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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEIFAS 2020.ADMINISTRATIVOTEMA 39 (1-4) (14-23) (I)

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Título del test:
IFAS 2020.ADMINISTRATIVOTEMA 39 (1-4) (14-23) (I)

Descripción:
LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
11/03/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 42
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Temario:
1. LA NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ESTÁ CONSTITUIDA POR LA PRESENTE LEY, SUS DISPOSICIONES DE DESARROLLO O COMPLEMENTARIAS Y CUANTAS OTRAS NORMAS, LEGALES O CONVENCIONALES, CONTENGAN PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS EN EL ÁMBITO LABORAL O SUSCEPTIBLES DE PRODUCIRLAS EN DICHO ÁMBITO. a) Verdadero. b) Falso.
2. LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER LABORAL CONTENIDAS EN ESTA LEY Y EN SUS NORMAS REGLAMENTARIAS TENDRÁN EN TODO CASO EL CARÁCTER DE: a) la protección de la seguridad y de la salud b) la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo c) la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva d) todas son correctas.
3. LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER LABORAL CONTENIDAS EN ESTA LEY Y EN SUS NORMAS REGLAMENTARIAS TENDRÁN EN TODO CASO EL CARÁCTER DE: a) Derecho necesario máximo disponible b) Derecho necesario mínimo indisponible c) Derecho necesario máximo indisponible d) Derecho necesario mínimo disponible.
4. AMBITO DE APLICACIÓN a) Esta Ley y sus normas de desarrollo serán de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas, con las peculiaridades que, en este caso, se contemplan en la presente Ley o en sus normas de desarrollo. b) Ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones específicas que se establecen para fabricantes, importadores y suministradores, y de los derechos y obligaciones que puedan derivarse para los trabajadores autónomos. c) Igualmente serán aplicables a las sociedades cooperativas, constituidas de acuerdo con la legislación que les sea de aplicación, en las que existan socios cuya actividad consista en la prestación de un trabajo personal, con las peculiaridades derivadas de su normativa específica. d) Cuando en la presente Ley se haga referencia a trabajadores y empresarios, se entenderán también comprendidos en estos términos, respectivamente, de una parte, el personal con relación de carácter administrativo o estatutario y la Administración pública para la que presta servicios, en los términos expresados en la disposición adicional tercera de esta Ley, y, de otra, los socios de las cooperativas a que se refiere el párrafo anterior y las sociedades cooperativas para las que prestan sus servicios. e) Todas son correctas.
5. LA PRESENTE LEY NO SERÁ DE APLICACIÓN EN AQUELLAS ACTIVIDADES CUYAS PARTICULARIDADES LO IMPIDAN EN EL ÁMBITO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS DE (SEÑALA LA INCORRECTA): a) policía y seguridad b) Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en cualquier caso c) Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil d) Resguardo aduanero.
6. NO ES CORRECTO: a) esta Ley inspirará la normativa específica que se dicte para regular la protección de la seguridad y la salud en el ámbito de las Fuerzas Armadas b) en los establecimientos penitenciarios será de aplicación lo dispuesto en la presente Ley, con las particularidades previstas en su normativa específica c) esta Ley no es de aplicación a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar d) esta Ley será aplicable a las sociedades cooperativas, constituidas de acuerdo con la legislación que les sea de aplicación, en las que existan socios cuya actividad consista en la prestación de un trabajo personal, con las peculiaridades derivadas de su normativa específica.
7. SE ENTIENDE POR RIESGO LABORAL GRAVE E INMINENTE: a) aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores b) aquel que resulte cierto racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores c) aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro mediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores d) aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato o pueda suponer un daño grave la salud de los trabajadores.
8. SE CONSIDERARÁ RIESGO GRAVE E INMINENTE CUANDO LA EXPOSICIÓN A AGENTES SUSCEPTIBLES DE CAUSAR DAÑOS GRAVES A LA SALUD: a) sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato de la que puedan derivarse daños graves para la salud, siempre que éstos se manifiesten de forma inmediata b) sea cierto racionalmente que se materialice en un futuro inmediato de la que puedan derivarse daños graves para la salud, siempre que éstos se manifiesten de forma inmediata c) sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato de la que puedan derivarse daños graves para la salud, siempre que éstos no se manifiesten de forma inmediata d) sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato de la que puedan derivarse daños graves para la salud, aun cuando éstos no se manifiesten de forma inmediata.
9. SE CONSIDERAN COMO PROCESOS, ACTIVIDADES, OPERACIONES, EQUIPOS O PRODUCTOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS AQUELLOS QUE: a) originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan, aunque existan medidas preventivas generales b) originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan, en ausencia de medidas preventivas específicas c) originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utiliza, aunque existan medidas preventivas específicas d) originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan, en ausencia de medidas preventivas generales o específicas.
10. SE ENTENDERÁ POR «PREVENCIÓN» a) la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. b) las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabaj c) el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. d) cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
11. SE ENTENDERÁ COMO «RIESGO LABORAL» a) las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. b) aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. c) la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. d) cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
12. SE CONSIDERARÁN COMO «DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO» a) las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. b) cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. c) cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador d) aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.
13. SE ENTENDERÁ COMO «EQUIPO DE TRABAJO» a) la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. b) cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. c) el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. d) cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. .
14. SE ENTENDERÁ COMO «CONDICIÓN DE TRABAJO» a) la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo b) aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. c) cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. d) la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
15. ESTA LEY Y SUS NORMAS DE DESARROLLO NO SERÁN DE APLICACIÓN: a) en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores b) en el ámbito de las relaciones de carácter administrativo del personal al servicio de las Administraciones Públicas c) a las actividades de las Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil d) en el ámbito de las relaciones de carácter estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
16. LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER LABORAL CONTENIDAS EN ESTA LEY Y EN SUS NORMAS REGLAMENTARIAS TENDRÁN EN TODO CASO EL CARÁCTER DE DERECHO NECESARIO MÍNIMO INDISPONIBLE: a) pudiendo ser modificadas en los convenios colectivos b) no pudiendo ser reguladas en los convenios colectivos c) no pudiendo ser mejoradas o desarrolladas en los convenios colectivos d) pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos.
17. ESTA LEY Y SUS NORMAS DE DESARROLLO SERÁN DE APLICACIÓN A: a) las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores b) las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas c) servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública d) a y b son correctas.
18. SE ENTENDERÁ COMO «CONDICIÓN DE TRABAJO» CUALQUIER CARACTERÍSTICA DEL MISMO QUE PUEDA TENER UNA INFLUENCIA SIGNIFICATIVA EN LA GENERACIÓN DE RIESGOS PARA LA SEGURIDAD Y LA SALUD DEL TRABAJADOR. QUEDAN ESPECÍFICAMENTE INCLUIDAS EN ESTA DEFINICIÓN: a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. b) La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia c) Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados. d) Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. e) Todas son correctas.
19. DERECHOS Y OBLIGACIONES. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. SEÑALA LA INCORRECTA: a) Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. b) El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. c) Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio. d) Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo leve e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
20. DERECHOS Y OBLIGACIONES. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. a) En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. b) A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el capítulo IV de esta ley c) El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. d) Todas son correctas.
21. DERECHOS Y OBLIGACIONES. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. a) El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales b) Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona. c) El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores. d) Todas son correctas.
22. DERECHOS Y OBLIGACIONES. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA EL EMPRESARIO APLICARÁ LAS MEDIDAS QUE INTEGRAN EL DEBER GENERAL DE PREVENCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, CON ARREGLO A LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS GENERALES: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Evitar los riesgos. b) Evaluar los riesgos que se puedan evitar. c) Combatir los riesgos en su origen. d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
23. DERECHOS Y OBLIGACIONES. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA EL EMPRESARIO APLICARÁ LAS MEDIDAS QUE INTEGRAN EL DEBER GENERAL DE PREVENCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, CON ARREGLO A LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS GENERALES: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Tener en cuenta la evolución de la técnica. b) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. c) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. d) Adoptar medidas que antepongan la protección individual. e) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
24. DERECHOS Y OBLIGACIONES. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA SEÑALA LA INCORRECTA: a) El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas. b) El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico c) La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. d) Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente superior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras. e) Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal.
25. PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA. SEÑALA LA INCORRECTA: a) La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el párrafo siguiente. b) Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan. c) a y b son correctas. d) a y b son incorrectas.
26. LOS INSTRUMENTOS ESENCIALES PARA LA GESTIÓN Y APLICACIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, QUE PODRÁN SER LLEVADOS A CABO POR FASES DE FORMA PROGRAMADA, SON LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA A QUE SE REFIEREN LOS PÁRRAFOS SIGUIENTES: SEÑALA LA INCORRECTA: a) El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. b) Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. c) La evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que deban desarrollarse de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. d) La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. e) Cuando el resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controles anuales de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas.
27. LOS INSTRUMENTOS ESENCIALES PARA LA GESTIÓN Y APLICACIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, QUE PODRÁN SER LLEVADOS A CABO POR FASES DE FORMA PROGRAMADA, SON LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA A QUE SE REFIEREN LOS PÁRRAFOS SIGUIENTES: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Si los resultados de la evaluación prevista en el párrafo a) pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos. b) Dichas actividades serán objeto de planificación por el empresario, incluyendo para cada actividad preventiva el plazo para llevarla a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. c) El empresario deberá asegurarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma. d) Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando se aprecie por el empresario, como consecuencia de los controles diarios previstos en el párrafo a) anterior, su inadecuación a los fines de protección requeridos.
28. LOS INSTRUMENTOS ESENCIALES PARA LA GESTIÓN Y APLICACIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, QUE PODRÁN SER LLEVADOS A CABO POR FASES DE FORMA PROGRAMADA, SON LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA A QUE SE REFIEREN LOS PÁRRAFOS SIGUIENTES: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Las empresas, en atención al número de trabajadores y a la naturaleza ypeligrosidad de las actividades realizadas, podrán realizar el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva de forma simplificada, siempre que ello no suponga una reducción del nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores y en los términos que reglamentariamente se determinen. b) Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud prevista en el artículo 22, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos c) a y b son correctas. d) a y b son incorrectos.
29. EQUIPOS DE TRABAJO Y MEDIOS DE PROTECCIÓN EL EMPRESARIO ADOPTARÁ LAS MEDIDAS NECESARIAS CON EL FIN DE QUE LOS EQUIPOS DE TRABAJO SEAN ADECUADOS PARA EL TRABAJO QUE DEBA REALIZARSE Y CONVENIENTEMENTE ADAPTADOS A TAL EFECTO, DE FORMA QUE GARANTICEN LA SEGURIDAD Y LA SALUD DE LOS TRABAJADORES AL UTILIZARLOS. a) Verdadero. b) Falso.
30. EQUIPOS DE TRABAJO Y MEDIOS DE PROTECCIÓN CUANDO LA UTILIZACIÓN DE UN EQUIPO DE TRABAJO PUEDA PRESENTAR UN RIESGO ESPECÍFICO PARA LA SEGURIDAD Y LA SALUD DE LOS TRABAJADORES, EL EMPRESARIO ADOPTARÁ LAS MEDIDAS NECESARIAS CON EL FIN DE QUE: a) La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización. b) Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello c) a y b son correctas. d) a y c son incorrectas.
31. EQUIPOS DE TRABAJO Y MEDIOS DE PROTECCIÓN a) El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. b) El empresario deberá velar por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. c) Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. d) Todas son correctas.
32. INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES. A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL DEBER DE PROTECCIÓN ESTABLECIDO EN LA PRESENTE LEY, EL EMPRESARIO ADOPTARÁ LAS MEDIDAS ADECUADAS PARA QUE LOS TRABAJADORES RECIBAN TODAS LAS INFORMACIONES NECESARIAS EN RELACIÓN CON: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función. b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior. c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley d) En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
33. INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES. a) El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V de la presente Ley. b) Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa. c) a y b son correctas. d) a y b son incorrectas.
34. FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES SEÑALA LA INCORRECTA: a) En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. b) La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. c) La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. d) La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste recaerá sobre los trabajadores.
35. MEDIDAS DE EMERGENCIA SEÑALA LA INCORRECTA: a) El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia b) El empresario,adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. c) El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. d) Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos e internos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.
36. RIESGO GRAVE E INMINENTE. CUANDO LOS TRABAJADORES ESTÉN O PUEDAN ESTAR EXPUESTOS A UN RIESGO GRAVE E INMINENTE CON OCASIÓN DE SU TRABAJO, EL EMPRESARIO ESTARÁ OBLIGADO A: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección. b) Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo. c) En este supuesto no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro, salvo excepción debidamente justificada por razones de seguridad y determinada legalmente. d) Disponer lo necesario para que el trabajador que no pudiera ponerse en contacto con su superior jerárquico, ante una situación de peligro grave e inminente para su seguridad, la de otros trabajadores o la de terceros a la empresa, esté en condiciones, habida cuenta de sus conocimientos y de los medios técnicos puestos a su disposición, de adoptar las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro.
37. RIESGO GRAVE E INMINENTE. SEÑALA LA INCORRECTA: a) De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud. b) Cuando en el caso a que se refiere el apartado 1 de este artículo el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo c) Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en el plazo de 48 horas, anulará o ratificará la paralización acordada d) El acuerdo a que se refiere el párrafo anterior podrá ser adoptado por decisión mayoritaria de los Delegados de Prevención cuando no resulte posible reunir con la urgencia requerida al órgano de representación del personal. e) Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave.
38. VIGILANCIA DE LA SALUD SEÑALA LA INCORRECTA: a) El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. b) Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. c) De este carácter obligatorio sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. d) En todo caso se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.
39. VIGILANCIA DE LA SALUD: a) Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud b) Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado anterior serán comunicados a los trabajadores afectados. c) Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. d) El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador. e) Todas son correctas.
40. VIGILANCIA DE LA SALUD a) el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva. b) En los supuestos en que la naturaleza de los riesgos inherentes al trabajo lo haga necesario, el derecho de los trabajadores a la vigilancia periódica de su estado de salud deberá ser prolongado más allá de la finalización de la relación laboral, en los términos que reglamentariamente se determinen. c) Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada. d) Todas son correctas.
41. DOCUMENTACIÓN. EL EMPRESARIO DEBERÁ ELABORAR Y CONSERVAR A DISPOSICIÓN DE LA AUTORIDAD LABORAL LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS ANTERIORES: SEÑALA LA INCORRECTA: a) Plan de prevención de riesgos laborales, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 16 de esta ley. b) Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo a) del apartado 2 del artículo 16 de esta ley. c) Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse, de conformidad con el párrafo b) del apartado 2 del artículo 16 de esta ley. d) Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores previstos en el artículo 22 de esta Ley y conclusiones obtenidas de los mismos en los términos recogidos en el último párrafo del apartado 4 del citado artículo e) Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a diez días de trabajo. f) En estos casos el empresario realizará, además, la notificación a que se refiere el apartado 3 del presente artículo.
42. DOCUMENTACIÓN. a) En el momento de cesación de su actividad, las empresas deberán remitir a la autoridad laboral la documentación señalada en el apartado anterior. b) El empresario estará obligado a notificar por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del desarrollo de su trabajo, conforme al procedimiento que se determine reglamentariamente. c) La documentación a que se hace referencia en el presente artículo deberá también ser puesta a disposición de las autoridades sanitarias al objeto de que éstas puedan cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 de la presente Ley y en el artículo 21 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. d) Todas son correctas.
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