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Igualdad T:10

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Título del Test:
Igualdad T:10

Descripción:
Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo

Fecha de Creación: 2025/07/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 42

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Se considera composición equilibrada presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera las personas de cada sexo no superen: 0,6. 0,3. 0,5. 0,4.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué constituye discriminación directa por razón de sexo según la Ley?: Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. Se considera discriminación directa cuando una persona es tratada de manera favorable por su sexo. Se considera discriminación directa cuando una persona es tratada de manera menos favorable que otra en situación comparable debido a su sexo. Se considera discriminación directa cuando una disposición neutral pone a personas de un sexo en desventaja.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué establece el artículo 4 de la ley con respecto a la interpretación y aplicación de las normas jurídicas?: La igualdad de trato y oportunidades es un principio informador del ordenamiento jurídico y se integrará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. La igualdad de trato y oportunidades no se integrarán en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. La igualdad de trato no es un principio informador del ordenamiento jurídico. La igualdad de trato solo se aplica en ciertos casos específicos.

Es discriminación directa por razón de sexo: Situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. Situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera más favorable que otra en situación comparable. Una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro. Ninguna es correcta.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué tipo de diferencias de trato en el acceso a bienes y servicios son admisibles según la ley?: Solo las que están justificadas por un propósito legítimo y son adecuadas y necesarias. Solo las que favorecen a un género sobre el otro. Ninguna diferencia de trato es admisible. Todas las diferencias de trato.

El protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón del sexo, deberá comprender como mínimos los siguientes puntos: La instrucción a todo el personal de su deber de respetar la dignidad de las personas y su derecho a la intimidad, así como la igualdad de trato entre mujeres y hombres. El tratamiento reservado de las denuncias de hechos que pudieran ser constitutivos de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de régimen disciplinario. La identificación de las personas responsables de atender a quienes formulen una queja o denuncia. Todas las respuestas son correctas.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué consecuencia tienen los actos discriminatorios por razón de sexo según el artículo 10 de la ley?: Son nulos y sin efecto. Dan lugar a responsabilidad penal. Se consideran aceptables en ciertas circunstancias. No tienen consecuencias legales.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué constituye discriminación directa por razón de sexo según el artículo 8 de la ley?: Todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad. Toda acción que perjudique a una persona por su religión. Todo trato que resulte en la exclusión de una persona del ámbito laboral. Toda acción que afecte negativamente a una persona por presentar una queja.

En función del número de trabajadores de una empresa, ¿cuándo está obligada a elaborar y aplicar un Plan de Igualdad?. 50. 100. 200. No importa el número de trabajadores.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Cuál de las siguientes definiciones corresponde al acoso sexual según la Ley?: Cualquier comportamiento de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona. Cualquier comportamiento intimidatorio relacionado con la religión. Cualquier comportamiento físico que afecte negativamente a una persona. Cualquier comportamiento que cause un ambiente hostil en el lugar de trabajo.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Quién tiene la capacidad para intervenir en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo según el artículo 12?: La persona acosada. Cualquier persona que presencie el acoso. Solo las personas físicas. Solo las personas jurídicas.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué derecho tiene la persona que sufra una conducta discriminatoria en el acceso a bienes y servicios?: Derecho a una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Derecho a solicitar la retirada de la licencia comercial. Derecho a una compensación monetaria. Derecho a solicitar la anulación del contrato.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué deben incorporar los proyectos de disposiciones de carácter general según el artículo 19?: Un informe sobre su impacto por razón de género. Un informe sobre su viabilidad económica. Un análisis de su repercusión en la economía. Un análisis de su impacto medioambiental.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué establece el artículo 13 sobre la carga de la prueba en casos de discriminación por razón de sexo?: La persona demandada debe probar la ausencia de discriminación. La persona demandada tiene la responsabilidad de probar su inocencia. La persona demandante debe probar la existencia de discriminación. No se requiere prueba en estos casos.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Qué se considerará según el artículo 41 de la ley en relación con la publicidad que implique una conducta discriminatoria?: Publicidad ilícita. Publicidad sexista. Publicidad permitida. Publicidad lícita.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Cómo se define el acoso por razón de sexo en la Ley?: Cualquier comportamiento relacionado con el género de una persona que atente contra su dignidad. Cualquier comportamiento que tenga el propósito de beneficiar a una persona. Cualquier comportamiento que afecte positivamente a una persona por su género. Cualquier comportamiento que no sea de naturaleza sexual.

LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. ¿Quién puede SOLICITAR LA TUTELA del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres según el artículo 12?: Cualquier persona, incluso tras la terminación de la relación laboral. Solo las personas que han sido directamente afectadas por la discriminación. Solo las personas físicas. Solo las personas jurídicas.

La Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, determina que la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico. ¿Qué implica tal tratamieto de este principio?. Que se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. Que obliga a su observancia en la redacción de toda norma de rango de Ley o inferior. Que será observado en la práctica judicial. Que deberá ser aplicado en todo termíno en la práctica judicial.

¿A cuál de los siguientes sujetos dota la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de la legitimación en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo?. A la persona acosada. A las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos. A las personas físicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos. A las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.

¿Cómo podrá el órgano judicial recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias por razón de sexo, tal y como se regula en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. A instancia de parte. De oficio. Previo dictamen preceptivo. Tanto de oficio, como a instancia de parte.

¿Qué se considera discriminación indirecta por razón de sexo, según la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima, o que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima.

Respecto a la carga de la prueba, ¿en qué tipo de procesos no será de aplicación, conforme a lo expuesto en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. En procesos penales. En los procesos laborales. En los procesos civiles. En los procesos contenciosos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, ¿en qué ámbito es aplicable el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres?: Empleo privado y en el de empleo público. Privado y público. Político, laboral, social y económico. Empleo público.

Según la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, ¿cómo se consideran los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo?: Nulos y sin efecto. Anulables. Válidos pero sin efecto. Válidos pero impugnables.

¿Qué características presenta el sistema de reparaciones o indemnizaciones por conductas discriminatorias?. Real, efectivo y proporcionado al perjuicio sufrido. Disuasorio y real, pudiendo ser desproporcionado en los supuestos recogidos en la ley. Efectivo, directo y cuantificable. Real, inmediato y justificado.

¿Qué tipo de discriminación por razón de sexo constituye todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad, según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. Discriminación directa. Discriminación indirecta. Acoso por razón de sexo. Discriminación sexual indirecta.

En relación a la tutela judicial efectiva del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, y conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, indica cuál de las siguientes opciones es incorrecta: Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50.2 de la Constitución. La capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos. Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución. La persona acosada será la única legitimada en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo.

Señale la característica CORRECTA respecto al acoso sexual: Es un comportamiento físico. Es un comportamiento verbal. Es un comportamiento de naturaleza sexual. Todas son correctas.

Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido ¿en qué precepto constitucional?: En el artículo 53.2 de la Constitución. En el artículo 54 de la Constitución. En el artículo 55 de la Constitución. En el artículo 56 de la Constitución.

¿Cómo será considerado por la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de una queja?. Discriminación por razón de sexo. Discriminación indirecta por razón de sexo. Acoso por razón de sexo. Indefension directa por razón de sexo.

¿En qué casos se considera que no constituye discriminación en el acceso al empleo de mujeres y hombres, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. No constituirá discriminación en el acceso al empleo, sin incluir la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. No constituirá discriminación en el acceso al empleo, sin incluir la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas y al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.

¿Cómo se considerará el condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, conforme a lo regulado en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. Acto de discriminación por razón de sexo. Acto de discriminación indirecta por razón de sexo. Acto agraviado por razón de sexo. Acto susceptible de reclamación judicial.

¿Qué clase de principio es la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres?. Integrador. Informador. Fundamental. Constitucional.

¿Cómo indica la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que habrán de ser las medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres?. Razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso. Reales, efectivas y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso. Reales, efectivas y proporcionadas al perjuicio sufrido. Razonables y proporcionadas al perjuicio sufrido.

¿Cómo considera la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo?. Principio informador. Principio fundamental. Principio absoluto. Principio rector.

Si para cubrir un puesto de trabajo hay dos personas de la misma valía, hombre y mujer, pero se escoge a uno frente a otro únicamente atendiendo a su sexo, esta situación se denomina: Discriminación positiva. Discriminación negativa. Discriminación directa. Discriminación indirecta.

¿A qué darán lugar los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo, conforme a lo regulado por la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. A responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones, ASÍ COMO EN SU CASO, en su caso, a través de un sistema eficaz y disuasorio de sanciones que prevenga la realización de conductas discriminatorias. A responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones Y DE un sistema eficaz y disuasorio de sanciones que prevenga la realización de conductas discriminatorias. Ambos sistemas deben aplicarse conjuntamente. A responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones. Ninguna respuesta es correcta.

¿Cómo se considerarán, en todo caso, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, tal y como se expone en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres?. Discriminatorios. En judiciables en la sala de lo penal. Imputables como delito. Situaciones objeto de recurso de amparo ante el Tribunal Supremo.

¿Qué nombre recibe cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo?. Acoso sexual. Acoso intimidatorio. Acoso por razón de sexo. Abuso sexual.

¿Cuándo una situación NO se considera discriminación indirecta?. Las opciones a) y b) son correctas. Las opciones a) y b) son incorrectas. a) Cuando pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima. b) Cuando los medios para alcanzar una finalidad legítima sean necesarios y adecuados.

OBJETO DE LA LEY ARTÍCULO 1. 1. Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. 2. A estos efectos, la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo.

ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 2. 1. Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo. 2. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.

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