hola adiós
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1. A través del pacto de garantía en la comisión de compraventa: Se exime de asumir cualquier riesgo por el incumplimiento del tercero. Se obliga a satisfacer al comitente el producto de la venta en los mismos términos pactados con el comprador. Se obliga a garantizar la realización de varias operaciones mercantiles. 2. La Ley de Contrato de Seguro (LCS) regula la mora del asegurador: Estableciendo que será término inicial del cómputo de dichos intereses, sin excepción alguna, la fecha de comunicación del siniestro. Estableciendo que la indemnización por mora se impondrá de oficio por el órgano judicial. Estableciendo que será término inicial del cómputo de dichos intereses, sin excepción alguna, la fecha del siniestro. 3. Si en el contrato de préstamo mercantil no se ha incluido ningún pacto sobre retribución: No es correcto, pues para el Código de Comercio el préstamo es un contrato naturalmente retribuido. El prestatario no está obligado a pagar ningún tipo de interés remuneratorio. El prestatario está obligado a pagar el interés legal en concepto de interés remuneratorio. 4. En relación con los contratos celebrados por correspondencia postal entre personas que se hallan en lugares distintos, el Código de Comercio establece que: Hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela enviado el aceptante, no puede ignorarla sin faltar a la buena fe. Hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación. Hay consentimiento desde que se contesta expresamente. 5. En el seguro contra daños: Si en el momento de la producción del siniestro la suma asegurada es inferior al valor del interés asegurado, el asegurador indemnizará el daño causado en la misma proporción. Si la suma asegurada supera notablemente el valor del interés asegurado, se entiende como existencia de dos o más contratos estipulados por el mismo tomador con distintos aseguradores. Durante el período de tiempo que dure el contrato, el tomador del seguro o el asegurado podrá, sin excepción alguna, contratar con otro asegurador los demás seguros que estime oportunos. 6. El Código de Comercio establece como criterio determinante de la calificación de la compraventa como mercantil: Que el comprador actúe con ánimo de lucrarse en la reventa. Que el vendedor sea un comerciante. Que el vendedor puede ser comerciante o cualquier persona no comerciante. 7. En el contrato de seguro de personas y con carácter general: El asegurador, aun después de pagada la indemnización, no puede subrogarse en los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero como consecuencia del siniestro, salvo lo relativo a los gastos de asistencia sanitaria. El asegurador debe subrogarse en los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero como consecuencia del siniestro. Después de pagada la indemnización, el asegurador puede subrogarse en cualquier supuesto, en los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero como consecuencia del siniestro. 8. Tal y como regula el Código de Comercio, no se reputarán mercantiles: Las ventas que, de los objetos construidos o fabricados por los artesanos, hicieren éstos fuera de sus talleres. La compraventa de cosas muebles para revenderlas, bien en la misma forma que se compraron, o bien en otra diferente, con ánimo de lucrarse en la reventa. Las ventas que, de los objetos construidos o fabricados por los artesanos, hicieren éstos en sus talleres. 9. La LCS establece en relación al seguro de personas sobre la vida que: El tomador del seguro podrá designar beneficiario o modificar la designación anterior realizada, con el necesario consentimiento del asegurador. El tomador del seguro no podrá designar beneficiario en ningún caso. El tomador del seguro podrá designar beneficiario o modificar la designación anterior realizada, sin necesidad de consentimiento del asegurador. 10. El Código de Comercio señala, en relación al contrato de compraventa, que: Si no se hubiere estipulado el plazo para la entrega de las mercaderías vendidas, el vendedor deberá tenerlas a disposición del comprador dentro de las veinticuatro horas siguientes al contrato. En cualquier caso, el vendedor deberá tener a disposición del comprador las mercaderías dentro de las veinticuatro horas siguientes al contrato. Las opciones a) y b) son complementarias. 11. La Ley de Ordenación del Seguro (LOS) establece, en relación al contrato de accidentes, que: Los gastos de asistencia sanitaria que se generen únicamente podrán quedar sometidos a las normas reguladoras del contrato de seguros de asistencia sanitaria. Los gastos de asistencia sanitaria serán por cuenta del asegurador, siempre que esté establecida su cobertura expresamente en la póliza y que tal asistencia se haya efectuado en las condiciones previstas en el contrato. Los gastos de asistencia sanitaria, sin excepción alguna, no serán por cuenta del asegurador. 12. Nuestro Código de Comercio establece que: En toda venta mercantil el vendedor quedará obligado a la evicción y saneamiento en favor del comprador, salvo pacto en contrario. En toda venta mercantil el vendedor quedará obligado siempre a la evicción en favor del comprador. En toda venta mercantil el vendedor quedará obligado a la evicción en favor del comprador siempre, y como excepción, al saneamiento. 13. Según nuestro Código de Comercio, la regulación de la compraventa mercantil: Se establece sin distinción con la compraventa civil. Establece la diferenciación implícita entre puesta a disposición y entrega. Establece la entrega y puesta a disposición sin distinción alguna. 14. En relación a la figura del tomador del seguro: a) Los derechos que derivan del contrato corresponderán al asegurado o beneficiario, salvo los especiales derechos del tomador en los seguros de vida. Debe contratar el seguro por cuenta propia necesariamente. Las dos respuestas (a y b) son correctas. 15. La comisión en nuestro Código de Comercio: Tiene por objeto un acto u operación de comercio y que sea comerciante el comisionista exclusivamente. Tiene por objeto un acto u operación de comercio y que sea comerciante el comitente o el comisionista. Tiene por objeto un acto u operación de cualquier tipo y que sea comerciante el comitente o el comisionista. 16. La LCS regula en el seguro contra daños: Que el asegurador cubre siempre los daños por hechos derivados de conflictos armados, haya precedido o no declaración oficial de guerra, y los derivados de riesgos extraordinarios sobre personas y bienes. Que el asegurador no cubre los daños por hechos derivados de conflictos armados, haya precedido o no declaración oficial de guerra, ni los derivados de riesgos extraordinarios sobre personas y bienes, salvo pacto en contrario. Las opciones anteriores son incorrectas. 17. En un contrato de préstamo, el Código de Comercio regula: Que los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses, aunque los contratantes podrán capitalizar los intereses líquidos y no satisfechos, que, como aumento del capital, devengarán nuevos réditos. Que los intereses vencidos y no pagados devengarán intereses, siempre. Que los intereses vencidos y no pagados devengarán intereses y podrán ser objeto de capitalización siempre. 18. La LCS diferencia distintas modalidades de contratos: Que en defecto de ley especial que les sea aplicable, se regirán por la LCS. Que quedan sometidos, en cualquier caso, a la LCS. Cuyas cláusulas contractuales, en cualquier caso, serán válidas aunque no resulten beneficiosas para el asegurado. 19. En el contrato de depósito, el Código de Comercio establece que: El depositario está obligado a conservar la cosa del depósito según la reciba, y a entregar sus aumentos, si los tuviere, cuando el depositante se la pida. El depositante está obligado a conservar la cosa del depósito según la reciba, y a entregar sus aumentos, si los tuviere, cuando el depositario se la pida. Las opciones a) y b) son respuestas complementarias. 20. En el contrato de transporte terrestre de mercancías (LCTTM): Salvo expresa estipulación contraria de esta ley o de la legislación especial aplicable, no podrán excluirse determinados contenidos de esta ley, salvo mediante el correspondiente acuerdo. También podrá ser así respecto de las condiciones generales del contrato cuando sus obligaciones resulten más beneficiosas para el adherente. Se regula el transporte terrestre de mercancías realizado por medios mecánicos de tracción propia. El cargador se obliga frente al porteador a trasladar mercancías de un lugar a otro y a ponerlas a disposición de la persona designada en el contrato. |