option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

test ijue 3

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
test ijue 3

Descripción:
test ijue

Fecha de Creación: 2024/05/30

Categoría: Otros

Número Preguntas: 37

Valoración:(1)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

El país que desee convertirse en miembro de la Unión Europea no debe cumplir los siguientes requisitos: respeto del acervo comunitario. respecto de los valores enunciados en el artículo 2 del TUE. ser un estado europeo y democrático. ser miembro de la ONU y de la OTAN.

el artículo 50 del TUE: permite la retirada de un Estado miembro a petición del Consejo Europeo. regula el procedimiento para la retirada de un Estado miembro. prevé la expulsión de un estado cuando incumple gravemente el derecho de la Unión Europea. establece motivos de Estados por los que un Estado miembro puede abandonar la Unión Europea.

el artículo 49 del tratado de la Unión Europea tue: define los objetivos de la Unión Europea. define los valores en que se fundamenta la Unión Europea. regula la adhesión de nuevos países a la Unión Europea. Proporciona la base jurídica para garantizar la retirada de UE por los Estados miembros.

Los criterios de elegibilidad, fijados por Consejo Europeo en 1993 para la adhesión de Estados a la Unión Europea se conoce como: criterios de Copenhague. criterios de expansión del tratado de Roma. criterios de Matrix. criterios de Lisboa.

el estado que quiera adherirse a la Unión Europea, dirigirá su solicitud a: Consejo que informará al Parlamento Europeo y parlamentos nacionales y pedirá dictamen a la comisión. comisión que se pronunciará por unanimidad tras haber consultado al Parlamento Europeo. Parlamento Europeo que se pronunciará por mayoría de sus miembros. la comisión que informará al Consejo coma al Parlamento Europeo y a los parlamentos nacionales.

cuál es el primer precedente de retirada de la Unión Europea conforme a las reglas del artículo 50. Noruega. Groenlandia. Reino Unido. Finlandia.

cuál de los siguientes no es una de los denominados criterios de Copenhague. contar con una economía de mercado viable. tener instituciones democráticas estables. aplicar todo el conjunto de normas de la Unión Europea, acervo. tener un nivel de contaminación igual o inferior al de la media UE.

una vez que el Consejo recibe la petición de adhesión por parte de un estado: pide un dictamen a comisión antes de aceptar por unanimidad y previa aprobación del Parlamento Europeo. se inicia directamente las negociaciones siempre que el Parlamento Europeo dé su aprobación. concede automáticamente al país el Estatuto de candidato. aprueba la petición por unanimidad y el estado pasa a ser miembro de la Unión Europea.

el procedimiento de retirada de un Estado miembro de la Unión Europea requiere un acuerdo que será: celebrado por el Consejo, previa aprobación del Parlamento Europeo. regulador de las futuras relaciones de este estado con la Unión Europea. ratificado por todos los Estados miembros conforme a sus normas constitucionales. celebrado en el plazo máximo de 2 años coma sin posible prórroga.

El Parlamento Europeo: puede vetar el ingreso de un nuevo estado en la Unión Europea. no puede vetar el ingreso de un nuevo estado en la Unión Europea. no tiene ningún papel en el procedimiento de adhesión. informa a los parlamentos nacionales sobre la adopción del acta de adhesión.

los criterios de Copenhague fijaron las condiciones para: poder ser miembro de la Unión Europea. implantar el euro como moneda propia. dejar de formar parte de la Unión Europea. reducir las tasas de desempleo en la Unión Europea.

el resultado final de las negociaciones de adhesión requiere: acuerdo entre Estados miembros y Estados solicitante y se plasma en acta de adhesión. acuerdo entre el estado solicitante y Consejo coma que ratifica el acta de adhesión. aprobación unánime del Parlamento Europeo y de la comisión. acuerdo entre solicitante y Parlamento Europeo que debe ratificar el acta de adhesión.

cuál de las siguientes no es una condición para la adhesión a la Unión Europea: la existencia de instituciones estables. la capacidad de asumir las obligaciones que se derivan de la adhesión. mantener una buena comunicación con los ciudadanos. la existencia de una economía de mercado viable.

cualquier país puede convertirse en miembro de la Unión Europea siempre que cumpla con los siguientes requisitos generales: respetar los valores del artículo dos TUE y ser un estado europeo. ser un estado democrático con un PIB superior a la media europea. respetar los valores del artículo dos TUE y ser miembro de la OTAN. respetar los valores de la UE y contar un Ejército fuerte.

el tratado de adhesión: deberá ser aprobado y ratificado por los Estados miembros y el estado solicitante. deberá ser aprobado por el Consejo por mayoría absoluta. no podrá ser ratificado por el Consejo y el estado adherente. no puede recibir la aprobación del Parlamento Europeo.

El ámbito de aplicación especial del derecho de la Unión Europea abarca: todo el territorio de los Estados miembros. depende de la decisión de cada Estado miembro sobre cada norma concreta. solo aquellas partes del territorio europeo de los Estados miembros que se determinan. territorio europeo regiones ultraperiféricas, territorios ultramar.

las normas del derecho originario: no gozan de eficacia directa general, solo si reúnen ciertas condiciones. gozan siempre de eficacia directa. solo gozan de eficacia directa sí recogen obligaciones de hacer. solo tendrán eficacia directa a través de la norma interna de trasposición.

dentro de las normas del derecho originario se incluyen: solo los tratados constitutivos de las comunidades europeas. solo los sucesivos tratados de adhesión de nuevos Estados. tratados constitutivos de las comunidades europeas, los que los han modificado y los de adhesión. las directivas y los reglamentos.

el ordenamiento jurídico de las organizaciones internacionales lo conforman: las normas de los ordenamientos internos de sus Estados miembros. los protocolos y anexos de los tratados. los tratados constitutivos normas adoptadas por sus órganos y práctica. el derecho derivado.

dentro del ordenamiento jurídico de las organizaciones internacionales suele distinguirse entre: derecho originario y derecho derivado. derecho derivado y derecho interno. derecho originario y derecho interno. derecho originario y práctica establecida de la organización internacional.

forman parte del derecho originario de la Unión Europea: los tratados constitutivos, leyes internas de los Estados miembros y el derecho internacional. tratados constitutivos como protocolos y anexos como declaraciones y la carta de los derechos fundamentales. tratados constitutivos, pero no sus protocolos y anexos y la carta de derechos fundamentales. tratados constitutivos protocolos y anexos y la carta de derechos fundamentales.

para que las normas contenidas en el TUE y en el TFUE tengan eficacia directa se requiere únicamente que: sean claras y precisas. el tratado no se oponga expresamente a ello. el tratado lo disponga expresamente. sean normas claras precisas e incondicionales.

respecto al ámbito de aplicación temporal del derecho de la Unión Europea: abarca desde entrada en vigor tratado para cada Estado miembro hasta retirada/expulsión. los tratados se concluyen por tiempo ilimitado, sin excepciones. los tratados se concluyen para un periodo de tiempo determinado. los tratados se concluyen por tiempo ilimitado, pero se admite la retirada.

el derecho originario de la Unión Europea es: el producto de la actividad normativa de las instituciones. el fundamento base jurídica de los poderes normativos de la Unión Europea. de naturaleza consuetudinaria. el producto de la voluntad autónoma de la Unión Europea como sujeto de derecho internacional.

al concluirse los tratados constitutivos con vocación de permanencia se prevé expresamente la posibilidad de revisarlos: verdadero. falso.

respecto a la posibilidad de revisión de los tratados constitutivos: según jurisprudencia del TJUE se deduce implícitamente de su objeto y fin. se prevén expresamente procedimientos, pero los Estados miembros pueden acudir a otros. no se prevé expresamente un procedimiento en los tratados. solo puede llevarse a cabo conforme a procedimientos expresamente previstos.

el derecho derivado de la Unión Europea lo forman: los actos adoptados por las instituciones. normas convencionales adoptadas en virtud de la soberanía de los Estados miembros. las normas contenidas en los tratados constitutivos. el derecho interno de los Estados y los llamados actos atípicos.

cuáles son los principales caracteres del derecho originario de la Unión Europea. primacía, eficacia directa y heterogeneidad. primacía, eficacia directa y homogeneidad. primacía, uniformidad y pluralismo. eficacia directa y pluralismo.

el carácter heterogéneo de las normas del derecho originario se refiere a: los diferentes ámbitos materiales que regulan. la pluralidad de regímenes jurídicos que pueden generar. la variedad de Estados miembros a los que afectan.

para la revisión de los tratados: solo se prevén procedimientos simplificados que no exigen ratificación de los Estados miembros. se prevé un procedimiento general ordinario y procedimientos simplificados. se prevé solo un procedimiento general ordinario. se prevén procedimientos simplificados en sede institucional.

los tratados constitutivos propiamente originarios fueron: el tratado de Maastricht y el de Niza. el acta única europea. los tratados de la CECA, CEE i EURATOM. el tratado de Luxemburgo sobre disposiciones presupuestarias.

la primacía del derecho originario: se reconoce expresamente los tratados constitutivos. no puede predicarse de los tratados entre la Unión Europea y terceros Estados. se deduce del principio de atribución y del sistema jurisdiccional de la Unión Europea. no se reconoce ni implícita ni explícitamente en los tratados.

cuál es el ámbito de aplicación del derecho originario de la Unión Europea: el europeo. es doble: personal y funcional. es triple: material espacial y temporal. es triple: personal institucional y funcional.

los procedimientos de revisión simplificados: no pueden aplicarse para ampliar las competencias atribuidas a la Unión Europea. solo caben sobre disposiciones con repercusión en materia militar. solo caben para la revisión de disposiciones de la parte tercera del TFUE. pueden aplicarse para ampliar las competencias atribuidas a la Unión Europea.

qué naturaleza tiene el derecho originario de la Unión Europea: derecho consuetudinario. tratados internacionales con una dimensión constitucional. principios generales del derecho. derecho de gentes.

la contradicción entre las normas del derecho originario y un acuerdo internacional del que sea parte la Unión Europea: debe eliminarse a priori y se prevé un mecanismo de control preventivo. se resuelve aplicando preferentemente el acuerdo internacional. solo podrá resolverse por el TJUE vía recurso de anulación. se resolverá ante la jurisdicción interna de los Estados miembros.

por lo que se refiere al ámbito de aplicación material del derecho de la Unión Europea: es limitado, pues la Unión Europea puede actuar sobre cualquier ámbito de acción. es limitado, principio de atribución, y funcional, para el logro de objetivos del tratado. no se determina en el TUE y TFUE. abarca solo los ámbitos de competencias exclusivas, artículo 3 del TFUE.

Denunciar Test