HISTORIA DEL DERECHO PENITENCIARIO, TEMA 11
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Título del Test:
![]() HISTORIA DEL DERECHO PENITENCIARIO, TEMA 11 Descripción: Preguntas de exámenes anteriores |



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La legislación penitenciaria básica actual se recoge en: La ley general penitenciaria de 1979 y el reglamento de reforma penitenciaria de 1981. La ley general penitencia de 1979 y el reglamento penitenciario de 1996. La ley de bases de la reforma penitenciaria de 1980. La ley de crímenes y castigos de 1982. En la actualidad el fin de las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad están orientadas a: La reeducación y reinserción social únicamente. La reeducación, reinserción social, prevención general y espacial y retribución. La reeducación únicamente. La reinserción social únicamente. En el régimen penitenciario actual los penados que cumplen condena: No pueden vestir propias ropas. Pueden renunciar al tratamiento médico penitenciario y su derecho debe ser respetado. Pueden ser objeto de malos tratos físicos. Recibirán tratamiento médico, aunque no presten su consentimiento, cuando exista peligro inminente para su vida. En la legislación penitenciaria actuales clasifica a los internos en adultos y jóvenes, siendo estos últimos los: Mayores de 18 y menores de 23 años. Mayores de 14 y menores de 21 años. Mayores de 18 y menores 21 años. Mayores de 16 y menores de 21 años. En el régimen penitenciario actual las faltas muy graves son castigadas con la permanencia del reo en la celda de asilamiento. A tal fin se establece: Una duración máxima de 16 días prorrogables. Su cumplimiento en celdas especiales con un régimen de comidas diferente. El derecho a paséis diarios en los patios comunes. La comunicación de esta circunstancia al médico de la prisión, quién hará un seguimiento diario del interno. El juez de vigilancia penitenciaria: Es el mismo juez o tribunal que dictó la condena. Depende de la administración penitenciaria. Está a las órdenes del director de la prisión. Garantiza la correcta ejecución de la pena. ¿Qué especialistas fueron eliminados en el reglamento penitenciario de 1996 de los equipos técnicos dependientes de la central penitenciaria de observación?. Juristas criminólogos. Pedagogos. Sociólogos. Psicólogos. |





