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Higadilllos

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Título del Test:
Higadilllos

Descripción:
receta para comensales 12/23

Fecha de Creación: 2026/08/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 14

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Señale el enunciado CORRECTO, según el artículo 160 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. El Consell será el órgano competente para: La autorización previa para la concesión de las subvenciones de concurrencia competitiva de cuantía superior a un millón de euros. La autorización previa para la concesión de las subvenciones de concurrencia competitiva de cuantía superior a seis millones de euros. La autorización previa para la concesión de las subvenciones de concurrencia competitiva de cuantía superior a dos millones de euros. La autorización previa para la concesión de las subvenciones de concurrencia competitiva de cuantía superior a cuatro millones de euros.

En el procedimiento de reintegro de subvenciones, según la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, ¿cuál es el plazo máximo que tiene la Administración de la Generalitat para resolver y notificar la resolución del procedimiento?. El plazo máximo para resolver y notificar será de doce meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación. El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación. El plazo máximo para resolver y notificar será de nueve meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación.

Señale el enunciado CORRECTO, según el artículo 168 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda Pública, del sector público instrumental y de subvenciones. Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: Con carácter ordinario, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social o económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Con carácter corriente, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social o económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Con carácter general, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social o económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social o económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Señale el enunciado CORRECTO, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en referencia a los principios y reglas de programación presupuestaria. La programación presupuestaria de la Generalitat se regirá por los principios de estabilidad económica, sostenibilidad pública, plurianualidad, transparencia, eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad y lealtad instituciona. La programación presupuestaria de la Generalitat se regirá por los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, anualidad, transparencia, eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad y lealtad instituciona. En todo caso, la Generalitat, en el ejercicio de sus competencias financieras, velará por el equilibrio territorial dentro de la Comunitat y por la realización interna del principio de solidaridad. En todo caso, la Generalitat, en el ejercicio de sus competencias financieras, velará por el equilibrio territorial dentro de la Comunitat y por la realización interna del principio de sostenibilidad pública.

Señale el enunciado INCORRECTO, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en referencia a los principios y reglas de programación presupuestaria: La gestión presupuestaria del sector público de la Generalitat está sometida al régimen de presupuesto único y anual, aprobado por Les Corts y enmarcado en los límites de un escenario presupuestario plurianual. Los recursos de la Administración de la Generalitat, los de cada uno de sus organismos autónomos y los de las entidades integrantes del sector público de la Generalitat con presupuesto estimativo se destinarán a satisfacer el conjunto de sus respectivas obligaciones, salvo que por norma reglamentaria se establezca su afectación a fines determinados. Los derechos y las obligaciones reconocidos se aplicarán a los presupuestos por su importe íntegro, sin que puedan atenderse obligaciones mediante minoración de los derechos a liquidar o ya ingresados, salvo que la ley lo autorice de modo expreso. Los presupuestos de los diferentes sujetos que conforman el sector público de la Generalitat, se acompañarán de la información suficiente y adecuada que permita la verificación tanto del cumplimiento de los objetivos que se propongan alcanzar, como de los principios y reglas exigibles en materia de estabilidad presupuestaria.

Señale el enunciado CORRECTO, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en referencia a la estructura de los estados de ingresos de los presupuestos de la Generalitat: Los estados de ingresos de los presupuestos de los sujetos con presupuesto limitativo se estructurarán siguiendo las clasificaciones orgánica, económica y territorial. Los estados de ingresos de los presupuestos de los sujetos con presupuesto estimativo se estructurarán siguiendo las clasificaciones orgánica, económica y territorial. Los estados de ingresos de los presupuestos de los sujetos con presupuesto limitativo se estructurarán siguiendo las clasificaciones orgánica, por programas y económica. Los estados de ingresos de los presupuestos de los sujetos con presupuesto limitativo se estructurarán siguiendo las clasificaciones orgánica y económica.

Señale el enunciado INCORRECTO, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en referencia a la clasificación económica en la estructura de los estados de gastos de los presupuestos de la Generalitat: En los créditos para operaciones de capital se distinguirán las inversiones reales y las transferencias de capital. En los créditos para operaciones financieras se distinguirán las de activos financieros y las de pasivos financieros. En los créditos para operaciones corrientes se distinguirán los gastos de personal, los gastos corrientes en bienes y servicios, los gastos no financieros y las transferencias corrientes. Los capítulos se desglosarán en artículos y estos, a su vez, en conceptos que podrán dividirse en subconceptos.

Señale el enunciado CORRECTO, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. El informe económico-financiero, que acompaña al Proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat en su remisión a Les Corts, incluirá entre su contenido necesariamente. Supuestos y previsiones macroeconómicas que sustentan el Presupuesto de la Generalitat e informe justificativo del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y conformidad con la regla de gasto de los presupuestos de la Generalitat, así como de su coherencia con la programación presupuestaria. Supuestos y previsiones microeconómicas y macroeconómicas que sustentan el Presupuesto de la Generalitat e informe justificativo del cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad financiera, deuda pública, conformidad con la regla de gasto de los presupuestos de la Generalitat, así como de su coherencia con la programación presupuestaria y detalle de las plantillas del sector público instrumental, adecuada a la estructura orgánica. Supuestos y previsiones microeconómicas y macroeconómicas que sustentan el Presupuesto de la Generalitat e informe justificativo del cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad financiera, deuda pública y conformidad con la regla de gasto de los presupuestos de la Generalitat, así como de su coherencia con la programación presupuestaria. Supuestos y previsiones macroeconómicas que sustentan el Presupuesto de la Generalitat e informe justificativo del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública, conformidad con la regla de gasto de los presupuestos de la Generalitat, así como de su coherencia con la programación económica y detalle de las plantillas del sector público instrumental, adecuada a la estructura orgánica.

Señale el enunciado INCORRECTO, según el artículo 40 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en referencia a los compromisos de carácter plurianual: La autorización de gastos de alcance plurianual se subordinará a los créditos que, para cada ejercicio, se consignen a tal efecto en el presupuesto de la Generalitat. No podrán adquirirse compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros cuando se trate de subvenciones a las que resulte de aplicación lo previsto en el artículo 168.1A de esta ley. No será aplicable a lo dispuesto en este párrafo, a los convenios en materia de vivienda que se deriven de los planes estatales de viviendas y que tendrán la vigencia de estos, incluidas sus adicciones y prórrogas. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no será superior a cinco. El gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar al crédito inicial a que corresponda la operación los siguientes porcentajes: en el ejercicio inmediato siguiente, el 70 %, en el segundo y tercer ejercicio, el 60 %, y en los ejercicios cuarto y quinto, el 50 %. Cuando por causas justificadas se pusieran de manifiesto desajustes entre las anualidades previstas en el contrato, o en el convenio de colaboración, o en la resolución de concesión, y la realidad económica que su ejecución exigiese, se podrán reajustar las anualidades, siempre que los remanentes crediticios lo permitan. Los reajustes se acordarán por el Consell, a propuesta del titular del órgano que tenga atribuidas las competencias en materia de hacienda.

Señale el enunciado CORRECTO, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. El Consell dará cuenta trimestralmente, a la Comisión de Economía, Presupuestos y Hacienda de Les Corts, de: Las incorporaciones de crédito. Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Las ampliaciones de crédito. Las generaciones y anulaciones de crédito.

Señale el enunciado CORRECTO, según el artículo 65 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. El acto por el que el órgano gestor propone al órgano competente la operación encaminada a la efectiva extinción de los derechos previamente reconocidos, se denomina: Propuesta de ingreso. Reconocimiento del ingreso. Ordenación del pago. Aprobación del ingreso.

Señale el enunciado CORRECTO, según el artículo 58 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. El acto mediante el que se declara la existencia de un crédito exigible contra la hacienda pública de la Generalitat derivado de un gasto aprobado y dispuesto y que comporta la propuesta de pago correspondiente, se denomina: Compromiso o disposición del gasto. Reconocimiento del derecho. Reconocimiento de la obligación. Aprobación del gasto.

Señale el enunciado CORRECTO. Según el artículo 97 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, la función interventora: Tiene por objeto controlar, antes de que sean aprobados, los actos, documentos y expedientes de la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso. Consistirá en la verificación, realizada con posterioridad y efectuada de forma sistemática, de la actividad económico-financiera del sector público de la Generalitat, mediante la aplicación de los procedimientos de revisión selectivos contenidos en las normas de auditoría e instrucciones que dicte la Intervención General de la Generalitat. Tiene por objeto la verificación de una forma continua, realizada a través de la correspondiente intervención delegada, de la situación y el funcionamiento de los órganos y entidades establecidos en el artículo 109 de la ley en el aspecto económico financiero, para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que les rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera y, en particular, al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, equilibrio financiero y deuda pública. Consistirá en la verificación relativa a si las cuentas anuales representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la entidad y, en su caso, la ejecución del presupuesto de acuerdo con las normas y principios contables y presupuestarios que le son de aplicación y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada.

Señale el enunciado CORRECTO, según el artículo 119 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. Es una modalidad de la auditoría pública: La auditoría de cumplimiento: constituye el examen sistemático y objetivo de las operaciones y procedimientos de una organización, programa, actividad o función pública, con el objeto de proporcionar una valoración independiente de su racionalidad económico- financiera y su adecuación a los principios de buena gestión, a fin de detectar sus posibles deficiencias y proponer las recomendaciones oportunas en orden a la corrección de aquéllas. La auditoría operativa: consiste en la verificación de que los actos, operaciones y procedimientos de gestión económico-financiera se han desarrollado de conformidad con las normas que les son de aplicación. La auditoría de cumplimiento: constituye el examen sistemático y objetivo de las operaciones y procedimientos de una organización, programa, actividad o función pública, con el objeto de proporcionar una valoración independiente de su racionalidad económico- financiera y su adecuación a los principios de buena gestión. La auditoría de regularidad contable: consiste en la revisión y verificación de la información y documentación contable con el objeto de comprobar su adecuación a la normativa contable y, en su caso, presupuestaria, que le sea de aplicación.

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