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II CONVENIO COLECTIVO PAS UNIVERSIDAD DE CASTILLA Y LEON

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Título del Test:
II CONVENIO COLECTIVO PAS UNIVERSIDAD DE CASTILLA Y LEON

Descripción:
Personal de administración y servicios laboral de cyl

Fecha de Creación: 2021/02/05

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

Valoración:(13)
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Temario:

La inscripción del Convenio Colectivo del PAS en el Registro Central de Convenios Colectivos de trabajo, fue ordenado por: La Dirección General de la Función Pública. La Consejería de Presidencia y Administración Territorial. La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. La Dirección General de Relaciones e Intermediación Laborales.

¿En qué fecha se suscribió el Convenio Colectivo del Pas?. 25 de diciembre de 2005. 23 de diciembre de 2006. 28 de noviembre de 2006. 28 de diciembre de 2006.

¿Qué regula el Título I del Convenio Colectivo del PAS?. Interpretación, Vigilancia Y Aplicación del Convenio. Organización de las condiciones del trabajo. Determinación de las partes concertantes. Asistencia y acción social.

¿De cuántos Títulos consta el Convenio Colectivo PAS?. 16. 13. 15. 12.

´¿De cuántos Anexos consta el Convenio Colectivo del PAS?. 1. 2. 3. 4.

El Título VI regula. Clasificación profesional. Retribuciones. Tiempo de trabajo. Régimen disciplinario.

¿En qué fecha se publicó en el BOCYL?. 18 de febrero. 2 de enero. 13 de enero. 18 de enero.

El presente convenio Colectivo del PAS se establece entre: Las Universidades Públicas de Segovia, Valladolid, León y Burgos y el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la UGT y CSIF. Las Universidades Públicas de Salamanca, Valladolid, León y Burgos y el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la UGT y CSIF. Las Universidades Públicas de Salamanca, Valladolid, León y Burgos y el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la UGT y CCOO. Las Universidades Públicas de Segovia, Valladolid, León y Burgos y el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la UGT, CSIF y CCOO.

Como 1º fase del orden de provisión de vacantes de personal laboral fijo, existirá: Libre designación. Concurso de traslados. Comisión de servicios. Concurso oposición interno.

¿Cuándo entro en vigor el actual Convenio Colectivo?. A primeros del mes de febrero. El mismo día de su publicación en el BOCYL. Al día siguiente de su publicación en el BOCYL. El día 1 del mes de enero.

El Convenio Colectivo del PAS será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de CYL. Al personal que con relación jurídico-laboral preste servicios en el ámbito de las Universidades firmantes. Al personal que con relación jurídico-personal preste servicios en el ámbito de las Universidades firmantes. Al personal que con relación jurídico-laboral preste servicios en el ámbito de las Universidades de la Comunidad de CYL. Ninguna es corresta.

¿En qué Título están reguladas las retribuciones?. XIII. XII. XI. X.

El Convenio Colectivo podrá ser denunciado por cualquiera de las partes legitimadas para ello: Con una antelación mínima de 3 meses al término de su vigencia. Con una antelación mínima de 2 meses al término de su vigencia. Con una antelación mínima de 1 mes al término de su vigencia. No existe placo establecido.

Quedan excluidos de la aplicación de los preceptos referidos a jornada, retribución y vacaciones del ámbito personal de aplicación del convenio. a) Contratados vinculados exclusivamente al desarrollo de proyectos de investigación. b) Personal de Administración y Servicios. c) Quienes desempeñan puestos singularizados. d) A y C son correctas.

Se consideran puestos singularizados: Aquellos de carácter temporal que por su denominación y contenido se diferencien de los restantes puestos de la RPT, por la especial responsabilidad que conlleve el desempeño de dichos puestos y/o la especial cualificación necesaria para ocuparlos. Aquellos de carácter eventual que por su denominación y contenido se diferencien de los restantes puestos de la RPT, por la especial responsabilidad que conlleve el desempeño de dichos puestos y/o la especial cualificación necesaria para ocuparlos. Aquellos de carácter especial que por su denominación y contenido se diferencien de los restantes puestos de la RPT, por la especial responsabilidad que conlleve el desempeño de dichos puestos y/o la especial cualificación necesaria para ocuparlos. Aquellos de carácter temporal que por su denominación y contenido se diferencien de los restantes puestos de la RPT, por la no tener una especial responsabilidad que conlleve el desempeño de dichos puestos y/o la especial cualificación necesaria para ocuparlos.

¿Qué no les será de aplicación la regulación contenida en el Convenio Colectivo a todos los efectos a los puestos singularizados?. La jornada. La retribución. La selección. Todas no les son de aplicación.

El instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios y donde se precisan las características y los requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo, constituye: La plantilla. Las relaciones de puestos de trabajo (RPTs). La oferta pública de empleo. Ninguna es correcta.

La selección y contratación del personal laboral sujeto a este convenio se realizará conforme a los principios de: Publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Igualdad, mérito y capacidad. Idoneidad, publicidad y capacidad. Publicidad, mérito e idoneidad.

¿Cómo se compone la estructura salarial?. Retribuciones básicas. Complementos personales. Percepciones no salariales. Todas ellas.

¿Qué categoría no se encuadra dentro del Grupo IV-A Oficiales de este convenio?. Delineantes. Conductores. Operadores de informática. Oficial de laboratorio.

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