adminII T.4
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Título del Test:![]() adminII T.4 Descripción: temacuatro parte2 |




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NO HAY REGISTROS |
Tienen la consideración de interesados en el procedimiento administrativo. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos exclusivamente individuales. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos exclusivamente colectivos. Todo interesado podrá. desistir de su solicitud y renunciar a sus derechos siempre que lo desee. desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. desistir de su solicitud cuando lo desee pero nunca renunciar a sus derechos. La asistencia de un profesional o asesor en Derecho o de cualquier especialidad a un interesado en el procedimiento administrativo, es: preceptiva. no es preceptiva por regla general sino voluntaria, cuando lo consideren conveniente. preceptiva y excepcionalmente cuando permita dicha asistencia la Administración. La terminación convencional del procedimiento administrativo. siempre ha de estar prevista en un convenio previo entre las partes como forma de terminación del procedimiento. precisa de una regulación sustantiva que previamente haya aceptado esta forma de terminación del procedimiento. es posible siempre que las partes lleguen a un acuerdo. El principio según el cual la resolución que ponga fin al procedimiento debe decidir todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo. es el principio de la prohibición de la reformatio in peius. es el principio de motivación. es el principio de congruencia. La no abstención del titular del órgano en los casos en los que proceda. implicará, necesariamente, la nulidad de los actos en que hayan intervenido. no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en los que hayan intervenido. implicará, necesariamente, la anulabilidad de los actos en los que hayan intervenido. El trámite de audiencia en el procedimiento administrativo. es un trámite obligado, y sólo se puede prescindir de él cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. es un trámite obligado del que no se puede prescindir en ningún caso. las dos respuestas anteriores son incorrectas. ............. consiste en una declaración de voluntad del actor por la que abandona la acción ejercida en el proceso contencioso-administrativo. el allanamiento. el desistimiento. la renuncia. .Todo interesado podrá. desistir de su solicitud y renunciar a sus derechos siempre que lo desee. desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. desistir de su solicitud cuando lo desee pero nunca renunciar a sus derechos. La asistencia de un profesional o asesor en Derecho o de cualquier especialidad a un interesado en un procedimiento administrativo, es;. Preceptiva. No es preceptiva por regla general sino voluntaria, cuando lo consideren conveniente. Preceptiva y excepcionalmente cuando permita dicha asistencia la Administración. El principio según el cual la resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo. es el principio de la prohibición de la reformatio in peius. es el principio de motivación. es el principio de congruencia. los interesados en un procedimiento administrativo tienen derecho a. presentar documentos originales o copias indistintamente. no presentar documentos originales salvo excepciones en que tendrán derecho a obtener una copia de los mismos. presentar copias de los documentos originales sin excepción alguna. Las actuaciones previas en el procedimiento administrativo son. un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el expediente. un período de investigación del interesado. un período en el que el interesado es sujeto de medidas provisionales. La Administración, salvo precepto en contrario, puede conceder de oficio o a petición de los interesados: reducción de los plazos establecidos cuando las circunstancias lo aconsejen. la posibilidad de presentar documentos electrónicos. una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. La caducidad es una forma de terminación del procedimiento que consiste en. la renuncia del interesado. la falta de actividad en el procedimiento. la resolución presunta del procedimiento. ......... consiste en una declaración de voluntad del actor por la que abandona la acción ejercida en el proceso contencioso-administrativo. la renuncia. el allanamiento. el desestimiento. Las actuaciones previas en el procedimiento administrativo son;. Un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el expediente. un período de investigación del interesado. un período en el que el interesado es sujeto de medidas provisionales. La administración, salvo precepto en contrario, puede conceder de oficio o a petición de los interesados: Reducción de los plazos establecidos cuando las circunstancias lo aconsejen. la posibilidad de presentar documentos electrónicos. una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. La presentación de documentos en los registros electrónicos puede tener lugar. sólo los días que indique la sede electrónica de la Administración. todos los días del año durante las veinticuatro horas. los días y horas hábiles del calendario oficial. Es posible la reducción de los plazos establecidos en el procedimiento administrativo. nunca. cuando razones de interés público lo aconsejen, de oficio o a petición el interesado. siempre. |