I. TEMA 6. - LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
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![]() I. TEMA 6. - LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS Descripción: GRUPO TERCERO |



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A efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido ¿qué libros registros deben llevar los sujetos pasivos que ejercen exclusivamente actividades sujetas al régimen especial del recargo de equivalencia?. No están obligados a llevar ningún libro registro. Deben llevar un libro registro específico donde anotarán las compras, adquisiciones e importaciones durante cada período de liquidación. Deben llevar un libro registro de bienes de inversión. Deben llevar un único libro registro en el que se contengan las operaciones afectadas por este régimen especial. La Administración Tributaria no puede ceder o comunicar los datos, informes o antecedentes obtenidos en el desempeño de sus funciones: A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para el ejercicio de sus funciones, sin más trámites. A Jueces y Tribunales para la ejecución de resoluciones judiciales firmes. Al Tribunal de Cuentas para el ejercicio de sus funciones de fiscalización de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias en el ejercicio de sus funciones. Respecto a la remisión de las facturas: Las copias de las facturas expedidas deben remitirse en el mismo momento de su expedición o bien, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, en el plazo de un mes a partir de la fecha de su expedición. Las copias de las facturas expedidas deben remitirse en el mismo momento de su expedición o bien, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto. Los originales de las facturas expedidas deben remitirse en el mismo momento de su expedición o bien, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, en el plazo de un mes a partir de la fecha de su expedición. Los originales de las facturas expedidas deben remitirse en el mismo momento de su expedición o bien, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto. Ante el fallecimiento de un obligado tributario ¿Qué plazo tienen sus herederos para presentar la declaración censal de baja?. Seis meses desde su fallecimiento. Un mes desde su fallecimiento. Tres meses desde su fallecimiento. Un año desde su fallecimiento. A efectos de los dispuesto en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, en relación a la declaración de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, se entenderá producido el comienzo de una actividad empresarial y profesional desde: Que se presente la declaración de alta. Desde el momento en que se realicen cualesquiera entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios, se efectúen cobros o pagos o se contrate personal laboral, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Desde el momento en que se realicen cualesquiera entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios, se efectúen cobros o pagos aunque no tengan por finalidad intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Desde el momento en que se realicen cualesquiera entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios, se efectúen cobros o pagos o se contrate personal laboral, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, salvo que la declaración de alta se presente en un momento posterior en cuyo caso se atenderá a la fecha de presentación de dicha declaración. La obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de ésta cuando: Su importe no exceda de 600 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. Su importe no exceda de 400 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. Su importe no exceda de 600 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido. Su importe no exceda de 400 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido. ¿Deben los juzgados y tribunales facilitar a la Administración tributaria cuantos datos con trascendencia tributaria se desprendan de las actuaciones judiciales que conozcan?. Sí, pero solo a requerimiento de la Administración tributaria. Sí, tanto de oficio como a requerimiento de la Administración tributaria, pero respetando, en su caso, el secreto de las diligencias sumariales. No, pues los juzgados y tribunales están siempre sometidos a la obligación de guardar secreto del sumario. Sí, pues están sometidos, en idéntica medida, a las obligaciones de informar y colaborar impuestas al resto de autoridades. Los funcionarios públicos estarán obligados a colaborar con la Administración tributaria salvo que sea aplicable: El secreto de movimientos bancarios. El secreto de protocolo notarial. El secreto profesional. El secreto sobre la vida laboral. El modelo 349 se utiliza para realizar: La declaración informativa anual de planes de pensiones. El resumen anual de subvenciones e indemnizaciones agrícolas y ganaderas. La declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. La declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios. De acuerdo con el artículo 95 de la Ley General Tributaria, los datos, informes y antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones no pueden ser cedidos a terceros salvo que la cesión tenga por objeto: La colaboración con otras Administraciones tributarias a efectos del cumplimiento de obligaciones fiscales en el ámbito de sus competencias, previa autorización de los obligados tributarios a los que se refieran los datos suministrados. La colaboración con las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, previa autorización de los obligados tributarios a que se refieran los datos suministrados. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el ejercicio de sus competencias, previa autorización de los obligados tributarios a los que se refieran los datos. La colaboración con organizaciones sin fines de lucro para el ejercicio de actividades humanitarias. Respecto a las actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria mediante requerimientos individualizados señale la respuesta correcta: Las actuaciones no podrán desarrollarse directamente en los locales, oficinas o domicilio de la persona o entidad en cuyo poder se hallen los datos correspondientes. La información requerida deberá aportarse por los obligados tributarios en la forma y plazos que se establezcan en el propio requerimiento siempre existiera obligación de haberlos suministrado con carácter general a la Administración tributaria mediante las correspondientes declaraciones. Los requerimientos individualizados de obtención de información respecto de terceros deberán realizarse en el curso de un procedimiento de aplicación de los tributos. Los requerimientos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias propias de la persona o entidad requerida no suponen, en ningún caso, el inicio de un procedimiento de comprobación o investigación. La Administración tributaria, previa solicitud del interesado, y en relación con los tributos cuya gestión le corresponda, informa sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles, situados en el territorio de su competencia que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión. Esta información tiene efectos vinculantes: Durante un plazo de 6 meses, contados desde la notificación al interesado. Durante un plazo de 3 meses, contados desde la notificación al interesado. Durante un plazo de 6 meses, contados desde la presentación de la solicitud por parte del interesado. Durante un plazo de 6 meses, contados desde la presentación de la solicitud por parte del interesado. Los datos obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones, podrán ser cedidos o comunicados a terceros al siguiente objeto: La colaboración con otras Administraciones tributarias a efectos del cumplimiento de obligaciones fiscales, previa autorización de los obligados tributarios a que se refieran los datos suministrados. La protección de los derechos e intereses de los menores e incapacitados por los órganos jurisdiccionales o el Ministerio Fiscal. La colaboración con las Cámaras de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No pueden ser cedidos en ningún caso, dado su carácter reservado. ¿Cuál de las siguientes respuestas no es cierta en relación con las consultas tributarias escritas?. Las consultas tributarias escritas se formularán antes de la finalización del plazo establecido para la presentación de declaraciones o autoliquidaciones o el cumplimiento de otras obligaciones tributarias. Su presentación interrumpirá los plazos establecidos en las normas tributarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Las consultas tributarias escritas se formularán antes de la finalización del plazo establecido para la presentación de declaraciones o autoliquidaciones. La presentación y contestación de las consultas no interrumpirá los plazos establecidos en las normas tributarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá carácter informativo y el obligado tributario no podrá entablar recurso alguno contra dicha contestación. Indique en cuál de los siguientes supuestos no es obligatorio expedir factura: En las entregas de bienes destinados a otro Estado miembro exentas a que se refiere el artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. En aquéllas operaciones en las que el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal con independencia del régimen de tributación al que se encuentre acogido el empresario o profesional que realice la operación. Las operaciones realizadas en el desarrollo de las actividades que se encuentren acogidas al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. En las entregas de inmuebles sujetas y no exentas al Impuesto sobre el Valor Añadido. Indique en cuál de las siguientes circunstancias la obligación de expedir factura, no podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de ésta: Cuando su importe, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido no exceda de 400 euros. Cuando deba expedirse una factura rectificativa. Los servicios de ambulancia, siempre que su importe no exceda de 3.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. Las ventas a domicilio del consumidor, siempre que su importe no exceda de 4.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. La obligación de expedir factura prevista en el artículo 2 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre: Se incumple cuando los empresarios o profesionales o sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido, no la expidan ellos mismos encomendando a terceros su expedición. Podrá ser cumplida materialmente por los destinatarios de las operaciones o por tercero. Podrá ser cumplida materialmente por los destinatarios de las operaciones, pero no por un tercero. Las facturas expedidas por el destinatario deberán ser objeto de aceptación, salvo pacto en contrario, por parte del empresario o profesional que haya realizado la operación. Señale la afirmación correcta en relación a los obligados a suministrar información sobre operaciones con terceras personas: Son obligados las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen actividades empresariales o profesionales. La obligación no alcanza a la Administración del Estado y sus organismos autónomos, las comunidades y ciudades autónomas y los organismos que dependen de éstas. La obligación no alcanza a la Administración del Estado pero sí a sus organismos autónomos cuando realicen actividades empresariales o profesionales. Las entidades integradas en las distintas Administraciones públicas presentarán declaración anual de operaciones con terceras personas conjunta de todos los sectores de su actividad con carácter empresarial o profesional. ¿Cuál es el plazo para contestar una solicitud de información previa a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles?. Un mes. Tres meses. Dos meses. Seis meses. Los apartados b), c), d) y e) del artículo 74.1 del R.D. 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de la normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, regulan que deben estar presentadas determinadas declaraciones o autoliquidaciones para poder emitir certificación de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias. ¿Cuáles son las autoliquidaciones o declaraciones a las que se refieren dichos apartados?. A las autoliquidaciones o declaraciones cuyo plazo de presentación hubiese vencido en los doce meses precedentes a la fecha de la certificación. A las autoliquidaciones o declaraciones cuyo plazo de presentación hubiese vencido en los doce meses precedentes a los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de la certificación. A las autoliquidaciones o declaraciones cuyo plazo de presentación hubiese vencido en los seis meses precedentes a los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de la certificación. Ninguna de los anteriores es cierta. La presentación de una autoliquidación en la que no conste un N.I.F. por carecer de él el obligado, implicará: Que no se admita la presentación de la autoliquidación en ningún caso. Que se requiera al obligado su aportación. Transcurridos 10 días desde la presentación sin que se haya acreditado la solicitud del número de identificación fiscal se podrá tener por no presentada. Se tendrá por presentada a todos los efectos sin perjuicio de las posibles infracciones tributarias que se hubieran podido cometer por incumplir las obligaciones relativas a la utilización y a la solicitud del N.I.F. Las entidades en régimen de atribución de rentas deben presentar una declaración informativa con datos sobre identificación fiscal de los socios, renta de la entidad, renta atribuible a sus miembros, etcétera, y dicha declaración debe presentarse: Anualmente, en cualquier caso. Anualmente, siempre que sus rentas excedan de 1.000 euros anuales. Trimestralmente, siempre que mediante ellas se ejerzan actividades económicas. Anualmente, si mediante ella se ejerce una actividad económica o si sus rentas son superiores a 3.000 euros anuales. ¿Cuáles son todos los libros registros que están obligados a llevar los contribuyentes del I.R.P.F. que desarrollen actividades profesionales cuyo rendimiento se determine en método de estimación directa?. Libro registro de ventas e ingresos, de compras y gastos, y de bienes de inversión. Libro registro de ventas e ingresos y de compras y gastos. Libro registro de ingresos, de gastos, y de bienes de inversión. Libro registro de ingresos, de gastos, de bienes de inversión y de provisiones de fondos y suplidos. Según el art. 90 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuál de estas afirmaciones sobre la información previa a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles es cierta?. Cada Administración tributaria informará de oficio y en relación con los tributos cuya gestión le corresponda sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o transmisión. Esta información tendrá efectos vinculantes durante un plazo de tres años siempre que la solicitud se haya formulado con carácter previo a la finalización del plazo para presentar la correspondiente autoliquidación o declaración. El interesado no podrá entablar recurso alguno contra la información comunicada. Podrá hacerlo contra el acto o actos administrativos que se dicten posteriormente en relación con dicha información. La falta de contestación de la solicitud en el plazo establecido implicará la aceptación del valor que, en su caso, se hubiera incluido en la solicitud del interesado. ¿Cuál de los siguientes efectos de la contestación a las consultas tributarias escritas, de acuerdo con el art. 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, es cierto?. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes tanto para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos como para los consultantes, siempre que se formulen antes de la finalización del plazo establecido para el ejercicio de los derechos o la presentación de declaraciones o autoliquidaciones tributarias. No tendrán efectos vinculantes para la Administración tributaria las contestaciones a las consultas formuladas que planteen cuestiones relacionadas con el objeto o tramitación de un procedimiento, recurso o reclamación iniciado con anterioridad. La presentación y contestación de las consultas interrumpirá los plazos establecidos en las normas tributarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en tanto no se modifique la legislación o la jurisprudencia aplicable al caso. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá carácter informativo y el obligado tributario podrá plantear recurso de alzada contra dicha contestación dentro de los plazos legalmente establecidos. Las personas físicas que carezcan de la nacionalidad española y no dispongan de número de identidad de extranjero deberán solicitar a la Administración tributaria la asignación de un número de identificación fiscal cuando vayan a realizar operaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria. Dicho número estará integrado por nueve caracteres con la siguiente composición: Una letra inicial, que será la J, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético. Una letra inicial, que será la K, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético. Una letra inicial, que será la L, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético. Una letra inicial, que será la M, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético. De acuerdo con el artículo 148 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, la comprobación del domicilio fiscal corresponde: A la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el ámbito de los tributos del Estado, incluidos los cedidos. A la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siempre que se indique en el correspondiente convenio con las Comunidades Autónomas en el caso de los tributos cedidos. A las Comunidades Autónomas, siempre en el caso de los tributos cedidos y sin perjuicio del procedimiento para resolver los conflictos con otras Comunidades Autónomas o con el Estado. A la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales que tengan conocimiento de un domicilio fiscal incorrecto. De acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, que se refiere a la declaración de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, se entenderá producido el comienzo de una actividad empresarial o profesional desde el momento que: Se presente la declaración de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, siempre que en dicha declaración se haya solicitado el número de identificación fiscal y el régimen tributario a los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, del Impuesto sobre Sociedades. Se disponga de número de identificación fiscal. Se realicen cualesquiera entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios, se efectúen cobros o pagos o se contrate personal laboral, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Se haya dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. ¿Cuál es el plazo en el que la Administración tributaria competente debe contestar por escrito a las consultas tributarias escritas a las que se refiere el artículo 88 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria?. Seis meses desde la presentación de la consulta. Tres meses desde la presentación de la consulta. Seis meses desde la finalización del plazo establecido para el ejercicio de los derechos a los que afecte la consulta. Tres meses desde la finalización del plazo establecido para el ejercicio de los derechos a los que afecte la consulta. Según dispone el artículo 11.1 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, ¿cuál será el plazo para la expedición de las facturas cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional que actúe como tal?. Deberán expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación. Deberán expedirse antes de finalizar el mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación. Deberán expedirse antes del día 20 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación. Deberán expedirse antes de finalizar el mes en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación. ¿Cuál es la letra por la que comienza el número de identificación fiscal de los establecimientos permanentes de entidades no residentes en territorio español?. Letra W. Letra B. Letra N. Letra S. Cuando el interesado solicite una ampliación del plazo establecido para el cumplimiento de un trámite en un procedimiento tributario, ¿qué efecto tiene la falta de notificación de la denegación antes de la finalización de plazo que se pretende ampliar?. Se entiende automáticamente concedida la solicitud de ampliación por otro plazo igual al inicialmente otorgado. Se entiende automáticamente concedida la solicitud de ampliación por la mitad del plazo inicialmente fijado. Se entenderá automáticamente denegada la petición de ampliación del plazo. Se producirá la caducidad del procedimiento por falta de resolución en plazo por la Administración de la solicitud de ampliación. ¿A partir de qué importe ha de incluirse en la declaración anual sobre operaciones con terceras personas las operaciones realizadas con otras personas o entidades?. 3.005,06 euros, IVA incluido. 3.005,06 euros, excluido el IVA. 6.005,06 euros, IVA incluido. 6.005,06 euros, excluido el IVA. Cuando en el marco de la colaboración social en la gestión tributaria se presente por medios telemáticos cualquier documento ante la Administración tributaria, ¿cuándo podrá la Administración tributaria requerir al presentador la acreditación de la representación necesaria en cada caso?. Sólo al inicio de un procedimiento. Cuando no sea necesaria la firma del obligado tributario. No se requiere la representación en la presentación telemática. En cualquier momento. Señale cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA en relación con los efectos de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la revocación del número de identificación fiscal asignado: No obstante, la revocación, el número de identificación fiscal no perderá su validez a efectos identificativos en el ámbito fiscal. No impide a la Administración Tributaria exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias pendientes. Las entidades de crédito no podrán realizar cargos o abonos en las cuentas o depósitos bancarios en que consten como titulares o autorizados los titulares de dichos números revocados, salvo que se rehabilite el número de identificación fiscal. La admisión por parte de la Administración tributaria de las autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones o escritos en los que conste un número de identificación fiscal revocado quedará condicionada, en los términos reglamentariamente establecidos, a la rehabilitación del citado número de identificación fiscal. ¿En qué plazo deberá presentar la declaración de baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, una sociedad o entidad cuando se disuelva?: En el plazo de tres meses desde que se haya realizado, en su caso, la cancelación efectiva de los correspondientes asientos en el Registro Mercantil. En el plazo de dos meses desde que se haya realizado, en su caso, la cancelación efectiva de los correspondientes asientos en el Registro Mercantil. En el plazo de seis meses desde que se haya realizado, en su caso, la cancelación efectiva de los correspondientes asientos en el Registro Mercantil. En plazo de un mes desde que se haya realizado, en su caso, la cancelación efectiva de los correspondientes asientos en el Registro Mercantil. Señale el plazo máximo (contenido en el artículo 64 del Reglamento de Aplicación de los Tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007) en el que deberán contestarse por el órgano competente las solicitudes de información tributaria: Un mes. Dos meses. Tres meses. Cuatro meses. |




