinables. Rechazarla por completo por su potencial para el engaño. Considerarla innecesaria ante la posibilidad de argumentaciones puramente científicas. Reducirla únicamente al estudio de la elocutio.

Nuestra Constitución de la República, vigente desde el 2008 clasifica a los derechos en: 9 Categorías. 5 Categorías. 2 Categorías. 7 Categorías.

¿Qué distingue a los principios de las reglas?. Los principios carecen de valor normativo. Su valor jurídico. Los principios son razones no perentorias y dependientes del contenido, razones sustantivas. Las reglas son razones morales.

Qué permite el "metamodelo retórico" según la explicación proporcionada?. Crear discursos persuasivos sin necesidad de seguir las reglas retóricas tradicionales. Evaluar únicamente la eficacia persuasiva inmediata de un discurso. Sustituir por completo el sistema retórico greco-romano. Explicar las causas y circunstancias de las desactivaciones y activaciones de componentes en los modelos retóricos a lo largo de la historia.

En el contexto de la argumentación jurídica, la relación entre retórica y dialéctica se puede caracterizar como: El discurso jurídico ocuparía una posición intermedia en una escala entre lo puramente dialéctico y lo puramente retórico. La dialéctica pertenece exclusivamente a la filosofía y la retórica al derecho. La retórica es completamente activa y la dialéctica completamente pasiva. Son perspectivas totalmente opuestas e incompatibles.

La crítica de Toulmin a la lógica formal se basa, entre otras cosas, en que ésta es incapaz de dar cuenta de: La estructura profunda de las oraciones. La historia de los conceptos filosóficos. La sintaxis de las lenguas naturales. La naturaleza pragmática del lenguaje, su uso en contextos cotidianos y sus grados de probabilidad.

¿Cómo define Marc Angenot la imagen del enunciador en el discurso panfletario?. Como un "yo performativo", marginal, que se auto-otorga poder y se presenta con coraje intelectual e indignación. Como un representante institucional que habla con autoridad oficial. Como una voz objetiva y neutral que evita todo compromiso. Como un individuo que oculta cuidadosamente su propia subjetividad.

¿Qué significa la relevancia de las premisas?. Que implica aplicabilidad, interpretación adecuada y validez material. Que se basan en la costumbre. Que deben ser válidas legalmente. Que todas pesan igual.

Una diferencia señalada entre retórica y dialéctica es que: La retórica privilegia intervenciones cortas y la dialéctica discursos largos. La retórica se basa en la contradicción, mientras que la dialéctica se basa en la persuasión. La dialéctica tiene reglas de carácter técnico, mientras que la retórica tiene normas de comportamiento. La retórica prima discursos largos y unidireccionales, mientras que la dialéctica implica intervenciones cortas en un diálogo que avanza en espiral.

¿Cuál es el objetivo principal de la concepción pragmática?. Argumentar sobre la comunicación dialógica y participativa. Elaborar discursos literarios. Reforzar la estructura gramatical. Desarrollar la lógica formal.

Según Aristóteles, el género judicial se caracteriza por: Ser el género prioritario y esencial de toda retórica. Aconsejar o disuadir sobre la conveniencia. Alabar o censurar, con un tiempo presente. La acusación y la defensa, y se refiere a hechos pasados.

Según la herencia retórica romana (Cicerón, Quintiliano), el "ethos" se entendía principalmente como: Una imagen construida exclusivamente en y por el discurso. Un recurso emocional para conmover al auditorio (pathos). Un tipo de argumento lógico (logos). Un dato preexistente que se apoya en la autoridad individual e institucional del orador (su reputación, status, etc.).

¿Qué son las normas regulativas?. Son principios religiosos. Tienen la forma: “si se dan las condiciones de aplicación X, entonces Z debe (puede, tiene prohibido) realizar la acción Y (o alcanzar el estado de cosas E)”. Son leyes sin aplicación. Son solo recomendaciones morales.

La diferencia esencial entre "paralogismo" y "sofisma" es que: El sofisma se refiere sólo a errores formales, y el paralogismo a errores materiales. El paralogismo no es intencional (se comete de buena fe), mientras que el sofisma es una falacia intencional o dolosa. El paralogismo es un argumento válido, mientras que el sofisma siempre es inválido. El paralogismo es intencional (doloso) y el sofisma no es intencional (culposo).

Un problema potencial de fundar la bondad argumentativa en su fuerza persuasiva es que puede conducir a: Un relativismo, por la incapacidad para distinguir entre bondad y eficacia argumentativa. La negación de cualquier rol para el auditorio. Un excesivo formalismo. Un absolutismo epistemológico.

¿Cuál es la razón operativa en la argumentación de los abogados?. La Constitución. El principio de maximizar los intereses de los clientes. Los tratados internacionales. Las leyes civiles.

Desde la perspectiva pragmática, el razonamiento es considerado fundamentalmente como: Un método exclusivo para la verificación de hipótesis científicas. Un conjunto de proposiciones abstractas y formales. Un proceso mental interno e individual. Un tipo de actividad (actos de lenguaje) dirigida a lograr la persuasión de un auditorio o a interactuar para llegar a un acuerdo.

El razonamiento dialéctico busca principalmente: La originalidad estética. Analizar el lenguaje científico. Seguir reglas procedimentales para llegar a un acuerdo. Persuadir mediante emociones.

¿Qué considera la perspectiva pragmática respecto al razonamiento?. Una actividad de lenguaje orientada a la persuasión o acuerdo. Un conjunto de juicios morales. Una técnica de escritura argumentativa. Un método de análisis lógico formal.

Para Toulmin, las nociones fundamentales del razonamiento son: Tesis, antítesis y síntesis. Proponente, oponente y garantía. Teoría, hipótesis y prueba. Locutor, interlocutor y evidencia.

La definición de falacia que recoge el texto, atribuida a Aristóteles, es: Un razonamiento que, aunque correcto, no persuade a nadie. Un error factual o de datos en un razonamiento. Un argumento que parece bueno sin serlo, con un elemento de engaño o apariencia. Un argumento que es simplemente malo o incorrecto.

¿Qué factor es fundamental para juzgar la relevancia de las premisas?. La nacionalidad del juez. La edad del testigo. La extensión del argumento. La interpretación, pues determina si la premisa normativa o fáctica es materialmente relevante.

¿Qué son las razones formales o autoritativas según Summers?. Las que dependen de la experiencia. Las que derivan del interés del juez. Las que apelan a la moral. Las que consisten en apelar a algún tipo de autoridad jurídica: la ley, el precedente, etc.

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